Comprar una entidad de pago, EMI, EAF o CASP en España

Si prefieres comprar una entidad ya autorizada en lugar de pedir la licencia desde cero, te acompañamos en toda la operación: due diligence regulatoria, notificación de la adquisición al Banco de España o a la CNMV, idoneidad de los nuevos socios y administradores, contrato de compraventa y cierre.

¿Quieres comprar una entidad autorizada?

Cuéntanos qué licencia buscas, en qué fase está la operación y desde qué país compras, y te respondemos con los pasos y un presupuesto a medida.

  • Respuesta en 24 h
  • Sin compromiso
  • Confidencial
Participación significativa
10 %
Nuevos umbrales que se notifican
20, 30 y 50 %
Plazo de evaluación del supervisor
60 días hábiles
Si el supervisor no responde
No oposición

Toda la compra de una entidad regulada, de la due diligence al cierre

La licencia no se vende: es de la entidad. Lo que compras son sus acciones, y el supervisor tiene que no oponerse a que tú seas el nuevo socio.

ObjetivoPaso 1

Elegimos la entidad

Comprobamos en los registros oficiales la licencia, los servicios autorizados, los agentes y el pasaporte europeo de cada candidata.

Registros del Banco de España y de la CNMV.
Due diligencePaso 2

Due diligence regulatoria

Revisamos expedientes, requerimientos e inspecciones, prevención del blanqueo, salvaguarda de fondos, externalizaciones, DORA y sanciones.

Antes de firmar.
EstructuraPaso 3

Estructura de la compra

Diseñamos la operación y las condiciones del contrato: la no oposición del supervisor como condición, garantías y precio.

Contrato de compraventa.
SupervisorPaso 4

Notificación de la adquisición

Preparamos la notificación al Banco de España o a la CNMV con la información del adquirente, su solidez financiera y el plan de negocio.

Ley 10/2014, Ley 6/2023 y MiCA.
IdoneidadPaso 5

Nuevos administradores

Si cambian el consejo o la dirección, preparamos la acreditación de su honorabilidad, conocimientos y experiencia.

Idoneidad de altos cargos.
CierrePaso 6

Cierre e integración

Firmamos tras la no oposición, actualizamos registros y políticas y adaptamos la entidad al nuevo grupo.

Después de la compra.

Cuándo tiene sentido comprar en vez de pedir la licencia

Comprar no siempre es más rápido ni más barato. Estos son los casos en los que suele compensar.

Tiempo

Necesitas operar pronto

Pedir una licencia exige preparar un expediente completo y esperar la resolución. Comprar una entidad ya autorizada sustituye ese proceso por la evaluación de la adquisición.

Extranjero

Vienes de fuera de la UE

Grupos de Latinoamérica, Reino Unido o Asia compran una entidad española para operar en España y, con el pasaporte europeo, en el resto de la Unión.

Crecimiento

Quieres añadir servicios a tu grupo

Una fintech o un banco compra una entidad de pago, una EMI o una EAF para incorporar una licencia que no tiene.

Vendedor

Eres quien vende

Si vas a vender tu entidad, preparar la información que pedirá el comprador y el supervisor acorta mucho la operación.

La compra de una entidad regulada, en cifras

Datos de la Ley 10/2014, el Real Decreto 84/2015, el Real Decreto-ley 19/2018, la Ley 21/2011, la Ley 6/2023 y el Reglamento MiCA.

Art. 16 Ley 10/2014 10 %

Participación significativa: el 10 % del capital o de los votos, o menos si permite una influencia notable.

Art. 17 Ley 10/2014 20, 30 y 50 %

También hay que notificar antes cada vez que se alcanzan o superan estos porcentajes o se adquiere el control.

Art. 25.3 RD 84/2015 60 días hábiles

Plazo máximo del Banco de España para oponerse, desde el acuse de recibo de la notificación completa.

Art. 25.5 RD 84/2015 Silencio

Si no hay pronunciamiento en ese plazo, se entiende que no existe oposición.

Art. 17.5 RDL 19/2018 y art. 21 Ley 21/2011 Mismo régimen

Las entidades de pago y las de dinero electrónico siguen el régimen de participaciones significativas ante el Banco de España.

