Retiro de un exchange al banco
"Reunimos el histórico de compra, custodia y venta para que el ingreso desde el exchange quede documentado y sea coherente con tu perfil."
¿Tu banco te ha enviado un requerimiento para justificar el origen de los fondos que llegan de tus criptomonedas? Te explicamos por qué lo exige la Ley 10/2010, qué documentación aportar y cómo responder bien y a tiempo para evitar el bloqueo de la cuenta.
¿El banco te pide el origen? Diagnóstico gratuito
Cuéntanos qué te ha solicitado y te decimos qué aportar y cómo responder.
Seis frentes para acreditar el origen de tus fondos cripto, preparar la respuesta al requerimiento y evitar que la cuenta acabe bloqueada.
Documentamos de dónde procede tu dinero (compra, trading, staking, nómina en cripto) con la narrativa y los soportes que el banco exige bajo la Ley 10/2010.
Estructuramos el escrito y los anexos para que tu respuesta sea clara, completa y proporcionada, anticipando lo que el banco va a revisar.
Análisis on-chain que reconstruye el recorrido de tus fondos desde el origen hasta el exchange y el banco, con documentación verificable.
Te ayudamos a aportar los datos de ordenante y beneficiario que exige la Travel Rule, reforzando la coherencia de la operación ante el banco.
Operar con proveedores autorizados bajo MiCA aporta documentación de mayor calidad y refuerza tu narrativa de origen lícito.
Respondemos a requerimientos del banco, Hacienda o supervisores con documentación ordenada, coherente y proporcionada a la operación.
Inversores, nómadas digitales, empresas que cobran en cripto o traders: cada perfil necesita un soporte de origen de fondos distinto para responder bien.
"Reunimos el histórico de compra, custodia y venta para que el ingreso desde el exchange quede documentado y sea coherente con tu perfil."
"Acreditamos facturación, residencia fiscal y trazabilidad para responder al banco cuando pide justificar ingresos cobrados en criptoactivos."
"Preparamos el soporte contable, contractual y de trazabilidad para que la respuesta al banco sea sólida y la conversión a euros no se frene."
"Cuando el banco pide explicaciones por movimientos elevados, ordenamos la narrativa y las evidencias que respaldan tu operativa."
Un requerimiento de origen de fondos es la oportunidad de evitar un bloqueo. Si se responde tarde, incompleto o de forma incoherente, el banco puede escalar la medida.
Bloqueo de la operativa: si no aportas el origen de los fondos en plazo, el banco puede restringir o bloquear la cuenta de forma preventiva.
Respuesta incoherente: documentación contradictoria o con lagunas genera más preguntas y alarga el proceso.
Comunicación al SEPBLAC: si el banco no logra acreditar la licitud, puede comunicar la operación como sospechosa.
El banco debe conocer el origen de los fondos y el propósito de la operación; si no puede, debe abstenerse de ejecutarla.
La falta de respuesta puede derivar en la cancelación de la relación y dificultar abrir cuenta en otra entidad.
Lo que declaras al banco debe ser coherente con tu IRPF y, en su caso, con el Modelo 721 de criptomonedas.
Te ayudamos a reunir la documentación, elaborar el informe de trazabilidad y preparar una respuesta clara y proporcionada para evitar el bloqueo.
Porque el banco es sujeto obligado en prevención de blanqueo y debe conocer el origen del dinero y el propósito de las operaciones. La Ley 10/2010 le obliga a aplicar medidas de diligencia debida, y los ingresos desde exchanges suelen activar esa verificación.
Sí. La normativa de prevención de blanqueo obliga a las entidades a recabar esta información y a los clientes a colaborar en su cumplimiento. Negarse a aportarla suele derivar en bloqueo o en el cese de la relación.
Depende del origen, pero lo habitual es:
El plazo lo fija el banco en el propio requerimiento. Conviene responder dentro del plazo y de forma documentada: la falta de respuesta es uno de los motivos más frecuentes de bloqueo.
El banco puede aplicar medidas restrictivas y, si no logra aplicar la diligencia debida, abstenerse de ejecutar la operación e incluso cancelar la cuenta. En algunos casos lo comunicará al SEPBLAC.
Clara, completa, coherente y proporcionada: una narrativa cronológica del origen del dinero respaldada por evidencias verificables. Es lo que resuelve el requerimiento sin que escale a bloqueo.
Porque reconstruye el recorrido de los criptoactivos (on-chain y off-chain) desde el origen hasta el banco, con documentación verificable. Es la prueba más sólida para acreditar el origen lícito de los fondos.
Sí. La información que das al banco debe ser coherente con tu IRPF (ganancias y pérdidas patrimoniales) y, si custodias cripto en el extranjero, con el Modelo 721. La coherencia refuerza la narrativa de licitud.
Responder a un requerimiento de origen de fondos no es enviar un correo: es acreditar de forma ordenada y verificable de dónde sale el dinero. La clave es una narrativa coherente con tu perfil, respaldada por evidencias.
El banco es sujeto obligado y debe conocer el origen de los fondos y el propósito de la operación. No es desconfianza: es una obligación legal de diligencia debida que debe cumplir y documentar.
Historial del exchange, justificantes de compra y venta, trazabilidad on-chain, contratos o facturas si cobras en cripto y el soporte fiscal correspondiente. Todo coherente entre sí.
