Prestamista de alto coste: la nueva licencia del Banco de España

El anteproyecto de ley de crédito al consumo convierte el crédito caro en actividad reservada: capital mínimo de 300.000 €, autorización del Banco de España y un régimen de costes tasado. Te contamos qué exige y cómo se prepara el expediente.

Página revisada y actualizada: agosto de 2026

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  • Expedientes ante el Banco de España

Norma en tramitación: lo que lees aún no está en vigor

El Anteproyecto de Ley de contratos de crédito al consumo fue aprobado en primera vuelta por el Consejo de Ministros el 7 de enero de 2026 y su audiencia pública se cerró el 30 de enero de 2026. No es todavía derecho vigente: sigue rigiendo la Ley 16/2011. Ni la figura del prestamista de alto coste ni los límites de coste son exigibles hoy.

Todas las cifras de esta página proceden del texto sometido a audiencia pública y de las notas oficiales del Consejo de Ministros y del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. Pueden cambiar durante la tramitación parlamentaria. Actualizamos esta página cada vez que hay un hito. Última revisión: agosto de 2026.

Qué es un prestamista de alto coste autorizado

El prestamista de alto coste autorizado es una figura nueva que crea el anteproyecto de ley de contratos de crédito al consumo. Es la única vía por la que, cuando la norma esté en vigor, se podrá conceder crédito al consumo por encima de los límites de coste ordinarios: una sociedad de capital, autorizada e inscrita por el Banco de España, con la actividad acotada a créditos de alto coste y con un régimen de costes tasado.

La lógica de la reforma es sencilla y conviene entenderla antes de mirar los requisitos: el crédito caro deja de ser un espacio sin licencia y pasa a ser una actividad reservada. En palabras de la nota oficial del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, «solo podrán conceder préstamos al consumo las entidades financieras registradas y supervisadas por el Banco de España».

Si hoy concedes microcréditos, préstamos rápidos, financiación de importe pequeño o cualquier producto cuyo coste supere lo que el nuevo régimen general permitirá, esta es la figura que te va a tocar. Y no es un trámite registral: es un expediente de autorización con capital, honorabilidad e idoneidad.

Capital 300.000 €

Capital social mínimo, desembolsado íntegramente y representado por acciones nominativas.

Supervisor Banco de España

Autoriza, inscribe en un registro especial y supervisa la actividad.

Plazo 3 meses

Para resolver desde solicitud completa. El silencio es negativo: si no resuelve, se entiende denegada.

Cuánto vas a poder cobrar

El crédito de alto coste no es crédito libre: es crédito caro dentro de un marco tasado. Estas son las cifras que recogen la referencia del Consejo de Ministros y la nota del Ministerio de Economía.

Interés 4 % mensual

Tipo de interés máximo mensual para los créditos de alto coste.

Comisiones 5 % · máx. 30 €

Comisión máxima del 5 %, sujeta a un tope absoluto de 30 €.

Reembolso 3 cuotas mín.

Periodo mínimo de reembolso de al menos tres cuotas mensuales: se acaba el crédito a devolver de una vez.

Ese último punto es el que más va a cambiar el producto. Un modelo de negocio construido sobre el préstamo a 30 días con reembolso único deja de ser viable tal y como está: hay que rediseñarlo a un mínimo de tres cuotas. Junto a ello, el texto sometido a audiencia contempla un plazo de vencimiento acotado y un límite al coste total por referencia a un crédito equivalente en el mismo segmento.

Un matiz importante que casi nadie está contando: el 4 % mensual y el tope de 30 € se fijan con toda probabilidad en el proyecto de real decreto que desarrolla la ley, no en el articulado de la ley. Son, por tanto, las cifras más expuestas a cambiar durante la tramitación.

Requisitos para obtener la autorización

Los requisitos que recoge el texto sometido a audiencia pública. Son acumulativos: fallar uno tumba el expediente entero.

