Auditoría MiFID II: la revisión que haces antes de que la haga la CNMV

Revisamos tu operativa real —expedientes de clientes, grabaciones, contratos y reportes— contra lo que exige MiFID II. Te entregamos hallazgos priorizados, las evidencias que faltan y un plan de remediación con responsable y fecha.

¿Quieres una auditoría MiFID II independiente?

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Quién nos encarga una auditoría MiFID II

Cuatro situaciones que se repiten. En ninguna hay un expediente sancionador abierto: en todas hay alguien que prefiere enterarse antes.

EAF

La entidad que creció más que sus políticas

"Nos autorizaron hace años y desde entonces hemos duplicado clientes y ampliado la gama. Los manuales siguen siendo los del expediente inicial y nadie ha comprobado si alguien los aplica."

Agencia de valores

El responsable de cumplimiento recién llegado

"Acabo de asumir la función de cumplimiento normativo. Antes de firmar mi primer informe al consejo quiero saber exactamente qué estoy heredando, y quiero que me lo diga alguien de fuera."

Gestora

La gestora que distribuye a minoristas

"Comercializamos nuestros productos a clientes minoristas y el mercado objetivo se definió hace tiempo. Necesito saber si el gobierno de producto aguanta una revisión externa."

Grupo internacional

La matriz que revisa su filial española

"El grupo exige una revisión local independiente de la normativa española. Queremos un informe con hallazgos, criticidad y plan de acción que la casa matriz pueda leer y seguir."

Los tres hallazgos que más se repiten

Cuando revisamos entidades ya autorizadas aparecen casi siempre los mismos tres. Ninguno se ve leyendo el manual: se ven abriendo un expediente al azar.

La política existe y nadie la aplica: manuales impecables heredados del expediente de autorización que ningún gestor ha leído. En un requerimiento no se examina el índice del manual, se examina el expediente del cliente.

Idoneidad envejecida: tests firmados hace años, carteras que ya no encajan con el perfil declarado y preferencias de sostenibilidad que nunca se preguntaron. Es el hallazgo más caro de reparar hacia atrás.

Evidencia dispersa: la información está, pero repartida entre el CRM, el correo de un gestor y una carpeta compartida. Si no puedes reconstruir un caso concreto en horas, a efectos prácticos no la tienes.

Tres áreas donde se concentran los hallazgos: qué falla y con qué prueba documental se cierra
Área revisada Hallazgo habitual Evidencia que lo cierra
Idoneidad Test caducado o incoherente con la cartera recomendada Test vigente, informe de idoneidad entregado al cliente y trazabilidad de cada recomendación.
Incentivos Cobros de terceros sin justificar el aumento de calidad del servicio Mapa de flujos, catálogo de mejoras acreditadas e información al cliente previa y periódica.
Grabación Órdenes e instrucciones que entran por canales no cubiertos Perímetro de canales aprobado, prueba de recuperación por cliente y conservación 5 años, ampliable hasta 7 a requerimiento.

¿Prefieres encontrar tú los fallos?

Revisamos tu cumplimiento MiFID II con la misma lógica con la que lo revisaría el supervisor: muestra de expedientes reales, entrevistas al equipo y prueba de trazabilidad. Sales con un informe de hallazgos priorizados y un plan de remediación que puedes ejecutar y enseñar.

Auditoría MiFID II: dudas habituales

¿Qué es exactamente una auditoría MiFID II?

Es una revisión independiente de cómo aplicas en el día a día las normas de conducta de MiFID II: clasificación de clientes, idoneidad y conveniencia, información de costes, incentivos, registro de comunicaciones, gobierno de producto y mejor ejecución.

No es un curso ni un informe sobre qué dice la directiva. Es un trabajo de campo: cogemos una muestra de tus expedientes, entrevistamos a quien atiende al cliente y comprobamos si lo que dice tu manual se puede acreditar con documentos. El resultado es una lista de hallazgos con criticidad y un plan para cerrarlos.

¿En qué se diferencia de vuestro servicio de cumplimiento MiFID II?

Son dos momentos distintos. En cumplimiento MiFID II construimos el sistema: políticas, plantillas, contratos y procedimientos. En la auditoría comprobamos si ese sistema —el nuestro o el que ya tenías— funciona sobre clientes reales.

