Informe Experto Externo

Auditoría independiente en PBC/FT conforme a la Ley 10/2010 y el RD 304/2014. Evaluamos la eficacia operativa de tu sistema (no solo documentación), detectamos brechas y dejamos un plan de medidas correctoras defendible ante SEPBLAC y el Órgano de Control Interno (OCI).

PBC/FT

De “cumplir por cumplir” a evidencias auditables

“Convertimos políticas y manuales en controles ejecutados: muestreo, trazabilidad y plan de remediación con plazos.”

OCI

Hallazgos claros + medidas correctoras

“Entregamos un informe útil: qué falla, por qué falla, el riesgo que genera y cómo cerrarlo con evidencias.”

KYC / Titular Real

Expedientes consistentes, no “carpetas sueltas”

“Revisamos integridad documental, beneficiario efectivo (UBO) y conservación: el informe debe resistir un requerimiento.”

Monitorización

Alertas y gestión con criterio

“Probamos escenarios de riesgo para validar si el software alerta bien y si la gestión queda registrada.”

Periodicidad y plazos clave del Informe de Experto Externo

El examen es al menos anual. Lo importante para estar cubierto ante requerimiento no es solo “tener un PDF”, sino poder demostrar fecha de referencia, emisión, elevación al órgano, plan de medidas correctoras y archivo con evidencias.

Carácter anual (mínimo): revisa el sistema de control interno, su eficacia operativa y sus brechas.

Elevación interna: deficiencias relevantes al órgano/OCI, con acciones y responsables.

Plan de remedio: calendario realista y verificable (si no se puede corregir “en el momento”).

Conservación: integra el informe y su evidencia en tu archivo (KYC/UBO, alertas, formación) con horizonte amplio.

Informe de seguimiento: posible en años 2 y 3 si procede y no hay cambios sustanciales.

Alta como experto externo ante el SEPBLAC

Para actuar como experto externo es obligatorio haber comunicado al SEPBLAC la intención de actuar como tal antes de iniciar la actividad. En Molina Law Boutique estamos dados de alta como expertos externos ante el SEPBLAC.

Alcance de la Verificación: ¿Qué revisaremos?

Nuestro examen aborda las tres dimensiones obligatorias según el Reglamento de la Ley 10/2010. Auditamos tanto la documentación física como la trazabilidad digital.

Archivo documental de informe experto debida y KYC para auditoría PBC

1. Archivo y Documentación (KYC)

Auditamos la conservación de documentos durante el plazo legal de 10 años. Verificamos la integridad de las copias de documentos de identificación formal y las declaraciones de Titularidad Real en una muestra aleatoria de clientes.

Análisis de software de monitorización de transacciones y alertas

2. Software y Alertas

Ponemos a prueba su herramienta de monitorización. Simulamos escenarios de riesgo para comprobar si el software genera las alertas automatizadas correctas y si estas son gestionadas con la inmediatez exigida por el SEPBLAC.

Curso de formación anual en prevención de blanqueo de capitales para empleados

3. Plan de Formación (Art. 29)

Revisamos los certificados de asistencia y el contenido de los cursos impartidos a empleados. El experto externo debe validar que la formación es actualizada y específica para el puesto de trabajo, no genérica.

Así elaboramos su Informe de Experto Externo

Cumplimos rigurosamente con la Orden EHA/2444/2007 mediante una metodología ágil diseñada para no interrumpir su operativa diaria.

01

Análisis Documental

Solicitamos y revisamos su Manual de Prevención de Blanqueo de Capitales, las políticas de admisión de clientes y las actas del Órgano de Control Interno (OCI) para verificar su adecuación teórica a la ley.

02

Verificación Operativa (Muestreo)

Realizamos un muestreo aleatorio de expedientes de clientes para auditar la correcta aplicación de las medidas de Diligencia Debida (KYC) y la conservación de documentos según el Art. 25 de la Ley 10/2010.

03

Detección y Rectificación

Antes del cierre, emitimos un borrador con las deficiencias detectadas. Esto permite implementar medidas correctoras inmediatas que se reflejarán positivamente en la valoración final.

