PBC para entidades de pago y fintech

Diseñamos y sostenemos el sistema de prevención de blanqueo de entidades de pago, EDE, remesadoras y fintech con licencia: onboarding digital trazable, monitorización con reglas calibradas, alertas con expediente y una red de agentes que no sea tu punto ciego.

¿Tu sistema de PBC aguantaría una revisión?

Cuéntanos qué licencia tienes o solicitas, qué volumen mueves y por qué canales. Te decimos dónde está el hueco antes de que lo encuentre el supervisor.

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Quién nos escribe desde el sector de pagos

Cuatro conversaciones que se repiten: la que llega antes de la licencia, la del corredor de alto riesgo, la del programa de tarjetas y la del compliance officer que hereda un motor sin calibrar.

Entidad de pago

El proyecto que está pidiendo licencia

"Estamos preparando la solicitud ante el Banco de España y nos piden describir el sistema de prevención. No quiero un manual bonito: quiero uno que podamos ejecutar el día que tengamos diez mil clientes."

Remesadora

El envío de dinero a corredores complicados

"Operamos remesas hacia países que todo el mundo clasifica como alto riesgo. Necesito reglas que detecten el pitufeo real y no que me bloqueen a la mitad de mis clientes habituales cada viernes."

EDE / EMI

El programa de tarjetas y wallets

"Emitimos monederos y tarjetas con onboarding íntegramente digital. Mi duda no es si identificamos bien, es si podría demostrarlo con evidencias si el SEPBLAC me pide veinte expedientes concretos."

Compliance officer

Quien hereda el sistema de otro

"He entrado como responsable de cumplimiento y me he encontrado miles de alertas abiertas y unas reglas que nadie sabe quién configuró ni por qué. Necesito ordenarlo antes de la próxima revisión."

Los tres fallos que aparecen en toda revisión

No suelen ser fallos de intención ni de presupuesto: son fallos de trazabilidad. El sistema hace cosas razonables que nadie puede demostrar después.

El motor con la configuración de fábrica: reglas y umbrales que vinieron por defecto en el proveedor, sin documento que explique por qué esos valores y no otros, ni una sola prueba de calibración contra datos propios. Funciona hasta que alguien pregunta por qué.

El backlog de alertas: una cola que crece cada mes y se cierra en bloque cuando aprieta el trabajo, con motivos genéricos del tipo "operativa habitual". Una alerta cerrada sin razonamiento documentado es peor que una alerta no generada.

La red de agentes sin expediente: distribuidores que captan clientes en tu nombre sin due diligence previa, sin formación acreditada y sin visitas. Tú respondes de su operativa aunque el cliente nunca haya sabido que existías.

Los tres frentes que más se revisan en pagos y qué evidencia sostiene cada uno
Frente del modelo Qué espera el supervisor Evidencia que lo acredita
Onboarding íntegramente digital Identificación no presencial mediante un procedimiento aprobado, aplicado siempre igual y reconstruible caso a caso Procedimiento conforme a la Orden ETD/465/2021, evidencias conservadas y registro de altas rechazadas con motivo.
Red de agentes y distribuidores Que la entidad controle y responda de quien capta y opera en su nombre, con el mismo estándar que aplica en casa Due diligence del agente, contrato con obligaciones de PBC, formación acreditada y revisiones periódicas documentadas.
Alto volumen transaccional Reglas y umbrales justificados, calibrados con datos propios y alertas cerradas con decisión motivada Catálogo de reglas versionado, informe de calibración y expediente por alerta con analista, fecha y conclusión.

¿Tu sistema aguantaría una revisión mañana?

Revisamos el conjunto: mapa de riesgos, manual, onboarding, reglas y umbrales, cola de alertas, screening de sanciones y control de agentes. Te decimos qué falta, qué sobra y en qué orden arreglarlo para que el expediente resista un requerimiento del SEPBLAC.

Pagos y fintech: preguntas que nos hacen a diario

¿Desde cuándo soy sujeto obligado, desde la licencia o desde el primer cliente?

Desde que operas. Las entidades de pago, las entidades de dinero electrónico y las remesadoras están en el artículo 2 de la Ley 10/2010 por su condición de entidades financieras, y las obligaciones nacen con la actividad, no con el primer requerimiento.

En la práctica el sistema hay que tenerlo antes: el expediente de autorización ante el Banco de España exige describir cómo vas a prevenir el blanqueo, con qué medios y quién responde. Un proyecto que llega a esa fase con un manual genérico suele salir con requerimientos. Lo abordamos junto a la licencia de entidad de pago.

