Salir a BME Growth tiene una parte fija que publica BME: 3.000 € por tramitar el expediente y una tarifa de incorporación de 11.000 € más el 0,06 por mil de la capitalización, sin IVA. Después pagas cada año un canon de mantenimiento de entre 6.500 € y 25.000 €. El resto (asesor registrado, proveedor de liquidez, auditoría, valoración y documento informativo) no tiene precio oficial: depende de tu empresa y de lo que pactes.
Las tarifas oficiales de BME Growth
Están en la Circular 1/2025 de BME MTF Equity, de tarifas, aplicable desde el 1 de julio de 2025. Para una empresa en expansión son estas:
| Concepto | Importe | Apartado |
|---|---|---|
| Tramitación del expediente | 3.000 € en la incorporación inicial; 1.500 € en incorporaciones posteriores | 1.3 |
| Incorporación | 11.000 € fijos + 0,06 por mil de la capitalización, al primer precio de mercado o, si no hay negociación el primer día, al precio de referencia | 1.3 |
| Ampliaciones de capital | 0,06 por mil de la capitalización de las nuevas acciones | 1.3 |
| Mantenimiento anual | 0,05 por mil de la capitalización al cierre del año anterior, con un mínimo de 6.500 € y un máximo de 25.000 € | 2.3 |
| Valor sin ningún análisis financiero publicado | Canon anual de 8.000 €, contra entrega del informe | 2.3 |
| Exclusión de negociación | 0,5 por mil del valor de mercado, con un mínimo de 1.500 € y un máximo de 6.000 € | 3.3 |
Las tarifas no incluyen IVA (apartado 9), y BME puede pedirte una provisión de fondos antes del acuerdo de incorporación.
Ejemplo de cálculo
Aplicando solo esas tarifas, sin IVA ni asesores:
| Capitalización | Expediente + incorporación | Mantenimiento anual |
|---|---|---|
| 20 millones | 3.000 + 11.000 + 1.200 = 15.200 € | 6.500 € (se aplica el mínimo) |
| 100 millones | 3.000 + 11.000 + 6.000 = 20.000 € | 6.500 € (se aplica el mínimo) |
| 500 millones | 3.000 + 11.000 + 30.000 = 44.000 € | 25.000 € (se alcanza el máximo) |
Como ves, hasta 130 millones de capitalización el canon de mantenimiento se queda en el mínimo de 6.500 €. Lo que de verdad mueve el presupuesto son las partidas siguientes.
Lo que exige el mercado y no tiene tarifa oficial
La Circular 2/2026 de BME Growth, de 27 de abril de 2026, fija los requisitos de incorporación. Cada uno tiene un coste que depende de tu punto de partida:
- Ser sociedad anónima, con el capital totalmente desembolsado, acciones en anotaciones en cuenta y sin restricciones a su transmisión (apartado segundo, 1.1). Si hoy eres una limitada, toca transformarla y adaptar estatutos.
- Actividad real: estar comercializando productos o servicios y obteniendo ingresos significativos (1.3), con una capitalización inferior a 1.000 millones (1.4).
- Difusión mínima: acciones por un valor estimado de al menos 2 millones de euros en manos de accionistas con menos del 5 % (3.1). Si no la tienes, tendrás que ampliar tu base de accionistas antes de incorporarte.
- Asesor registrado, elegido entre los inscritos en el registro del mercado (4).
- Contrato de liquidez con un intermediario financiero (5).
- Valoración por experto independiente, salvo que haya habido una colocación en los seis meses anteriores a la solicitud (6).
- Cuentas auditadas de los dos últimos ejercicios, y el último no puede ser anterior en más de 18 meses a la solicitud (anexo I). Si no tienes 24 meses auditados, debes presentar previsiones aprobadas por el consejo (1.5).
- Documento informativo de incorporación (DIIM), con el contenido mínimo del anexo I.
Sobre el asesor registrado y el proveedor de liquidez, la propia guía de emisores de BME Growth dice que su coste depende de los acuerdos que alcances con cada uno. Y si tu actividad tiene menos de dos años, accionistas de referencia, administradores y directivos se comprometen a no vender en el año siguiente a la incorporación (1.6).
Si hay oferta pública: folleto y tasa de la CNMV
El DIIM se presenta en defecto de folleto. Si la operación incluye una oferta pública que exige folleto, la solicitud se acompaña del folleto aprobado por la CNMV (Circular 2/2026, apartado tercero). Ese folleto tiene su tasa: el examen del folleto de valores participativos es la tarifa 1.5 de la Ley 16/2014, que el resumen de tarifas de la CNMV fija hoy en 26.015,11 €. Ese mismo resumen no recoge una tarifa específica por incorporar acciones a un sistema multilateral de negociación.
La frontera entre DIIM y folleto depende de a quién ofreces, cuánto y cómo. Lo analizamos en folleto de emisión.
Los costes de seguir cotizando
La campana es el principio. Cada año pagarás:
- El canon de mantenimiento de BME (entre 6.500 € y 25.000 €).
