Sujetos obligados
Listado de entidades y actividades incluidas en el ámbito PBC, con obligaciones diferenciadas según su naturaleza y riesgo.
Guía completa acerca de cómo implementar la prevención de blanqueo de capitales.
Guía práctica para implementar un programa de Prevención de Blanqueo de Capitales (PBC): marco normativo, procedimientos de diligencia, controles operativos, monitoreo y obligaciones de reporte adaptados a entidades financieras y sujetos obligados.
Definición de sujetos obligados, alcance del manual, referencias legales y criterios para adaptar políticas según jurisdicción y tipo de actividad.
Protocolos de identificación y verificación, clasificación de riesgo, y reglas de monitoreo transaccional para detectar operaciones inusuales.
Proceso de reporte de operaciones sospechosas, funciones del Oficial de Cumplimiento, formación continua y auditoría del programa PBC.
Listado de entidades y actividades incluidas en el ámbito PBC, con obligaciones diferenciadas según su naturaleza y riesgo.
Políticas, procedimientos, segregación de funciones, y sistemas de control para asegurar cumplimiento y evidencias auditables.
Mecanismos para evaluación periódica de riesgo, planes de mejora, congelación de activos y comunicación con autoridades competentes.
En el ámbito de la Prevención de Blanqueo de Capitales (PBC) es fundamental aplicar los principios de protección de datos (licitud, lealtad, transparencia, minimización) y, para cada tratamiento, identificar la base legal que lo legitima: cumplimiento normativo, ejecución contractual o interés legítimo debidamente ponderado.
Las bases jurídicas más habituales en un Manual PBC son:
Es recomendable documentar la base legal aplicable a cada actividad (onboarding, monitoreo transaccional, reporting y retención) en el Registro de Actividades y en el propio Manual PBC.
Mapear tratamientos y justificar la base legal reduce riesgos regulatorios y facilita la respuesta ante supervisores.
Las personas (clientes, empleados, proveedores) conservan derechos sobre sus datos: acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad, salvo las limitaciones previstas por la normativa PBC/FT.
En contextos PBC, algunos derechos pueden verse restringidos temporalmente por obligaciones de conservación o por la necesidad de preservar investigaciones y procedimientos internos.
Todas las solicitudes de derechos deben tramitarse dentro de los plazos legales y previa verificación segura de la identidad del solicitante.
Una gestión diligente de los derechos protege a la entidad y mantiene la confianza de clientes y autoridades.
Bancos, entidades de pago, proveedores de servicios financieros, y determinados profesionales y sectores (inmobiliarias, abogados, auditores, casinos, comerciantes de bienes de alto valor, etc.) deben cumplir obligaciones PBC/FT: identificación de clientes y beneficiarios reales, evaluación de riesgos, aplicación de KYC/KYB y conservación de documentación.
Estas obligaciones abarcan procesos de incorporación, operaciones de alto valor, servicios OTC, corresponsalía y relaciones con contrapartes en jurisdicciones distintas.
Debe existir un procedimiento documentado que regule KYC/KYB, verificación de origen de fondos, controles transaccionales y mecanismos de reporte a autoridades cuando proceda.
La diligencia debe ampliarse a contrapartes críticas: corresponsales bancarios, proveedores de custodia y socios comerciales de alto impacto.
Es imprescindible designar un Compliance Officer con acceso a la dirección y, cuando proceda, un Órgano de Control Interno (OCI) encargado de supervisar el programa PBC.
El Compliance Officer debe disponer de independencia funcional, capacidad para suspender o escalar operaciones sospechosas y autoridad para coordinar reportes y respuestas regulatorias.
El OCI valida metodologías RBA, aprueba auditorías y coordina equipos legales, de cumplimiento y operativos.
La ausencia de responsables formales o canales claros incrementa el riesgo de sanciones y daños reputacionales.
Aplicar KYC/KYB proporcional al perfil del cliente: identificar personas físicas y jurídicas, verificar beneficiarios reales y recabar evidencia sobre origen de fondos en operaciones de riesgo o alto valor.