¿Quién me supervisa en PBC: el Banco de España o el SEPBLAC?

Ambos, en planos distintos. El Banco de España autoriza y registra tu licencia bajo el marco de servicios de pago —Directiva (UE) 2015/2366 (PSD2) y, en España, el RD-ley 19/2018— y supervisa la entidad en su conjunto. El SEPBLAC es la unidad de inteligencia financiera y el supervisor específico en materia de prevención del blanqueo: recibe tus comunicaciones y revisa tu sistema.

Consecuencia práctica: dos interlocutores, dos expedientes y ninguna excusa cruzada. Lo que se presentó en la solicitud de licencia debe coincidir con lo que se ejecuta cuando el SEPBLAC lo comprueba.

¿Puedo dar de alta clientes íntegramente online?

Sí, con un procedimiento en condiciones. La Orden ETD/465/2021 regula los métodos de identificación remota por vídeo —vídeo diferido y vídeo en directo—, exige que el procedimiento esté documentado y aprobado antes de usarse y que las evidencias se conserven.

Lo que no vale es lo que más se ve: una foto del documento subida desde el móvil sin verificación ni rastro. Tampoco basta con contratar un proveedor y confiar: la responsabilidad sigue siendo de la entidad, y el procedimiento del proveedor tiene que ser el tuyo, revisado y aprobado por ti. Más detalle en AML y KYC.

¿Qué reglas de monitorización tengo que tener configuradas?

Las que se deriven de tu mapa de riesgos, no las que traiga el proveedor por defecto. La secuencia correcta es: autoevaluación del riesgo por producto, canal, geografía y tipo de cliente; de ahí salen los escenarios que debes vigilar; y de cada escenario, una regla con su umbral.

Fragmentación de importes, velocidad inusual de operaciones, entradas y salidas inmediatas, corredores de alto riesgo, incoherencia con el perfil declarado o relación entre cuentas aparentemente independientes son escenarios típicos. Lo determinante no es la lista: es que exista un documento que explique por qué cada umbral tiene ese valor.

¿Cuántos falsos positivos son demasiados?

No hay una cifra oficial, y desconfía de quien te la dé. Lo que se valora es si el ratio está medido, explicado y bajo gestión. Un motor que genera un volumen de alertas que tu equipo no puede analizar produce un resultado peor que uno más estrecho pero atendido: alertas cerradas en masa sin criterio.

La respuesta razonable es un ciclo de calibración documentado: se mide el ratio, se identifican las reglas ruidosas, se ajustan umbrales con datos propios, se prueba el efecto antes de llevarlo a producción y se deja constancia del antes y el después. Ese informe es la mejor defensa cuando pregunten por qué una operación no saltó.

¿Qué tiene que contener el expediente de una alerta?

Todo lo necesario para que un tercero reconstruya la decisión sin llamarte. Como mínimo: qué regla saltó y con qué parámetros, los datos de la operación y del cliente en ese momento, el análisis realizado, la información adicional solicitada y recibida, la decisión motivada, quién la tomó y cuándo.

Si la conclusión fue comunicar por indicio, se archiva también el justificante de la comunicación al SEPBLAC; si fue abstenerse de ejecutar, la constancia de la abstención. Y si fue descartar, el motivo concreto: "operativa habitual" no es un motivo, es una etiqueta.

¿Respondo de lo que hagan mis agentes y distribuidores?

Sí. La red externa opera en tu nombre y frente al supervisor la entidad responde de su operativa. Es el punto ciego más frecuente en remesas y en distribución de producto: agentes que dan de alta clientes con un estándar distinto al de la casa, sin formación acreditada y sin nadie que revise una muestra de sus expedientes.

El control se acredita con documentos: due diligence previa del agente, contrato con obligaciones expresas de PBC, formación con registro de asistentes, revisión periódica de expedientes captados y actas de las visitas. Lo desarrollamos en agentes de entidades de pago.

¿Las remesas y los marketplaces son de riesgo alto por definición?

No por definición, pero sí por características que hay que reconocer en la autoevaluación. En remesas pesan los corredores de destino, la operativa en efectivo, los importes pequeños y repetidos y el uso de intermediarios. En marketplaces y modelos de pagos agregados, la dificultad está en conocer a las dos puntas de la operación y en detectar comercios que canalizan fondos ajenos.

Fingir que ese riesgo no existe es el error caro. Reconocerlo, graduar la diligencia y documentar los controles adicionales es lo que convierte un modelo incómodo en un modelo defendible. Puedes ver el encaje en envío de dinero y remesadoras.

¿Puedo externalizar el KYC y la monitorización en un proveedor?

