Retiro de un exchange al banco
"Reconstruimos el histórico de compra, custodia y venta para que el ingreso desde el exchange tenga un origen documentado y coherente con tu perfil."
¿Tu banco ha bloqueado la cuenta o una transferencia por operar con criptomonedas? Te ayudamos a justificar el origen de los fondos, responder al requerimiento al amparo de la Ley 10/2010 y recuperar el acceso a tu dinero con un dossier de trazabilidad sólido.
¿Te han bloqueado la cuenta? Diagnóstico gratuito
Cuéntanos qué te ha pedido el banco y te decimos cómo desbloquearla.
Seis frentes para acreditar el origen de tus fondos, responder al banco y recuperar el acceso a tu dinero con evidencias.
Documentamos de dónde proviene tu dinero (compra, trading, staking, nómina en cripto) con la narrativa y los soportes que el banco exige bajo la Ley 10/2010.
Estrategia para revertir el bloqueo: interlocución con el banco, dossier de cumplimiento y, si procede, reclamación por bloqueo desproporcionado o indefinido.
Análisis on-chain que reconstruye el recorrido de tus fondos desde el origen hasta el exchange y el banco, con documentación verificable.
Te ayudamos a aportar los datos de ordenante y beneficiario que exige la Travel Rule, reduciendo bloqueos y fricción con el banco y el exchange.
Operar a través de proveedores autorizados bajo MiCA refuerza tu narrativa de origen lícito y facilita que el banco acepte los fondos.
Preparamos la respuesta al requerimiento de información: documentación ordenada, coherente y proporcionada para desbloquear cuanto antes.
Inversores particulares, nómadas digitales, empresas que cobran en cripto o traders: cada perfil necesita una justificación de origen de fondos distinta.
"Reconstruimos el histórico de compra, custodia y venta para que el ingreso desde el exchange tenga un origen documentado y coherente con tu perfil."
"Acreditamos facturación, residencia fiscal y trazabilidad para justificar ante el banco ingresos recurrentes cobrados en criptoactivos."
"Diseñamos el soporte contable, contractual y de trazabilidad para que la conversión a euros no active alertas ni bloqueos en tu banco."
"Cuando el banco ve movimientos altos y frecuentes, preparamos la narrativa y las evidencias que explican y respaldan tu operativa."
Un bloqueo bancario por criptomonedas no se resuelve solo: cuanto más tardas en justificar el origen de los fondos, más se complica recuperar el acceso y mantener la bancarización.
Sin acceso a tus fondos: aunque no es un embargo judicial, el efecto es el mismo mientras dura el bloqueo preventivo de la operativa.
Requerimientos con plazo: si no respondes a tiempo y de forma documentada a la petición de origen de fondos, el bloqueo se prolonga.
Comunicación al SEPBLAC: el banco puede comunicar la operación como sospechosa si no logra acreditar su licitud.
Si el banco no puede aplicar la diligencia debida, no podrá ejecutar la operación ni mantener la relación de negocio.
El bloqueo puede derivar en la cancelación de la cuenta y en dificultades para abrir otra si no acreditas el origen lícito.
Un bloqueo indefinido pese a tu colaboración puede ser mala práctica y motivo de reclamación si se documenta bien.
Te ayudamos a justificar el origen de los fondos, responder al requerimiento y recuperar el acceso a tu dinero con un dossier de trazabilidad sólido y proporcionado.
Porque el banco es sujeto obligado en prevención de blanqueo y debe verificar el origen de los fondos. Suele activarse cuando los ingresos no encajan con tu perfil habitual, llegan desde un exchange sin justificación clara o no puedes acreditar de dónde procede el dinero.
El bloqueo se ampara, de forma genérica, en la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
Sí, dentro de límites. El banco puede actuar de forma preventiva, pero debe respetar los principios de proporcionalidad y transparencia y ofrecerte al menos una motivación genérica citando la Ley 10/2010.
Según el Banco de España, un bloqueo indefinido pese a tu colaboración podría considerarse una mala práctica.
