Reconstruye el origen
Cómo llegaron las criptomonedas a tu wallet: en qué exchange las compraste, con qué dinero y el TxID del retiro hasta tu dirección.
Pasar al banco criptomonedas que guardas en autocustodia tiene dos filtros: el exchange, que quiere saber que la wallet es tuya, y el banco, que quiere saber de dónde salió el dinero. Te explicamos cómo pasarlos sin bloqueos y qué preparar antes del primer envío.
Actualizado: septiembre de 2026 · Ledger, Trezor y otras wallets de autocustodia¿Vas a bancarizar cripto desde tu wallet? Revisamos tu caso gratis
Cuéntanos cómo llegaron las criptomonedas a tu wallet y te decimos qué documentación preparar.
Desde una wallet propia no hay un exchange que haya identificado cada compra. Por eso el exchange y el banco te piden lo que en otro caso ya tendrían.
| Paso | Qué ve la entidad | Qué te va a pedir |
|---|---|---|
| Depósito en el exchange | Fondos que llegan desde una dirección autoalojada, fuera de cualquier plataforma. | Prueba de que la wallet es tuya y, a menudo, de dónde salieron las criptomonedas. |
| Venta | La venta de criptomonedas por euros. | Normalmente nada más, si el depósito ya está justificado. |
| Retirada al banco | Una transferencia desde un exchange, a veces de un importe alto. | El origen de los fondos: compra original, recorrido y declaración fiscal. |
| Declaración de la renta | La ganancia o pérdida de la venta. | Precio y fecha de compra, para calcularla con el criterio FIFO. |
El orden importa: prepara la documentación antes de mover nada. Es mucho más fácil responder a una pregunta que desbloquear un depósito retenido.
Cómo llegaron las criptomonedas a tu wallet: en qué exchange las compraste, con qué dinero y el TxID del retiro hasta tu dirección.
Por encima de 1.000 €, el exchange debe comprobar si la wallet es tuya. Suele bastar con firmar un mensaje o hacer un pequeño envío de prueba.
Retira a una cuenta a tu nombre, guarda el dossier y declara la ganancia en la Renta del año de la venta.
¿El exchange o el banco ya te han bloqueado? Lee qué hacer con una cuenta bloqueada por criptomonedas.
No hay un importe mínimo a partir del cual sea obligatorio justificar: cada entidad fija sus alertas según tu perfil. Pero hay umbrales que conviene conocer.
| Umbral | De dónde sale | Qué implica |
|---|---|---|
| Más de 1.000 € desde una wallet propia | Reglamento (UE) 2023/1113 (Travel Rule). | El exchange debe comprobar si la dirección autoalojada es tuya. |
| Importes que no encajan con tu perfil | Ley 10/2010, art. 6 (seguimiento continuo). | El banco puede pedirte el origen de los fondos aunque el importe sea moderado. |
| 1.000 € en efectivo | Límite de pagos en efectivo cuando interviene un empresario o profesional (Ley 7/2012, art. 7). | Vender por efectivo te deja sin rastro bancario: después tendrás que justificar ese efectivo. |
| Más de 50.000 € en plataformas extranjeras a 31/12 | Modelo 721. | No afecta a la wallet fría, pero sí si dejas el saldo en un exchange extranjero a final de año. |
Dividir la venta en importes pequeños para no llamar la atención no evita las preguntas: fraccionar operaciones es una de las señales de alerta que vigilan bancos y exchanges.
La wallet fría es solo el último tramo. Lo que te van a preguntar es cómo empezó todo.
Compra en exchangeEs el caso más sencillo: historial del exchange, extracto bancario del pago y TxID del retiro a tu wallet.
Exchange cerradoCorreos de confirmación, extractos bancarios de los pagos y el rastro on-chain desde las direcciones del exchange hasta tu wallet.
Minería o cobrosFacturas, contratos o registros de minería, y la declaración de esos ingresos en su momento.
P2PJustificantes del pago al vendedor, las conversaciones de la operación y el TxID con el que te las envió.
¿Qué me pedirán?Prueba de control de la wallet.
Dossier completo del origen.
Certificado de criptomonedas firmado.
Que viene de vender tus propias criptomonedas.
Justificante de la venta y de la retirada del exchange, a tu nombre.
Con qué dinero y cuándo las compraste.
