Una licencia CASP no tiene un precio oficial. Lo que fija la norma es el capital mínimo que debes mantener (50.000, 125.000 o 150.000 € según los servicios, o una cuarta parte de tus gastos fijos si es mayor), la estructura que tienes que montar y las obligaciones que pagarás cada año. El resto del coste depende de tu modelo de negocio y de lo que ya tengas preparado para la CNMV.
Qué fija la norma y qué no
La licencia CASP es la autorización del Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA) para prestar servicios de criptoactivos. En España la concede la CNMV, y desde el 1 de julio de 2026 ya no hay periodo transitorio: sin autorización (o sin pasaporte desde otro Estado miembro) no puedes operar. Si quieres el detalle del expediente, lo explicamos en nuestra guía de requisitos de la licencia CASP. Aquí nos centramos en el dinero.
MiCA no fija honorarios, ni el coste de tu tecnología, ni sueldos. Sí fija cifras y obligaciones que puedes presupuestar desde el primer día:
| Concepto | Qué exige la norma | Base |
|---|---|---|
| Salvaguardas prudenciales | La cifra mayor entre el capital mínimo de tu clase (50.000, 125.000 o 150.000 €) y una cuarta parte de los gastos fijos generales del año anterior | Art. 67.1 y anexo IV MiCA |
| Forma de cubrirlas | Fondos propios (capital de nivel 1 ordinario), póliza de seguro o garantía comparable, o una combinación | Art. 67.4 MiCA |
| Tasa de la CNMV | La Ley 16/2014 no tiene hoy una tarifa propia para autorizar un CASP; el manual de la CNMV prevé «la tasa que corresponda» | Ley 16/2014; manual de la CNMV |
| Cuentas auditadas | Cuentas auditadas cerradas no antes del último día hábil del trimestre anterior (con excepciones para sociedades recién constituidas) | Preguntas y respuestas MiCA de la CNMV, 1.3 |
| Estructura mínima | Domicilio social en España, dirección efectiva en la UE y al menos un administrador residente en la UE | Art. 59.2 MiCA |
| Prevención de blanqueo | Eres sujeto obligado: manual, representante ante el SEPBLAC y examen anual por experto externo | Arts. 2.1.z y 28 Ley 10/2010 |
| Resiliencia digital | DORA, aplicable desde el 17 de enero de 2025, incluye a los CASP autorizados | Reglamento (UE) 2022/2554 |
El capital mínimo por servicio (art. 67 y anexo IV)
El anexo IV agrupa los servicios en tres clases. La clase 1 (50.000 €) cubre la ejecución y la recepción y transmisión de órdenes, la colocación, los servicios de transferencia, el asesoramiento y la gestión de carteras. La clase 2 (125.000 €) añade la custodia y administración y el canje de criptoactivos por fondos o por otros criptoactivos. La clase 3 (150.000 €) añade la operación de una plataforma de negociación.
La clase la marca el servicio más exigente que pidas. Si incluyes custodia, ya estás en la clase 2 aunque el resto de tus servicios sean de clase 1. Por eso, antes de presupuestar, hay que cerrar qué servicios vas a prestar de verdad.
El mínimo de la clase es solo el suelo. El art. 67.1 exige la cifra mayor entre ese mínimo y una cuarta parte de los gastos fijos generales del año anterior, revisada cada año. Si empiezas de cero, usas los gastos fijos previstos para los primeros 12 meses, que presentas con la solicitud (art. 67.2). Para calcularlos se parte de los gastos totales de los últimos estados financieros auditados y se restan, entre otros, las primas y la remuneración variable ligadas a beneficios y los gastos no recurrentes (art. 67.3).
Un ejemplo sencillo: si prevés unos gastos fijos de 800.000 € al año, la cuarta parte son 200.000 €. Esa cifra supera los 150.000 € de la clase 3, así que es la que debes cubrir aunque solo pidas servicios de clase 1.
Y una aclaración importante: no es un pago. Es patrimonio (o cobertura) que la sociedad debe tener en todo momento mientras esté autorizada.