Depende del origen, pero suele incluir: historial del exchange, justificantes de compra/venta, trazabilidad on-chain, contratos o facturas si cobras en cripto, y la declaración fiscal correspondiente.
No hay un plazo legal único: depende de la calidad de la documentación aportada y de la entidad. Cuanto más ordenado, coherente y completo sea el dossier de origen de fondos, más rápido se resuelve.
Responder a tiempo al requerimiento es clave para evitar que el bloqueo se prolongue.
El bloqueo puede mantenerse o agravarse. Si el banco no logra aplicar la diligencia debida, conforme a la Ley 10/2010 puede abstenerse de ejecutar la operación e incluso cancelar la relación de negocio.
En algunos casos comunicará la operación como sospechosa al SEPBLAC.
Sí. Si has colaborado y aportado toda la documentación y el bloqueo persiste sin motivo proporcionado, puedes reclamar ante el banco y, en su caso, ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
Documentar tu colaboración y los plazos es esencial para sostener la reclamación.
Es un análisis que reconstruye el recorrido de tus criptoactivos (on-chain y off-chain) desde el origen hasta el ingreso en el banco, con documentación verificable.
Es la prueba más potente para acreditar que los fondos tienen un origen lícito y desbloquear la cuenta.
Sí, puede llegar a cancelar la relación si no consigue acreditar el origen de los fondos o aplicar la diligencia debida. Por eso conviene reaccionar pronto, con asesoramiento y evidencias, antes de que el caso escale a cierre o comunicación al SEPBLAC.
Desbloquear una cuenta bloqueada por criptomonedas no es discutir con el banco: es acreditar de forma ordenada el origen lícito de los fondos. La clave es un dossier de trazabilidad coherente con tu perfil y proporcionado a la operación.
El banco es sujeto obligado y debe verificar el origen de los fondos y el propósito de la operación. No es desconfianza: es una obligación legal de diligencia debida que debe cumplir y documentar.
Historial del exchange, justificantes de compra y venta, trazabilidad on-chain, contratos o facturas si cobras en cripto y el soporte fiscal correspondiente. Todo coherente entre sí.
La narrativa: una explicación clara, cronológica y verificable de cómo se generó el dinero, respaldada por evidencias. Es lo que convierte un bloqueo en un desbloqueo rápido.
¿Necesitas ayuda para acreditar el origen de fondos? Revisa la bancarización de criptomonedas o solicita un informe de trazabilidad.
Desbloquear una cuenta es un proceso, no una conversación. Se trata de reconstruir el origen de los fondos, documentar la trazabilidad on-chain y presentar al banco un dossier coherente y proporcionado. Este panel muestra cómo se aterriza en la práctica.
1) RequerimientoAnalizamos el requerimiento, el plazo y el alcance: qué operación se cuestiona y qué documentación resolvería el bloqueo.
2) OrigenHistorial del exchange, compras y ventas, staking o nómina en cripto: la fuente real del dinero, documentada y coherente con tu perfil.
3) TrazabilidadConectamos origen, custodia y retiro mediante análisis blockchain para demostrar que los fondos tienen un recorrido lícito y verificable.
4) RespuestaPresentamos el dossier de forma ordenada y proporcionada. Si el bloqueo persiste pese a tu colaboración, preparamos la reclamación ante el banco y el Banco de España.
Decisión rápidaJustificante de compra/venta del exchange + trazabilidad básica del retiro.
Contratos/facturas + historial completo + soporte fiscal + narrativa cronológica.
Informe de trazabilidad on-chain detallado + dossier reforzado + interlocución.
De dónde sale el dinero que llega desde el exchange y por qué es lícito.
Justificantes de compra/venta, historial del exchange e informe de trazabilidad.
Que el importe y la frecuencia encajen con tu actividad y tus ingresos declarados.
Nóminas, facturas, contratos y declaraciones fiscales coherentes con la operación.
El trayecto desde el origen hasta el ingreso, sin saltos ni lagunas.
