AMLR: Reglamento (UE) 2024/1624

Asesoría jurídica integral sobre el AMLR (Anti-Money Laundering Regulation): el nuevo single rulebook europeo de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, directamente aplicable desde el 10 de julio de 2027 en todos los Estados miembros.

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AMLR no va solo: el paquete completo

El AMLR es la pieza central del nuevo marco europeo, pero opera junto al AMLD6, al Reglamento que crea AMLA y al Reglamento TFR sobre transferencias y criptoactivos. Entender los cuatro componentes es imprescindible para diseñar bien el programa.

AMLR · Rgto. 2024/1624

El single rulebook PBC europeo

"Reglamento de aplicación directa que armoniza diligencia debida, beneficiario efectivo, sujetos obligados y comunicación de operaciones sospechosas en toda la Unión."

AMLD6 · Dir. 2024/1640

Marco institucional y supervisión

"Directiva que regula registros centrales de UBO, supervisión nacional, FIUs, cooperación entre autoridades y sanciones administrativas, con transposición hasta 10/07/2027."

AMLAR · Rgto. 2024/1620

AMLA: la nueva autoridad europea

"Reglamento que crea la Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo de Capitales (AMLA), con sede en Frankfurt, supervisora directa de entidades transfronterizas de alto riesgo."

TFR · Rgto. 2023/1113

Travel Rule cripto y transferencias

"Reglamento sobre información que acompaña a las transferencias de fondos y de criptoactivos. Pieza esencial para CASPs, entidades de pago y bancos."

¿Por qué el AMLR cambia las reglas del juego?

El AMLR sustituye al modelo de directivas con un Reglamento de aplicación directa. Reduce el margen nacional, expande sujetos obligados, eleva sanciones y crea un supervisor europeo (AMLA) con poder directo sobre entidades transfronterizas.

Aplicación directa: el AMLR no necesita transposición. La Ley 10/2010 seguirá siendo relevante en lo no cubierto por el Reglamento, pero las obligaciones nucleares se aplicarán directamente.

Nuevos sujetos obligados: el AMLR amplía expresamente la lista a CASPs, intermediarios de crédito, comerciantes de bienes de alto valor y clubes profesionales de fútbol en determinadas operaciones.

Supervisión dual: la AMLA supervisa directamente a un grupo limitado de entidades transfronterizas de alto riesgo; el resto sigue bajo el supervisor nacional (SEPBLAC), pero coordinado con AMLA.

AMLD6 hasta 10.000.000 €

Sanciones pecuniarias máximas elevadas a 10 millones de euros o el 10% de la facturación anual total para infracciones graves, repetidas o sistemáticas.

Art. 80 AMLR 10.000 €

Límite armonizado al pago en efectivo en grandes transacciones, sustituyendo a los umbrales nacionales variables y reforzando la trazabilidad.

Calendario 10 julio 2027

Fecha de aplicación del AMLR y plazo de transposición del AMLD6. Las entidades obligadas deben empezar a adaptar sus programas ya.

¿Tu entidad está lista para el AMLR?

El 10 de julio de 2027 está más cerca de lo que parece. Diseñamos un plan realista de adaptación al Reglamento (UE) 2024/1624 con prioridades claras, hitos y entregables auditables.

AMLR: dudas habituales

¿Qué es el AMLR y cuándo se aplica?

El AMLR (Anti-Money Laundering Regulation) es el Reglamento (UE) 2024/1624, de 31 de mayo de 2024, sobre la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Fue publicado en el DOUE el 19 de junio de 2024.

El AMLR es de aplicación directa en todos los Estados miembros desde el 10 de julio de 2027, sin necesidad de transposición. Sustituye en gran medida a la Directiva (UE) 2015/849 (AMLD4) en lo relativo a obligaciones de las entidades obligadas.

¿Cuál es la diferencia entre AMLR, AMLD6 y AMLA?

El paquete AML europeo tiene tres piezas principales: el AMLR (Rgto. 2024/1624), que recoge las obligaciones sustantivas para las entidades obligadas; el AMLD6 (Dir. 2024/1640), que regula registros centrales, supervisión, FIUs y sanciones administrativas; y el AMLAR (Rgto. 2024/1620), que crea la AMLA, la nueva autoridad europea con sede en Frankfurt.

