Emisión de bonos tokenizados

Te ayudamos a financiar tu empresa con deuda tokenizada: un bono que se emite y se registra en un sistema DLT con las reglas de siempre. Preparamos el acuerdo de emisión, el documento de la emisión y la designación de la ERIR, y analizamos si necesitas folleto y cómo colocar los bonos entre inversores.

¿Quieres emitir un bono tokenizado?

Dinos qué importe buscas, a qué plazo y a qué inversores te diriges, y te respondemos con la estructura y un presupuesto a medida.

  • Respuesta en 24 h
  • Sin compromiso
  • Confidencial
Límite de emisión de una S.L.
2 × recursos propios
Oferta exenta anunciada al público
Con ESI (art. 36)
Quién lleva el registro
ERIR
Régimen piloto: tamaño de la emisión
< 1.000 M€

Tu emisión de deuda tokenizada, de principio a fin

Un bono tokenizado es una obligación de la Ley de Sociedades de Capital representada en un registro distribuido. La tecnología cambia el registro, no las obligaciones del emisor.

EstructuraPaso 1

Diseño del bono

Importe, cupón, vencimiento, amortización, garantías y rango. Comprobamos los límites de emisión según tu forma social.

Art. 401 LSC.
AcuerdosPaso 2

Acuerdo de emisión

Preparamos el acuerdo del órgano competente y, cuando la ley lo exige, la escritura y la organización de los obligacionistas.

Arts. 401 y siguientes LSC.
EmisiónPaso 3

Documento de la emisión

Describimos los bonos, el sistema DLT y su gobierno, y designamos a la entidad responsable del registro.

Art. 7 Ley 6/2023.
ERIRPaso 4

Registro de los bonos

Te ayudamos a elegir y contratar una ERIR autorizada para la custodia y administración de instrumentos financieros.

Art. 8.4 Ley 6/2023.
OfertaPaso 5

Folleto o exención

Analizamos si la oferta necesita folleto o encaja en una exención por importe o por tipo de inversor.

Ley 6/2023 y Reglamento de folletos.
ColocaciónPaso 6

Inversores y publicidad

Si anuncias la emisión al público, coordinamos la intervención de una empresa de servicios de inversión y el KYC de los inversores.

Art. 36 Ley 6/2023 y Ley 10/2010.

Cuándo encaja un bono tokenizado

La deuda tokenizada es útil cuando hay muchos inversores, importes pequeños por inversor o se quiere automatizar los pagos.

Pyme

Financiación alternativa al banco

Una emisión de deuda permite captar financiación de inversores sin diluir a los socios, con condiciones que fija la propia empresa.

Inmobiliario

Un proyecto con garantía

Promotoras y vehículos inmobiliarios emiten bonos garantizados para financiar una obra o una compra concreta.

Comunidad

Clientes que quieren invertir

Algunas empresas ofrecen deuda a su comunidad. Es posible, pero la publicidad y la colocación tienen reglas estrictas.

Automatización

Cupones y amortizaciones automáticas

El registro distribuido facilita el pago de cupones, el control de titulares y la trazabilidad de cada transmisión.

Los bonos tokenizados, en cifras

Datos de la Ley de Sociedades de Capital, de la Ley 6/2023 y del régimen piloto DLT.

Art. 401.1 LSC S.A. y S.L.

Las sociedades de capital pueden emitir obligaciones u otros valores que reconozcan o creen una deuda.

Art. 401.2 LSC 2 veces

Las emisiones de una S.L. no pueden superar el doble de sus recursos propios, salvo que estén garantizadas con hipoteca, prenda de valores, garantía pública o aval de entidad de crédito.

Art. 6.1 Ley 6/2023 DLT

Los bonos pueden representarse mediante tecnología de registro distribuido, igual que mediante títulos o anotaciones.

Art. 8.4 Ley 6/2023 ERIR

La emisión designa a la entidad responsable de la inscripción y registro de los valores en el sistema.

Art. 36.1 Ley 6/2023 ESI

Si una emisión exenta de folleto se anuncia al público en general, debe intervenir una entidad autorizada para prestar servicios de inversión.