Si nunca has montado el marco, empieza por el servicio de cumplimiento. Si lo tienes desde hace tiempo y no sabes en qué estado está, empieza por la auditoría: el diagnóstico te dirá dónde merece la pena invertir. Si quieres el contexto normativo completo, lo tienes en MiFID II.

¿Qué documentación tenemos que preparar?

Al arrancar te enviamos una lista de solicitud cerrada. En términos generales pedimos: políticas y manuales vigentes con su fecha de aprobación, contratos tipo de cliente, plantillas de test de idoneidad y conveniencia, modelos de información de costes ex ante y ex post, catálogo de productos y su mercado objetivo, acuerdos con terceros que generen cobros o pagos, política de mejor ejecución, mapa de canales grabados y el registro de formación del personal.

Después seleccionamos la muestra de expedientes concretos. Ahí es donde aparece la mayoría de los hallazgos.

¿Interrumpe el trabajo del equipo comercial?

Poco. El grueso es revisión documental, que hacemos con la información que nos facilitas. Necesitamos, eso sí, entrevistas cortas con las personas clave: quien atiende al cliente, quien elabora la información de costes, quien administra los sistemas y quien ejerce la función de cumplimiento normativo.

Esas conversaciones son imprescindibles porque el hallazgo típico no es "falta un documento", sino "el documento existe pero el gestor hace otra cosa". La duración total depende del tamaño de la entidad, del número de servicios y del volumen de expedientes que entren en la muestra.

¿Qué entregable recibimos al final?

Tres piezas. Primera: el informe de auditoría, con cada hallazgo descrito, el criterio normativo con el que se contrasta, la evidencia examinada, el riesgo asociado y la recomendación concreta. Segunda: el plan de remediación, con acción, responsable interno y fecha de cierre para cada punto. Tercera: la carpeta de evidencias, ordenada por materia, para que puedas responder a un requerimiento sin reconstruir nada.

Añadimos, si lo quieres, una sesión de presentación al órgano de administración: la aprobación del plan debe quedar documentada.

¿Y qué hacemos después con los hallazgos?

Se priorizan y se cierran. Los hallazgos de criticidad alta —los que afectan a la protección del cliente o dejan a la entidad sin prueba— se atacan primero, normalmente con medidas rápidas: actualizar plantillas, reabrir tests caducados, cerrar canales de comunicación no cubiertos.

Los estructurales necesitan proyecto: rediseñar el flujo de costes, revisar el gobierno de producto o reorganizar el archivo. Podemos ejecutar la remediación contigo o limitarnos a supervisar el avance y verificar el cierre. Lo importante es que el plan tenga fechas y que alguien responda de cada una.

¿Sirve si la CNMV ya nos ha enviado un requerimiento?

Sirve, pero cambia el orden de trabajo. Con un requerimiento sobre la mesa lo primero es preparar una respuesta completa, coherente y en plazo; la revisión general viene detrás, para evitar que la siguiente pregunta te encuentre igual.

Lo que no funciona es improvisar: las respuestas contradictorias entre departamentos y las evidencias que aparecen a medias son lo que convierte una actuación de supervisión en algo más serio. Cómo se desarrolla una actuación y cómo se responde lo explicamos en supervisión e inspección de la CNMV.

¿Estamos obligados a hacer una auditoría MiFID II?

Lo que la normativa exige es que tengas una función de cumplimiento normativo que revise y evalúe de forma periódica la adecuación y la eficacia de tus políticas y procedimientos, y que informe de sus conclusiones al órgano de administración. Cómo se instrumenta esa revisión es decisión tuya.

Una revisión externa aporta dos cosas que la interna no siempre puede: independencia real y experiencia comparada con otras entidades. Y deja un documento fechado que acredita que la entidad se autoevalúa, algo que suma cuando llega una actuación de supervisión. En las EAF, además, encaja con el resto de obligaciones posteriores a la autorización.

Cómo se ejecuta la auditoría, fase a fase

Auditar no es releer manuales: es comprobar si tu operativa deja rastro. Este es el recorrido que seguimos, del alcance al cierre de hallazgos.

Fase 1

Alcance y muestra

Delimitamos qué servicios prestas de verdad y a qué clientes, acordamos las áreas que entran en la revisión y seleccionamos la muestra de expedientes: por producto, por gestor y por casos límite. Sin un alcance escrito, la auditoría se diluye.