Seguro o garantía: cuándo te ahorra capital
El art. 67.4 permite cubrir las salvaguardas con fondos propios, con una póliza de seguro que cubra los territorios de la UE donde prestes servicios, con una garantía comparable o con una mezcla. Si eliges póliza, el art. 67.5 exige que:
- se publique en tu web;
- tenga una duración inicial mínima de un año;
- tenga un preaviso de cancelación de al menos 90 días;
- la emita una aseguradora autorizada y sea un tercero ajeno a tu grupo.
Además, el art. 67.6 fija los riesgos mínimos que debe cubrir: pérdida de documentos, declaraciones falsas o engañosas, incumplimientos de obligaciones legales, frente a clientes o de confidencialidad, fallos en la gestión de conflictos de interés, interrupción de la actividad o caída de sistemas, negligencia grave en la salvaguarda de activos de clientes y la responsabilidad del custodio del art. 75.8. La prima no la fija la norma: depende del mercado asegurador y de tu perfil de riesgo.
Tasa de la CNMV, plazos y documentación
A fecha de hoy, la Ley 16/2014 de tasas de la CNMV no recoge una tarifa específica para la autorización de un CASP. Aun así, el manual de solicitud de la CNMV avisa de que el solicitante será sujeto pasivo de la tasa que corresponda. Compruébalo justo antes de presentar.
Los plazos sí están en el art. 63 de MiCA:
- 5 días hábiles para acusar recibo de la solicitud.
- 25 días hábiles para comprobar si está completa.
- 40 días hábiles desde que está completa para resolver.
- Hasta el día 20 de ese plazo, la CNMV puede pedirte información, lo que lo suspende un máximo de 20 días hábiles.
El expediente incluye un programa de actividades a tres años con previsiones de balance y de cuenta de resultados, y el manual de prevención de blanqueo, que la CNMV remite al SEPBLAC. La calidad de esta documentación es lo que más acorta o alarga el proceso real.
PBC, DORA y el resto de la estructura obligatoria
Los proveedores de servicios de criptoactivos son sujetos obligados de la Ley 10/2010 (art. 2.1.z). Y no te beneficias de la excepción para sujetos obligados pequeños del art. 31.1 del RD 304/2014, porque solo alcanza a las letras i) a u) del art. 2.1. En la práctica necesitas:
- un manual de prevención y un análisis de riesgo propios;
- representante ante el SEPBLAC y órgano de control interno (art. 35 del RD 304/2014);
- el examen anual de un experto externo (art. 28 de la Ley 10/2010);
- KYC de clientes y cumplimiento de la Travel Rule en las transferencias.
Si quieres saber qué cuesta la parte de prevención, en packs de PBC tienes nuestras tarifas publicadas.
A esto se suman dos piezas más. Por un lado, DORA añade obligaciones de resiliencia operativa digital. Por otro, el órgano de dirección y los accionistas significativos deben superar la evaluación de idoneidad y honorabilidad (arts. 63.10 y 68).
Costes recurrentes que impone la norma
La licencia no se paga una vez. Cada año tendrás que:
- mantener las salvaguardas y recalcular la cuarta parte de los gastos fijos; si tu estructura crece, sube la cifra exigible;
- renovar la póliza, si la usas, respetando su duración y su preaviso;
- pasar el examen externo de PBC (el SEPBLAC permite sustituirlo por un informe de seguimiento en los dos años siguientes a un informe completo);
- mantener el marco de DORA y las políticas de custodia, reclamaciones y conflictos de interés;
- pedir una ampliación a la CNMV si añades servicios (art. 59.8), que puede cambiarte de clase.
De qué depende el resto del presupuesto
Con las cifras legales claras, el coste del proyecto depende de cinco factores:
- Servicios: no es lo mismo asesorar que custodiar u operar una plataforma.
- Custodia: propia o con un proveedor, y cómo segregas los activos.
- Clientes y mercados: minoristas o profesionales, y en cuántos países prevés operar con el pasaporte (art. 59.7).
- Punto de partida: si ya eres una entidad financiera autorizada, quizá te baste la notificación del art. 60.
- Madurez: si ya tienes políticas, controles y evidencias o hay que construirlos.
Por eso no publicamos un precio cerrado para todos. Primero hacemos un diagnóstico y después te damos un presupuesto cerrado. La primera consulta es sin coste.
