La reserva de actividad del crédito al consumo: del Anteproyecto español a la Directiva CCD2
La Directiva (UE) 2023/2225 (CCD2) sustituye a la Directiva de 2008 y se aplica desde el 20 de noviembre de 2026. España la transpone mediante el Anteproyecto de Ley de Contratos de Crédito al Consumo (enero de 2026, en tramitación), que sustituirá a la vigente Ley 16/2011 e introduce el cambio más profundo del sector: una reserva de actividad con autorización y registro ante el Banco de España para quien conceda crédito al consumo con carácter profesional.
Quién necesita autorización (y quién no)
El régimen previsto alcanza a los prestamistas no bancarios —fintechs de préstamos, plataformas de financiación al consumo y operadores de BNPL fuera de las excepciones—, incluida la prestación transfronteriza hacia España. Las entidades ya supervisadas (bancos y establecimientos financieros de crédito) no requieren una autorización nueva, aunque sí la adaptación completa de producto y conducta; y se prevé una exención para pymes y microempresas cuyo crédito es accesorio a su actividad principal. La CCD2 exige además un régimen de admisión y registro para los intermediarios de crédito.
Topes de coste previstos
El Anteproyecto contempla una TAE máxima por segmentos de crédito fijada por desarrollo reglamentario, un límite transitorio de 22 puntos de interés para los créditos de duración indefinida, un tope de 2,5 veces el interés legal para los descubiertos tácitos y la limitación de la comisión por reclamación de posiciones deudoras. Los prestamistas de alto coste contarán con parámetros especiales y transparencia reforzada. Todas estas cifras proceden de un texto en tramitación y pueden ajustarse antes de su aprobación definitiva.
Calendario
La Directiva marca el 20 de noviembre de 2026 como fecha de aplicación. El Anteproyecto prevé una entrada en vigor escalonada: el régimen de autorización, a los 3 meses de la entrada en vigor de la ley; el resto de obligaciones, a los 12 meses. En paralelo, la Directiva (UE) 2023/2673 sobre contratación a distancia de servicios financieros se aplica ya desde el 19 de junio de 2026 y afecta de lleno a la venta de crédito online.
Qué hacer ahora
Con el 80 % del régimen visible, la estrategia eficiente es anticiparse: análisis de encaje y exenciones, elección de vía (autorización nueva o figura existente), construcción del expediente de gobernanza y solvencia, y estrés del pricing contra los topes. Esta página se revisa en cada hito de la tramitación (última revisión: julio de 2026).
Directiva 2023/2225
Anteproyecto LCCC
Reserva de actividad
Banco de España
BNPL
TAE máxima
Ley 16/2011