Fase 2

Trabajo de campo

Revisión documental, entrevistas con las personas que atienden al cliente y pruebas de trazabilidad: te pedimos un expediente concreto y medimos cuánto tardas en reunirlo completo. Todo queda soportado en papeles de trabajo.

Fase 3

Informe y remediación

Hallazgos priorizados por criticidad, plan de acción con responsable y fecha, presentación al órgano de administración y, si lo contratas, verificación del cierre pasado un tiempo. La auditoría termina cuando los hallazgos están cerrados, no cuando se entrega el PDF.

Auditoría MiFID II en 10 pasos

  1. Perímetro de servicios: delimita qué servicios de inversión prestas hoy y a qué tipos de cliente: es el mapa contra el que se contrasta todo lo demás.
  2. Inventario documental: reúne políticas, manuales, contratos tipo y plantillas en su versión vigente, con fecha de aprobación y responsable identificado.
  3. Selección de la muestra: expedientes por tipo de cliente, producto y gestor, incluyendo casos límite: clientes reclasificados, productos complejos y operaciones a iniciativa del cliente.
  4. Clasificación de clientes: verifica la categoría asignada —minorista, profesional o contraparte elegible— y que las solicitudes de cambio de categoría estén documentadas.
  5. Idoneidad y conveniencia: vigencia del test, coherencia con lo recomendado, preferencias de sostenibilidad e informe entregado; en servicios no asesorados, conveniencia y advertencias.
  6. Costes y gastos: cuadre entre la información ex ante entregada y el informe ex post anual, con el efecto acumulado sobre la rentabilidad.
  7. Incentivos: mapa de cobros y pagos con terceros, encaje con el tipo de servicio prestado y prueba documental del aumento de calidad.
  8. Registro de comunicaciones: canales cubiertos, control de la mensajería no corporativa, recuperación de una comunicación concreta y plazos de conservación.
  9. Producto y ejecución: mercado objetivo positivo y negativo, retorno de información al fabricante y política de mejor ejecución con su revisión periódica.
  10. Informe y remediación: hallazgos priorizados, responsable y fecha por acción, y carpeta de evidencias lista para responder a un requerimiento.

Si lo que necesitas es construir el marco desde cero, empieza por nuestro servicio de cumplimiento MiFID II. Si ya estás autorizado, revisa también el calendario de obligaciones continuas.

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Los 10 controles de conducta que la CNMV espera ver funcionando en una EAF o ESI, con la evidencia típica de cada uno. Ideal como autodiagnóstico trimestral con tu equipo.

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Diccionario operativo

El vocabulario de la auditoría

Términos que verás en la propuesta, en el informe y en la conversación con tu órgano de administración. Conviene que signifiquen lo mismo para todos.

Auditoría MiFID IIServicio

Revisión independiente de conducta

Contraste entre lo que exigen las normas de conducta de MiFID II y lo que acredita tu documentación real de clientes y operaciones.

La ejecuta alguien ajeno a quien diseñó el proceso.
AlcanceMétodo

Qué entra y qué no

Documento inicial que fija áreas revisadas, periodo examinado, unidades implicadas y límites del trabajo. Se acuerda antes de empezar.

Sin alcance escrito, ningún informe es interpretable.
MuestraMétodo

Expedientes reales, no plantillas

Selección de casos concretos por producto, gestor y tipo de cliente, incluyendo los supuestos límite donde el proceso suele romperse.

La muestra la elegimos nosotros, no el auditado.
HallazgoInforme

Desviación documentada

Diferencia acreditada entre la exigencia normativa y la práctica observada, con la evidencia examinada y el riesgo que genera.

Un hallazgo sin evidencia es solo una opinión.
CriticidadInforme

El orden de ataque

Clasificación del hallazgo según su impacto sobre el cliente, su recurrencia y la capacidad de la entidad para probar lo contrario.

Decide qué se arregla esta semana y qué este año.
Plan de remediaciónSalida

Acción, responsable y fecha

Traducción de cada hallazgo en una tarea concreta con dueño interno y plazo de cierre, aprobada por el órgano de administración.

Un plan sin nombres y fechas no se ejecuta.
Función de cumplimientoGobernanza

Quién vigila desde dentro

Área que revisa y evalúa periódicamente la adecuación y eficacia de las políticas y procedimientos y reporta al órgano de administración.

