Intermediario y prestamista de crédito inmobiliario

Tramitamos tu inscripción como intermediario de crédito inmobiliario (ICI) o prestamista inmobiliario (PI) conforme a la Ley 5/2019 (LCCI): registro ante el Banco de España —o tu Comunidad Autónoma—, honorabilidad, conocimientos (art. 16), seguro de RC profesional o aval y obligaciones de transparencia. La inscripción es requisito para ejercer; sin ella no puedes intermediar ni conceder préstamos hipotecarios de forma profesional.

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Para quién es el registro LCCI

Brókers hipotecarios, prestamistas privados, inmobiliarias que asisten en la financiación o redes con representantes designados: la LCCI obliga a inscribirse antes de intermediar o conceder préstamos hipotecarios de forma profesional.

intermediario

Bróker hipotecario independiente

"El intermediario de crédito inmobiliario presenta u ofrece préstamos de varios prestamistas, asiste al cliente y puede contratar en nombre del prestamista. Necesita inscripción y seguro de RC."

prestamista

Prestamista privado o fondo

"Quien concede o gestiona préstamos hipotecarios a consumidores de forma profesional, sin ser banco ni EFC, es un prestamista inmobiliario y debe inscribirse en el registro correspondiente."

inmobiliaria

Inmobiliaria o API que asiste en la financiación

"Si una inmobiliaria presenta u ofrece contratos de préstamo o asiste en los trámites previos a cambio de remuneración, está intermediando crédito inmobiliario y entra en el ámbito de la LCCI."

representantes

Red con representantes designados

"El intermediario que opera a través de representantes designados debe comunicarlos al registro para que se inscriban; quedan sometidos al mismo régimen de supervisión que el intermediario."

¿Por qué no puedes operar sin inscribirte?

Intermediar o prestar sin estar inscrito, errar el registro competente o descuidar el seguro y la formación son los fallos que más frenan —y más exponen— a un profesional del crédito inmobiliario.

La inscripción es requisito para ejercer: para ser ICI o PI y realizar válidamente la actividad hay que estar inscrito. Operar antes es una irregularidad.

Banco de España o Comunidad Autónoma: el registro depende del ámbito. Multivarias CCAA o todo el Estado, ante el Banco de España; una sola CCAA, ante esa Comunidad.

Plazo 3 meses

El Banco de España resuelve en 3 meses. Si transcurre el plazo sin resolución expresa, la solicitud se entiende desestimada por silencio negativo.

Seguro de RC o aval (ICI): el intermediario debe disponer de seguro de responsabilidad civil profesional o aval bancario, con cobertura mínima fijada por la normativa europea, y renovarlo cada año.

Conocimientos y formación (art. 16): sin la formación y certificación de conocimientos exigidas, y sin formación continua, no puede mantenerse la inscripción.

Transparencia con el cliente: FEIN, FiAE, período de reflexión de 10 días y conservación de la documentación durante 6 años son obligaciones cuyo incumplimiento se sanciona.

¿Intermedias o concedes hipotecas?

Tanto si presentas préstamos de terceros como si los concedes tú, la LCCI te obliga a inscribirte antes de operar. Conviene identificar bien tu figura, el registro competente y los requisitos antes de empezar.

Registro LCCI: dudas habituales

¿Qué es un intermediario de crédito inmobiliario (ICI)?

Es la persona física o jurídica que, a cambio de una remuneración, presenta u ofrece contratos de crédito a consumidores, asiste en los trámites previos o celebra contratos en nombre del prestamista. Es la figura del bróker hipotecario.

Está regulada en la Ley 5/2019 (LCCI), que traspone la Directiva 2014/17/UE.

¿Qué es un prestamista inmobiliario (PI)?

Es la persona física o jurídica que concede o gestiona préstamos hipotecarios a consumidores con carácter profesional, sin ser entidad de crédito ni EFC. También debe inscribirse en el registro correspondiente antes de operar.

¿Ante quién me registro: Banco de España o mi Comunidad Autónoma?

Depende del ámbito territorial. Si los prestatarios van a estar domiciliados en más de una Comunidad Autónoma (o en todo el Estado), el registro es ante el Banco de España. Si operas exclusivamente en una sola Comunidad Autónoma, debes dirigirte al órgano competente de esa Comunidad.

¿Qué requisitos debo cumplir?