Se deben contemplar diferentes tipos de cliente (minorista, institucional, market makers, grandes patrimonios) y adaptar los requisitos documentales y las vías de verificación.
Un KYC/KYB sólido facilita la relación con bancos corresponsales, autoridades y socios comerciales.
El enfoque basado en riesgo (RBA) clasifica clientes, productos y operaciones según factores como jurisdicción, naturaleza de la actividad, historial transaccional y complejidad estructural.
Factores a valorar:
La RBA determina si procede diligencia estándar o diligencia reforzada (EDD), la frecuencia de revisiones y los triggers para bloquear o escalar operaciones. La metodología y los indicadores deben quedar documentados.
Documentar la RBA facilita justificar decisiones frente a auditores y supervisores y priorizar recursos de cumplimiento.
El Manual PBC debe integrar políticas de KYC/KYB, metodología RBA, procedimientos de monitoreo transaccional, gestión de incidentes y reporting interno y externo.
El documento incluirá política de conservación documental, criterios de retención, propietarios de procesos y gestión de proveedores críticos (corresponsales, custodios, proveedores tecnológicos).
Debe establecer protocolos de escalado, bloqueo temporal de operaciones, revisiones periódicas y procedimientos para atender requerimientos de autoridades.
Un manual actualizado y sometido a pruebas demuestra diligencia y reduce la exposición ante supervisores y bancos corresponsales.
Debe establecerse un canal interno seguro para la gestión de alertas, con criterios claros para escalar y un procedimiento para comunicar a la unidad de inteligencia financiera cuando proceda, preservando la confidencialidad.
Señales de alerta frecuentes:
El Compliance Officer evalúa la información y, si procede, remite la comunicación oficial sin alertar a los implicados para no perjudicar investigaciones.
Un proceso documentado y ágil reduce riesgos penales y mejora la cooperación con autoridades y socios.
Implementar controles proporcionales: cifrado de datos sensibles, autenticación multifactor, control de accesos por roles, logging de auditoría y separación entre entornos de producción y pruebas.
Es esencial mantener conciliaciones contables, controles sobre canales de pago y procedimientos seguros de firma y autorización.
Estos controles permiten operar con confianza frente a supervisores, bancos y proveedores, y reducen la superficie de riesgo operativo.
Realizar due diligence continua a proveedores y contrapartes críticos (corresponsales, custodios, proveedores tecnológicos y de verificación) y exigir evidencias de cumplimiento y controles adecuados.
Los contratos deben incluir cláusulas AML, medidas de seguridad, obligaciones de notificación de incidentes y derechos de auditoría; solicitar políticas, certificaciones y resultados de auditorías relevantes.
Una debida diligencia sólida reduce la responsabilidad compartida y mejora la resiliencia operativa y de cumplimiento.
Capacitar periódicamente a equipos comerciales, técnicos y de cumplimiento en riesgos, señales de alerta, procedimientos KYC y tratamiento de datos sensibles.
Realizar auditorías internas y externas, ejercicios de revisión de alertas y pruebas de estrés para identificar fallos operativos o debilidades en controles.
La formación continua y las pruebas de efectividad muestran cultura de cumplimiento y reducen la probabilidad de sanciones.
El incumplimiento de obligaciones PBC/FT puede conllevar sanciones administrativas o penales, restricciones operativas y pérdida reputacional.
Las relaciones internacionales exigen cumplimiento de listas de sanciones (UE, ONU, OFAC u otras aplicables) y protocolos de cooperación con supervisores y fuerzas de seguridad.
Mantener cumplimiento internacional y medidas de cooperación protege la reputación y la capacidad operativa de la entidad.
Onboarding → KYC/KYB → Monitoreo on-chain → Investigación de alertas → Escalado a SAR. Cada fase combina controles técnicos (analytics) y procedimientos legales para asegurar trazabilidad.
Diseño de políticas AML específicas para exchanges, custodios y proveedores DeFi: travel-rule, EDD, integración de analytics y reporting a supervisores.
Integración de blockchain analytics, herramientas de trazabilidad y correlación on-chain/off-chain para identificar clusters, mixers y contrapartes de riesgo.