La auditoría externa la refuerza, no la sustituye.
Papel de trabajoPrueba

La trazabilidad del auditor

Soporte interno de cada comprobación: qué se revisó, sobre qué documento, en qué fecha y con qué conclusión.

Permite reconstruir el trabajo años después.
Carpeta de supervisiónPrueba

Lo que entregas si te llaman

Archivo ordenado por materia con políticas vigentes, evidencias y registros, preparado para responder a un requerimiento sin improvisar.

Se actualiza; no se monta el día que llega la carta.
Playbook de la revisión

Qué comprobamos en cada área y con qué evidencia

Área MiFID II
Qué se comprueba
Evidencia que pedimos

Clasificación de clientes

Categoría asignada conforme al Anexo II de MiFID II, comunicada al cliente, con los cambios de categoría justificados y documentados.

Ficha de cliente con categoría y fecha, comunicación al cliente, solicitudes de reclasificación y análisis que las soporta.

Idoneidad y conveniencia

Test de idoneidad vigente antes de cada recomendación (art. 25 MiFID II) y test de conveniencia en servicios no asesorados sobre productos complejos.

Cuestionarios cumplimentados y fechados, informe de idoneidad entregado, advertencias en resultado negativo y registro de la exención de solo ejecución.

Incentivos y costes

Cobros de terceros solo donde el art. 24 MiFID II lo permite, con aumento de calidad acreditado, e información de costes ex ante y ex post anual.

Contratos con terceros, cuadro de flujos, catálogo de mejoras acreditadas y muestra de informes de costes entregados y cuadrados.

Registro de comunicaciones

Grabación de las conversaciones y comunicaciones que puedan dar lugar a operaciones (art. 16(7) MiFID II), aunque la operación no se ejecute.

Inventario de canales, política de dispositivos, prueba de recuperación de una comunicación concreta y conservación 5 años, ampliable hasta 7 a requerimiento.

Producto y ejecución

Mercado objetivo positivo y negativo definido y aplicado (arts. 16(3) y 24(2) MiFID II) y política de mejor ejecución del art. 27 revisada.

Ficha de gobierno de producto por instrumento, retorno de información al fabricante, política de ejecución y actas de su revisión.

Señales de que la auditoría no puede esperar

Si reconoces dos o más, tu exposición no está en el manual: está en el expediente que alguien te va a pedir.

  • Has cambiado gama de producto o modelo de ingresos y las políticas siguen siendo las que presentaste en el expediente de autorización.
  • Nadie sabe decir, sin buscar, dónde está el test de idoneidad de un cliente concreto de hace dos años.
  • Tus gestores cierran conversaciones con clientes por móvil personal o mensajería instantánea porque "el cliente lo prefiere".
  • Cobras de gestoras, emisores o plataformas y no tienes documentado qué mejora concreta recibe el cliente a cambio.
  • Ha entrado un responsable de cumplimiento nuevo, o un cliente ha reclamado cuestionando la recomendación que le disteis.

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Cuéntanos qué servicios de inversión prestas y en qué punto está tu cumplimiento MiFID II: te decimos qué conviene revisar primero y con qué profundidad.

Última actualización: 4 de agosto de 2026

Auditoría MiFID II: alcance, metodología y entregables

Una auditoría MiFID II no explica la normativa: la contrasta contra tu operativa. El marco de referencia es la Directiva 2014/65/UE (MiFID II), el Reglamento (UE) 600/2014 (MiFIR) y el Reglamento Delegado (UE) 2017/565, aplicados en España a través de la Ley 6/2023 y el RD 813/2023. La revisión mide una sola cosa: si cada obligación de conducta deja un rastro documental que puedas enseñar a la CNMV sin reconstruir nada. Trabajamos sobre expedientes reales, entrevistamos a quien atiende al cliente y entregamos hallazgos priorizados con un plan de remediación ejecutable.