Historial de compra y extracto bancario del pago original.
Que el recorrido es coherente y no intervienen terceros.
TxID del retiro a tu wallet y del envío de vuelta al exchange.
Que lo que cobras encaja con lo que declaras.
Tu declaración de la renta o, si la venta es de este año, cómo la vas a declarar. Ver documentos fiscales.
Una explicación completa y firmada.
Certificado de criptomonedas con informe de trazabilidad. Ver qué pide el banco.
Casi siempre se puede evitar preparándolo antes.
Preparamos el dossier y el certificado de criptomonedas antes del primer envío, para que el exchange y el banco tengan las respuestas antes de preguntar.
Pasar el valor de tus criptomonedas a euros en una cuenta bancaria a tu nombre, con el dinero justificado y declarado. En la práctica: enviarlas a un exchange, venderlas y retirar los euros al banco. Tienes la guía general en cómo meter dinero cripto en el banco.
Una wallet fría no se conecta al banco. Primero envías las criptomonedas a un exchange, las vendes por euros y retiras a tu cuenta. Antes conviene preparar la prueba de que la wallet es tuya y el origen de los fondos.
No hay un mínimo legal. Por encima de 1.000 €, el exchange debe comprobar si la wallet es tuya, y el banco puede preguntar por cualquier importe que no encaje con tu perfil.
Lo habitual es firmar un mensaje con la clave de la dirección desde tu wallet o hacer un pequeño envío de prueba que el exchange pueda identificar. Cada exchange indica qué método acepta.
No. El Modelo 721 solo incluye criptomonedas custodiadas por plataformas en el extranjero. Las de tu wallet sí cuentan para el Impuesto sobre el Patrimonio y, al venderlas, tributan en el IRPF.
Es posible, pero te quedas sin rastro bancario: cuando ingreses ese efectivo tendrás que justificarlo igualmente. Además, en las operaciones entre particulares es más fácil recibir fondos de origen dudoso.
Se puede reconstruir con correos de confirmación, extractos bancarios y el rastro on-chain desde las direcciones del exchange hasta tu wallet. Si quedan huecos, se explican con pruebas alternativas en un certificado firmado.
Uno autorizado para prestar servicios en la UE, en el que puedas verificar tu identidad y retirar a una cuenta a tu nombre. Evita las plataformas sin autorización: si bloquean tus fondos, tendrás menos opciones para reclamar.
No es desconfianza personal: exchanges y bancos están obligados a hacer estas comprobaciones.
Travel Rule: cada transferencia de criptoactivos entre proveedores lleva los datos de quien envía y de quien recibe.
Análisis on-chain: el exchange revisa por qué direcciones han pasado los fondos antes de acreditarlos.
Coherencia fiscal: lo que cuentas al banco debe coincidir con lo que declaras a Hacienda.
Por encima de 1.000 €, el proveedor debe comprobar si la dirección autoalojada es del cliente.
Bancos y exchanges deben comprobar que tus operaciones cuadran con tu perfil, incluido el origen de los fondos.
Vender criptomonedas genera una ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre el precio de venta y el de compra.
Bancarizar criptomonedas es pasar su valor a euros en una cuenta bancaria a tu nombre, con el dinero justificado y declarado. Si están en una wallet fría o de autocustodia, como Ledger o Trezor, el proceso tiene un paso más: enviarlas a un exchange, que debe comprobar que la wallet es tuya, antes de venderlas y retirar los euros.
Con el Reglamento (UE) 2023/1113, conocido como Travel Rule, los proveedores de criptoactivos deben comprobar si una dirección autoalojada pertenece a su cliente cuando reciben de ella más de 1.000 €. Además, analizan on-chain el recorrido de los fondos. Tener preparados el historial de compra y el TxID del retiro a tu wallet evita retenciones.
Como sujeto obligado de la Ley 10/2010, el banco debe conocer el origen de los fondos que recibes. Si la transferencia desde el exchange no encaja con tu perfil, te pedirá justificar cómo compraste las criptomonedas. Un certificado de criptomonedas con trazabilidad responde a esa pregunta en un único documento.
Las criptomonedas de una wallet propia no se declaran en el Modelo 721, que solo alcanza a las custodiadas por plataformas extranjeras, pero sí forman parte del patrimonio. Al venderlas, la ganancia o pérdida se declara en la Renta de ese año.