Requisitos del prestamista de alto coste autorizado según el anteproyecto
RequisitoQué exige el anteproyecto
Forma jurídicaSociedad de capital, constituida por fundación simultánea y con duración indefinida.
Capital social300.000 €
Desembolsado íntegramente y representado por acciones nominativas.
DomicilioDomicilio social y efectiva administración y dirección en España. No basta con una sociedad instrumental.
Administradores y directivosHonorabilidad y conocimientos y experiencia adecuados de los administradores y de quienes dirijan efectivamente la actividad, valorando antecedentes penales, sanciones en el ámbito financiero y situación concursal.
AccionistasHonorabilidad de los titulares de participaciones cualificadas.
OrganizaciónProcedimientos internos de evaluación de solvencia, tratamiento de reclamaciones y política de remuneración que no incentive la concesión irresponsable.
InscripciónAlta en el registro especial del Banco de España. La autorización caduca si no se inscribe en el plazo de un año.

Datos tomados del texto del anteproyecto sometido a audiencia pública el 8 de enero de 2026. El régimen sancionador y el detalle del periodo transitorio para quienes ya operan no están cerrados en el texto disponible: no publicamos cifras que no podamos sostener.

Cómo tendrás que vender el crédito

La autorización es la puerta de entrada. Lo que de verdad cambia el día a día son las obligaciones de conducta.

  1. Ficha Informativa del Crédito de Alto Coste (FICAC)

    Documento precontractual propio de esta figura, distinto de la información normalizada europea del crédito al consumo. Hay que diseñarlo, integrarlo en el flujo de contratación y conservar la evidencia de su entrega.

  2. Oferta vinculante con antelación

    El anteproyecto contempla una oferta vinculante puesta a disposición del consumidor con al menos 24 horas de antelación. Es incompatible con el modelo de aprobación y desembolso en minutos.

  3. Consulta previa del historial crediticio

    Obligación de consultar el historial e incluir la verificación de si el consumidor tiene otros créditos de alto coste vivos con otros prestamistas. Requiere conexión a las bases de datos y trazabilidad de la consulta.

  4. Límites al encadenamiento y a la refinanciación

    Restricciones a conceder un nuevo crédito de alto coste mientras otro esté pendiente de reembolso y a refinanciar el existente. Afecta directamente a las métricas de recurrencia del negocio.

  5. Evaluación de solvencia reforzada

    Con una prohibición expresa que conviene subrayar: no se pueden usar datos de redes sociales ni categorías especiales de datos personales para evaluar la solvencia. Si tu modelo de scoring los usa, hay que rehacerlo.

Lo que un prestamista de alto coste no podrá hacer

El anteproyecto separa de raíz la concesión de la intermediación. Su artículo 8.3 dispone que los prestamistas «no podrán desarrollar la actividad de intermediación de crédito para prestamistas de alto coste autorizados, ni podrán poner en contacto, directa o indirectamente, a un consumidor con un prestamista de alto coste autorizado».

  • Intermediar para otros prestamistas de alto coste, ni directa ni indirectamente.
  • Actuar como comparador o derivador de tráfico hacia otro prestamista de alto coste.
  • Realizar actividades ajenas a la concesión de créditos de alto coste y a las actuaciones accesorias de renegociación y reestructuración.
  • Superar los límites de coste del régimen específico, aunque el cliente lo acepte por escrito.

Para muchos operadores actuales esto obliga a una decisión estructural: o se es prestamista, o se es intermediario. Los grupos que hoy combinan una plataforma de captación con una financiera propia tendrán que separar sociedades, contratos y flujos de datos, y decidir dónde queda el margen.

Qué pasa si prestas sin autorización

Es la parte del anteproyecto con el efecto económico más severo, y es de lectura obligada para cualquiera que esté valorando «esperar a ver qué pasa». El contrato celebrado por un prestamista no autorizado sería nulo de pleno derecho. Y la consecuencia no se queda en la nulidad:

  • Todo lo abonado por el consumidor —principal, intereses, comisiones y gastos— se deduce íntegramente del importe total del crédito que debe devolver.
  • Lo que quede pendiente se reintegra en plazos mensuales no inferiores al 3 % del importe total pendiente, en las condiciones que fija la norma.
  • Si lo ya pagado supera el importe total del crédito, el acreedor debe devolver la diferencia más el interés legal del dinero incrementado en dos puntos.

Dicho de otro modo: operar sin autorización no solo expone al régimen sancionador administrativo, sino que convierte cada contrato de la cartera en una pérdida financiera cuantificable y en una contingencia reclamable por cada cliente. En una cartera de miles de operaciones, el cálculo deja de ser un riesgo teórico.

