El primer requerimiento
"Somos una EAF pequeña y nos ha llegado un requerimiento sobre idoneidad y costes. No sabemos si es rutina o si busca algo concreto, y no queremos contestar a ciegas."
Requerimientos de información, inspecciones in situ y escritos de conclusiones: te preparamos para que cada actuación del supervisor encuentre una entidad ordenada, con evidencias localizables y respuestas consistentes.
¿Te ha llegado un requerimiento de la CNMV?
Dinos qué has recibido (requerimiento, anuncio de visita o escrito de conclusiones) y te marcamos los siguientes pasos.
Antes, durante y después de la actuación: seis frentes de trabajo para que la supervisión no se convierta en expediente.
Revisamos tu sistema de control interno con la mirada del supervisor: funciones de cumplimiento y riesgos con medios reales, políticas versionadas y pruebas de que se aplican. El objetivo es simple: que la CNMV encuentre lo que espera encontrar.
Cuando las conclusiones apuntan a infracción, cambia el tablero: derechos de defensa, alegaciones y prueba. Diseñamos la estrategia desde el primer escrito para no regalar hechos al instructor.
Idoneidad, costes, conflictos e incentivos: el bloque que más requerimientos concentra. Lo dejamos aplicado, no solo escrito.
El supervisor puede pedirte llamadas y mensajes que puedan dar lugar a operaciones. Montamos el archivo para entregarlos en plazo.
Ensayamos la inspección antes de que ocurra: muestreo de expedientes, entrevistas y tiempos de localización de evidencias.
Si el foco es la prevención del blanqueo, el supervisor es otro y el guion también. Prepara ese frente en paralelo.
Cuatro situaciones que atendemos a menudo: cada una exige un ritmo y una estrategia de respuesta distintos.
"Somos una EAF pequeña y nos ha llegado un requerimiento sobre idoneidad y costes. No sabemos si es rutina o si busca algo concreto, y no queremos contestar a ciegas."
"La CNMV ha anunciado una inspección in situ. Tenemos semanas, no meses: hay que ordenar expedientes, preparar al equipo y decidir quién habla con el inspector."
"Hemos detectado errores en estados reservados ya remitidos. Queremos corregirlos de forma ordenada antes de que el supervisor los cruce y pregunte por qué nada coincide."
"Nos piden información sobre una operación y su comunicación al mercado. Cada palabra de la respuesta puede abrir o cerrar un expediente por abuso de mercado."
Muchos expedientes sancionadores no nacen de la incidencia original, sino de cómo se gestionó la actuación supervisora que la destapó.
Responder improvisando: contestar un requerimiento sin conciliarlo con el reporting previo y con tus propios manuales crea contradicciones que el supervisor detecta, anota y vuelve a preguntar.
Políticas de papel: la inspección compara lo que tu manual promete con lo que tu equipo hace. Un procedimiento perfecto que nadie aplica es peor que uno modesto y cumplido.
Prepararse cuando ya están dentro: ordenar expedientes y formar al equipo con la visita anunciada llega tarde. La preparación útil se hace en tiempo de paz, con simulacros.
| Fase de la actuación | Qué ocurre | Cómo prepararte |
|---|---|---|
| Supervisión a distancia | Requerimientos de información y análisis del reporting periódico: el supervisor cruza tus estados, tu web y tus manuales buscando incoherencias. | Concilia cada respuesta con lo ya reportado, designa un interlocutor único y guarda copia versionada de todo lo que envías. |
| Inspección in situ | Visita a tus oficinas: entrevistas al equipo, acceso a sistemas y muestreo de expedientes de clientes reales. | Simulacros previos, evidencias localizables en minutos y un equipo que sabe responder sin especular ni improvisar. |
| Conclusiones y seguimiento | Escrito con debilidades y observaciones; puede pedir un plan de subsanación o, en su caso, derivar en procedimiento sancionador. | Alegaciones técnicas y serenas, plan de remediación con fechas y responsables, y seguimiento documentado de cada compromiso. |
Te acompañamos en toda la actuación: análisis del requerimiento, estrategia de respuesta, preparación de la visita y, si hace falta, defensa en el expediente posterior. Primera consulta gratuita y respuesta en 24h.
La supervisión a distancia es continua: la CNMV analiza tu reporting periódico y tu información pública, y envía requerimientos cuando algo no le cuadra. La inspección in situ es puntual e intensiva: el equipo inspector se desplaza a tus oficinas, entrevista a las personas clave y revisa expedientes y sistemas.
La primera decide, en buena medida, si llega la segunda: las incoherencias detectadas a distancia son el disparador clásico de una visita.
Con carácter general, la Ley 6/2023 atribuye al supervisor facultades amplias de comprobación e investigación: requerir información y documentos, tomar declaración, acceder a oficinas y sistemas, examinar registros y grabaciones y adoptar las medidas de supervisión que la normativa contempla.
La colaboración es obligatoria: obstaculizar la actuación es en sí mismo un incumplimiento que agrava tu posición. La estrategia correcta no es resistir, sino responder con orden y consistencia.
