Programa de actividades ante el Banco de España

Es el documento sobre el que gira toda autorización: entidad de pago, dinero electrónico, EFC o banco. Y su contenido no es libre — está tasado por reglamento, artículo por artículo. Si el programa no encaja con lo que pides, el expediente se cae antes de empezar.

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Qué es el programa de actividades

No es una memoria comercial. Es la declaración de qué vas a hacer, y el perímetro de lo que después podrás hacer.

El programa de actividades es el documento en el que el solicitante describe qué operaciones pretende realizar y cómo se va a organizar para realizarlas. Aparece como documento obligatorio en la solicitud de autorización de las cuatro figuras que supervisa o instruye el Banco de España: entidades de pago, entidades de dinero electrónico, establecimientos financieros de crédito y bancos.

Conviene entender su función real, porque no es la de vender el proyecto. El programa de actividades cumple tres funciones jurídicas simultáneas y las tres tienen consecuencias:

  • Delimita el objeto de la autorización. La autorización habilita para prestar los servicios concretos que constan en el programa, no para prestar servicios en general. Lo que quede fuera, queda fuera.
  • Fija el perímetro del pasaporte europeo. El artículo 10.1 del Real Decreto 736/2019 lo dice con precisión: la autorización «será válida en todos los Estados miembros y permitirá prestar servicios de pago que estén cubiertos por la autorización». Si el servicio no está en el programa, no viaja.
  • Es causa autónoma de denegación. Cuando una entidad quiere abrir sucursal fuera, el supervisor puede denegar «cuando en el programa de actividades se contemple la prestación de servicios de pago no autorizados a la entidad». El programa se contrasta contra la autorización, y la discrepancia se paga.

De ahí la regla práctica que gobierna todo el trabajo: el programa de actividades no se redacta al final, cuando el resto del expediente ya está montado. Se redacta al principio, porque es el documento del que cuelgan los demás. Si el programa dice que vas a prestar cuatro servicios y el plan de negocio proyecta ingresos de un quinto, el expediente tiene una contradicción interna que el supervisor encontrará.

Qué tiene que contener, figura por figura

No es el mismo documento en las cuatro figuras. En dos es breve y en dos tiene contenido tasado por norma.

El programa de actividades en cada régimen
FiguraPreceptoQué exige la norma
Entidad de pagoArt. 2.1.a) RD 736/2019«Un programa de actividades en el que se indique, en particular, el tipo de servicio de pago que se pretende prestar, así como los servicios auxiliares o estrechamente relacionados con aquellos que se pretendan llevar a cabo.» Breve
Entidad de dinero electrónicoArt. 2.1.a) RD 778/2012«Un programa de actividades en el que, de modo específico, consten, además de la emisión de dinero electrónico y, en su caso, el tipo de servicio de pago que se pretenda prestar, los servicios auxiliares o estrechamente relacionados [...] así como el resto de actividades que, conforme al artículo 8 de la Ley 21/2011, desee en su caso realizar.» Breve
Establecimiento financiero de créditoArt. 12.1.b) RD 309/2020«Programa de actividades, en el que de modo específico deberá constar el tipo de operaciones que se pretenden realizar, la organización administrativa y contable, los procedimientos de control interno, los procedimientos previstos para atender las quejas y reclamaciones que presenten sus clientes, así como los procedimientos y órganos de control interno y de comunicación que se establezcan para prevenir e impedir la realización de operaciones relacionadas con el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.» Tasado
BancoArt. 5.1.b) RD 84/2015El mismo contenido que el EFC más «la estructura organizativa con indicación de las empresas matrices, las sociedades financieras de cartera y las sociedades financieras mixtas de cartera del grupo». Tasado +

Texto transcrito de los reglamentos publicados en el BOE. El contenido del programa de EFC y de banco es prácticamente idéntico salvo el inciso final sobre estructura de grupo, que solo figura en la versión bancaria.

Por qué la brevedad del texto engaña

En pagos y dinero electrónico el precepto es corto. El expediente, no.

La comparación de la tabla anterior induce a un error muy común: creer que en entidades de pago y de dinero electrónico el programa de actividades es un documento ligero porque el precepto que lo exige es corto. La lectura correcta es la contraria, y tiene que ver con cómo está construido el reglamento.