Informe on-chain que conecta wallets, exchange y cuenta bancaria.
Que las ganancias estén declaradas y, en su caso, los activos en el extranjero.
IRPF con ganancias/pérdidas patrimoniales y Modelo 721 si procede.
Que has respondido en plazo y aportado lo solicitado de forma ordenada.
Registro de comunicaciones, fechas y documentación entregada al banco.
Conocer los detonantes ayuda a anticipar la documentación y evitar futuros bloqueos.
Si tu banco ha bloqueado la cuenta por criptomonedas, estos términos aparecen en el requerimiento y en la respuesta. Entenderlos te ayuda a aportar exactamente lo que se necesita.
Medida que restringe el acceso a fondos u operaciones mientras el banco verifica el origen del dinero. No es un embargo judicial, pero su efecto práctico es similar.
Conjunto de pruebas que demuestran de dónde procede el dinero y que su origen es lícito. Es el núcleo de cualquier desbloqueo.
Deber de identificar al cliente, conocer el propósito de la operación y verificar el origen de los fondos antes de ejecutarla.
El banco debe abstenerse de ejecutar operaciones cuando no puede aplicar la diligencia debida o las considera sospechosas, e informar al SEPBLAC.
Análisis del trayecto de los criptoactivos desde el origen hasta el banco. Reconstruye y documenta la procedencia del dinero.
Autoridad española que recibe las comunicaciones de operaciones sospechosas. Un bloqueo mal resuelto puede acabar en una comunicación al SEPBLAC.
Información que el banco tiene sobre tu actividad e ingresos. Cuando una operación no encaja con el perfil, se dispara la alerta.
Cancelación de la cuenta o negativa a operar por riesgo cripto. Se previene con trazabilidad y origen de fondos verificables.
Obligación informativa sobre criptomonedas custodiadas fuera de España. Su correcta presentación refuerza la narrativa de licitud.
Los 10 pasos para justificar el origen de tus fondos cripto ante el banco y recuperar el acceso a tu dinero, con la documentación esperada en cada caso.
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Cuando un banco bloquea una cuenta o una transferencia por criptomonedas, lo hace en su condición de sujeto obligado en materia de prevención del blanqueo de capitales. La norma que ampara estas medidas es la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, que obliga a las entidades a aplicar medidas de diligencia debida sobre el origen de los fondos y el propósito de las operaciones.
El bloqueo suele activarse cuando los ingresos no coinciden con el perfil habitual del cliente, cuando se reciben transferencias desde un exchange sin justificación clara, cuando no se puede acreditar el origen del dinero o cuando no se responde a tiempo a los requerimientos. El Banco de España confirma que las entidades pueden bloquear compras o transferencias de criptomonedas de forma preventiva, citando expresamente la Ley 10/2010 en su comunicación al cliente.
El bloqueo es legal, pero tiene límites. Las medidas restrictivas deben aplicarse con proporcionalidad y transparencia y el banco debe ofrecer al menos una motivación genérica. Según los criterios de buenas prácticas del Banco de España, un bloqueo indefinido pese a la colaboración del cliente podría considerarse una mala práctica, lo que abre la vía a la reclamación.
La clave para desbloquear la cuenta es acreditar el origen lícito de los fondos con un dossier ordenado: historial del exchange, justificantes de compra y venta, informe de trazabilidad on-chain, soporte contractual si se cobra en cripto y la documentación fiscal correspondiente. Una narrativa cronológica y coherente con el perfil del cliente es lo que convierte un bloqueo en un desbloqueo.
La coherencia fiscal refuerza la justificación: ganancias y pérdidas patrimoniales en el IRPF y, en su caso, el Modelo 721 para criptomonedas en el extranjero. En el plano supervisor, el SEPBLAC es la unidad que recibe las comunicaciones de operaciones sospechosas, mientras que el Banco de España y la CNMV (bajo MiCA) supervisan a las entidades y proveedores de servicios de criptoactivos.