El single rulebook PBC europeo
"Reglamento de aplicación directa que armoniza diligencia debida, beneficiario efectivo, sujetos obligados y comunicación de operaciones sospechosas en toda la Unión."
Asesoría jurídica integral sobre el AMLR (Anti-Money Laundering Regulation): el nuevo single rulebook europeo de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, directamente aplicable desde el 10 de julio de 2027 en todos los Estados miembros.
Consulta gratuita AMLR
Te respondemos en menos de 24 h
Seis áreas de apoyo jurídico para que tu entidad transite de la Ley 10/2010 al nuevo régimen único europeo del AMLR sin sobresaltos y con un programa defendible ante AMLA y SEPBLAC.
Análisis comparativo entre tu programa PBC actual y las exigencias del Reglamento (UE) 2024/1624: políticas, controles, estructura de cumplimiento, documentación y umbrales.
Diseño e implantación del programa AML/CFT completo bajo AMLR: políticas, procedimientos, controles internos, formación, gobernanza del cumplimiento y reporting.
Identificación, verificación y registro del beneficiario efectivo bajo los nuevos criterios del AMLR, con conexión al registro central nacional y a la plataforma europea.
Revisión externa o informe experto independiente para validar la adaptación al AMLR y al AMLD6 antes de inspecciones del SEPBLAC o de la AMLA.
Asesoría a los nuevos sujetos obligados bajo AMLR: proveedores de servicios de criptoactivos (MiCA), comerciantes de bienes de alto valor y clubes profesionales de fútbol.
Programas formativos para OCI, función de cumplimiento, alta dirección y empleados sobre las novedades sustantivas y operativas del AMLR.
El AMLR es la pieza central del nuevo marco europeo, pero opera junto al AMLD6, al Reglamento que crea AMLA y al Reglamento TFR sobre transferencias y criptoactivos. Entender los cuatro componentes es imprescindible para diseñar bien el programa.
"Reglamento de aplicación directa que armoniza diligencia debida, beneficiario efectivo, sujetos obligados y comunicación de operaciones sospechosas en toda la Unión."
"Directiva que regula registros centrales de UBO, supervisión nacional, FIUs, cooperación entre autoridades y sanciones administrativas, con transposición hasta 10/07/2027."
"Reglamento que crea la Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo de Capitales (AMLA), con sede en Frankfurt, supervisora directa de entidades transfronterizas de alto riesgo."
"Reglamento sobre información que acompaña a las transferencias de fondos y de criptoactivos. Pieza esencial para CASPs, entidades de pago y bancos."
El AMLR sustituye al modelo de directivas con un Reglamento de aplicación directa. Reduce el margen nacional, expande sujetos obligados, eleva sanciones y crea un supervisor europeo (AMLA) con poder directo sobre entidades transfronterizas.
Aplicación directa: el AMLR no necesita transposición. La Ley 10/2010 seguirá siendo relevante en lo no cubierto por el Reglamento, pero las obligaciones nucleares se aplicarán directamente.
Nuevos sujetos obligados: el AMLR amplía expresamente la lista a CASPs, intermediarios de crédito, comerciantes de bienes de alto valor y clubes profesionales de fútbol en determinadas operaciones.
Supervisión dual: la AMLA supervisa directamente a un grupo limitado de entidades transfronterizas de alto riesgo; el resto sigue bajo el supervisor nacional (SEPBLAC), pero coordinado con AMLA.
Sanciones pecuniarias máximas elevadas a 10 millones de euros o el 10% de la facturación anual total para infracciones graves, repetidas o sistemáticas.
Límite armonizado al pago en efectivo en grandes transacciones, sustituyendo a los umbrales nacionales variables y reforzando la trazabilidad.
Fecha de aplicación del AMLR y plazo de transposición del AMLD6. Las entidades obligadas deben empezar a adaptar sus programas ya.
El 10 de julio de 2027 está más cerca de lo que parece. Diseñamos un plan realista de adaptación al Reglamento (UE) 2024/1624 con prioridades claras, hitos y entregables auditables.