Puedes apoyarte en proveedores, pero la responsabilidad no se externaliza. La entidad debe conocer y aprobar los procedimientos que aplica el proveedor, poder auditarlos, conservar las evidencias y mantener el control de las decisiones que importan: aceptar un cliente, cerrar una alerta o comunicar un indicio.

Añade la capa tecnológica: la contratación de proveedores TIC críticos entra además en el ámbito del Reglamento (UE) 2022/2554 (DORA), con registro de información de proveedores y cláusulas contractuales obligatorias. Si quieres delegar la función interna, mira la externalización de PBC.

Del mapa de riesgos a la alerta cerrada

Un sistema de PBC en pagos se juzga por su trazabilidad de punta a punta: por qué esa regla, por qué ese umbral, quién analizó y qué decidió. Esta es la ruta que implantamos.

Fase 1

Riesgo y diseño

Autoevaluación por producto, canal, geografía y cliente. De ahí salen los escenarios a vigilar, los niveles de diligencia y la política de umbrales. Es la fase que casi todo el mundo se salta y la que después obliga a rehacerlo todo.

Fase 2

Implantación

Manual y políticas, onboarding con identificación no presencial trazable, screening de sanciones, motor de reglas configurado con criterio propio y flujo de alertas con expediente y niveles de escalado.

Fase 3

Operación y prueba

Calibración periódica con datos reales, control de la cola de alertas, revisión de la red de agentes, formación del equipo y examen de experto externo. La parte que convierte un sistema montado en un sistema vivo.

Checklist del sistema de PBC de una fintech en 10 pasos

  1. Mapa de riesgos: autoevalúa producto, canal, geografía y tipo de cliente, y deja documentada la matriz que resulta. Todo lo demás debe poder trazarse hasta aquí.
  2. Manual y políticas: redacta el manual sobre tu operativa real, con niveles de diligencia, criterios de escalado y procedimiento de examen especial y comunicación.
  3. Modelo de onboarding: define qué se pide en cada nivel de riesgo, qué se verifica y qué dispara diligencia reforzada antes de aceptar al cliente.
  4. Identificación no presencial: documenta y aprueba el procedimiento por vídeo conforme a la Orden ETD/465/2021, y asegúrate de que las evidencias se conservan.
  5. KYB y titularidad real: para clientes empresa, reconstruye la cadena de control hasta persona física y documenta el propósito de la relación.
  6. Screening de sanciones: configura el cribado en el alta y de forma continua contra las listas aplicables, con criterio escrito para descartar coincidencias.
  7. Reglas y umbrales: traduce cada escenario de riesgo en una regla con umbral justificado, versionada y aprobada por el responsable de cumplimiento.
  8. Calibración y pruebas: mide el ratio de falsos positivos, ajusta con datos propios, prueba antes de producción y conserva el informe del antes y el después.
  9. Gestión de alertas: flujo con plazos internos, niveles de escalado y expediente por alerta con analista, análisis y decisión motivada.
  10. Gobierno y prueba externa: órgano de control interno, representante ante el SEPBLAC, formación anual, control de agentes y examen de experto externo.

Si aún estás en fase de licencia, empieza por la licencia de entidad de pago o la licencia de EDE. Si ya operas y lo que necesitas es ordenar el sistema, mira los servicios de PBC y el representante externo ante el SEPBLAC.

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Los 10 elementos que componen un sistema de prevención defendible ante el SEPBLAC, con la evidencia documental que hay que poder enseñar de cada uno. Sirve como autodiagnóstico antes de que llegue la inspección.

  • Los 10 elementos, del perímetro a la conservación
  • La evidencia documental que se pide de cada uno
  • 5 síntomas de que el sistema no aguantaría una revisión
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Diccionario operativo

El vocabulario que usa el supervisor

Estos términos aparecen en los requerimientos y en los informes de experto externo. Usarlos con precisión ahorra media reunión de aclaraciones.

Entidad de pagoPerímetro

Sujeto obligado financiero

Entidad autorizada y registrada por el Banco de España bajo el marco PSD2 y el RD-ley 19/2018, incluida en el artículo 2 de la Ley 10/2010 como entidad financiera.

Las obligaciones nacen con la actividad.
KYCAlta

Conocimiento del cliente

Conjunto de comprobaciones de identidad, actividad y propósito que se realizan antes de aceptar al cliente y se actualizan durante la relación.

En clientes empresa se extiende al KYB y al titular real.
Identificación remotaDigital

Alta no presencial por vídeo

Método de identificación a distancia regulado por la Orden ETD/465/2021: vídeo diferido o en directo, con procedimiento aprobado y evidencias conservadas.