A todo ello se añade el Reglamento TFR (UE) 2023/1113, sobre información que acompaña a las transferencias de fondos y criptoactivos.

¿Quiénes son los nuevos sujetos obligados?

El AMLR amplía la lista de sujetos obligados respecto a la AMLD4. Incluye, entre otros, a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) tal como los define el Reglamento MiCA, intermediarios de crédito hipotecario y al consumo que no sean entidades financieras, comerciantes de determinados bienes de alto valor y, de forma muy mediática, los clubes profesionales de fútbol cuando realicen ciertas operaciones.

Los Estados miembros pueden introducir exenciones limitadas para algunos proveedores de servicios de juego, ciertos clubes de fútbol profesional y algunas actividades financieras de bajo riesgo.

¿Qué cambia para los CASP?

El AMLR incorpora expresamente a los CASP entre los sujetos obligados a nivel europeo. Esto consolida la regulación que ya estaba en marcha con MiCA y con el Reglamento TFR (Travel Rule), creando un marco único: licencia MiCA + obligaciones AMLR + Travel Rule + supervisión coordinada.

En la práctica, los CASP deberán cumplir las mismas obligaciones de KYC, monitorización, reporting y UBO que las entidades de crédito, con criterios armonizados.

¿Qué supone el límite de 10.000 € en efectivo?

El AMLR introduce un límite armonizado de 10.000 € al pago en efectivo en grandes transacciones, sustituyendo a los umbrales nacionales variables. El objetivo es reducir las oportunidades de blanqueo y reforzar la trazabilidad de las operaciones de mayor cuantía.

Los Estados miembros pueden mantener límites más estrictos. En España, hay que coordinarlo con la Ley 7/2012 (límite vigente al pago en efectivo).

¿Cómo cambia el régimen de UBO?

El AMLR armoniza los requisitos de transparencia del beneficiario efectivo para las entidades obligadas y el AMLD6 detalla cómo deben funcionar los registros centrales nacionales, que deben contener información más detallada (incluso sobre entidades y arrangements de terceros países) e interconectarse a través de la plataforma central europea.

El acceso a estos registros queda abierto a autoridades competentes, AMLA y a personas con interés legítimo demostrable, como periodistas o ONGs.

¿Cómo afecta el AMLR a la Ley 10/2010 española?

La Ley 10/2010 seguirá siendo relevante, pero deberá convivir con el AMLR. Las disposiciones de la Ley 10/2010 que coincidan con el AMLR serán desplazadas por la aplicación directa del Reglamento. Las que desarrollen aspectos del AMLD6 deberán ajustarse vía transposición.

Esto exige una revisión integral del programa PBC: manuales, formularios, políticas, procedimientos, formación y herramientas tecnológicas.

¿Qué papel tendrá AMLA frente al SEPBLAC?

La AMLA es la nueva autoridad europea AML/CFT con sede en Frankfurt. Tendrá funciones de coordinación general, elaboración de directrices y normas técnicas y, especialmente, supervisión directa sobre un número limitado de entidades obligadas transfronterizas con perfil de riesgo elevado.

El SEPBLAC seguirá siendo el supervisor nacional para la mayor parte de los sujetos obligados españoles, en estrecha cooperación con AMLA y dentro del marco común que fija el AMLR.

Guía práctica para adaptarse al AMLR

El AMLR no es una mera actualización: es un cambio de paradigma. Pasa del modelo "directiva + transposición + criterio nacional" a "Reglamento + aplicación directa + supervisor europeo". La adaptación exige tiempo, método y proyecto.

Marco legal

Normativa aplicable

Reglamento (UE) 2024/1624 (AMLR), Directiva (UE) 2024/1640 (AMLD6), Reglamento (UE) 2024/1620 (AMLAR), Reglamento (UE) 2023/1113 (TFR), Ley 10/2010 (transitoriamente), Ley 7/2012, Reglamento Delegado (UE) 2016/1675 y Recomendaciones GAFI.

Calendario

Hitos clave

El AMLR se aplica desde el 10 de julio de 2027. AMLA debe aprobar varios estándares técnicos hasta el 10 de julio de 2026. La AMLD6 debe estar transpuesta para entonces. La preparación interna no admite esperar.