04

Informe Final Certificado

Entrega del informe definitivo firmado digitalmente, listo para estar a disposición del SEPBLAC. Incluimos recomendaciones prácticas y hoja de ruta para el siguiente ejercicio.

Checklist operativo

Evidencias que aceleran el Informe de Experto Externo para la prevención del blanqueo de capitales

Si el informe tiene que “aguantar” una revisión, lo que marca la diferencia es la evidencia: pruebas, muestreo, fechas y plan de remedio documentado.

Emisión ≤ 2 meses Elevación ≤ 3 meses Archivo 10 años Plan remedio ≤ 1 año (general)
  1. Fecha de referencia definida

    Deja claro qué fecha “cierra” el ejercicio (para que el informe no quede desfasado o incoherente).

  2. Pruebas y resultados (no solo conclusiones)

    Documenta qué se comprobó, qué salió y qué incidencias se detectaron. Evita el “informe declarativo”.

  3. Muestreo explicado

    Indica tamaño y criterios: tipo de clientes, productos, periodos y % revisado. Si hay muestreo estadístico, define población, método, nivel de confianza y análisis de errores.

  4. Plan de remedio con calendario

    Si hay deficiencias no corregibles al instante, deja aprobado un plan con calendario preciso.

  5. Archivo ordenado

    KYC, titular real, análisis efectuados y soportes: listo para entrega rápida ante requerimiento.

Errores frecuentes que rectificamos en su auditoría

El objetivo del Informe de Experto Externo no es solo cumplir el trámite, sino detectar y subsanar deficiencias operativas que el SEPBLAC considera infracciones graves.

⚠️

El "Manual de Papel"

Tener un Manual genérico que no se aplica en la operativa. La ley exige eficacia operativa real, no solo teórica.

⚠️

Fallo en el Titular Real

Recopilar DNIs es insuficiente. Falta el Acta de Titularidad Real o hay errores en estructuras societarias complejas.

⚠️

Formación Desactualizada

El Art. 29 exige formación continua. Error típico: cursos genéricos sin riesgos específicos (inmobiliario, cripto, joyería, etc.).

⚠️

Diligencia Reforzada Omitida

No aplicar medidas reforzadas a clientes de riesgo alto (PEPs o jurisdicciones de riesgo). Se sanciona como falta de diligencia debida.

Guía práctica

Lo que un Informe de Experto Externo debe poder demostrar

Más allá del “documento”, lo relevante para inspección es la trazabilidad: plazos, pruebas, muestreo y plan de corrección.

Plazos Muestreo Independencia Eficacia operativa

Plazos y “gobierno” del informe

  • Informe anual (con posibilidad de “seguimiento” en los 2 años sucesivos si procede).
  • Fecha de referencia coherente con el ciclo anual (sin saltos entre ejercicios).
  • Emisión rápida: evita que el informe “llegue tarde” respecto a la fecha de referencia.
  • Escalado interno: deficiencias relevantes al órgano/OCI + medidas correctoras.

Clave para no quedar en “cumplimiento formal sin eficacia operativa”.

Muestreo y evidencias (lo que se espera ver)

  • Qué se ha comprobado: pruebas practicadas, resultados y hallazgos (no solo conclusiones).
  • Muestra explicada: tamaño y cobertura (clientes, productos, periodos, etc.).
  • Trazabilidad: KYC/UBO, seguimiento, alertas y formación con soporte documental.
  • Errores detectados: causa, impacto y corrección verificable.
Tip de calidad

Si no se explica “cómo” se revisó (y con qué muestra), suele ser el primer punto débil ante requerimiento.

Independencia + conservación documental

  • Independencia real: incompatibilidades por servicios retribuidos (ventana temporal).
  • Selección idónea: justifica experiencia/competencia del experto.
  • Conservación: documentación de control interno y evidencias listas para entregar.
  • Disponibilidad: rapidez y orden al responder a un requerimiento.

Reduce riesgo sancionador y reputacional en inspecciones.

Enfoque basado en riesgos

  • Controles proporcionales a actividad, clientes y operativa.
  • Medidas reforzadas para PEPs y escenarios de riesgo alto.
  • Coherencia entre manual, procedimientos y ejecución diaria.