Cómo te ayudamos
En un proyecto de licencia CASP trabajamos todo el recorrido:
- diagnóstico MiCA y clasificación de tus servicios;
- cálculo de las salvaguardas y elección entre fondos propios y póliza;
- expediente ante la CNMV: programa de actividades, gobierno corporativo, idoneidad y políticas por servicio;
- prevención de blanqueo, KYC y Travel Rule;
- custodia, ciberseguridad y DORA;
- respuesta a los requerimientos hasta la autorización y apoyo después.
Calcula el coste real de tu licencia CASP
Revisamos tus servicios, calculamos tu clase y tus salvaguardas y te damos un presupuesto cerrado para el expediente. Empieza por nuestra página de licencia CASP (MiCA) o mira el detalle del servicio en licencia CASP.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que dejar el capital bloqueado en una cuenta?
El art. 67 de MiCA no habla de un depósito bloqueado. Exige que la sociedad mantenga en todo momento salvaguardas prudenciales: fondos propios de capital de nivel 1 ordinario, una póliza de seguro o garantía comparable, o una combinación. Lo relevante es que los fondos propios computables, junto con la póliza si la usas, no bajen nunca de la cifra exigible.
¿Una entidad de pago puede usar la vía de notificación en lugar de la licencia?
No. El art. 59.1.b de MiCA solo abre la notificación del art. 60 a entidades de crédito, depositarios centrales de valores, empresas de servicios de inversión, organismos rectores de mercados, entidades de dinero electrónico y gestoras de OICVM y de fondos alternativos. Una entidad de pago no está en la lista y necesita la autorización CASP completa.
¿El administrador residente tiene que vivir en España?
MiCA exige que al menos un administrador resida en la Unión, no necesariamente en España (art. 59.2). Lo que sí debe estar en España, si te autoriza la CNMV, es el domicilio social, y la dirección efectiva tiene que estar en la UE. Conviene planificarlo pronto, porque condiciona la estructura de gobierno que presentas.
¿Con la licencia española puedo operar en otros países de la UE?
Sí. El art. 59.7 de MiCA permite prestar los servicios autorizados en toda la Unión, mediante establecimiento o en libre prestación, sin presencia física en el país de acogida. Eso no cambia tus salvaguardas, pero sí el alcance del programa de actividades y del control de la comercialización. Lo vemos en pasaporte MiCA.
¿Qué pasa si la CNMV me pide información a mitad del plazo?
Puede hacerlo hasta el vigésimo día hábil de la evaluación. El plazo se suspende desde la petición hasta tu respuesta, con un máximo de 20 días hábiles, y las peticiones posteriores ya no lo suspenden (art. 63.12). Responder rápido y con evidencias es lo que más acorta el calendario real.
Reglamento (UE) 2023/1114, relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA) (texto oficial en español); ESMA, Interactive Single Rulebook: art. 67 MiCA (requisitos prudenciales, póliza y riesgos cubiertos); ESMA, Interactive Single Rulebook: anexo IV MiCA (capital mínimo por clase); ESMA, Interactive Single Rulebook: art. 63 MiCA (plazos de evaluación); ESMA, Interactive Single Rulebook: art. 59 MiCA (autorización, domicilio y administrador residente); CNMV, preguntas y respuestas sobre el Reglamento MiCA (preguntas 1.3 y 3.1); CNMV, manual para la solicitud de autorización de proveedores de servicios de criptoactivos (tasa, cuentas, programa de actividades y PBC); Ley 16/2014, por la que se regulan las tasas de la CNMV (texto consolidado); Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales (arts. 2.1.z y 28); Real Decreto 813/2026, que modifica el RD 304/2014 (arts. 31.1 y 35 del Reglamento de PBC); SEPBLAC, preguntas frecuentes sobre expertos externos (exenciones); SEPBLAC, expertos externos: definición y requisitos (examen anual e informes de seguimiento); CNMV, preguntas frecuentes sobre DORA (Reglamento (UE) 2022/2554) (ámbito y fecha de aplicación).
Este artículo describe la situación a 4 de noviembre de 2026 y no sustituye al análisis de cada caso.