En el régimen de pagos, el artículo 2.1 del Real Decreto 736/2019 enumera dieciocho documentos, de la letra a) a la letra r). El programa de actividades es solo la letra a). Todo lo que en el régimen de EFC y de bancos va dentro del programa —organización administrativa y contable, procedimientos de control interno, atención de quejas y reclamaciones, órganos de prevención del blanqueo— en el régimen de pagos va fuera, repartido en las letras e), f), k), l) y q). Lo que cambia no es el volumen de información exigida: cambia dónde va.

Eso tiene una consecuencia práctica muy concreta. En un expediente de entidad de pago o de dinero electrónico, el riesgo no es que el programa quede corto: es que los dieciocho documentos se contradigan entre sí. Cada uno se redacta a menudo por un equipo distinto —negocio escribe el programa, tecnología la política de seguridad, cumplimiento el manual de prevención— y el supervisor los lee juntos. En un expediente de EFC o de banco, en cambio, el riesgo se concentra: el programa es un documento largo con cinco bloques obligatorios y, si falta uno, falta de forma visible.

Dónde encaja dentro del expediente completo

El programa es una pieza. Estas son todas las piezas, y son muy distintas según la figura.

Documentos de la solicitud de autorización
FiguraPreceptoNº de documentosRúbrica del artículo
Entidad de pagoArt. 2.1 RD 736/201918 (letras a a r)«Solicitudes de autorización»
Entidad de dinero electrónicoArt. 2.1 RD 778/201218 (letras a a r)«Solicitudes de autorización»
Establecimiento financiero de créditoArt. 12.1 RD 309/20205 (letras a a e)«Requisitos de la solicitud»
BancoArt. 5.1 RD 84/20156 (letras a a f)«Requisitos de la solicitud»

El Real Decreto 778/2012 sigue vigente: no fue sustituido por el Real Decreto 736/2019, que lo modificó a través de su disposición final segunda.

Dos documentos merecen mención aparte porque sorprenden a quien llega por primera vez. El primero es el depósito previo: tanto el EFC como el banco tienen que justificar haber constituido un depósito equivalente al 20 % del capital mínimo —en la Caja General de Depósitos a disposición de la Secretaría General del Tesoro en el caso del EFC, y en el Banco de España en el caso del banco—. No es un requisito posterior: va en la solicitud.

El segundo es el Reglamento para la defensa del cliente, elaborado conforme a la Orden ECO/734/2004. En entidades de pago y de dinero electrónico es documento expresamente exigido en la solicitud —letra q)—, no algo que se monte después de obtener la licencia. Es uno de los olvidos más frecuentes en expedientes preparados por equipos que vienen del mundo del producto y no del regulatorio.

Programa de actividades y plan de negocio no son lo mismo

Se confunden constantemente, y el supervisor los pide por separado.

En el régimen de pagos y de dinero electrónico la distinción está en la norma, en dos letras consecutivas. La letra a) es el programa de actividades: qué vas a hacer. La letra b) es el plan de negocio: con qué números. El Real Decreto 736/2019 exige en esa letra b) «un plan de negocios referido a las actividades citadas en la letra anterior, que incluya un cálculo de las previsiones presupuestarias para los tres primeros ejercicios de actividad de la entidad de pago, que acredite que podrá emplear sistemas, recursos y procedimientos adecuados y proporcionados para operar correctamente».

Fíjate en el inciso: «referido a las actividades citadas en la letra anterior». La norma está imponiendo expresamente la coherencia entre ambos documentos. Si el programa describe tres servicios y el plan de negocio proyecta ingresos de cuatro líneas, el expediente se contradice a sí mismo en dos folios consecutivos. Es exactamente el tipo de discrepancia que genera un requerimiento y, con él, la suspensión del plazo.

La Guía Informativa para Solicitantes que publica el Banco de España es útil aquí porque describe lo que espera encontrar en cada documento: para el programa, «una memoria que identifique los servicios que se pretenden prestar y cómo los mismos encajan, en su caso, en alguna de las categorías legales»; para el plan de negocio, «un plan de marketing, así como un plan de negocio referido a todas las actividades que vaya a llevar a cabo la Entidad», con previsiones a tres ejercicios en escenario normal y en escenario de estrés. El propio Banco de España publica una plantilla de previsiones en formato de hoja de cálculo.