Qué áreas se revisan

El perímetro es el ciclo completo del cliente. Arranca en la clasificación —minorista, profesional o contraparte elegible conforme al Anexo II de MiFID II—, porque de ella dependen las protecciones debidas y las advertencias exigibles. Sigue con la evaluación previa: test de idoneidad cuando hay asesoramiento o gestión de carteras (art. 25 MiFID II), con las preferencias de sostenibilidad que incorporaron las directrices de idoneidad de ESMA actualizadas en 2023, y test de conveniencia en servicios no asesorados sobre productos complejos, con su régimen de advertencias y la exención de solo ejecución. Continúa por la transparencia económica: información de costes y gastos ex ante y ex post anual, agregada, con desglose a petición y efecto acumulado sobre la rentabilidad (art. 24(4) MiFID II y art. 50 del Reglamento Delegado (UE) 2017/565), y por el régimen de incentivos del art. 24, prohibido en asesoramiento independiente y en gestión discrecional de carteras. Y cierra con la grabación de comunicaciones del art. 16(7), el gobierno de producto de los arts. 16(3) y 24(2) con su mercado objetivo positivo y negativo, la mejor ejecución del art. 27 y la gestión de conflictos de interés.

Cómo se ejecuta: muestra, entrevistas y papeles de trabajo

La metodología es deliberadamente incómoda, porque es la que replica la lógica del supervisor. Primero se fija el alcance por escrito: áreas, periodo examinado y unidades implicadas. Después se selecciona la muestra, y la selecciona el auditor, no el auditado: expedientes por producto, por gestor y por casos límite —clientes reclasificados, productos complejos, operaciones a iniciativa del cliente, contratos antiguos que nadie ha vuelto a mirar—. Sobre esa muestra se hacen dos cosas. Una, revisión documental: comprobar que el documento exista, esté firmado, esté vigente y sea coherente con el siguiente eslabón de la cadena. Dos, pruebas de trazabilidad: pedir un caso concreto y medir cuánto tarda la entidad en reunirlo completo, porque una evidencia que tarda semanas en aparecer no sirve para responder a un requerimiento. A esto se suman entrevistas cortas con quien atiende al cliente, con quien elabora la información de costes y con la función de cumplimiento. Todo queda soportado en papeles de trabajo que permiten reconstruir la revisión años después.

El entregable: hallazgos, criticidad y plan de remediación

El informe no es una lista de reproches. Cada hallazgo se documenta con cuatro elementos: la exigencia normativa concreta, la evidencia examinada, la desviación observada y la recomendación operativa. A cada uno se le asigna una criticidad, que ordena el trabajo: primero lo que afecta a la protección del cliente o deja a la entidad sin prueba, después lo estructural. De ahí sale el plan de remediación, que es la parte que de verdad se usa: una tabla con acción, responsable interno y fecha de cierre, pensada para llevarla al órgano de administración y aprobarla en acta. Cerramos con la carpeta de evidencias, ordenada por materia, para que la entidad no vuelva a buscar los mismos documentos la próxima vez. Si lo contratas, verificamos el cierre pasado un tiempo y dejamos constancia de qué hallazgos se resolvieron y cuáles siguen abiertos, con su justificación. Ese rastro —autoevaluación, plan aprobado y seguimiento— es exactamente lo que demuestra que la entidad se controla a sí misma.

Cuándo auditar y qué hay en juego

Hay cuatro momentos naturales: cuando cambia el modelo de negocio o la gama de producto, cuando entra un nuevo responsable de cumplimiento, cuando una reclamación cuestiona una recomendación concreta y cuando el supervisor mueve ficha. La CNMV supervisa de forma continua a distancia y también in situ, y su enfoque es siempre el mismo: no pregunta qué dice tu manual, pide que le enseñes el caso. Lo desarrollamos en supervisión e inspección de la CNMV. La normativa de mercados de valores clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves, y el abanico de consecuencias va de la multa a la amonestación pública, la revocación de la autorización o la inhabilitación de cargos; el detalle está en sanciones de la CNMV. Frente a eso, una revisión independiente fechada, con su plan aprobado y su seguimiento, es la diferencia entre una entidad que corrige y una entidad que descubre. Si tu caso es una EAF ya autorizada, encájalo en el calendario de obligaciones continuas.

Este contenido tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. La normativa citada puede haber sido modificada con posterioridad a la fecha de actualización indicada: verifica siempre la versión vigente o consúltanos para analizar tu caso concreto.

MiFID II Idoneidad Incentivos Costes y gastos Grabación Gobierno de producto CNMV Reglamento 2017/565