Enfoque

Lo que marca la diferencia

Un proyecto de adaptación con liderazgo del OCI, métricas claras y entregables auditables. El supervisor querrá ver evidencia de que la entidad lleva años preparándose, no que improvisó tres semanas antes.

Checklist de adaptación al AMLR en 10 pasos

  1. Designar al sponsor del proyecto (OCI) y constituir el comité de adaptación AMLR con cumplimiento, legal, IT y áreas de negocio afectadas.
  2. Realizar un gap analysis exhaustivo Ley 10/2010 vs AMLR + AMLD6 + AMLAR + TFR, identificando obligaciones nuevas, modificadas y mantenidas.
  3. Reescribir las políticas y procedimientos PBC para alinearlos con el lenguaje y las exigencias del AMLR (uniformidad europea, no margen nacional).
  4. Revisar y actualizar el sistema de identificación, verificación y registro del beneficiario efectivo, con conexión al registro central nacional y la plataforma europea.
  5. Recalibrar el motor de KYC, EDD, screening (sanciones, PEP, lista GAFI), monitorización y umbrales según los nuevos criterios armonizados.
  6. Adaptar el flujo de comunicación de operaciones sospechosas (DMO/ROS) al formato uniforme europeo que desarrollará AMLA.
  7. Mapear nuevos sujetos obligados dentro del grupo (CASP, lujo, fútbol, etc.) y diseñar los programas específicos para cada categoría.
  8. Implementar los controles sobre el límite de pago en efectivo (10.000 €) y las nuevas obligaciones de transparencia y reporting.
  9. Plan de formación específico AMLR/AMLD6 para OCI, función de cumplimiento, alta dirección y empleados según funciones.
  10. Auditoría interna y, recomendablemente, informe experto externo independiente para validar la madurez del programa antes del 10/07/2027.

El AMLR cambia también el paisaje de áreas conexas: refuerza la integración de la lista GAFI en el motor de riesgo, alinea las obligaciones de los emisores de EMT MiCA y de los CASP, marca el suelo de cumplimiento que entidades como las SGIIC o las empresas en sandbox financiero deben respetar y eleva el listón para los consejeros independientes en ESI en su rol de supervisión interna.

AMLR en modo proyecto

De Reglamento a programa: cómo aterrizar el AMLR en la entidad

El AMLR sólo se entiende como proyecto multidisciplinar: legal traduce la norma, cumplimiento la convierte en políticas, IT la lleva al motor de KYC y monitorización, y negocio adapta sus flujos. Aquí está el panel operativo que recorremos con cada cliente.

Gap analysis Ley 10/2010 vs AMLR1) Gap analysis

Diagnóstico de partida

Comparativa exhaustiva entre el programa actual bajo Ley 10/2010 y las exigencias del AMLR + AMLD6, identificando huecos, sobre-cumplimientos y zonas grises.

  • Obligaciones nuevas
  • Obligaciones modificadas
  • Lagunas operativas
Políticas y procedimientos AMLR2) Políticas

Manual y procedimientos AMLR

Reescritura del manual PBC y de los procedimientos clave (KYC, EDD, monitorización, ROS, formación) bajo la lógica del Reglamento (UE) 2024/1624.

  • Manual PBC
  • Procedimientos KYC
  • Plan formativo
Tecnología y monitorización AMLR3) Tecnología

Motor de KYC y monitorización

Recalibración técnica del motor de detección: reglas, umbrales, listas (GAFI, UE, sanciones), perfilado de cliente y registros de auditoría conformes a los estándares AMLA.

  • Reglas dinámicas
  • Listas integradas
  • Audit trail
Mapa de adaptación al AMLR por tipo de entidadDecisión rápida

Mapa práctico: ¿qué priorizo según mi entidad?

Banca / EDE

Recalibrado integral, foco en UBO, monitorización transfronteriza y posible supervisión directa AMLA.

CASP

Programa AML completo, Travel Rule, integración MiCA y formación específica.

Sectores nuevos

Diseño desde cero del programa: lujo, fútbol, intermediarios de crédito y otros sectores que entran ex novo.

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Playbook AMLR

Cambios sustantivos del AMLR frente a la AMLD4 / Ley 10/2010

Materia
Régimen actual (AMLD4 / Ley 10/2010)
Régimen AMLR (10/07/2027)

Naturaleza

Directiva con transposición nacional, criterios variables entre Estados miembros.