Lo que “cuadra” en inspección es la consistencia entre riesgo, control y evidencia.

Nota importante:

Para evitar incoherencias, alinea tu política de archivo con tu sistema de control interno: conserva el informe y su evidencia junto con KYC/UBO, alertas y formación.

Solicitar checklist de preparación

Riesgos y sanciones si no tienes el informe al día

Infracción grave: ausencia de examen externo anual cuando aplica.

Sanciones económicas relevantes: desde importes elevados y pudiendo escalar según patrimonio/volumen.

Riesgo reputacional: requerimientos, inspecciones y pérdida de confianza de bancos, clientes e inversores.

Bloqueos operativos: fricción en onboarding, proveedores, cuentas bancarias y auditorías.

Costes de reacción: corregir tarde suele ser más caro que implantar y documentar bien a tiempo.

¿Necesitas un Informe de Experto Externo defendible ante el SEPBLAC?

Te ayudamos a elaborar un informe completo, riguroso y con evidencias: muestreo, hallazgos, correcciones y documentación lista para requerimiento.

Todo sobre el Informe de Experto Externo (PBC/FT)

¿Qué es el Informe de Experto Externo?

El Informe de Experto Externo en PBC/FT es una auditoría independiente del sistema de control interno de prevención de blanqueo de capitales. Su objetivo es valorar la eficacia operativa del sistema, identificar deficiencias y proponer rectificaciones o mejoras.

Debe quedar a disposición del SEPBLAC y del Órgano de Control Interno (OCI) de la entidad.

No es un “trámite”: es una pieza defensiva para requerimientos, inspecciones y bancarización.

¿Cada cuánto es obligatorio? (Periodicidad)

La obligación general es anual (mínimo). En determinados casos, puede sustituirse por un informe de seguimiento en los dos años sucesivos si no hay cambios relevantes.

Lo importante es mantener el ciclo anual y la coherencia entre fecha de referencia, pruebas, emisión y medidas correctoras.

¿Qué normativa regula el informe?

Principalmente: Ley 10/2010 y su Reglamento RD 304/2014. Los criterios técnicos y de independencia se desarrollan en normativa específica, incluyendo la Orden EHA/2444/2007.

La clave: examen independiente, trazabilidad de pruebas, conclusiones y plan de mejora.

¿Qué incluye exactamente el informe?

Revisión integral del sistema: manual PBC/FT, OCI, identificación (KYC), titular real (UBO), monitorización de operaciones, alertas, formación (Art. 29), conservación documental y evaluación de riesgos.

Lo que marca la diferencia:

  • Pruebas realizadas y resultados (no solo “opinión”).
  • Muestreo explicado: tamaño, criterios, cobertura.
  • Hallazgos priorizados por riesgo + plan corrector con calendario.
  • Evidencias listas para entregar ante requerimiento.
Beneficios de contar con un informe de experto externo

Garantiza el cumplimiento estricto de la Ley 10/2010 y del Reglamento de PBC. Identifica deficiencias en los sistemas de control interno antes de que generen riesgos mayores y Refuerza la credibilidad frente a autoridades, clientes y socios estratégicos.

Aporta un informe formal que acredita la responsabilidad proactiva de la empresa y Proporciona medidas concretas para mejorar procedimientos y reducir riesgos.

¿Qué documentación conviene preparar antes de la auditoría?

Para acelerar tiempos: manual vigente, actas/estructura OCI, evaluación de riesgos, política de admisión, expedientes KYC/UBO, registros de alertas/monitorización, formación y evidencia de medidas correctoras previas.

Si todo está ordenado, el muestreo es más eficiente y el informe sale con más calidad.

¿Qué pasa si no lo presento o lo tengo desactualizado?

Riesgo de sanciones, requerimientos y problemas reputacionales, además de fricción con bancos, inversores y partners.

Prevenir sale mucho más barato que corregir a contrarreloj.

¿Cuánto cuesta un Informe de Experto Externo?

Depende de tamaño, sector, volumen de expedientes y complejidad de la operativa. Lo determinante es el alcance real del muestreo y la evidencia disponible.

Te damos un presupuesto ajustado tras un diagnóstico rápido de riesgo y documentación.

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