Los principales son honorabilidad y reconocido prestigio, conocimientos y competencia (art. 16 de la LCCI, acreditados con formación certificada), y, para el intermediario, un seguro de RC profesional o aval bancario. Además, un plan de formación del personal.

¿Cuánto tarda y tiene tasa?

El Banco de España resuelve en un plazo de 3 meses desde la solicitud. Si transcurre sin resolución expresa, se entiende desestimada por silencio negativo. La inscripción en el Banco de España no tiene tasa administrativa.

¿Necesito seguro de responsabilidad civil?

El intermediario (ICI) sí: debe contar con un seguro de RC profesional o aval bancario, con los importes mínimos que fija el Reglamento Delegado (UE) 1125/2014 (del orden de 460.000 € por siniestro y 750.000 € al año). Hay que renovarlo anualmente.

¿Un banco o un EFC tienen que registrarse como prestamista?

No. Las entidades de crédito y los EFC ya están autorizados y supervisados, por lo que no se inscriben como prestamistas inmobiliarios. El registro de PI es para quien concede hipotecas profesionalmente sin ser entidad de crédito ni EFC.

¿Qué obligaciones de transparencia tengo con el cliente?

Entregar la FEIN (Ficha Europea de Información Normalizada) y la FiAE (Ficha de Advertencias Estandarizadas), respetar el período de reflexión de 10 días antes de la firma y conservar la documentación entregada al cliente durante al menos 6 años.

Vinculados, representantes y leads

¿Diferencia entre intermediario vinculado e independiente?

El intermediario vinculado actúa por cuenta de uno o varios prestamistas y suele cobrar de ellos. El independiente trabaja sin vínculo de exclusividad con prestamistas y su remuneración procede del cliente. La condición debe transparentarse.

¿Qué es un representante designado?

Es quien actúa por cuenta y bajo la responsabilidad de un intermediario de crédito inmobiliario. El intermediario debe comunicarlo al registro para que se inscriba, y queda sujeto al mismo régimen de supervisión.

¿Una inmobiliaria que solo genera "leads" es intermediario?

No necesariamente. Si la actividad se limita a captar datos y dar información parcial, sin presentar ni ofrecer contratos cerrados, puede no ser intermediación. Si llega a ofrecer un contrato completo y adaptado al cliente, sí entra en la figura del ICI.

¿Qué formación se exige (art. 16)?

Conocimientos y competencia acreditados mediante formación y certificación por una entidad reconocida por el Banco de España, más formación continua anual del personal (del orden de 10 a 15 horas según el puesto).

¿Qué norma europea hay detrás?

La Directiva 2014/17/UE, sobre los contratos de crédito celebrados con consumidores para bienes inmuebles de uso residencial (la "directiva hipotecaria"), que la Ley 5/2019 traspone al Derecho español.

¿Puedo operar en toda España con el registro del Banco de España?

Sí. El registro del Banco de España habilita para operar con prestatarios de más de una Comunidad Autónoma o de todo el Estado. Si solo vas a actuar en una Comunidad, el registro autonómico es el que corresponde.

Intermediario, prestamista, representante o entidad

Todas operan en el crédito inmobiliario, pero su actividad, su registro y su requisito distintivo son diferentes. Esta es la comparativa para situarte.

Qué determina tu figura

Que presentes préstamos de terceros o los concedas tú, y el ámbito territorial, definen tu figura y tu registro. Estos son los factores clave.

Actividad
Intermediar préstamos de terceros (ICI) o concederlos tú mismo (PI).
Ámbito
Una sola CCAA (registro autonómico) o varias / todo el Estado (Banco de España).
Seguro
El intermediario necesita seguro de RC o aval; el prestamista, no.
Transparencia
FEIN, FiAE, reflexión de 10 días y conservación 6 años en todos los casos.

Cómo trabajamos el registro

Antes de presentar nada, fijamos tu figura y el registro competente. Así evitas presentar ante el organismo equivocado o quedarte corto de requisitos.

  1. Diagnóstico de la figura (ICI, PI o ambas) y del ámbito territorial.
  2. Idoneidad, conocimientos, seguro de RC y plan de formación.
  3. Solicitud telemática, resolución e inscripción.