Que la guía exista no es casual: el artículo 2.5 del Real Decreto 736/2019 obliga al Banco de España a incluir en su página web «una guía para solicitantes, que informará de manera detallada sobre los trámites, requisitos legalmente establecidos y criterios aplicados en los procedimientos de autorización y registro», disponible «en español y en inglés». Si vas a presentar un expediente, esa guía es lectura obligatoria antes de escribir la primera línea.

Quién resuelve y en cuánto tiempo

Tres de las cuatro figuras no las resuelve quien la gente cree.

Órgano competente, plazo y silencio por figura
FiguraSe presenta anteResuelvePlazoSilencio
Entidad de pagoBanco de EspañaBanco de España (Comisión Ejecutiva), previo informe del Sepblac3 mesesDesestimatorio
Entidad de dinero electrónicoBanco de EspañaBanco de España, previo informe del Sepblac3 mesesDesestimatorio
Establecimiento financiero de créditoSecretaría General del Tesoro y Financiación Internacional (por duplicado)El titular del Ministerio, previo informe del Banco de España y del Sepblac3 meses / máx. 12Desestimatorio
BancoBanco de EspañaEl Banco Central Europeo, a propuesta del Banco de España6 meses / máx. 12Desestimatorio

En las cuatro figuras el silencio es negativo, pero la fórmula legal no es idéntica: pagos y dinero electrónico emplean «se entenderá desestimada por silencio administrativo»; EFC y bancos, «podrá entenderse desestimada».

Las dos filas centrales de esa tabla son las que más proyectos descolocan. El establecimiento financiero de crédito no lo autoriza el Banco de España: lo autoriza el Ministerio, y la solicitud se presenta —por duplicado— ante la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional. El Banco de España interviene con informe preceptivo y, después, con la inscripción en el Registro especial de EFC. Preparar el expediente asumiendo que el interlocutor es el supervisor bancario es empezar con el pie cambiado.

Y la autorización bancaria la resuelve el Banco Central Europeo, por efecto del Mecanismo Único de Supervisión: el Banco de España instruye el expediente y eleva la propuesta. La propia ficha del trámite lo dice sin rodeos: resuelve el BCE y, en caso de desestimación conforme a la legislación nacional, la Comisión Ejecutiva del Banco de España. Eso condiciona el idioma, el calendario y la estrategia de interlocución.

Un apunte sobre plazos que conviene interiorizar: el cómputo no arranca con la presentación, sino con la recepción de la documentación completa. Los reglamentos lo dicen así —«a su recepción [...] o al momento en que se complete la documentación exigible»— y la Guía del Banco de España lo confirma: tres meses «a contar desde la recepción de la solicitud si estuviera completa». Un expediente incompleto no consume plazo: lo reinicia. Por eso un programa de actividades bien construido no es una cuestión de forma, sino de calendario.

Formularios y guía del Banco de España

El Banco de España publica modelos normalizados. Usarlos no es opcional en la práctica.

Modelos normalizados de la sede electrónica
CódigoDocumentoPara qué figura
FDU-042Solicitud de autorización de entidad de pagoEntidad de pago
FDU-047Solicitud de autorización de entidad de dinero electrónicoEntidad de dinero electrónico
FDU-124Solicitud de autorización de entidades de créditoBanco
FDU-125Solicitud de constitución de depósitoBanco
FDU-099Cuestionario para la evaluación de la idoneidad de altos cargosTodas
FDU-103Idoneidad del socio o accionista con participación significativaTodas
FDU-101Idoneidad de las personas que dirigen efectivamente el negocioTodas
FDU-163Presentación de documentosTodas

El Banco de España publica además un formulario de presolicitud y una plantilla de previsiones del plan de negocio en hoja de cálculo. Para EFC no consta trámite de autorización en la sede del Banco de España, lo que es coherente con que la competencia sea del Ministerio.