El procedimiento del proveedor debe ser tuyo.
MonitorizaciónOperación

Vigilancia transaccional

Análisis automatizado de las operaciones frente a escenarios de riesgo definidos, para detectar comportamientos incoherentes con el perfil del cliente.

Debe derivarse del mapa de riesgos, no de una plantilla.
UmbralConfiguración

El valor que dispara la regla

Parámetro que determina cuándo una operación genera alerta. Su elección debe estar justificada por datos propios y revisarse periódicamente.

Un umbral sin justificación es una regla indefendible.
Falso positivoRuido

La alerta que no era nada

Alerta generada por una operación legítima. Su ratio mide la calidad de la calibración y condiciona la capacidad real del equipo de análisis.

Se gestiona midiendo y ajustando, no ignorando.
Expediente de alertaPrueba

El rastro de cada decisión

Registro completo de una alerta: regla activada, datos, análisis, información solicitada, decisión motivada, autor y fecha.

Es la unidad mínima de prueba ante el SEPBLAC.
ComunicaciónSEPBLAC

Por indicio y sistemática

Remisión al SEPBLAC de operaciones con indicios de blanqueo y de las comunicaciones sistemáticas previstas en la normativa, con carácter confidencial.

Está prohibido revelarlo al cliente afectado.
ScreeningListas

Cribado de sanciones y PEP

Contraste del cliente y sus contrapartes con listas de sanciones financieras y con la condición de persona con responsabilidad pública.

Se repite al actualizarse las listas, no solo al alta.
Playbook del supervisor

Lo que se revisa en pagos (y con qué evidencia se acredita)

Bloque
Qué se espera
Evidencia típica

Mapa de riesgos del modelo

Autoevaluación que reconozca los riesgos reales del negocio —corredores, efectivo, agentes, marketplace— y no una matriz genérica de manual.

Documento de autoevaluación aprobado y fechado, matriz por producto, canal, geografía y cliente, y acta de aprobación.

Onboarding e identificación

Alta de clientes con niveles de diligencia coherentes con el riesgo asignado y con identificación no presencial trazable y reproducible.

Procedimiento conforme a la Orden ETD/465/2021, evidencias conservadas, expedientes de KYB y registro de altas rechazadas.

Monitorización y alertas

Reglas derivadas del mapa de riesgos, umbrales justificados y una cola de alertas gestionada dentro de plazos internos.

Catálogo de reglas versionado, informes de calibración, métricas de la cola y expediente completo por alerta.

Sanciones y listas

Cribado en el alta y de forma continua, con criterio escrito para gestionar coincidencias y repetición tras actualizar listas.

Configuración del motor, registro de coincidencias con motivo de descarte y evidencia del rescreening periódico.

Agentes y externalización

Control efectivo sobre quien capta u opera en nombre de la entidad y sobre los proveedores en los que se apoya el sistema.

Due diligence del agente, contratos con obligaciones de PBC, formación acreditada y actas de revisión o visita.

Cinco señales de que tu sistema no es defendible

Son las que aparecen antes en una revisión externa y las que más caro salen de corregir con el requerimiento ya encima.

  • Tus reglas y umbrales son los que venían por defecto en el proveedor y no existe un documento que explique por qué esos valores y no otros.
  • La cola de alertas crece cada mes y se cierra en bloque cuando aprieta el trabajo, con motivos genéricos y sin análisis por caso.
  • Un agente o distribuidor capta clientes en tu nombre y su expediente de due diligence no existe, o no se ha revisado desde que se firmó el contrato.
  • El manual describe oficinas y clientes presenciales, pero tu onboarding es cien por cien digital y lo ejecuta un proveedor externo.
  • Nadie podría reconstruir hoy, con evidencias, por qué se descartó una coincidencia en una lista de sanciones hace tres meses.

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Explícanos tu modelo —remesas, marketplace, tarjetas, wallets, agentes— y te devolvemos un diagnóstico concreto del sistema de prevención y de lo que falta para defenderlo.

Última actualización: 4 de agosto de 2026

Prevención de blanqueo en entidades de pago, EDE, remesadoras y fintech

Una entidad de pago o una entidad de dinero electrónico es sujeto obligado financiero desde que opera: está incluida en el artículo 2 de la Ley 10/2010 y su sistema de prevención se revisa con el mismo listón que el de un banco, pero con dos diferencias que lo complican. La primera es el volumen: miles de operaciones diarias que ningún equipo puede mirar una a una, lo que obliga a automatizar y a justificar la automatización. La segunda es el canal: clientes que nunca pisan una oficina y que se identifican a distancia. Esta página trata el sistema desde esas dos realidades.