Plantéanos tu caso →

Comparativa de figuras de la LCCI: intermediario, prestamista, representante designado y entidad de crédito o EFC
Figura Qué hace Dónde se registra Requisito distintivo
Intermediario (ICI) Presenta u ofrece préstamos de terceros, asiste o contrata en nombre del prestamista Banco de España (varias CCAA) o la CCAA Seguro de RC profesional o aval
Prestamista (PI) Concede o gestiona préstamos hipotecarios sin ser banco ni EFC Banco de España (varias CCAA) o la CCAA Honorabilidad y conocimientos
Representante designado Actúa por cuenta y bajo la responsabilidad de un intermediario Se inscribe a través del intermediario Mismo régimen que el intermediario
Banco / EFC Conceden crédito como entidad autorizada Ya autorizados (no se registran como PI) Autorización propia de la entidad

Cuadro orientativo a efectos divulgativos. El régimen deriva de la Ley 5/2019 (LCCI), el RD 309/2019 y la Orden ECE/482/2019; los requisitos, importes de seguro y plazos pueden variar y conviene validarlos caso a caso con asesoramiento jurídico. Esta página es informativa y no constituye asesoramiento.

Cómo registrarse en la LCCI: guía práctica

Inscribirse no es solo rellenar un formulario: es identificar tu figura, acreditar idoneidad y formación, contratar el seguro y presentar la solicitud ante el organismo competente. El orden importa.

Figura

Primero la figura y el ámbito

Intermediario, prestamista o ambos, y si operas en una o varias CCAA. Eso determina el registro competente y los requisitos, y es la primera decisión del proyecto.

Idoneidad

Honorabilidad, formación y seguro

Honorabilidad, conocimientos certificados (art. 16) y, para el intermediario, seguro de RC o aval. Sin estos requisitos no hay inscripción.

Inscripción

Sin inscripción, no hay actividad

La inscripción es requisito para ejercer, con un plazo de 3 meses y silencio negativo. Hay que anticiparla antes de empezar a operar.

Checklist: registro LCCI en 10 pasos

  1. Determinar la figura (ICI, PI o ambas) y el ámbito territorial (Banco de España o CCAA).
  2. Constituir o adecuar la sociedad y su objeto social, o el alta como autónomo.
  3. Acreditar la honorabilidad y el reconocido prestigio.
  4. Acreditar los conocimientos y la competencia (art. 16; formación y certificación).
  5. Elaborar el plan de formación del personal.
  6. Contratar el seguro de RC profesional o el aval bancario (intermediario).
  7. Preparar la documentación y los formularios obligatorios (ICI01/ICI02 o prestamista).
  8. Presentar la solicitud telemática en el Banco de España (o en la Comunidad Autónoma).
  9. Resolución en 3 meses (silencio negativo) e inscripción, que se publica en el registro.
  10. Mantener los requisitos: seguro, formación continua, transparencia (FEIN/FiAE) y conservación documental.

¿Concedes crédito a mayor escala o sin ser hipotecario? Mira el establecimiento financiero de crédito (EFC) y la licencia bancaria. Para los contratos y las condiciones generales, revisa los contratos mercantiles.

El registro en modo operativo

De la figura al registro y la actividad

Inscribirse en la LCCI es una secuencia ordenada (figura, idoneidad y formación, seguro, solicitud e inscripción) ante el Banco de España o tu Comunidad Autónoma. Este es el recorrido.

identificación de la figura ICI o PI y del ámbito territorial1) Figura

Figura y ámbito territorial

Intermediario (ICI), prestamista (PI) o ambos, y si operas en una o varias Comunidades Autónomas. Eso determina el registro competente.

  • ICI / PI / representante
  • una o varias CCAA
  • registro competente
acreditación de honorabilidad, conocimientos y formación2) Idoneidad

Honorabilidad y formación

Honorabilidad, reconocido prestigio y conocimientos del artículo 16, acreditados con formación certificada y un plan de formación del personal.

  • honorabilidad
  • conocimientos (art. 16)
  • plan de formación
contratación del seguro de responsabilidad civil profesional o aval3) Seguro

Seguro de RC o aval (ICI)

El intermediario contrata el seguro de responsabilidad civil profesional o el aval bancario, con la cobertura mínima de la normativa europea, antes de inscribirse.