Hay además cinco plantillas sectoriales que el Banco de España publica para entidades de pago y de dinero electrónico y que se corresponden una a una con las letras f), g), h), i) y j) del artículo 2.1: incidentes de seguridad, datos de pago sensibles, continuidad de la actividad, datos estadísticos de pago y fraude, y política de seguridad. Usar esas plantillas ahorra una ronda entera de requerimientos, porque garantiza que cada letra del reglamento tiene su documento y que el documento responde a lo que se pregunta.

Merece la pena detenerse en la presolicitud. La Guía del Banco de España señala que «se ofrece a los Solicitantes la posibilidad de mantener una reunión antes de presentar formalmente la solicitud». Esa reunión es el mejor momento para contrastar el encaje de los servicios en las categorías legales, que es justamente la decisión que más tarde condiciona el programa, el pasaporte y la ampliación futura. Llegar a ella con el programa de actividades ya redactado, aunque sea en borrador, cambia por completo la calidad de la conversación.

El programa primero, el resto después

Es el documento del que cuelgan los demás. Redactarlo al final es la forma más eficaz de garantizar contradicciones internas.

01 · Encaje

Primero, traducir el negocio a categorías legales

«Qué servicios prestas, en qué categoría del anexo encaja cada uno y cuáles son auxiliares. Esa decisión marca el perímetro de la licencia y del pasaporte.»

02 · Alcance

Después, decidir qué NO pides

«Pedir de más alarga el expediente y obliga a acreditar medios que no tienes. Pedir de menos te obliga a una ampliación al año siguiente. El punto medio se calcula.»

03 · Coherencia

Y contrastar contra todo lo demás

«Plan de negocio, estatutos, organigrama, política de seguridad y manual de prevención. El supervisor los lee juntos: nosotros también.»

04 · Defensa

Preparado para el requerimiento

«Cada afirmación del programa tiene que poder sostenerse con un documento detrás. Lo que no se puede acreditar, no se escribe.»

Dónde se cae un programa de actividades

Cinco fallos que se repiten con independencia de la figura y del tamaño del proyecto.

El servicio mal encajado. Describir el negocio en lenguaje comercial en lugar de en las categorías legales obliga al supervisor a hacer el encaje por ti, y su lectura puede no coincidir con la tuya. El resultado es una licencia que no cubre lo que querías vender.

Pedir más de lo que puedes acreditar. Cada servicio incluido en el programa arrastra medios, controles y personas que hay que demostrar. Un programa ambicioso con una organización modesta es una contradicción que se ve a la primera lectura.

La contradicción con el plan de negocio. La norma exige expresamente que el plan esté «referido a las actividades citadas en la letra anterior». Dos documentos consecutivos que no cuadran es el requerimiento más fácil de formular que existe.

Olvidar el Reglamento para la defensa del cliente. En pagos y dinero electrónico es documento exigido en la propia solicitud, no una obligación posterior a la licencia.

Y presentar incompleto para «ganar tiempo». El plazo no corre hasta que la documentación está completa. Entrar antes no adelanta la resolución: solo adelanta el requerimiento.

Magnitudes del expediente
VariableEntidad de pagoEDEEFCBanco
Documentos de la solicitud181856
Plazo de resolución3 meses3 meses3 meses (máx. 12)6 meses (máx. 12)
SilencioDesestimatorioDesestimatorioDesestimatorioDesestimatorio
Depósito previo20 % del capital mínimo20 % del capital mínimo
Previsiones del plan de negocio3 ejercicios3 ejercicios
ResuelveBanco de EspañaBanco de EspañaMinisterioBCE

¿Tu programa de actividades aguantaría una primera lectura del supervisor?

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Preguntas frecuentes sobre el programa de actividades