El AMLR (Anti-Money Laundering Regulation) es el Reglamento (UE) 2024/1624, de 31 de mayo de 2024, sobre la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Fue publicado en el DOUE el 19 de junio de 2024.
El AMLR es de aplicación directa en todos los Estados miembros desde el 10 de julio de 2027, sin necesidad de transposición. Sustituye en gran medida a la Directiva (UE) 2015/849 (AMLD4) en lo relativo a obligaciones de las entidades obligadas.
El paquete AML europeo tiene tres piezas principales: el AMLR (Rgto. 2024/1624), que recoge las obligaciones sustantivas para las entidades obligadas; el AMLD6 (Dir. 2024/1640), que regula registros centrales, supervisión, FIUs y sanciones administrativas; y el AMLAR (Rgto. 2024/1620), que crea la AMLA, la nueva autoridad europea con sede en Frankfurt.
A todo ello se añade el Reglamento TFR (UE) 2023/1113, sobre información que acompaña a las transferencias de fondos y criptoactivos.
El AMLR amplía la lista de sujetos obligados respecto a la AMLD4. Incluye, entre otros, a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) tal como los define el Reglamento MiCA, intermediarios de crédito hipotecario y al consumo que no sean entidades financieras, comerciantes de determinados bienes de alto valor y, de forma muy mediática, los clubes profesionales de fútbol cuando realicen ciertas operaciones.
Los Estados miembros pueden introducir exenciones limitadas para algunos proveedores de servicios de juego, ciertos clubes de fútbol profesional y algunas actividades financieras de bajo riesgo.
El AMLR incorpora expresamente a los CASP entre los sujetos obligados a nivel europeo. Esto consolida la regulación que ya estaba en marcha con MiCA y con el Reglamento TFR (Travel Rule), creando un marco único: licencia MiCA + obligaciones AMLR + Travel Rule + supervisión coordinada.
En la práctica, los CASP deberán cumplir las mismas obligaciones de KYC, monitorización, reporting y UBO que las entidades de crédito, con criterios armonizados.
El AMLR introduce un límite armonizado de 10.000 € al pago en efectivo en grandes transacciones, sustituyendo a los umbrales nacionales variables. El objetivo es reducir las oportunidades de blanqueo y reforzar la trazabilidad de las operaciones de mayor cuantía.
Los Estados miembros pueden mantener límites más estrictos. En España, hay que coordinarlo con la Ley 7/2012 (límite vigente al pago en efectivo).
El AMLR armoniza los requisitos de transparencia del beneficiario efectivo para las entidades obligadas y el AMLD6 detalla cómo deben funcionar los registros centrales nacionales, que deben contener información más detallada (incluso sobre entidades y arrangements de terceros países) e interconectarse a través de la plataforma central europea.
El acceso a estos registros queda abierto a autoridades competentes, AMLA y a personas con interés legítimo demostrable, como periodistas o ONGs.
La Ley 10/2010 seguirá siendo relevante, pero deberá convivir con el AMLR. Las disposiciones de la Ley 10/2010 que coincidan con el AMLR serán desplazadas por la aplicación directa del Reglamento. Las que desarrollen aspectos del AMLD6 deberán ajustarse vía transposición.
Esto exige una revisión integral del programa PBC: manuales, formularios, políticas, procedimientos, formación y herramientas tecnológicas.
La AMLA es la nueva autoridad europea AML/CFT con sede en Frankfurt. Tendrá funciones de coordinación general, elaboración de directrices y normas técnicas y, especialmente, supervisión directa sobre un número limitado de entidades obligadas transfronterizas con perfil de riesgo elevado.
El SEPBLAC seguirá siendo el supervisor nacional para la mayor parte de los sujetos obligados españoles, en estrecha cooperación con AMLA y dentro del marco común que fija el AMLR.
El AMLR no es una mera actualización: es un cambio de paradigma. Pasa del modelo "directiva + transposición + criterio nacional" a "Reglamento + aplicación directa + supervisor europeo". La adaptación exige tiempo, método y proyecto.