Reglamento de aplicación directa, criterios uniformes en toda la UE.

Sujetos obligados

Catálogo cerrado heredado de AMLD4, con interpretaciones nacionales.

Catálogo ampliado: CASPs, intermediarios de crédito, lujo, fútbol profesional.

UBO

Identificación con criterios nacionales, registros parcialmente interconectados.

Criterios armonizados, registros centrales detallados, plataforma europea interconectada.

Pago en efectivo

Umbrales nacionales variables (en España, Ley 7/2012).

Límite UE armonizado de 10.000 €, sin perjuicio de límites nacionales más estrictos.

Sanciones

Topes AMLD4: 5 millones € o 5% facturación.

Topes AMLD6: 10 millones € o 10% facturación. Penalidades coercitivas.

Supervisión

Supervisores nacionales (SEPBLAC) con coordinación limitada vía EBA.

SEPBLAC + AMLA con supervisión directa de entidades transfronterizas alto riesgo.

Señales de alerta de baja preparación al AMLR

Indicadores típicos en programas PBC que llegarán al 10/07/2027 con problemas si no se actúa.

  • Manual PBC sin gap analysis frente al AMLR ni plan de adaptación con hitos y responsables.
  • Sistema de UBO basado en autodeclaraciones sin contraste sistemático con registros oficiales.
  • Motor de monitorización con reglas estáticas, sin documentar la lógica del enfoque basado en riesgo.
  • Ausencia de programa específico para los nuevos sujetos obligados (CASP, lujo, fútbol) dentro del grupo.
  • Formación PBC genérica sin adaptación a las novedades AMLR/AMLD6 ni segmentación por funciones.
Diccionario operativo

Conceptos clave para entender el AMLR

Si trabajas con cumplimiento PBC y tu entidad debe transitar de la Ley 10/2010 al AMLR, estos son los términos que aparecerán en cada manual, en cada inspección y en cada informe que tu entidad genere a partir de ahora.

AMLRRgto. 2024/1624

Anti-Money Laundering Regulation

Reglamento europeo sobre prevención del blanqueo y financiación del terrorismo, directamente aplicable desde el 10/07/2027.

Pieza central del paquete AML.
AMLD6Dir. 2024/1640

Sexta Directiva AML

Directiva que regula registros centrales de UBO, supervisión nacional, FIUs, cooperación entre autoridades y régimen sancionador.

Transposición hasta 10/07/2027.
AMLARRgto. 2024/1620

AML Authority Regulation

Reglamento que crea AMLA, la nueva Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo, con sede en Frankfurt y supervisión directa.

Inicio operativo escalonado.
AMLAFrankfurt

Autoridad Europea AML

Supervisor europeo AML/CFT con competencias de coordinación, normas técnicas y supervisión directa de entidades transfronterizas alto riesgo.

Coopera con SEPBLAC y otras UIF.
TFRRgto. 2023/1113

Transfer of Funds Regulation

Reglamento sobre información que acompaña a las transferencias de fondos y de criptoactivos. Pieza esencial para CASP y entidades de pago.

Travel Rule cripto.
Single rulebookUE

Reglamento único PBC

Concepto que define al AMLR: un único cuerpo normativo aplicable directamente, sin fragmentación nacional, para entidades obligadas en toda la UE.

Reduce arbitraje regulatorio.
Sujetos obligadosAmpliados

Obliged entities

Catálogo expandido por el AMLR: bancos, EDE, seguros, asesores, abogados, CASPs, lujo, fútbol profesional e intermediarios de crédito.

Régimen armonizado.
UBOBeneficiario

Ultimate Beneficial Owner

Persona física que en último término posee o controla a una persona jurídica. AMLR uniformiza los criterios y AMLD6 detalla los registros centrales.

Plataforma europea interconectada.
Cash limit10.000 €

Límite armonizado al efectivo

El AMLR fija un techo común de 10.000 € al pago en efectivo en grandes transacciones, sin perjuicio de límites nacionales más estrictos.

Trazabilidad y trazabilidad.

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Cuéntanos cómo está hoy tu programa PBC y te diseñamos un plan realista de adaptación al AMLR con prioridades claras y entregables auditables.