¿Qué es el programa de actividades en una autorización del Banco de España?
Es el documento en el que el solicitante describe qué operaciones pretende realizar y cómo se organizará para realizarlas. Es documento obligatorio de la solicitud en las cuatro figuras: entidad de pago, entidad de dinero electrónico, establecimiento financiero de crédito y banco. Delimita el objeto de la autorización y, con él, el perímetro del pasaporte europeo.
¿Qué tiene que contener exactamente?
Depende de la figura. En entidades de pago, el tipo de servicio de pago que se pretende prestar y los servicios auxiliares o estrechamente relacionados. En entidades de dinero electrónico, además, la emisión de dinero electrónico y el resto de actividades del artículo 8 de la Ley 21/2011. En EFC y bancos el contenido es tasado y mucho más amplio: tipo de operaciones, organización administrativa y contable, procedimientos de control interno, atención de quejas y reclamaciones, y órganos de prevención del blanqueo. En bancos se añade la estructura organizativa del grupo.
¿Es lo mismo que el plan de negocio?
No, y la norma los pide por separado. En el régimen de pagos son las letras a) y b) del artículo 2.1 del Real Decreto 736/2019. El programa dice qué vas a hacer; el plan de negocio, con qué números, con previsiones presupuestarias para los tres primeros ejercicios. La norma exige además que el plan esté referido a las actividades del programa: la coherencia entre ambos es obligatoria.
¿Cuántos documentos tiene la solicitud de autorización?
Dieciocho en entidades de pago y en entidades de dinero electrónico, de la letra a) a la letra r). Cinco en establecimientos financieros de crédito. Seis en bancos. La diferencia es de arquitectura, no de exigencia: lo que en EFC y bancos va dentro del programa de actividades, en pagos va repartido en documentos separados.
¿Quién autoriza un establecimiento financiero de crédito?
No lo autoriza el Banco de España, sino el titular del Ministerio, previo informe del Banco de España y del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo. La solicitud se presenta por duplicado ante la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional. El Banco de España interviene después con la inscripción en el Registro especial de EFC.
¿Quién autoriza un banco?
El Banco Central Europeo, por efecto del Mecanismo Único de Supervisión. El Banco de España recibe la solicitud, instruye el expediente y eleva la propuesta de autorización. En caso de desestimación conforme a la legislación nacional, resuelve la Comisión Ejecutiva del Banco de España.
¿Cuánto tarda la resolución?
Tres meses en entidades de pago y de dinero electrónico. Tres meses en EFC, con un máximo de doce. Seis meses en bancos, con un máximo de doce. En los cuatro casos el plazo se computa desde la recepción de la solicitud completa, no desde su presentación.
¿Qué pasa si no resuelven en plazo?
El silencio es desestimatorio en las cuatro figuras. La fórmula legal varía: en pagos y dinero electrónico la solicitud «se entenderá desestimada por silencio administrativo»; en EFC y bancos «podrá entenderse desestimada». Es un matiz con consecuencias si se plantea un recurso.
¿Hay que hacer un depósito previo?
En EFC y en bancos, sí, y va en la propia solicitud: un depósito equivalente al 20 % del capital mínimo. En el EFC se constituye en la Caja General de Depósitos a disposición de la Secretaría General del Tesoro; en el banco, en el Banco de España, en metálico o mediante inmovilización de deuda pública. En entidades de pago y de dinero electrónico no existe este requisito.
¿Puedo reunirme con el supervisor antes de presentar?
Sí. La Guía Informativa para Solicitantes del Banco de España señala que se ofrece la posibilidad de mantener una reunión antes de presentar formalmente la solicitud. Es el mejor momento para contrastar el encaje de los servicios en las categorías legales, y conviene llegar a ella con un borrador del programa de actividades.
¿Existen formularios oficiales?
Sí. El Banco de España publica modelos normalizados en su sede electrónica: FDU-042 para entidad de pago, FDU-047 para dinero electrónico, FDU-124 y FDU-125 para bancos, además de los cuestionarios de idoneidad FDU-099, FDU-101 y FDU-103. Para entidades de pago y de dinero electrónico hay cinco plantillas sectoriales que se corresponden una a una con las letras f) a j) del artículo 2.1.
¿Qué pasa si después quiero prestar un servicio que no está en el programa?
Necesitas ampliar la autorización, que es un procedimiento propio. Y hasta que no la obtengas, ese servicio queda fuera del perímetro de tu licencia: no puedes prestarlo ni en España ni al amparo del pasaporte europeo, porque este solo cubre los servicios amparados por la autorización.

Cómo se construye un programa de actividades que aguanta

Diez pasos, en el orden en que hay que darlos.

Encaje

Primero, las categorías legales

Traduce cada línea de negocio a la categoría del anexo que le corresponde. Esa decisión condiciona la licencia, el pasaporte y cualquier ampliación futura.