Reglamento (UE) 2022/858 < 1.000 M€

Tamaño máximo de la emisión de bonos que puede admitirse en una infraestructura del régimen piloto DLT, con excepciones para emisores pequeños.

¿Preparamos tu emisión de bonos tokenizados?

Revisamos tu sociedad, el importe y el tipo de inversor, y te proponemos la estructura y el calendario de la emisión.

Bonos tokenizados: preguntas frecuentes

¿Qué es un bono tokenizado?

Es una obligación o un bono que, en lugar de representarse mediante títulos o anotaciones en cuenta, se representa en un sistema basado en tecnología de registro distribuido (art. 6 de la Ley 6/2023). Da los mismos derechos que un bono tradicional: intereses, devolución del principal y las garantías pactadas.

¿Puede una sociedad limitada emitir bonos tokenizados?

Sí. Las sociedades de capital pueden emitir obligaciones (art. 401.1 de la Ley de Sociedades de Capital), pero en una S.L. el importe total no puede superar el doble de sus recursos propios, salvo que la emisión esté garantizada con hipoteca, prenda de valores, garantía pública o aval solidario de entidad de crédito (art. 401.2).

¿Necesito una ERIR?

Sí, si los bonos se representan en un registro distribuido. El documento de la emisión debe designar a la entidad responsable de la inscripción y registro, que tiene que estar autorizada para la custodia y administración de instrumentos financieros (art. 8.4 de la Ley 6/2023). Lo explicamos en ERIR.

¿Hace falta folleto?

Para una oferta pública, en principio sí, salvo que se aplique una exención: ofertas solo a inversores cualificados, a menos de 150 personas por Estado o por debajo de los umbrales de importe. El Reglamento (UE) 2024/2809 (Listing Act) modificó esos umbrales desde junio de 2026; en cada emisión comprobamos cuál aplica.

¿Puedo anunciar la emisión en redes sociales?

Si la emisión está exenta de folleto y se dirige al público en general con cualquier forma de publicidad, la ley exige que intervenga una entidad autorizada para prestar servicios de inversión, que valida la información y supervisa la comercialización (art. 36.1 de la Ley 6/2023).

¿Se pueden negociar los bonos después?

Las transmisiones privadas se registran en el sistema y producen los efectos de la entrega de los títulos (art. 11). Para negociarlos en un mercado hace falta una infraestructura autorizada, como las del régimen piloto DLT, que admite emisiones de bonos de menos de 1.000 millones de euros.

¿Cuánto cuesta una emisión de bonos tokenizados?

Depende del importe, de las garantías y de si hace falta folleto o colocación con una empresa de servicios de inversión. Tras el diagnóstico te damos un presupuesto por fases y te ayudamos a comparar ERIR y plataformas.

Cómo preparamos una emisión de bonos tokenizados

Tres frentes que tienen que avanzar a la vez: la sociedad, la emisión y la colocación.

La sociedad

Acuerdo y límites

Órgano competente, acuerdo de emisión y comprobación de los límites de la LSC.

La emisión

Documento y ERIR

Términos del bono, sistema DLT y entidad responsable del registro.

La colocación

Inversores

Folleto o exención, publicidad, empresa de servicios de inversión y KYC.

Tu emisión de bonos tokenizados en 10 pasos

  1. Definimos el importe, el plazo, el cupón y las garantías.
  2. Comprobamos los límites de emisión según tu forma social.
  3. Preparamos el acuerdo del órgano competente.
  4. Seleccionamos la ERIR y la plataforma tecnológica.
  5. Redactamos los términos y condiciones y el documento de la emisión.
  6. Analizamos el folleto o la exención aplicable.
  7. Si la oferta se anuncia al público, coordinamos la empresa de servicios de inversión.
  8. Organizamos el KYC de los inversores y el control del origen de los fondos.
  9. Acompañamos la suscripción y la inscripción de los bonos en el registro.
  10. Damos soporte durante la vida del bono: cupones, amortizaciones y eventos.

Fuente: Ley de Sociedades de Capital (art. 401), Ley 6/2023 (arts. 6 a 11, 35 y 36) y Reglamento (UE) 2022/858.

