Qué da el token
Analizamos los derechos económicos, de voto, de uso o de reembolso, con el white paper, los contratos y el código si hace falta.
Antes de lanzar un token hay que saber qué es jurídicamente. Analizamos sus derechos con el Reglamento MiCA y las directrices de ESMA, te entregamos un informe motivado y, si es un criptoactivo, preparamos la explicación del art. 8.4 de MiCA que acompaña al libro blanco.
¿No sabes si tu token es un valor?
Cuéntanos qué derechos da tu token y cómo lo vas a vender, y te decimos si necesitas un informe de calificación y cuánto cuesta.
De la calificación del token depende la norma aplicable, el documento que necesitas, quién te supervisa y quién puede venderlo.
Analizamos los derechos económicos, de voto, de uso o de reembolso, con el white paper, los contratos y el código si hace falta.
Aplicamos los criterios de ESMA para valores negociables, instrumentos del mercado monetario, participaciones en organismos de inversión colectiva y derivados.
Comprobamos si el token pretende mantener un valor estable referenciado a una moneda oficial o a otros activos.
Revisamos las exclusiones: NFT únicos, depósitos, seguros y el resto de supuestos del art. 2 de MiCA.
Te entregamos un informe con la calificación, el razonamiento y las consecuencias prácticas para tu proyecto.
Si es un criptoactivo, redactamos la explicación que acompaña a la notificación del libro blanco, con la plantilla de las AES.
Estas son las situaciones en las que más nos piden un informe de calificación.
MiCA exige acompañar la notificación con una explicación de por qué el token no es un instrumento financiero ni una ficha referenciada o de dinero electrónico.
Bancos, plataformas y proveedores de servicios de criptoactivos piden cada vez más un análisis jurídico antes de trabajar con un token.
Los inversores quieren saber si el token es un valor, porque cambia sus derechos y su riesgo regulatorio.
Si el token da uso y además participación en beneficios, ESMA dice que hay que mirar primero si es un instrumento financiero.
Datos del Reglamento MiCA, de la Ley 6/2023 y de las directrices de ESMA y de las autoridades europeas de supervisión (AES).
MiCA no se aplica a los criptoactivos que son instrumentos financieros: se rigen por la normativa de valores.
La autoridad no aprueba el libro blanco antes de su publicación; se le notifica.
La notificación explica por qué el token no está excluido de MiCA, ni es ficha de dinero electrónico, ni ficha referenciada a activos.
Antelación mínima con la que se notifica el libro blanco y la explicación antes de publicarlos.
Se califica por los derechos y el contenido económico del token, no por su nombre ni por la tecnología.
Autoridad competente de MiCA en España; el Banco de España supervisa las fichas referenciadas a activos y a los emisores de fichas de dinero electrónico.
Envíanos el white paper o una descripción de los derechos del token y te decimos qué norma aplica y qué documento necesitas.
Se analiza su contenido económico, no su nombre. Según las directrices de ESMA sobre la calificación de criptoactivos como instrumentos financieros, un token es un valor negociable si no es un instrumento de pago, pertenece a una clase de valores y es negociable en el mercado de capitales; dar derechos equivalentes a los de una acción (dividendos, voto) o a los de un bono (devolución del principal, intereses) apunta en esa dirección.
Queda fuera de MiCA (art. 2.4) y se rige por la normativa de valores: Ley 6/2023, MiFID y el Reglamento de folletos. Si se representa en un registro distribuido, necesita una ERIR. Lo explicamos en abogados de tokenización.
Es el documento que acompaña a la notificación del libro blanco de un criptoactivo que no es una ficha referenciada ni de dinero electrónico. Debe explicar por qué el token no está excluido de MiCA, ni es una ficha de dinero electrónico, ni una ficha referenciada a activos. Las AES publicaron una plantilla y un test normalizado, aplicables desde el 12 de mayo de 2025.
Al menos 20 días hábiles antes de su publicación (art. 8.5 de MiCA). La autoridad no lo aprueba previamente (art. 8.3), pero puede pedir cambios o suspender la oferta si detecta problemas. En España, la autoridad es la CNMV. Más en libro blanco (whitepaper).