Alcance

Después, qué no pides

Cada servicio incluido arrastra medios que hay que acreditar. Pedir de más alarga; pedir de menos obliga a volver.

Coherencia

Y el contraste con el plan de negocio

La norma exige que el plan esté referido a las actividades del programa. No es una recomendación.

Checklist del programa de actividades

  1. Identificar la figura y localizar el precepto exacto que fija el contenido del programa.
  2. Traducir el modelo de negocio a las categorías legales y distinguir servicios principales de auxiliares.
  3. Decidir el alcance: qué se solicita ahora y qué se deja para una ampliación posterior.
  4. Redactar los bloques tasados que exija la figura, sin omitir ninguno.
  5. Construir el plan de negocio referido exactamente a esas actividades, a tres ejercicios.
  6. Contrastar el programa contra estatutos, organigrama y cuestionarios de idoneidad.
  7. Contrastar contra la política de seguridad, la continuidad de negocio y el manual de prevención.
  8. Comprobar que cada letra del artículo aplicable tiene su documento correspondiente.
  9. Usar los modelos normalizados y las plantillas sectoriales de la sede electrónica.
  10. Cerrar el expediente completo antes de presentar, para que el plazo empiece a correr de verdad.

El paso que más tiempo ahorra es el último. El plazo no corre con un expediente incompleto: presentar antes de estar listo solo adelanta el requerimiento.

En modo operativo

El documento visto desde dentro

Cinco cosas que un programa de actividades tiene que resolver y que no se ven en el índice.

Dieciocho documentos, una sola historiaCoherencia

Dieciocho documentos, una sola historia

En pagos y dinero electrónico el riesgo no es la extensión: es que los documentos se contradigan entre sí.

Todo lo escrito tiene que tener respaldoAcreditación

Todo lo escrito tiene que tener respaldo

Cada afirmación del programa se contrasta con un documento. Lo que no se puede sostener, no se escribe.

Quién resuelve tu expedienteCompetencia

Quién resuelve tu expediente

Las tres respuestas no son las que la mayoría espera.

EP y EDE

Resuelve el Banco de España, Comisión Ejecutiva, previo informe del Sepblac. Tres meses, silencio desestimatorio.

EFC

Resuelve el Ministerio. Se presenta por duplicado ante la Secretaría General del Tesoro. El Banco de España informa e inscribe.

Banco

Resuelve el Banco Central Europeo a propuesta del Banco de España. Seis meses, máximo doce.

El plazo empieza cuando está completoCalendario

El plazo empieza cuando está completo

Presentar incompleto no adelanta nada: el cómputo arranca con la documentación completa.

Ver servicios PBC Informe experto externo
Controles

Qué se espera del programa y con qué se acredita

Bloque
Qué se espera
Evidencia

Encaje en categorías legales

Cada servicio identificado con la categoría legal que le corresponde, sin lenguaje comercial.

Tabla de correspondencia servicio-categoría y nota jurídica de encaje.

Organización administrativa y contable

Descripción real de la organización, no un organigrama aspiracional.

Organigrama, descripciones de puesto y contratos o cartas de intención.

Procedimientos de control interno

Funciones de control identificadas, con responsable y línea de reporte.

Manual de control interno y actas del órgano de administración.

Quejas y reclamaciones

Servicio de atención al cliente constituido y reglamento aprobado conforme a la Orden ECO/734/2004.

Reglamento para la defensa del cliente y designación del titular.

Prevención del blanqueo

Órganos de control interno y de comunicación definidos, con representante designado.

Manual de prevención, acta de designación y análisis de riesgo.

Coherencia con el plan de negocio

Plan referido exactamente a las actividades del programa, a tres ejercicios.

Plan de negocio y plantilla de previsiones, escenarios normal y de estrés.

Estructura de grupo (bancos)

Identificación de matrices, sociedades financieras de cartera y mixtas del grupo.

Diagrama societario y certificaciones registrales.

El punto ciego más frecuente

Redactar el programa como una memoria de proyecto. El supervisor no está evaluando si el negocio es atractivo: está comprobando si lo que describes encaja en una categoría legal y si tienes medios para sostenerlo. Son dos lecturas muy distintas del mismo documento.