Prestamista de alto coste, EFCAL o EFC: cuál te toca

El anteproyecto no crea una figura, crea un mapa. Elegir mal la puerta de entrada cuesta meses de expediente.

Comparativa de las tres figuras para conceder crédito al consumo
  Prestamista de alto coste EFCAL EFC
Para quiénCrédito por encima de los límites de coste ordinarios: microcrédito y préstamo rápido.Concesión de crédito dentro del régimen general, con estructura ligera.Entidad de crédito especializada con catálogo amplio de actividades.
Capital mínimo300.000 €Pendiente de confirmar en el texto definitivoRégimen de la Ley 5/2015
Requisitos prudencialesNo aplica el régimen prudencial de las entidades de créditoSin requerimientos prudenciales (régimen simplificado)Régimen prudencial completo
Límites de costeRégimen tasado propio: 4 % mensual, comisión 5 % con tope de 30 €, mínimo 3 cuotasRégimen general de límites de TAE por tramosRégimen general de límites de TAE por tramos
Puede intermediarNo
SupervisorBanco de EspañaBanco de EspañaBanco de España

El capital mínimo del EFCAL circula en algunas alertas como 5 millones de euros, pero esa cifra no aparece en las notas oficiales del Consejo de Ministros ni del Ministerio de Economía y podría corresponder a otra figura. No la damos por buena hasta ver el texto definitivo. Puedes seguir el detalle en nuestra página del EFCAL.

En qué punto está y qué deberías hacer ya

  1. 18 de octubre de 2023 — Se aprueba la CCD2

    Directiva (UE) 2023/2225, que deroga la Directiva 2008/48/CE. Su artículo 31 es el que habilita a los Estados miembros a fijar límites de coste.

  2. 20 de noviembre de 2025 — Vence el plazo de transposición

    España no adoptó las disposiciones de transposición en plazo.

  3. 7 de enero de 2026 — El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto

    Anteproyecto de Ley de contratos de crédito al consumo, acompañado de un proyecto de real decreto de desarrollo. La audiencia pública se cerró el 30 de enero de 2026.

  4. 20 de noviembre de 2026 — Fecha de aplicación de la Directiva

    Es la fecha en que la CCD2 debe aplicarse. No es la fecha de entrada en vigor de la ley española, que dependerá de su publicación en el BOE.

  5. Mientras tanto: prepara el expediente

    Constituir o adaptar la sociedad, dotar el capital, documentar la honorabilidad e idoneidad y rediseñar producto, scoring y flujo de contratación lleva meses. Quien empiece cuando la ley se publique llegará tarde a su propio mercado.

Qué hacemos por ti

Encaje

Análisis de encaje regulatorio

Determinamos si tu producto entra en el régimen general o en el de alto coste, y si la figura que te corresponde es prestamista de alto coste, EFCAL o EFC. Es la decisión que condiciona todo lo demás.

Expediente

Preparación de la autorización

Estatutos, estructura societaria y accionarial, dotación de capital, programa de actividades, memoria de organización, políticas internas y documentación de honorabilidad e idoneidad.

Producto

Rediseño de producto y contratos

Adaptación del pricing a los límites tasados, rediseño del calendario de cuotas, FICAC, oferta vinculante, política de evaluación de solvencia y contratos de financiación.

Diccionario del crédito de alto coste

CCD2

Directiva (UE) 2023/2225

La segunda directiva de crédito al consumo. Sustituye a la de 2008, amplía el ámbito al BNPL y a los microcréditos, y habilita los límites de coste nacionales.

FICAC

Ficha Informativa del Crédito de Alto Coste

Documento precontractual específico de esta figura, distinto de la información normalizada europea del crédito al consumo.

Reserva de actividad

Actividad reservada

Solo quien está autorizado y supervisado puede realizarla. Hacerlo sin autorización no es una infracción formal: acarrea la nulidad del contrato.

Participación cualificada

Accionista relevante

Participación que, por su porcentaje o por permitir influencia notable, obliga a acreditar la honorabilidad de su titular ante el supervisor.

Silencio negativo

Desestimación presunta

Si el Banco de España no resuelve en plazo, la solicitud se entiende denegada. Nunca conviene confiar en el transcurso del plazo.

