Criptoactivos · Reglamento MiCA

Cuenta atrás MiCA: qué pasa el 1 de julio de 2026

El régimen transitorio que permite operar a los proveedores cripto inscritos en el Banco de España termina. A partir de esa fecha, solo siguen quienes tengan la autorización CASP de la CNMV. Esto es lo que está en juego.

Fig. 1 — El reloj corre hacia el 1 de julio de 2026, pero puede pararse antes si la CNMV resuelve el expediente.

Si tu empresa presta servicios de criptoactivos en España al amparo del registro del Banco de España, tienes una fecha marcada en rojo: el 1 de julio de 2026. Ese día termina el colchón que permitía operar sin la autorización plena de MiCA.

El Reglamento (UE) 2023/1114, de Mercados de Criptoactivos (MiCA) es de aplicación plena en la Unión Europea desde el 30 de diciembre de 2024. Para no obligar a parar de golpe a los proveedores que ya venían operando, el propio Reglamento previó un régimen transitorio — conocido coloquialmente como grandfathering— que cada Estado miembro podía configurar hasta un máximo de 18 meses. España optó por ese máximo, y el resultado es una fecha de cierre concreta: el 1 de julio de 2026.

Fuente oficial CNMV — MiCA: nueva regulación de criptoactivos

Página oficial de la Comisión Nacional del Mercado de Valores sobre el régimen transitorio (art. 143.3 del Reglamento) y la autorización de proveedores en España: cnmv.es — Regulación de criptoactivos (MiCA) .

Qué es el régimen transitorio (y por qué existe)

MiCA sustituye el mosaico de registros nacionales por un marco único europeo de autorización: el del proveedor de servicios de criptoactivos (CASP, o PSCA en español). Pero pasar de un régimen a otro de un día para otro habría sido inviable para las empresas ya activas. Por eso el artículo 143.3 de MiCA permite a cada Estado conceder un periodo durante el cual los proveedores existentes pueden seguir operando bajo las reglas nacionales anteriores mientras tramitan —o no— su autorización CASP.

En España, ese puente lo cruzan las entidades que estaban inscritas en el registro de proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por fiduciaria y de custodia de monederos electrónicos que llevaba el Banco de España (el conocido registro VASP) a 30 de diciembre de 2024. Pueden continuar prestando los mismos servicios que ya venían prestando, sin necesidad de autorización CASP, hasta el final del transitorio.

La fecha, en una frase

El transitorio en España termina el 1 de julio de 2026 — o antes, si la CNMV concede o deniega tu autorización CASP. Lo que ocurra primero. Y los 18 meses son el máximo legal: no hay prórroga posible.

Qué pasa exactamente el 1 de julio de 2026

A partir de esa fecha, solo podrán prestar servicios de criptoactivos en España las entidades autorizadas como CASP por la CNMV, o las autorizadas en otro Estado de la UE que operen aquí mediante pasaporte. El registro VASP del Banco de España deja de dar cobertura. La situación de cada proveedor dependerá de lo que haya hecho durante el transitorio:

Situación a 1 de julio de 2026 Consecuencia
Autorización CASP concedida por la CNMV Puede seguir operando con plena cobertura del marco MiCA.
Expediente CASP presentado y en tramitación El transitorio ya habrá terminado: sin resolución favorable no puede prestar el servicio. Conviene haber solicitado con margen.
No solicitó autorización Pierde la cobertura del transitorio y debe cesar la actividad sujeta a MiCA.
Autorizado en otro Estado de la UE Puede operar en España mediante pasaporte, dentro de los servicios autorizados.

Conviene subrayar el segundo escenario: tener el expediente presentado no equivale a estar autorizado. Si la CNMV no ha resuelto favorablemente antes del cierre del transitorio, la actividad no puede continuar. Por eso el mensaje del supervisor ha sido insistente: preparar solicitudes completas y anticipadas.

Del VASP al CASP: qué cambia de verdad

No es un simple cambio de siglas ni de ventanilla. El salto del registro VASP al estatuto de CASP supone un nivel de exigencia regulatoria muy superior:

Fig. 2 · Comparativa
El CASP no es un registro ampliado: es una autorización con requisitos de capital, gobernanza y protección de activos del cliente.

La autorización CASP la concede la CNMV, que es la autoridad competente en España para la mayor parte del Reglamento, con intervención del Banco de España en lo que afecta a determinados tokens y a la estabilidad, y del SEPBLAC en materia de prevención del blanqueo. Quien quiera entender el proceso completo puede verlo en nuestra página de autorización CASP y, específicamente para quienes vienen del registro anterior, en transición de VASP a CASP.

El matiz de los servicios transfronterizos

Un punto que genera confusión: una entidad acogida al transitorio español no puede asumir que opera libremente en toda la UE. Mientras dura el periodo transitorio, la prestación de servicios de forma transfronteriza solo es posible si el régimen del Estado de destino lo permite. El pasaporte europeo pleno llega con la autorización CASP, no antes.

El período transitorio en España finalizará el 1 de julio de 2026, conforme al artículo 143.3 del Reglamento MiCA.

CNMV · Q&A sobre MiCA · cnmv.es

Qué hacer ahora: la hoja de ruta

Si tu actividad entra dentro del ámbito de MiCA, estos son los pasos sensatos en la recta final del transitorio:

  1. Confirma si estás dentro del ámbito de MiCA y qué servicios concretos prestas (custodia, intercambio, ejecución de órdenes, asesoramiento, colocación, etc.). El alcance de tu autorización dependerá de ello.
  2. Diagnostica la distancia entre tu situación actual y los requisitos CASP: capital, gobernanza, salvaguarda de activos de clientes, políticas de conflictos de interés, continuidad operativa y AML.
  3. Prepara un expediente completo. La CNMV ha sido clara: las solicitudes incompletas alargan los plazos, y el tiempo ya no juega a favor.
  4. Presenta con margen. Recuerda que la autorización debe estar concedida —no solo solicitada— para seguir operando tras el cierre.
  5. Ten un plan B: pasaporte desde otro Estado, acuerdo con una entidad ya autorizada o reordenación de la actividad. Mejor decidirlo con antelación que a contrarreloj.
§ § §

Errores frecuentes en la recta final

  1. Confundir "solicitado" con "autorizado". Tener el expediente presentado no habilita para operar tras el 1 de julio de 2026 si no hay resolución favorable.
  2. Esperar una prórroga. Los 18 meses son el máximo del art. 143.3 de MiCA. No existe vía legal para ampliarlos.
  3. Asumir que el registro VASP "se convierte" en CASP. No hay conversión automática: hay que solicitar la autorización y cumplir sus requisitos.
  4. Dar por hecho el pasaporte durante el transitorio. La actividad transfronteriza en esta fase depende del Estado de destino.

La lectura de fondo

MiCA no pretende cerrar el sector cripto, sino profesionalizarlo. Quien llegue al 1 de julio de 2026 con su autorización CASP tendrá algo que el registro VASP nunca dio: un estatuto reconocido en toda la UE. La cuenta atrás es, sobre todo, una oportunidad para ordenar la casa.

Si quieres ubicar esta fecha dentro del marco general del Reglamento, lo explicamos en nuestra página sobre MiCA y criptoactivos, y el detalle del registro de origen en registro VASP y MiCA.

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