Doble frente: Banco de España y SEPBLAC

El marco de la actividad lo fijan la Directiva (UE) 2015/2366 (PSD2) y, en España, el RD-ley 19/2018: el Banco de España autoriza y registra a entidades de pago y de dinero electrónico y supervisa su funcionamiento. El marco de la prevención lo fija la Ley 10/2010, y ahí el supervisor específico es el SEPBLAC, que además es la unidad de inteligencia financiera que recibe las comunicaciones. Son dos expedientes distintos que se miran mutuamente: lo que se describió en la solicitud de licencia —medios, organización, controles— es exactamente lo que el SEPBLAC comprobará que se ejecuta. De ahí el error más caro en fase de autorización: presentar un manual de prevención comprado o heredado que describe una entidad que no eres, con oficinas que no tienes y controles que nadie va a ejecutar. Cuando llega la revisión, la distancia entre el papel y la producción es el hallazgo. Si estás en esa fase, revisa la licencia de entidad de pago y el manual de PBC a medida.

Onboarding digital: identificar sin ver al cliente

El alta no presencial es el punto donde más fintechs fallan la prueba documental. La Orden ETD/465/2021 regula los métodos de identificación remota por vídeo —diferido y en directo— y exige que el procedimiento esté documentado y aprobado antes de emplearse y que sus evidencias se conserven. Dos matices que se pasan por alto con frecuencia. El primero: apoyarse en un proveedor no traslada la responsabilidad; el procedimiento del proveedor tiene que ser revisado, aprobado y auditable por la entidad, que debe poder recuperar la evidencia de cualquier alta concreta. El segundo: la identificación es solo la primera capa. Falta asignar un nivel de diligencia coherente con el riesgo, aplicar KYC y KYB cuando el cliente es una empresa, reconstruir la titularidad real hasta persona física y ejecutar el screening de sanciones antes de abrir. Un alta rápida y un alta trazable no son incompatibles, pero solo si el diseño lo previó desde el principio.

Monitorización: reglas, umbrales, calibración y expediente de la alerta

La monitorización transaccional se juzga por su trazabilidad hacia atrás. La cadena correcta empieza en el mapa de riesgos: de la autoevaluación por producto, canal, geografía y cliente salen los escenarios que deben vigilarse, y de cada escenario, una regla con un umbral justificado. Fragmentación de importes, velocidad inusual, entrada y salida inmediata de fondos, corredores de riesgo elevado o incoherencia con el perfil declarado son escenarios habituales, pero lo que se revisa no es la lista: es el documento que explica por qué el umbral vale lo que vale y cuándo se revisó por última vez. Después viene la parte incómoda: la calibración. Un motor que genera más alertas de las que el equipo puede analizar produce cierres en bloque, que es el peor resultado posible. Medir el ratio de falsos positivos, ajustar con datos propios, probar antes de producción y conservar el informe del antes y el después es lo que convierte una queja operativa en una defensa. Y cada alerta necesita su expediente: regla activada, datos, análisis, información solicitada, decisión motivada, autor y fecha.

Agentes, modelo de negocio y hacia dónde va la norma

El punto débil estructural del sector es la red externa: agentes y distribuidores que captan clientes y ejecutan operaciones en nombre de la entidad, con frecuencia con un estándar distinto al de la casa. Frente al supervisor responde la entidad, y el control se acredita con due diligence previa, contrato con obligaciones expresas de prevención, formación registrada y revisión periódica de una muestra de expedientes captados; el detalle está en agentes de entidades de pago. A ello se suma el modelo de negocio como factor de riesgo: las remesas hacia determinados corredores, los marketplaces con pagos agregados o los programas de tarjeta prepago tienen perfiles que hay que reconocer en la autoevaluación y compensar con controles adicionales. En el horizonte, dos marcos que ya condicionan decisiones: el paquete AML europeo —Reglamento (UE) 2024/1624, Directiva (UE) 2024/1640 y Reglamento (UE) 2024/1620, que crea la autoridad AMLA—, con aplicación escalonada y en fase de implantación, y el Reglamento (UE) 2022/2554 (DORA), que somete a los proveedores TIC críticos del sistema a registro de información y cláusulas contractuales obligatorias.

Este contenido tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. La normativa citada puede haber sido modificada con posterioridad a la fecha de actualización indicada: verifica siempre la versión vigente o consúltanos para analizar tu caso concreto.

Ley 10/2010 RD 304/2014 PSD2 RD-ley 19/2018 SEPBLAC Banco de España Orden ETD/465/2021