Art. 83 MiCA 60 días hábiles

Plazo de evaluación de la adquisición de un CASP; si la autoridad no se opone, la adquisición se considera aprobada.

¿Estás valorando comprar una entidad autorizada?

Te ayudamos a revisar la entidad antes de firmar y a preparar la notificación al supervisor para que la operación cierre en plazo.

Comprar una entidad regulada: preguntas frecuentes

¿Se puede comprar una licencia de entidad de pago o de EMI?

La licencia no se transmite por separado: es de la entidad autorizada. Lo que se compra son sus acciones. Por eso la operación necesita que el Banco de España no se oponga a que el comprador adquiera una participación significativa (art. 17 del Real Decreto-ley 19/2018 para las entidades de pago y art. 21 de la Ley 21/2011 para las de dinero electrónico).

¿Cuándo hay que notificar la compra al supervisor?

Antes de cerrar, cuando vayas a adquirir una participación significativa (el 10 % del capital o de los votos, o menos si da una influencia notable) o a superar el 20, el 30 o el 50 %, o el control de la entidad (arts. 16 y 17 de la Ley 10/2014). Lo explicamos en participación significativa.

¿Cuánto tarda el supervisor?

En las entidades de crédito, de pago y de dinero electrónico, el Banco de España tiene un plazo máximo de 60 días hábiles desde el acuse de recibo de la notificación completa, que debe enviar en 2 días hábiles; si no se pronuncia, se entiende que no se opone (art. 25 del RD 84/2015). En un CASP, MiCA fija también 60 días hábiles (art. 83).

¿Qué mira el supervisor del comprador?

La honorabilidad y la experiencia del adquirente y de quienes vayan a dirigir la entidad, su solidez financiera, que la entidad pueda seguir cumpliendo sus requisitos prudenciales y que no haya indicios de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo. La notificación tiene que acreditarlo con documentos.

¿Qué revisa la due diligence regulatoria?

Que la licencia y los servicios autorizados son los que se anuncian, los requerimientos e inspecciones abiertos, la prevención del blanqueo, la salvaguarda de los fondos de clientes, las externalizaciones, la ciberseguridad y DORA, las reclamaciones y las sanciones. Es lo que más condiciona el precio y las garantías del contrato.

¿Y si quiero comprar una EAF o una ESI?

La autoridad es la CNMV: evalúa la idoneidad del adquirente y la solidez financiera de la operación con los criterios del Reglamento Delegado (UE) 2017/1943 (arts. 152 a 157 de la Ley 6/2023). Lo vemos también en autorización de ESI.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda la operación completa?

Depende del tipo de entidad, de su tamaño y de lo que salga en la due diligence. Te damos un presupuesto cerrado por fases: due diligence, contrato, notificación al supervisor y cierre.

Cómo compramos contigo una entidad regulada

Una compra regulada tiene dos negociaciones a la vez: con el vendedor y con el supervisor.

El vendedor

Negociación

Precio, garantías y condiciones, con la no oposición como condición para cerrar.

El supervisor

Evaluación

Notificación completa, requerimientos y plazo de evaluación.

La entidad

Continuidad

Que siga cumpliendo durante la operación y después del cambio de socios.

Tu compra en 10 pasos

  1. Definimos qué licencia necesitas y qué servicios y países quieres cubrir.
  2. Comprobamos en los registros oficiales las entidades candidatas.
  3. Firmamos un acuerdo de confidencialidad y pedimos la información para la due diligence.
  4. Hacemos la due diligence regulatoria, de prevención del blanqueo y societaria.
  5. Negociamos el contrato con la no oposición del supervisor como condición.
  6. Preparamos la notificación de la adquisición con toda la documentación del comprador.
  7. Atendemos los requerimientos del Banco de España o de la CNMV.
  8. Preparamos la idoneidad de los nuevos administradores y directivos.
  9. Cerramos la compra tras la no oposición o el vencimiento del plazo.
  10. Actualizamos registros, políticas y contratos de la entidad.

Fuente: Ley 10/2014 (arts. 16 y 17), Real Decreto 84/2015 (art. 25), Real Decreto-ley 19/2018 (art. 17), Ley 21/2011 (art. 21), Ley 6/2023 (arts. 152 a 157) y Reglamento (UE) 2023/1114 (art. 83).