Marco normativo del AMLR: Reglamento (UE) 2024/1624 y arquitectura del paquete AML europeo

El AMLR (Anti-Money Laundering Regulation) es el Reglamento (UE) 2024/1624 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 2024, sobre la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo. Fue publicado en el Diario Oficial de la UE el 19 de junio de 2024 y constituye la pieza central del nuevo single rulebook europeo en materia AML/CFT.

Por qué se aprueba el AMLR: del modelo directiva al modelo reglamento

Durante tres décadas, las obligaciones AML/CFT se canalizaban a través de directivas (AMLD1 a AMLD5), traspuestas con criterios divergentes en cada Estado miembro. El resultado fue un mercado interior fragmentado, con interpretaciones nacionales distintas que dificultaban la actuación de las entidades obligadas con presencia europea y abrían la puerta al arbitraje regulatorio. El AMLR aborda ese problema convirtiendo las obligaciones sustantivas en normas directamente aplicables en todos los Estados miembros.

Arquitectura del paquete AML

El AMLR no se aplica solo. Forma parte de un paquete legislativo más amplio: la Directiva (UE) 2024/1640 (AMLD6), que regula los aspectos institucionales (registros centrales, supervisores nacionales, FIUs, cooperación, sanciones), y el Reglamento (UE) 2024/1620 (AMLAR), que crea la AMLA, la nueva Autoridad Europea de Lucha contra el Blanqueo. A ello se suma el Reglamento (UE) 2023/1113 (TFR), sobre la información que acompaña a las transferencias de fondos y de criptoactivos.

Aplicación temporal: 10 de julio de 2027

El AMLR es de aplicación directa desde el 10 de julio de 2027. La AMLD6 debe estar transpuesta en derecho nacional para esa misma fecha (con algunas excepciones). AMLA debe aprobar varias normas técnicas reguladoras y de ejecución antes del 10 de julio de 2026. Esto significa que las entidades obligadas tienen que iniciar ya el proyecto de adaptación interno.

Ámbito subjetivo: nuevos sujetos obligados

El AMLR amplía el catálogo de sujetos obligados respecto a la AMLD4. Incluye expresamente, entre otros, a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) tal y como los define el Reglamento MiCA, a los intermediarios de crédito hipotecario y al consumo que no sean entidades financieras, a determinados comerciantes de bienes de alto valor y a los clubes profesionales de fútbol en ciertas operaciones, con posibilidad de exenciones nacionales limitadas.

Obligaciones nucleares para entidades obligadas

El AMLR consolida y armoniza las obligaciones nucleares: políticas, procedimientos y controles internos para gestionar el riesgo, diligencia debida del cliente, identificación y verificación del beneficiario efectivo y comunicación de operaciones sospechosas a la unidad de inteligencia financiera. Las entidades son los gatekeepers del sistema y reciben criterios uniformes en toda la UE.

Límite al efectivo y nuevas medidas

Una de las novedades más visibles es el límite armonizado de 10.000 € al pago en efectivo en grandes transacciones, que sustituye a los umbrales variables nacionales. Los Estados miembros pueden mantener límites más estrictos. En España deberá coordinarse con la Ley 7/2012, vigente en lo que no se vea desplazado por el AMLR.

Sanciones reforzadas

El AMLD6 amplía el régimen sancionador heredado de la AMLD4. Los topes pecuniarios para infracciones graves, repetidas o sistemáticas se elevan a 10 millones de euros o el 10% de la facturación anual total. Se introducen además medidas administrativas mínimas armonizadas y la posibilidad de imponer penalidades coercitivas.

Convivencia con la Ley 10/2010 española

La Ley 10/2010 seguirá siendo relevante en lo no cubierto por el AMLR (ámbitos de transposición, técnicos de detalle), pero las obligaciones que coincidan con el Reglamento serán desplazadas por la aplicación directa de éste. La revisión integral del programa PBC español es ineludible.

AMLR Rgto. UE 2024/1624 AMLD6 Dir. UE 2024/1640 AMLAR Rgto. UE 2024/1620 AMLA TFR Rgto. 2023/1113 Ley 10/2010 Ley 7/2012 SEPBLAC 10/07/2027