Forbearance

Medidas de reestructuración

Medidas que el prestamista debe ofrecer antes de ejecutar frente a un consumidor en dificultades de pago.

Prestamista de alto coste: dudas habituales

¿Qué es un prestamista de alto coste?

Es una figura nueva prevista en el anteproyecto de ley de contratos de crédito al consumo: una sociedad de capital autorizada e inscrita por el Banco de España cuya actividad se limita a conceder créditos de alto coste, es decir, crédito al consumo por encima de los límites de coste del régimen general.

No existe todavía: la norma que la crea está en tramitación.

¿Qué capital mínimo hace falta?

El anteproyecto fija un capital social mínimo de 300.000 euros, que debe estar desembolsado íntegramente y representado por acciones nominativas.

Es una cifra sensiblemente inferior a la de otras licencias financieras, pero va acompañada de requisitos de honorabilidad e idoneidad equivalentes a los de una entidad supervisada.

¿Hace falta autorización del Banco de España?

Sí. El anteproyecto configura la concesión de crédito al consumo como actividad reservada: según la nota oficial del Ministerio de Economía, «solo podrán conceder préstamos al consumo las entidades financieras registradas y supervisadas por el Banco de España».

El Banco de España autoriza, inscribe en un registro especial y supervisa. El plazo para resolver es de tres meses desde solicitud completa y el silencio es negativo.

¿Qué interés máximo se podrá cobrar?

Para los créditos de alto coste, la referencia del Consejo de Ministros y la nota del Ministerio de Economía citan un tipo de interés máximo del 4 % mensual y una comisión máxima del 5 % con un tope absoluto de 30 euros.

Estas cifras se fijan previsiblemente en el proyecto de real decreto de desarrollo, no en el articulado de la ley, por lo que son de las más expuestas a cambiar durante la tramitación.

¿Se podrán seguir dando microcréditos a devolver de una vez?

No en su formato actual. El anteproyecto contempla un periodo mínimo de reembolso de al menos tres cuotas mensuales, lo que hace inviable el préstamo a treinta días con devolución única.

Es, probablemente, el cambio con mayor impacto sobre el modelo de negocio de los operadores de crédito rápido.

¿Un prestamista de alto coste puede además intermediar?

No. El artículo 8.3 del anteproyecto prohíbe expresamente desarrollar la actividad de intermediación de crédito para prestamistas de alto coste autorizados y poner en contacto, directa o indirectamente, a un consumidor con uno de ellos.

Los grupos que hoy combinan captación e intermediación con financiera propia tendrán que separar sociedades, contratos y flujos de datos.

¿Hay que tener sede en España?

Sí. El anteproyecto exige domicilio social y efectiva administración y dirección en España. Una sociedad meramente instrumental no cumpliría el requisito.

Se exige además que la sociedad se constituya por fundación simultánea y con duración indefinida.

¿Qué pasa si concedo créditos sin estar autorizado?

El contrato sería nulo de pleno derecho. Además, todo lo abonado por el consumidor —principal, intereses, comisiones y gastos— se deduce del importe total del crédito a devolver, y el remanente se reintegra en plazos mensuales no inferiores al 3 % del importe pendiente.

Si lo pagado supera el importe total del crédito, el acreedor debe devolver la diferencia más el interés legal del dinero incrementado en dos puntos.

¿Puede un particular ser prestamista de alto coste?

No. La figura exige una sociedad de capital con capital mínimo desembolsado, órganos de administración sujetos a honorabilidad e idoneidad y autorización del Banco de España.

El préstamo entre particulares queda fuera del ámbito del crédito al consumo cuando no se concede de forma profesional, pero conceder crédito de forma habitual sin autorización entraría en la actividad reservada.

¿En qué se diferencia de un EFC o de un EFCAL?

El prestamista de alto coste solo puede conceder créditos de alto coste, con un régimen de costes tasado y capital de 300.000 euros. El EFCAL es una figura de régimen simplificado, sin requerimientos prudenciales, para conceder crédito dentro del régimen general. El EFC es una entidad de crédito especializada con régimen prudencial completo y catálogo de actividades más amplio.

Elegir mal la figura de entrada suele costar meses de expediente.

¿Cuándo entrará en vigor?

No hay fecha cierta. El anteproyecto se aprobó en primera vuelta el 7 de enero de 2026 y su audiencia pública se cerró el 30 de enero de 2026; la entrada en vigor dependerá de su aprobación definitiva y publicación en el BOE.

