Sujetos obligados en PBC/FT

Si tu actividad encaja como sujeto obligado, debes implantar medidas de PBC/FT conforme a la Ley 10/2010 y el RD 304/2014. Te ayudamos a convertir el cumplimiento en evidencias trazables: evaluación de riesgos, KYC/UBO, control interno, alertas y plan de medidas correctoras defendible ante SEPBLAC y el Órgano de Control Interno (OCI).

Sujetos obligados

Mapa claro de obligaciones PBC/FT

“Aterrizamos qué te aplica como sujeto obligado: medidas, evidencias y prioridades según tu riesgo real.”

Ley 10/2010

Cumplimiento defendible ante SEPBLAC

“No basta con documentación: organizamos pruebas, trazabilidad y correcciones para resistir requerimientos.”

KYC / UBO

Diligencia debida sin fisuras

“Revisamos identificación, titular real y conservación: expedientes coherentes, no ‘carpetas sueltas’.”

Control interno

Alertas, registros y formación verificables

“Probamos escenarios y dejamos constancia de gestión, tiempos y decisiones: lo que se mira en inspección.”

Periodicidad y plazos clave para sujetos obligados en PBC/FT

La revisión y el ciclo de control deben ser coherentes y trazables. Lo importante para un sujeto obligado no es solo “tener documentos”, sino poder demostrar fecha de referencia, emisión, elevación al órgano, plan de medidas correctoras y archivo con evidencias.

Ciclo de control: revisa tu sistema, su eficacia operativa y sus brechas en función del riesgo.

Elevación interna: deficiencias relevantes al órgano/OCI, con acciones, responsables y soporte documental.

Plan de remedio: calendario realista y verificable (si no se puede corregir “en el momento”).

Conservación: integra evidencias de KYC/UBO, alertas, formación y decisiones con horizonte amplio.

Seguimiento: revisa periódicamente la implantación y el cierre de medidas correctoras.

Sujetos obligados y SEPBLAC: enfoque práctico de cumplimiento

Los sujetos obligados deben poder acreditar un sistema eficaz de prevención y control. Para actuar como experto externo es obligatorio haber comunicado al SEPBLAC la intención de actuar como tal antes de iniciar la actividad. En Molina Law Boutique estamos dados de alta como expertos externos ante el SEPBLAC.

Alcance para sujetos obligados: ¿Qué revisaremos?

Revisamos la consistencia entre riesgo, procedimiento y evidencia para que el sujeto obligado pueda acreditar eficacia operativa. Auditamos tanto la documentación física como la trazabilidad digital.

Archivo documental del sujeto obligado: KYC y titular real (UBO) para cumplimiento PBC/FT

1. Archivo y Documentación (KYC)

Verificamos la conservación de documentos durante el plazo legal de 10 años. Revisamos la integridad de la identificación formal y las declaraciones de Titularidad Real en una muestra aleatoria de clientes.

Monitorización y alertas PBC/FT en el sujeto obligado: trazabilidad de decisiones y gestión

2. Software y Alertas

Ponemos a prueba la herramienta de monitorización. Simulamos escenarios de riesgo para comprobar si genera alertas automatizadas correctas y si la gestión queda registrada con criterio y evidencias.

Formación obligatoria PBC/FT para sujetos obligados: plan del artículo 29 y evidencias

3. Plan de Formación (Art. 29)

Revisamos certificados y contenido de los cursos. Validamos que la formación del sujeto obligado es actualizada y específica por puesto, no genérica, y que existe registro verificable.

Así ayudamos a los sujetos obligados a cumplir PBC/FT

Metodología ágil para aterrizar obligaciones, comprobar eficacia operativa y dejar evidencia defendible sin frenar tu operativa.

01

Diagnóstico del sujeto obligado

Confirmamos el encaje como sujeto obligado y el alcance real: actividad, riesgos, canales, tipología de clientes y controles necesarios.

02

Verificación operativa (muestreo)

Realizamos muestreo de expedientes y procesos para auditar la aplicación de diligencia debida (KYC/UBO), alertas y conservación documental.