  • Servicios descritos en lenguaje comercial y no en categorías legales
  • Alcance superior a los medios acreditados
  • Plan de negocio no referido a las actividades del programa
  • Reglamento para la defensa del cliente ausente
  • Bloques tasados omitidos en EFC o banco
  • Presentación con documentación incompleta
Diccionario operativo

Conceptos del expediente de autorización

Términos que aparecen en los reglamentos y en la relación con el supervisor.

ProgramaDocumento

Programa de actividades

Descripción de las operaciones que se pretenden realizar y de la organización prevista. Delimita el objeto de la autorización.

Art. 2.1.a) RD 736/2019 y equivalentes.
PlanDocumento

Plan de negocio

Previsiones presupuestarias para los tres primeros ejercicios, referidas a las actividades del programa. Escenario normal y de estrés.

Art. 2.1.b) RD 736/2019.
PresolicitudTrámite

Reunión previa

Posibilidad, ofrecida por el Banco de España, de mantener una reunión antes de presentar formalmente la solicitud.

Guía Informativa para Solicitantes.
SepblacInforme

Informe preceptivo

En pagos, dinero electrónico y EFC la autorización se concede previo informe del Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo.

Ver: Sepblac.
MUSCompetencia

Mecanismo Único de Supervisión

Marco por el que la autorización bancaria la resuelve el Banco Central Europeo a propuesta de la autoridad nacional.

Aplica solo a entidades de crédito.
DepósitoRequisito

Depósito previo del 20 %

Exigido en la solicitud de EFC y de banco: 20 % del capital mínimo, en la Caja General de Depósitos o en el Banco de España según la figura.

Arts. 12.1.e) RD 309/2020 y 5.1.f) RD 84/2015.
FDUFormulario

Modelos normalizados

Formularios de la sede electrónica del Banco de España. FDU-042 entidad de pago, FDU-047 dinero electrónico, FDU-124 entidades de crédito.

sedeelectronica.bde.es
GuíaCriterio

Guía Informativa para Solicitantes

Documento que el Banco de España está obligado a publicar, en español e inglés, sobre trámites, requisitos y criterios aplicados.

Art. 2.5 RD 736/2019.
CompletaPlazo

Documentación completa

El plazo de resolución se computa desde la recepción de la solicitud completa, no desde su presentación inicial.

Arts. 1.2 RD 736/2019, 7.2 RD 309/2020 y 3.2 RD 84/2015.

COMPLIANCE CONTROL CENTER · EXPEDIENTES

Matriz por figura: qué exige cada expediente

Cruza la figura con el bloque documental. La casilla indica dónde vive cada contenido y con qué intensidad se exige.

Matriz documental por figura

Verde: fuera del programa o no exigido. Rojo: dentro del programa, tasado.

Bloque \\ Figura
Entidad de pago
EFC
Banco
Tipo de operaciones
Programaart. 2.1.a)
Programaart. 12.1.b)
Programaart. 5.1.b)
Organización y contabilidad
Documento aparteletra e)
Programatasado
Programatasado
Control interno
Documento aparteletra e)
Programatasado
Programatasado
Quejas y reclamaciones
Documento aparteletra q)
Programatasado
Programatasado
Prevención del blanqueo
Documento aparteletra k)
Programatasado
Programatasado
Estructura de grupo
No exigido
No exigido
Programasolo bancos

Seis errores que retrasan un expediente

Ninguno es de fondo. Todos son de construcción.

Escribir el programa en lenguaje de producto

El supervisor no evalúa si el negocio es bueno: comprueba si encaja en una categoría legal. Describir «una app para enviar dinero» en lugar del servicio de pago correspondiente obliga a hacer el encaje por ti.

Pedir todos los servicios «por si acaso»

Cada servicio incluido arrastra medios, controles y personas que hay que acreditar. Un programa amplio con una organización pequeña se ve en la primera lectura.

Confundir programa de actividades con plan de negocio

Son dos documentos consecutivos del mismo artículo, con funciones distintas. Y la norma exige expresamente que el plan esté referido a las actividades del programa.