Sí. El art. 16(7) de MiFID II obliga a grabar las órdenes y las comunicaciones que puedan dar lugar a operaciones, aunque no lleguen a ejecutarse, y a conservarlas durante 5 años, ampliables hasta 7 a requerimiento del supervisor.
En la práctica, la CNMV usa las grabaciones para contrastar lo que consta en el expediente del cliente con lo que se le dijo de verdad. Revisa cómo tienes montado ese archivo en grabación de comunicaciones MiFID.
Tres reglas: plazo, consistencia y control. Responde siempre dentro del plazo concedido (o pide prórroga motivada antes de que venza), concilia cada dato con tu reporting y tus manuales, y canaliza el envío por un interlocutor único con revisión jurídica previa.
Lo que remites queda incorporado al expediente y te vincula: una respuesta apresurada que luego hay que matizar vale por dos requerimientos más.
Depende del alcance: un requerimiento aislado puede cerrarse con una única respuesta bien construida; una revisión temática o una inspección in situ pueden extenderse durante meses, con varias tandas de peticiones.
Lo que sí controlas es tu parte del calendario: responder en plazo, con datos que no obliguen a repreguntar, acorta las actuaciones de forma muy apreciable.
Lo habitual es recibir un escrito con las conclusiones y debilidades detectadas, a veces acompañado de la petición de un plan de subsanación con medidas y fechas. Si los hechos revisten gravedad, la CNMV puede acordar la incoación de un procedimiento sancionador.
Ese salto cambia las reglas del juego: derechos de defensa, prueba y estrategia procesal. Lo analizamos en sanciones de la CNMV.
Con tres hábitos: un repositorio de evidencias ordenado por obligación (idoneidad, costes, conflictos, registros), políticas versionadas que reflejen tu operativa real y simulacros periódicos que midan cuánto tardas en localizar cualquier documento.
Una entidad que encuentra sus evidencias en minutos transmite control; una que pide plazos para todo invita a seguir escarbando. Nuestro servicio de control interno y riesgos de ESI trabaja exactamente esto.
No. La CNMV supervisa el cumplimiento de la normativa del mercado de valores (Ley 6/2023, MiFID II, conducta, organización, prudencial); el SEPBLAC supervisa la prevención del blanqueo de capitales. Son actuaciones distintas, con equipos y consecuencias distintas, aunque pueden coincidir en el tiempo.
Si tu entidad es sujeto obligado, prepara ambos frentes: te explicamos el segundo en inspección del SEPBLAC.
El método que aplicamos con nuestros clientes: preparar en tiempo de paz, controlar el ritmo durante la actuación y cerrar sin dejar cabos sueltos.
Mapa de obligaciones, repositorio de evidencias y simulacro anual. La diferencia entre una visita incómoda y un expediente sancionador se decide meses antes de que el supervisor llame a la puerta.
Interlocutor único, control de versiones de todo lo entregado y coherencia absoluta entre respuestas, reporting y manuales. El objetivo: no abrir frentes nuevos con cada escrito.
Alegaciones a las conclusiones, plan de subsanación realista y evidencia de cada mejora. Un cierre bien documentado pesa a tu favor si algo llega a mayores.
Si quieres que revisemos tu preparación antes de que llegue el supervisor, empieza por el control interno y riesgos de tu ESI o por una auditoría interna con formato de simulacro.
Los 10 controles de conducta que la CNMV espera ver funcionando en una EAF o ESI, con la evidencia típica de cada uno. Ideal como autodiagnóstico trimestral con tu equipo.
Sin spam. Tu email solo se usa para enviarte este checklist y, ocasionalmente, novedades regulatorias relevantes.
El checklist se está descargando ahora mismo. Si no se inicia automáticamente, haz clic aquí.
¿Después de leerlo necesitas ayuda implantando alguno de los pasos? Escríbenos directamente:
Los términos que verás en los escritos del supervisor y en tus respuestas. Usarlos con precisión evita malentendidos caros.
Análisis continuo del reporting, la información pública y las comunicaciones de la entidad, con requerimientos cuando algo no encaja.
Actuación presencial con entrevistas, acceso a sistemas y muestreo de expedientes reales para contrastar manual y práctica.
Petición escrita de información o documentación con plazo. Tu respuesta queda incorporada al expediente y te vincula.
Información financiera y prudencial que remites de forma recurrente. El supervisor la cruza con todo lo demás que dices.
Documento que recoge debilidades y observaciones tras la actuación; puede exigir un plan de subsanación con fechas.
Medidas, responsables y fechas para corregir lo señalado. Su cumplimiento también se supervisa después.
Simulacro interno que reproduce la inspección: peticiones sorpresa, entrevistas y medición de tiempos de respuesta.
Persona que centraliza recepciones, respuestas y versiones de lo entregado. Evita contradicciones entre departamentos.
Negocio, funciones de control (cumplimiento y riesgos) y auditoría interna: el modelo organizativo que el supervisor espera ver funcionando.
Funcionamiento real del órgano de administración, idoneidad de altos cargos y funciones de control con medios suficientes.