Diccionario operativo

Conceptos clave de la deuda tokenizada

Términos de la Ley de Sociedades de Capital, de la Ley 6/2023 y del régimen piloto DLT.

ObligaciónValor

Obligación o bono

Valor que reconoce o crea una deuda de la sociedad emisora frente al inversor.

Art. 401 LSC.
CupónPago

Cupón

Interés periódico que el emisor paga a los titulares del bono.

Términos de la emisión.
ERIREntidad

Entidad responsable de la inscripción y registro

Administra el registro de los bonos en el sistema DLT.

Art. 8.4 Ley 6/2023.
FolletoDocumento

Folleto

Documento informativo de una oferta pública, salvo que se aplique una exención.

Reglamento (UE) 2017/1129.
ESIEntidad

Empresa de servicios de inversión

Sociedad o agencia de valores que puede colocar la emisión y validar la información.

Art. 36 Ley 6/2023.
PilotoMercados

Infraestructura DLT

Mercado o sistema de liquidación basado en DLT autorizado en el régimen piloto.

Reglamento (UE) 2022/858.
Playbook

Bono tradicional o bono tokenizado

Aspecto
Bono tradicional
Bono tokenizado

Representación

Bono tradicional: Títulos o anotaciones en cuenta.

Bono tokenizado: Sistema basado en tecnología de registro distribuido.

Quién lleva el registro

Bono tradicional: La entidad encargada del registro contable o el depositario central.

Bono tokenizado: La ERIR designada en el documento de la emisión.

Transmisión

Bono tradicional: Transferencia contable.

Bono tokenizado: Transferencia registrada en el registro distribuido.

Folleto y colocación

Bono tradicional: Mismas reglas.

Bono tokenizado: Mismas reglas: la tecnología no cambia la oferta.

Negociación en mercado

Bono tradicional: Mercados y sistemas tradicionales.

Bono tokenizado: Infraestructuras DLT autorizadas.

Errores frecuentes en la deuda tokenizada

Los detectamos a menudo cuando revisamos emisiones ya diseñadas.

  • Superar el límite de emisión de una S.L. sin una garantía que lo permita.
  • Llamar «token de rentabilidad» a lo que jurídicamente es un bono.
  • Lanzar la emisión sin documento de la emisión ni ERIR.
  • Promocionar una oferta exenta sin empresa de servicios de inversión.
  • No prever cómo se pagan los cupones si falla la plataforma.

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Cuéntanos el importe que buscas, el plazo y a qué inversores te diriges, y te preparamos un diagnóstico y un presupuesto a medida.

Los bonos tokenizados en la Ley de Sociedades de Capital y en la Ley 6/2023

Actualizado el 4 de noviembre de 2026

Las sociedades de capital pueden emitir obligaciones u otros valores que reconozcan o creen una deuda (art. 401.1 de la Ley de Sociedades de Capital). Tokenizarlas no cambia ese régimen: la Ley 6/2023 solo añade una forma más de representarlas, los sistemas basados en tecnología de registro distribuido (art. 6).

Límites de emisión

En una sociedad limitada, el importe total de las emisiones no puede superar el doble de sus recursos propios, salvo que se garanticen con hipoteca, prenda de valores, garantía pública o aval solidario de entidad de crédito (art. 401.2 LSC). Por eso muchas pymes tokenizan deuda garantizada.

Registro y transmisión

El documento de la emisión describe el sistema y designa a la entidad responsable de la inscripción y registro (arts. 7 y 8.4). La transmisión registrada en el sistema produce los mismos efectos que la entrega de los títulos (art. 11). Más detalle en ERIR.

Oferta y colocación

La oferta pública exige folleto salvo exención, y las emisiones exentas que se anuncian al público necesitan una empresa de servicios de inversión (arts. 35 y 36 de la Ley 6/2023). Si buscas un mercado de renta fija tradicional, compáralo con la emisión de bonos en el MARF; si lo que quieres es abrir el capital, mira tokenizar acciones. La visión de conjunto está en abogados de tokenización.