Asumir que el Banco de España autoriza el EFC

Lo autoriza el Ministerio, previo informe del Banco de España, y la solicitud se presenta por duplicado ante la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.

Olvidar el Reglamento para la defensa del cliente

En pagos y dinero electrónico es documento exigido en la propia solicitud —letra q)—, elaborado conforme a la Orden ECO/734/2004. No es una obligación posterior a la licencia.

Presentar incompleto para arrancar el plazo

El cómputo empieza con la documentación completa. Entrar antes no adelanta la resolución: adelanta el requerimiento y consume una ronda de interlocución.

De dónde sale cada dato de esta página

Todo procede de texto reglamentario publicado en el BOE o de la sede electrónica del Banco de España.

  • Publicación inicial. Contenido del programa de actividades transcrito de los reglamentos publicados en el BOE para las cuatro figuras, y plazos y formularios verificados contra la sede electrónica del Banco de España.

  • Revisión prevista: incidencia de la nueva ley de contratos de crédito al consumo sobre el régimen de los establecimientos financieros de crédito y sobre las figuras de nueva creación.

Reserva una llamada

Cuéntanos qué licencia vas a solicitar y qué servicios quieres prestar. Con eso podemos decirte en una primera lectura si el alcance que planteas es el correcto.

El programa de actividades en las autorizaciones del Banco de España

Un documento, cuatro regímenes

El programa de actividades aparece en las cuatro figuras que instruye o supervisa el Banco de España, pero con dos arquitecturas distintas. En entidades de pago y entidades de dinero electrónico es la letra a) de una lista de dieciocho documentos, y su contenido legal es breve: el tipo de servicio que se pretende prestar y los servicios auxiliares. En establecimientos financieros de crédito y bancos es un documento de contenido tasado que absorbe cinco bloques: tipo de operaciones, organización administrativa y contable, control interno, atención de quejas y reclamaciones, y prevención del blanqueo.

Por qué el perímetro importa más que la extensión

La autorización habilita para los servicios que constan en el programa. Esa regla, que parece obvia, tiene dos derivadas que se subestiman. La primera es el pasaporte europeo: el artículo 10.1 del Real Decreto 736/2019 limita su alcance a los servicios «que estén cubiertos por la autorización». La segunda es la denegación: al abrir sucursal, el supervisor puede denegar cuando el programa contemple servicios no autorizados. El programa no es un documento de entrada: es el documento que te acompaña durante toda la vida de la licencia. Si quieres ver cómo se amplía después, está en la ampliación de la licencia.

Quién resuelve, y por qué sorprende

Solo dos de las cuatro figuras las resuelve el Banco de España. El establecimiento financiero de crédito lo autoriza el titular del Ministerio, previo informe del Banco de España y del Sepblac, y la solicitud se presenta por duplicado ante la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional. El banco lo autoriza el Banco Central Europeo, a propuesta del Banco de España, por efecto del Mecanismo Único de Supervisión. Saber quién resuelve cambia el idioma del expediente, el calendario y la estrategia de interlocución.

Plazos y silencio

Tres meses en pagos, dinero electrónico y EFC —con un máximo de doce en este último—, y seis meses en bancos, también con máximo de doce. El silencio es desestimatorio en las cuatro figuras, aunque la fórmula legal no es idéntica: pagos y dinero electrónico emplean «se entenderá desestimada por silencio administrativo», mientras que EFC y bancos emplean «podrá entenderse desestimada». Y en los cuatro casos el cómputo arranca con la documentación completa, no con la presentación.

Qué hacer con todo esto

La consecuencia operativa es que el programa de actividades se redacta primero y no último. Es el documento del que cuelga el plan de negocio —que la norma exige «referido a las actividades citadas en la letra anterior»—, la descripción organizativa, la política de seguridad y el manual de prevención. Redactarlo al final, cuando el resto ya está montado, produce contradicciones internas que el supervisor encuentra leyendo dos folios consecutivos. Si estás decidiendo qué figura te corresponde, empieza por la licencia de entidad de pago o por la licencia de EFC.

Programa de actividadesBanco de EspañaRD 736/2019RD 778/2012RD 309/2020RD 84/2015Entidad de pagoEDEEFCBancoPlan de negocioSilencio desestimatorio