03

Brechas y medidas correctoras

Emitimos un borrador con deficiencias detectadas y proponemos medidas correctoras priorizadas por riesgo, con calendario y evidencias.

04

Entrega y trazabilidad

Dejamos documentación lista: soporte de pruebas, registros, decisiones y hoja de ruta para mantener el cumplimiento del sujeto obligado.

Checklist para sujetos obligados

Evidencias clave para el cumplimiento de sujetos obligados en PBC/FT

En inspección, lo que marca la diferencia es la evidencia: pruebas, muestreo, fechas y plan de remedio documentado para el sujeto obligado.

Fecha de referencia Muestreo explicado Archivo 10 años Plan corrector verificable
  1. Fecha de referencia definida

    Deja claro qué fecha “cierra” el ciclo (para que el soporte del sujeto obligado no quede incoherente).

  2. Pruebas y resultados (no solo conclusiones)

    Documenta qué se comprobó, qué salió y qué incidencias se detectaron. Evita el “cumplimiento declarativo”.

  3. Muestreo explicado

    Indica tamaño y criterios: tipo de clientes, productos, periodos y % revisado. Si hay muestreo estadístico, define población, método, nivel de confianza y análisis de errores.

  4. Plan de remedio con calendario

    Si hay deficiencias no corregibles al instante, deja aprobado un plan con calendario preciso y evidencia de cierre.

  5. Archivo ordenado

    KYC, titular real, análisis efectuados y soportes: listo para entrega rápida ante requerimiento.

Errores frecuentes de los sujetos obligados que corregimos

El objetivo no es “cumplir el expediente”, sino evitar brechas operativas que derivan en requerimientos, sanciones y bloqueo reputacional.

⚠️

El “cumplimiento de papel”

Manual genérico que no se ejecuta. Para el sujeto obligado, lo decisivo es eficacia operativa y evidencia.

⚠️

UBO incompleto o incoherente

Recopilar DNIs no basta. Falta titularidad real bien acreditada o hay errores en estructuras complejas.

⚠️

Formación genérica

El Art. 29 exige formación específica. Error típico: cursos estándar sin riesgos reales del sector y sin registro sólido.

⚠️

Riesgo alto sin refuerzo

No aplicar diligencia reforzada a supuestos de riesgo alto (PEPs, jurisdicciones de riesgo, operativa sensible) genera exposición sancionadora.

Guía para sujetos obligados

Lo que un sujeto obligado debe poder demostrar

Más allá del “documento”, lo relevante para inspección es la trazabilidad: plazos, pruebas, muestreo y plan de corrección.

Plazos Muestreo Evidencias Eficacia operativa

Gobierno y ciclo de control

  • Planificación alineada con el riesgo y el ciclo anual.
  • Fecha de referencia coherente (sin saltos entre ejercicios).
  • Emisión rápida: evita que el soporte “llegue tarde”.
  • Escalado interno: deficiencias relevantes al órgano/OCI + medidas correctoras.

Clave para no quedar en “cumplimiento formal” sin ejecución real.

Muestreo y evidencias (lo que se espera ver)

  • Qué se ha comprobado: pruebas practicadas, resultados y hallazgos (no solo conclusiones).
  • Muestra explicada: tamaño y cobertura (clientes, productos, periodos, etc.).
  • Trazabilidad: KYC/UBO, seguimiento, alertas y formación con soporte documental.
  • Errores detectados: causa, impacto y corrección verificable.
Tip de calidad

Si no se explica “cómo” se revisó (y con qué muestra), suele ser el primer punto débil ante requerimiento.

Independencia y conservación

  • Independencia real: evita incompatibilidades y conflictos.
  • Selección idónea: experiencia/competencia del equipo.
  • Conservación: evidencias listas para entregar con rapidez.
  • Disponibilidad: orden y velocidad al responder a un requerimiento.

Reduce riesgo sancionador y reputacional.

Enfoque basado en riesgos

  • Controles proporcionales a actividad, clientes y operativa.
  • Medidas reforzadas para PEPs y escenarios de riesgo alto.
  • Coherencia entre manual, procedimientos y ejecución diaria.