El 20 de noviembre de 2026 es la fecha en que debe aplicarse la Directiva (UE) 2023/2225, no la fecha de entrada en vigor de la ley española.

¿Se aplicará a los préstamos ya concedidos?

El régimen de autorización se proyecta sobre la actividad futura, y el anteproyecto contempla disposiciones transitorias para quienes ya operan. El plazo concreto del que dispondrán para solicitar la autorización no está cerrado en el texto disponible.

En materia de límites de coste sí hay una regla relevante: alcanzarían también a los contratos preexistentes que se noven y a los de vencimiento indefinido o prórroga automática.

¿Vas a necesitar la licencia de prestamista de alto coste?

Preparar el expediente lleva meses: sociedad, capital, honorabilidad, programa de actividades y rediseño de producto. Empezar cuando la ley se publique en el BOE es llegar tarde.

Reserva una llamada

Cuéntanos qué crédito concedes hoy y te explicamos qué figura te va a tocar y qué hay que preparar.

El nuevo marco del crédito al consumo en España: de la Ley 16/2011 a la CCD2

El crédito al consumo en España se rige hoy por la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, que transpuso la Directiva 2008/48/CE. Ese marco está llamado a ser sustituido: la Directiva (UE) 2023/2225, conocida como CCD2, derogó la directiva de 2008 y fijó el 20 de noviembre de 2026 como fecha de aplicación, tras un plazo de transposición que venció el 20 de noviembre de 2025.

La transposición española se articula en el Anteproyecto de Ley de contratos de crédito al consumo, aprobado en primera vuelta por el Consejo de Ministros el 7 de enero de 2026 y sometido a audiencia pública hasta el 30 de enero de 2026, acompañado de un proyecto de real decreto que desarrolla la ley y modifica el régimen jurídico de los establecimientos financieros de crédito.

Qué amplía la CCD2

El ámbito objetivo se ensancha de forma notable respecto de la Ley 16/2011: entran el pago aplazado y las fórmulas BNPL, los microcréditos por debajo de 200 euros, los descubiertos, el arrendamiento financiero con opción de compra y las operaciones de crowdlending. Productos que durante años se comercializaron al margen del régimen del crédito al consumo pasan a estar plenamente dentro.

Reserva de actividad y supervisión del Banco de España

El cambio estructural es la reserva de actividad. El Banco de España asume la autorización, el registro y la supervisión de prestamistas e intermediarios de crédito al consumo, un ámbito que hasta ahora quedaba fuera de su perímetro salvo para entidades ya reguladas. Junto a ello aparecen dos figuras nuevas: el prestamista de alto coste autorizado y el establecimiento financiero de crédito de actividad limitada (EFCAL).

Límites de coste

El anteproyecto hace uso de la habilitación del artículo 31 de la CCD2 e introduce un sistema de límites máximos de TAE por tramos de importe y plazo, con un tope transitorio del 22 % hasta que entre en vigor el real decreto que fije esos tramos. El crédito de alto coste queda sujeto a un régimen propio y más restrictivo.

Qué relación tiene esto con la prevención del blanqueo

Una entidad autorizada por el Banco de España para conceder crédito es, además, sujeto obligado a efectos de la Ley 10/2010. El expediente de autorización no se resuelve solo con capital y estatutos: exige un manual de PBC/FT, una evaluación de riesgos y un órgano de control interno operativos desde el día uno. Es uno de los motivos más frecuentes de requerimiento en los expedientes de licencia.

Directiva (UE) 2023/2225 CCD2 Ley 16/2011 Banco de España Crédito de alto coste Microcréditos Reserva de actividad

Fuentes

  1. Directiva (UE) 2023/2225, de 18 de octubre, de contratos de crédito al consumo — BOE · DOUE
  2. Anteproyecto de Ley de contratos de crédito al consumo — texto sometido a audiencia pública — Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
  3. Referencia del Consejo de Ministros de 7 de enero de 2026 — La Moncloa
  4. Nota de prensa sobre la nueva regulación del crédito al consumo — Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
  5. Proyecto de nueva regulación de los créditos al consumo — Banco de España · Portal del Cliente Bancario
  6. Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo (vigente) — BOE