Reglamento (UE) 2024/1624 (AMLR), Directiva (UE) 2024/1640 (AMLD6), Reglamento (UE) 2024/1620 (AMLAR), Reglamento (UE) 2023/1113 (TFR), Ley 10/2010 (transitoriamente), Ley 7/2012, Reglamento Delegado (UE) 2016/1675 y Recomendaciones GAFI.
El AMLR se aplica desde el 10 de julio de 2027. AMLA debe aprobar varios estándares técnicos hasta el 10 de julio de 2026. La AMLD6 debe estar transpuesta para entonces. La preparación interna no admite esperar.
Un proyecto de adaptación con liderazgo del OCI, métricas claras y entregables auditables. El supervisor querrá ver evidencia de que la entidad lleva años preparándose, no que improvisó tres semanas antes.
El AMLR cambia también el paisaje de áreas conexas: refuerza la integración de la lista GAFI en el motor de riesgo, alinea las obligaciones de los emisores de EMT MiCA y de los CASP, marca el suelo de cumplimiento que entidades como las SGIIC o las empresas en sandbox financiero deben respetar y eleva el listón para los consejeros independientes en ESI en su rol de supervisión interna.
El AMLR sólo se entiende como proyecto multidisciplinar: legal traduce la norma, cumplimiento la convierte en políticas, IT la lleva al motor de KYC y monitorización, y negocio adapta sus flujos. Aquí está el panel operativo que recorremos con cada cliente.
1) Gap analysisComparativa exhaustiva entre el programa actual bajo Ley 10/2010 y las exigencias del AMLR + AMLD6, identificando huecos, sobre-cumplimientos y zonas grises.
2) PolíticasReescritura del manual PBC y de los procedimientos clave (KYC, EDD, monitorización, ROS, formación) bajo la lógica del Reglamento (UE) 2024/1624.
3) TecnologíaRecalibración técnica del motor de detección: reglas, umbrales, listas (GAFI, UE, sanciones), perfilado de cliente y registros de auditoría conformes a los estándares AMLA.
4) UBOCambia la forma de identificar, verificar y registrar al UBO. La entidad debe consultar y contrastar contra el registro central nacional, integrarse con la plataforma central europea y documentar discrepancias.
Decisión rápidaRecalibrado integral, foco en UBO, monitorización transfronteriza y posible supervisión directa AMLA.
Programa AML completo, Travel Rule, integración MiCA y formación específica.
Diseño desde cero del programa: lujo, fútbol, intermediarios de crédito y otros sectores que entran ex novo.
Directiva con transposición nacional, criterios variables entre Estados miembros.
Reglamento de aplicación directa, criterios uniformes en toda la UE.
Catálogo cerrado heredado de AMLD4, con interpretaciones nacionales.
Catálogo ampliado: CASPs, intermediarios de crédito, lujo, fútbol profesional.
Identificación con criterios nacionales, registros parcialmente interconectados.
Criterios armonizados, registros centrales detallados, plataforma europea interconectada.
Umbrales nacionales variables (en España, Ley 7/2012).
Límite UE armonizado de 10.000 €, sin perjuicio de límites nacionales más estrictos.
Topes AMLD4: 5 millones € o 5% facturación.
Topes AMLD6: 10 millones € o 10% facturación. Penalidades coercitivas.
Supervisores nacionales (SEPBLAC) con coordinación limitada vía EBA.
SEPBLAC + AMLA con supervisión directa de entidades transfronterizas alto riesgo.
Indicadores típicos en programas PBC que llegarán al 10/07/2027 con problemas si no se actúa.
Si trabajas con cumplimiento PBC y tu entidad debe transitar de la Ley 10/2010 al AMLR, estos son los términos que aparecerán en cada manual, en cada inspección y en cada informe que tu entidad genere a partir de ahora.
Reglamento europeo sobre prevención del blanqueo y financiación del terrorismo, directamente aplicable desde el 10/07/2027.
Directiva que regula registros centrales de UBO, supervisión nacional, FIUs, cooperación entre autoridades y régimen sancionador.
Reglamento que crea AMLA, la nueva Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo, con sede en Frankfurt y supervisión directa.
Supervisor europeo AML/CFT con competencias de coordinación, normas técnicas y supervisión directa de entidades transfronterizas alto riesgo.