No siempre. ESMA advierte que un token llamado «de utilidad» puede ser un instrumento financiero si reproduce derechos propios de un valor. La mera expectativa de que suba de precio no basta para que lo sea, pero el derecho a una parte de los beneficios sí pesa mucho.
Los NFT únicos y no fungibles están fuera de MiCA, salvo que cumplan los criterios de instrumento financiero. ESMA aclara que la unicidad se valora por el contenido del token, no por su identificador técnico, y que las fracciones de un NFT no se consideran únicas automáticamente.
Depende de la complejidad del token y de la documentación disponible. Tras revisar el white paper y los contratos, te damos un presupuesto cerrado que incluye, si la necesitas, la explicación del art. 8.4.
Seguimos el orden que proponen ESMA y las AES: primero instrumento financiero, después fichas y exclusiones.
Si cumple los criterios de un valor u otro instrumento, esa calificación prevalece.
Si no lo es, comprobamos si es ficha de dinero electrónico o referenciada a activos.
NFT únicos y demás supuestos que quedan fuera de MiCA.
Fuente: Reglamento (UE) 2023/1114 (arts. 2, 3 y 8), Directrices de ESMA de 19-03-2025 y directrices conjuntas de las AES JC 2024 28.
Términos del Reglamento MiCA, de MiFID II y de las directrices de ESMA.
Representación digital de un valor o derecho que se transfiere o almacena con DLT o tecnología similar.
Clase de valores negociables en el mercado de capitales, como acciones y bonos.
Token que pretende mantener un valor estable referenciado a una moneda oficial.
Token que pretende mantener un valor estable referenciado a otros activos o a una combinación.
Token que da acceso a un bien o servicio del emisor.
Combina funciones; si cumple los criterios de instrumento financiero, esa naturaleza prevalece.
Norma y documento: Ley 6/2023 y MiFID; folleto salvo exención; ERIR si está en DLT.
Quién supervisa y vende: CNMV; empresas de servicios de inversión.
Norma y documento: MiCA, título IV; solo la emiten entidades de crédito o de dinero electrónico.
Quién supervisa y vende: Banco de España para el emisor.
Norma y documento: MiCA, título III; autorización del emisor (o notificación, si es una entidad de crédito) y dictamen jurídico.
Quién supervisa y vende: Banco de España.
Norma y documento: MiCA, título II; libro blanco notificado con la explicación del art. 8.4.
Quién supervisa y vende: CNMV; proveedores de servicios de criptoactivos.
Son los que más vemos en libros blancos y presentaciones a inversores.
Cuéntanos qué derechos da tu token y cómo lo vas a distribuir, y te preparamos un diagnóstico y un presupuesto a medida.
Actualizado el 4 de noviembre de 2026
El Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA) no se aplica a los criptoactivos que son instrumentos financieros (art. 2.4). Por eso, la primera pregunta de cualquier proyecto es si el token es un instrumento financiero; si lo es, se rige por la normativa de valores, y si no, por MiCA.
ESMA publicó el 19 de marzo de 2025 sus directrices sobre las condiciones y criterios para calificar criptoactivos como instrumentos financieros. Parten de dos principios: neutralidad tecnológica, porque la tokenización no cambia la naturaleza del instrumento, y prevalencia del fondo sobre la forma. Analizan valores negociables, instrumentos del mercado monetario, inversión colectiva, derivados, fichas de consumo, NFT y tokens híbridos.
Quien ofrece un criptoactivo que no es una ficha referenciada ni de dinero electrónico notifica su libro blanco a la autoridad al menos 20 días hábiles antes de publicarlo, con una explicación de por qué el token no está excluido de MiCA ni es una de esas fichas (art. 8). Las autoridades europeas de supervisión fijaron la plantilla y un test normalizado en sus directrices conjuntas, aplicables desde el 12 de mayo de 2025.
Si el token es un criptoactivo, sigue con el libro blanco y, si lo vas a distribuir, con la licencia CASP. Si es una ficha estable, mira fichas de dinero electrónico y fichas referenciadas a activos. Si es un valor, abogados de tokenización.