Lo que “cuadra” en inspección es la consistencia entre riesgo, control y evidencia.

Nota importante:

Para evitar incoherencias, alinea tu política de archivo con tu sistema de control interno: conserva evidencias junto con KYC/UBO, alertas y formación.

Solicitar checklist para sujetos obligados

Riesgos y sanciones para sujetos obligados si el cumplimiento no está al día

Riesgo de requerimientos y expedientes sancionadores por brechas en el sistema de control interno.

Sanciones económicas relevantes: pueden escalar según la gravedad, el volumen y el impacto.

Riesgo reputacional: pérdida de confianza de bancos, clientes, inversores y socios estratégicos.

Bloqueos operativos: fricción en onboarding, proveedores, cuentas bancarias y auditorías.

Costes de reacción: corregir tarde suele ser más caro que implantar y documentar bien a tiempo.

¿Eres sujeto obligado y necesitas ordenar tu cumplimiento PBC/FT?

Te ayudamos a implantar y demostrar un sistema eficaz: KYC/UBO, alertas, formación, registros y plan de medidas correctoras con evidencias defendibles.

Sujetos obligados en PBC/FT: preguntas frecuentes

¿Qué significa ser “sujeto obligado” en PBC/FT?

Ser sujeto obligado implica que tu actividad está sometida a obligaciones de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Debes implantar un sistema de control interno con enfoque basado en riesgos y poder demostrar su eficacia operativa.

El marco principal es la Ley 10/2010 y el RD 304/2014, con expectativas prácticas en materia de evidencias y trazabilidad.

La clave no es “tener documentos”, sino poder acreditar controles ejecutados y decisiones registradas.

¿Cómo sé si mi empresa es sujeto obligado?

Depende del encaje exacto en el listado legal, del servicio prestado y de la operativa. Un mismo sector puede tener obligaciones distintas según actividades y riesgo.

Si hay duda, conviene validar el encaje y el alcance antes de implantar un sistema insuficiente (o sobredimensionado).

¿Qué obligaciones mínimas debe cumplir un sujeto obligado?

Entre otras: evaluación de riesgos, políticas y procedimientos, diligencia debida (KYC), identificación del titular real (UBO), control interno/OCI, formación (Art. 29), monitorización y conservación documental.

Lo importante es la coherencia entre riesgo, control y evidencia.

¿Qué documentación debe poder mostrar un sujeto obligado en inspección?

Además del manual, lo que se espera ver es trazabilidad: pruebas, muestreo, registros, gestión de alertas y decisiones documentadas.

Lo que marca la diferencia:

  • Pruebas realizadas y resultados (no solo “opinión”).
  • Muestreo explicado: tamaño, criterios, cobertura.
  • Hallazgos priorizados por riesgo + plan corrector con calendario.
  • Evidencias listas para entregar ante requerimiento.
Beneficios de ordenar el cumplimiento como sujeto obligado

Reduce riesgo sancionador y reputacional, mejora la bancarización, acelera auditorías y evita bloqueos operativos por falta de evidencias.

Un sistema bien ejecutado y documentado protege: demuestra diligencia, criterio y control real.

¿Qué conviene preparar antes de una revisión PBC/FT?

Manual vigente, evaluación de riesgos, estructura/actas del OCI, política de admisión, expedientes KYC/UBO, registros de alertas/monitorización, formación y evidencia de medidas correctoras.

Si todo está ordenado, el muestreo es más eficiente y las conclusiones salen con más calidad.

¿Qué pasa si un sujeto obligado no cumple?

Aumenta el riesgo de requerimientos, sanciones, bloqueos operativos y daño reputacional, además de fricción con bancos e inversores.

Prevenir y documentar bien suele costar menos que corregir a contrarreloj.

¿Cuánto cuesta una revisión de obligaciones para sujetos obligados?

Depende de tamaño, sector, volumen de expedientes y complejidad de la operativa. Lo determinante es el alcance real del muestreo y la evidencia disponible.

Te damos un presupuesto ajustado tras un diagnóstico rápido de encaje, riesgo y documentación.

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