Reglamento sobre información que acompaña a las transferencias de fondos y de criptoactivos. Pieza esencial para CASP y entidades de pago.
Concepto que define al AMLR: un único cuerpo normativo aplicable directamente, sin fragmentación nacional, para entidades obligadas en toda la UE.
Catálogo expandido por el AMLR: bancos, EDE, seguros, asesores, abogados, CASPs, lujo, fútbol profesional e intermediarios de crédito.
Persona física que en último término posee o controla a una persona jurídica. AMLR uniformiza los criterios y AMLD6 detalla los registros centrales.
El AMLR fija un techo común de 10.000 € al pago en efectivo en grandes transacciones, sin perjuicio de límites nacionales más estrictos.
El AMLR (Anti-Money Laundering Regulation) es el Reglamento (UE) 2024/1624 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2024, sobre la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Fue publicado en el Diario Oficial de la UE el 19 de junio de 2024 y constituye la pieza central del nuevo single rulebook europeo en materia AML/CFT.
Durante tres décadas, las obligaciones AML/CFT se canalizaban a través de directivas (AMLD1 a AMLD5), traspuestas con criterios divergentes en cada Estado miembro. El resultado fue un mercado interior fragmentado, con interpretaciones nacionales distintas que dificultaban la actuación de las entidades obligadas con presencia europea y abrían la puerta al arbitraje regulatorio. El AMLR aborda ese problema convirtiendo las obligaciones sustantivas en normas directamente aplicables en todos los Estados miembros.
El AMLR no se aplica solo. Forma parte de un paquete legislativo más amplio: la Directiva (UE) 2024/1640 (AMLD6), que regula los aspectos institucionales (registros centrales, supervisores nacionales, FIUs, cooperación, sanciones), y el Reglamento (UE) 2024/1620 (AMLAR), que crea la AMLA, la nueva Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo. A ello se suma el Reglamento (UE) 2023/1113 (TFR), sobre la información que acompaña a las transferencias de fondos y de criptoactivos.
El AMLR es de aplicación directa desde el 10 de julio de 2027. La AMLD6 debe estar transpuesta en derecho nacional para esa misma fecha (con algunas excepciones). AMLA debe aprobar varias normas técnicas reguladoras y de ejecución antes del 10 de julio de 2026. Esto significa que las entidades obligadas tienen que iniciar ya el proyecto de adaptación interno.
El AMLR amplía el catálogo de sujetos obligados respecto a la AMLD4. Incluye expresamente, entre otros, a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) tal y como los define el Reglamento MiCA, a los intermediarios de crédito hipotecario y al consumo que no sean entidades financieras, a determinados comerciantes de bienes de alto valor y a los clubes profesionales de fútbol en ciertas operaciones, con posibilidad de exenciones nacionales limitadas.
El AMLR consolida y armoniza las obligaciones nucleares: políticas, procedimientos y controles internos para gestionar el riesgo, diligencia debida del cliente, identificación y verificación del beneficiario efectivo y comunicación de operaciones sospechosas a la unidad de inteligencia financiera. Las entidades son los gatekeepers del sistema y reciben criterios uniformes en toda la UE.
Una de las novedades más visibles es el límite armonizado de 10.000 € al pago en efectivo en grandes transacciones, que sustituye a los umbrales variables nacionales. Los Estados miembros pueden mantener límites más estrictos. En España deberá coordinarse con la Ley 7/2012, vigente en lo que no se vea desplazado por el AMLR.
El AMLD6 amplía el régimen sancionador heredado de la AMLD4. Los topes pecuniarios para infracciones graves, repetidas o sistemáticas se elevan a 10 millones de euros o el 10% de la facturación anual total. Se introducen además medidas administrativas mínimas armonizadas y la posibilidad de imponer penalidades coercitivas.
La Ley 10/2010 seguirá siendo relevante en lo no cubierto por el AMLR (ámbitos de transposición, técnicos de detalle), pero las obligaciones que coincidan con el Reglamento serán desplazadas por la aplicación directa de éste. La revisión integral del programa PBC español es ineludible.