Actas con debate de verdad, evaluaciones de idoneidad al día y presupuesto y reporting propios de cumplimiento y riesgos.
Idoneidad y conveniencia, información de costes ex ante y ex post, conflictos de interés e incentivos gestionados conforme a MiFID II.
Expedientes de cliente completos, muestreos internos periódicos y registros de conflictos e incentivos con decisiones documentadas.
Archivo íntegro de órdenes y de comunicaciones que puedan dar lugar a operaciones, recuperable sin demoras.
Sistema de grabación probado, conservación de 5 años (ampliable a 7 a requerimiento) y tests de recuperación documentados.
Fondos propios y liquidez conforme a IFR/IFD y estados reservados coherentes con la actividad real, remitidos en plazo.
Conciliaciones periódicas entre contabilidad, reporting prudencial y programa de actividades, con revisión independiente.
Comunicaciones comerciales equilibradas, coherentes con la licencia y con la documentación contractual del cliente.
Registro interno de publicidad, validación previa de cumplimiento y capturas fechadas de web, campañas y redes.
Si te reconoces en alguna, tienes trabajo previo que hacer antes de que la actuación llegue sola.
Cada actuación de la CNMV se entiende mejor en su contexto: las prioridades anuales del supervisor, las reclamaciones de clientes que alimentan sus análisis y los regímenes específicos —abuso de mercado, obligaciones continuas— que concentran el foco.
El plan anual anticipa dónde pondrá recursos el supervisor. Leerlo bien es la forma más barata de prepararte.
Las reclamaciones repetidas son materia prima de la supervisión: patrones que acaban en requerimientos temáticos.
Información privilegiada y manipulación concentran actuaciones especialmente sensibles para cotizadas y ESI.
El cumplimiento continuo tras el alta es justo lo que la supervisión contrasta: reporting, políticas y formación.
Si tu entidad aún no está autorizada, empieza con buen pie: un expediente sólido de autorización de ESI ante la CNMV —o de creación de una EAF— es la mejor vacuna frente a futuras actuaciones. Y si el frente abierto es de prevención de blanqueo, revisa la inspección del SEPBLAC.
La CNMV supervisa a empresas de servicios de inversión, gestoras, entidades cotizadas y demás participantes del mercado de valores con un doble instrumento: la supervisión a distancia —análisis del reporting y requerimientos de información— y la inspección in situ en las oficinas de la entidad. El marco actual descansa en la Ley 6/2023, de 17 de marzo, que atribuye al supervisor amplias facultades de comprobación e investigación, y se completa con MiFID II y el régimen prudencial IFR/IFD, que definen buena parte de las obligaciones revisadas.
La mayor parte de la relación con la CNMV ocurre sin visitas: estados reservados y prudenciales, comunicaciones, información pública y requerimientos de información cuando algo llama la atención. El supervisor cruza fuentes de forma sistemática: si tu web promete un servicio que tu programa de actividades no ampara, o tu reporting no cuadra con tus cuentas, la pregunta llega. Por eso la primera regla del cumplimiento supervisable es la consistencia: que reporting, manuales, contratos y comunicación comercial cuenten la misma historia. La segunda es responder los requerimientos en plazo, con revisión jurídica y sin improvisar: cada respuesta queda incorporada al expediente.
La actuación presencial suele combinar entrevistas con administradores y personal clave, acceso a sistemas y muestreo de expedientes de clientes: tests de idoneidad, información de costes, registro de conflictos, órdenes y grabaciones de comunicaciones —conservadas 5 años conforme al art. 16(7) de MiFID II, ampliables hasta 7 a requerimiento—. El equipo inspector contrasta lo que las políticas dicen con lo que las personas hacen; la divergencia entre manual y práctica es el hallazgo más frecuente. Una entidad preparada gestiona la visita con interlocutor único, registro diario de lo entregado y respuestas precisas: reconocer que un dato se verificará después siempre es mejor que especular delante del inspector.
La preparación eficaz es anterior a cualquier anuncio: un repositorio de evidencias ordenado por obligación, políticas versionadas que reflejen la operativa real y simulacros periódicos que midan tiempos de localización y entrenen las entrevistas. Nuestro trabajo de control interno y riesgos de ESI y las auditorías internas con formato de mock inspection persiguen exactamente eso: que el día de la visita no haya sorpresas, ni para el supervisor ni para ti. El complemento natural es vigilar las prioridades anuales de la CNMV, que anticipan los temas de revisión.
El cierre habitual es un escrito de conclusiones con debilidades y observaciones, que puede exigir un plan de subsanación con medidas y fechas. Conviene tratarlo con el mismo rigor que una demanda: alegaciones técnicas donde haya base, aceptación con plan creíble donde no la haya y seguimiento documentado de cada compromiso. Si los hechos revisten gravedad, la actuación puede derivar en un procedimiento sancionador conforme al régimen de la Ley 6/2023 —lo desarrollamos en sanciones de la CNMV—, y lo actuado en supervisión pesará en él: una razón más para cuidar cada escrito desde el primer día.