- El asesor registrado y el proveedor de liquidez. Incumplir de forma grave y reiterada la obligación de mantenerlos puede llevar a la exclusión (Circular 2/2026, apartado sexto).
- La auditoría: la Circular 3/2020 exige un informe semestral con, al menos, revisión limitada del auditor y cuentas anuales auditadas, ambos en los cuatro meses siguientes al cierre del periodo.
- El cumplimiento de abuso de mercado: el Reglamento (UE) 596/2014 se aplica a los instrumentos admitidos en un SMN o cuya admisión se ha solicitado (art. 2.1.b). Información privilegiada, listas de iniciados y operaciones de directivos; lo vemos en abuso de mercado.
- Las comunicaciones al mercado, como las participaciones que alcancen, superen o bajen del 5 %.
BME Scaleup: la alternativa más ligera
Si tu empresa no llega a la difusión de BME Growth, BME Scaleup cobra 1.500 € por el expediente, 10.000 € más el 0,05 por mil por la incorporación y 5.000 € fijos de mantenimiento (Circular 1/2025 de tarifas, apartados 1.5 y 2.5). Su Circular 1/2025 de incorporación no exige difusión mínima y hace voluntario el proveedor de liquidez, aunque mantiene el asesor registrado y la valoración independiente. Si tu vehículo es inmobiliario, mira cuánto cuesta crear una SOCIMI.
De qué depende el resto del presupuesto
No hay un precio oficial de una salida a BME Growth. Depende de lo ordenada que esté tu sociedad (cuentas, pactos, litigios), de si hace falta transformarla en anónima, de si hay colocación previa y de qué tipo, de si la operación exige folleto y del equipo que tengas para la vida de cotizada. Por eso empezamos con un diagnóstico y te damos un presupuesto cerrado. La primera consulta es sin coste.
Cómo te ayudamos
- Diagnóstico de vía: BME Growth, BME Scaleup, mercado continuo o deuda en el MARF.
- Due diligence previa para que el asesor registrado no encuentre sorpresas.
- Coordinación del asesor registrado, el proveedor de liquidez y la estructura de la colocación.
- Redacción del DIIM o del folleto ante la CNMV, con soporte para cada afirmación relevante.
- Vida de cotizada: calendario de información, procedimientos de abuso de mercado y gobierno corporativo.
¿Te compensa salir a BME Growth?
Cuéntanos tamaño, accionariado y cuánto quieres captar. Te decimos qué te falta para cumplir los requisitos, qué partidas te tocan y te damos presupuesto cerrado para tu salida a BME Growth.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda BME Growth en decidir sobre mi incorporación?
El consejo de administración del mercado debe pronunciarse en un plazo máximo de tres meses (Circular 2/2026, apartado quinto). Antes, el Comité de Coordinación de Mercado e Incorporaciones evalúa la solicitud y eleva su informe, y el mercado puede pedirte documentación adicional. El calendario real depende sobre todo de tener listas las cuentas auditadas, la valoración y el documento informativo.
¿Necesito una valoración independiente si acabo de cerrar una ronda?
Puede que no. La Circular 2/2026 exime de la valoración por experto independiente si en los seis meses anteriores a la solicitud hubo una colocación de acciones u operación financiera relevante para fijar el precio. Si vienes de BME Scaleup u otro mercado, puede servir tu último precio si deriva de una negociación suficiente y representativa.
¿Puedo pasar de BME Scaleup a BME Growth con menos papeles?
Sí. Desde la Circular 2/2026, las empresas que llevan al menos 18 meses consecutivos incorporadas en BME Scaleup u otros mercados presentan un documento informativo reducido, con el contenido mínimo de su anexo II, en lugar del completo del anexo I. El asesor registrado y el contrato de liquidez siguen siendo requisitos de incorporación (apartado segundo, 4 y 5). Lo contamos en las Circulares 2/2026 y 3/2026.
¿Qué pasa si dejo de pagar las tarifas de BME?
El impago de las tarifas del mercado es una de las causas de exclusión que recoge la Circular 2/2026 (apartado sexto). Además, la tarifa de exclusión se debe pagar aunque la sociedad ya haya dejado de cotizar. Conviene incluir el canon anual en el presupuesto de cumplimiento desde el primer ejercicio.
Circular 1/2025 de BME MTF Equity, tarifas aplicables (apartados 1.3, 1.5, 2.3, 2.5, 3.3 y 9); Circular 2/2026 de BME Growth, incorporación y exclusión (apartados segundo, tercero, quinto, sexto y anexo I); Circular 3/2020 de BME Growth, información a suministrar (apartados 2.1 y 2.2); Circular 1/2025 de BME Scaleup, incorporación; BME Growth: guía de emisores (apartado 3.5); BME Growth: cómo cotizar; Ley 16/2014, de tasas de la CNMV (tarifa 1.5); CNMV: resumen de tarifas vigentes; Reglamento (UE) 596/2014, sobre abuso de mercado (DOUE) (art. 2.1).
Este artículo describe la situación a 4 de noviembre de 2026 con las circulares que enlaza BME en esa fecha; BME puede actualizar sus tarifas, así que revisa el cuadro vigente antes de cerrar números.