Diccionario operativo

Conceptos clave de la compra de una entidad regulada

Términos de la Ley 10/2014, de la Ley 6/2023 y del Reglamento MiCA.

ParticipaciónUmbral

Participación significativa

El 10 % del capital o de los votos, o menos si permite una influencia notable.

Art. 16 Ley 10/2014.
No oposiciónDecisión

Declaración de no oposición

Respuesta del supervisor que permite cerrar la compra; también se produce por silencio.

Art. 25 RD 84/2015.
AdquirentePersona

Adquirente potencial

Quien decide comprar, solo o en concierto con otros, una participación significativa.

Art. 17 Ley 10/2014.
IdoneidadRequisito

Idoneidad de altos cargos

Honorabilidad, conocimientos y experiencia de consejeros y directivos.

Normativa sectorial.
Due diligenceRevisión

Due diligence regulatoria

Revisión del cumplimiento normativo de la entidad antes de comprarla.

Práctica de mercado.
PasaporteUE

Pasaporte europeo

Derecho de una entidad autorizada en España a operar en otros Estados de la UE.

Directivas sectoriales.
Playbook

Quién evalúa la compra según la entidad

Entidad
Supervisor
Norma

Entidad de pago

Supervisor: Banco de España.

Norma: Art. 17 RDL 19/2018, que remite a la Ley 10/2014 y al RD 84/2015.

Entidad de dinero electrónico (EMI)

Supervisor: Banco de España.

Norma: Arts. 4 y 21 de la Ley 21/2011.

Banco o entidad de crédito

Supervisor: Banco de España, con decisión del Banco Central Europeo.

Norma: Ley 10/2014 y RD 84/2015.

ESI o EAF nacional

Supervisor: CNMV.

Norma: Arts. 152 a 157 de la Ley 6/2023.

Proveedor de servicios de criptoactivos (CASP)

Supervisor: CNMV.

Norma: Arts. 83 y 84 del Reglamento MiCA.

Errores frecuentes al comprar una entidad regulada

Son los que más retrasan o encarecen una operación.

  • Firmar la compra sin condicionarla a la no oposición del supervisor.
  • No revisar los requerimientos e inspecciones abiertos.
  • Presentar una notificación incompleta, que no pone en marcha el plazo.
  • Olvidar la idoneidad de los nuevos administradores.
  • Dar por hecho que el pasaporte europeo sigue activo en todos los países.

Reserva una llamada

Cuéntanos qué entidad quieres comprar o vender y en qué fase está la operación, y te preparamos un diagnóstico y un presupuesto a medida.

Qué dice la ley sobre comprar una entidad financiera regulada

Actualizado el 4 de noviembre de 2026

Las licencias financieras no se compran: se compra la sociedad que las tiene. La ley protege esa licencia exigiendo que el supervisor evalúe a quien va a controlar la entidad antes de que lo haga.

Entidades de pago, EMI y bancos

Quien vaya a adquirir una participación significativa (el 10 % del capital o de los votos, o menos con influencia notable) o a superar el 20, el 30 o el 50 % debe notificarlo antes al Banco de España (arts. 16 y 17 de la Ley 10/2014). El Banco de España acusa recibo en 2 días hábiles y tiene 60 días hábiles para oponerse; si no se pronuncia, no hay oposición (art. 25 del RD 84/2015). Las entidades de pago siguen este régimen (art. 17 del RDL 19/2018) y las de dinero electrónico, el de su ley (art. 21 de la Ley 21/2011). Antes de comprar, revisa qué implica cada licencia en licencia de entidad de pago y licencia EMI.

EAF, ESI y CASP

En las empresas de servicios de inversión y las EAF nacionales, la CNMV evalúa la idoneidad del adquirente y la solidez financiera de la operación (arts. 152 a 157 de la Ley 6/2023). En un proveedor de servicios de criptoactivos, MiCA fija 60 días hábiles de evaluación y la aprobación si la autoridad no se opone (art. 83).

La due diligence

La revisión de la entidad es la otra mitad de la operación: licencia, requerimientos, prevención del blanqueo, salvaguarda de fondos y sanciones. La hacemos con el mismo enfoque que en due diligence legal, centrada en lo regulatorio. Si buscas otra vía, compárala con crear una fintech y pedir la licencia desde cero.