Una explicación clara, cronológica y verificable de cómo se generó el dinero. Responder a tiempo y de forma proporcionada es lo que evita que el requerimiento acabe en bloqueo.
¿Necesitas ayuda para preparar la respuesta? Revisa la justificación del origen de criptomonedas o solicita un informe de trazabilidad.
Responder bien a un requerimiento es un proceso, no una conversación. Se trata de reconstruir el origen de los fondos, documentar la trazabilidad on-chain y presentar al banco un dossier coherente y proporcionado. Este panel muestra cómo se aterriza en la práctica.
1) RequerimientoAnalizamos el requerimiento: qué operación cuestiona, qué documentación resolvería la duda y cuál es el plazo de respuesta.
2) OrigenHistorial del exchange, compras y ventas, staking o nómina en cripto: la fuente real del dinero, documentada y coherente con tu perfil.
3) TrazabilidadConectamos origen, custodia y retiro mediante análisis blockchain para demostrar que los fondos tienen un recorrido lícito y verificable.
4) RespuestaPresentamos el dossier de forma ordenada, con un escrito que explica el origen y anexos que lo prueban. El objetivo: resolver el requerimiento sin que escale a bloqueo.
Decisión rápidaJustificante de compra/venta del exchange + trazabilidad básica del retiro.
Contratos/facturas + historial completo + soporte fiscal + narrativa cronológica.
Informe de trazabilidad on-chain detallado + dossier reforzado + interlocución.
De dónde sale el dinero que llega desde el exchange y por qué es lícito.
Justificantes de compra/venta, historial del exchange e informe de trazabilidad.
Que el importe y la frecuencia encajen con tu actividad e ingresos declarados.
Nóminas, facturas, contratos y declaraciones fiscales coherentes con la operación.
El trayecto desde el origen hasta el ingreso, sin saltos ni lagunas.
Informe on-chain que conecta wallets, exchange y cuenta bancaria.
Que las ganancias estén declaradas y, en su caso, los activos en el extranjero.
IRPF con ganancias/pérdidas patrimoniales y Modelo 721 si procede.
Que respondas en plazo, de forma clara, completa y proporcionada.
Escrito de respuesta + anexos ordenados + registro del envío y la fecha.
Evitarlos acelera la resolución y reduce el riesgo de bloqueo.
Si el banco te pide justificar el origen de fondos de tus criptomonedas, estos términos aparecen en el requerimiento y en la respuesta. Entenderlos te ayuda a aportar exactamente lo que se necesita.
Solicitud formal de documentación para verificar el origen de los fondos y el propósito de la operación, con un plazo de respuesta.
Conjunto de pruebas que demuestran de dónde procede el dinero y que su origen es lícito. Es el núcleo de la respuesta al banco.
Deber de identificar al cliente, conocer el propósito de la operación y verificar el origen de los fondos antes de ejecutarla.
Medidas adicionales para operaciones o clientes de mayor riesgo, como volúmenes altos o ingresos recurrentes en cripto. Exige más documentación.
Análisis del trayecto de los criptoactivos desde el origen hasta el banco. Reconstruye y documenta la procedencia del dinero.
Autoridad española que recibe las comunicaciones de operaciones sospechosas. Un requerimiento mal resuelto puede acabar en una comunicación al SEPBLAC.
Información que el banco tiene sobre tu actividad e ingresos. Cuando una operación no encaja con el perfil, se dispara el requerimiento.
Obligación informativa sobre criptomonedas custodiadas fuera de España. Su correcta presentación refuerza la narrativa de licitud ante el banco.
El banco debe abstenerse de ejecutar operaciones cuando no puede aplicar la diligencia debida o las considera sospechosas, e informar al SEPBLAC.
Cuando un banco solicita justificar el origen de los fondos procedentes de criptomonedas, actúa en su condición de sujeto obligado en materia de prevención del blanqueo de capitales. La norma que ampara esta exigencia es la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, que obliga a las entidades a aplicar medidas de diligencia debida sobre el origen de los fondos y el propósito de las operaciones, y a los clientes a colaborar en su cumplimiento.
El requerimiento suele activarse cuando los ingresos no coinciden con el perfil habitual del cliente, cuando llegan transferencias desde un exchange o cuando los importes o la frecuencia resultan elevados. Es un paso previo: responder bien evita que la situación derive en un bloqueo de la cuenta o de la operación.
Para acreditar el origen lícito conviene reunir el historial del exchange, los justificantes de compra y venta, un informe de trazabilidad on-chain, el soporte contractual si se cobra en cripto y la documentación fiscal. Una narrativa cronológica y coherente con el perfil del cliente es lo que da solidez a la respuesta.
La información que se aporta al banco debe ser coherente con el IRPF (ganancias y pérdidas patrimoniales) y, en su caso, con el Modelo 721 de criptomonedas en el extranjero. Además, los datos de ordenante y beneficiario asociados a la Travel Rule refuerzan la trazabilidad y la coherencia de la operación.
El banco fija un plazo de respuesta y debe aplicar las medidas con proporcionalidad y transparencia. Si no logra acreditar la licitud de los fondos, conforme a la Ley 10/2010 puede abstenerse de ejecutar la operación y comunicarla al SEPBLAC. En el plano supervisor, el Banco de España y la CNMV (bajo MiCA) supervisan a entidades y proveedores de servicios de criptoactivos.