  • seguro RC / aval
  • cobertura mínima UE
  • renovación anual
mapa de decisión del registro según el ámbito territorialDecisión rápida

Mapa: ¿Banco de España o CCAA?

varias CCAA

Prestatarios en más de una Comunidad o en todo el Estado: registro ante el Banco de España.

una sola CCAA

Actividad limitada a una Comunidad Autónoma: registro ante el órgano competente de esa CCAA.

banco / EFC

Entidades de crédito y EFC: ya autorizadas, no se inscriben como prestamista inmobiliario.

Ver EFC Contratos mercantiles
Playbook

Los requisitos del registro LCCI

Requisito
Qué exige
Cómo se acredita

Honorabilidad

Reconocido prestigio comercial y profesional del solicitante.

Declaraciones y antecedentes aportados a la solicitud.

Conocimientos y competencia

Formación y nivel de conocimientos del artículo 16 de la LCCI.

Certificación de una entidad reconocida por el Banco de España.

Seguro de RC o aval (ICI)

Cobertura mínima fijada por la normativa europea para el intermediario.

Póliza de seguro o aval bancario, renovable cada año.

Plan de formación

Formación inicial y continua del personal que comercializa.

Plan documentado, revisable periódicamente.

Transparencia y conducta

FEIN, FiAE y período de reflexión de 10 días con el prestatario.

Procedimientos y conservación de la documentación 6 años.

Errores frecuentes que frenan la inscripción

Anticípalos antes de presentar la solicitud para evitar requerimientos y la desestimación.

  • Operar como intermediario o prestamista antes de estar inscrito.
  • Presentar ante el Banco de España cuando solo se opera en una CCAA, o al revés.
  • No contratar el seguro de RC o el aval exigido al intermediario.
  • No acreditar los conocimientos del artículo 16 ni el plan de formación.
  • Descuidar la FEIN, la FiAE, el plazo de reflexión o la conservación documental.
Diccionario operativo

Conceptos clave: crédito inmobiliario

Si vas a intermediar o conceder préstamos hipotecarios, estos términos aparecen en la solicitud de registro, en la relación con el cliente y en la supervisión del Banco de España.

ICIbase

Intermediario de crédito inmobiliario

Persona física o jurídica que, a cambio de remuneración, presenta u ofrece préstamos de terceros, asiste al consumidor o contrata en nombre del prestamista.

Art. 4.5 de la Ley 5/2019.
PIprestamista

Prestamista inmobiliario

Persona física o jurídica que concede o gestiona préstamos hipotecarios a consumidores con carácter profesional, sin ser entidad de crédito ni EFC.

Arts. 4.2 y 42 de la Ley 5/2019.
representantedesignado

Representante designado

Quien actúa por cuenta y bajo la responsabilidad de un intermediario. Se inscribe a través de él y queda sujeto al mismo régimen de supervisión.

Arts. 39 y 41 de la Ley 5/2019.
LCCInorma

Ley 5/2019

Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. Traspone la Directiva 2014/17/UE y regula la transparencia, las figuras y el régimen de registro y supervisión.

Desarrollada por el RD 309/2019.
registroBdE / CCAA

Registro de ICI y PI

Registro en el que hay que inscribirse antes de operar: el del Banco de España si se actúa en varias Comunidades, o el de la Comunidad Autónoma si es una sola.

La inscripción es requisito para ejercer.
FEINtransparencia

Ficha Europea de Información Normalizada

Documento precontractual con las condiciones del préstamo hipotecario que debe entregarse al prestatario dentro de las obligaciones de transparencia de la LCCI.

Junto al período de reflexión de 10 días.
FiAEadvertencias

Ficha de Advertencias Estandarizadas

Documento que advierte al prestatario sobre las cláusulas o elementos relevantes y de riesgo del préstamo, también obligatorio en la fase precontractual.

Se entrega con la FEIN.
seguro RCgarantía

Seguro de RC o aval

Seguro de responsabilidad civil profesional o aval bancario que debe tener el intermediario, con la cobertura mínima de la normativa europea, renovable anualmente.

Reglamento Delegado (UE) 1125/2014.
2014/17/UEeuropeo

Directiva hipotecaria

Directiva 2014/17/UE sobre contratos de crédito con consumidores para inmuebles de uso residencial. Es el marco europeo que la LCCI traspone.

Base de la Ley 5/2019.

Guía para registrarse como intermediario o prestamista inmobiliario

Una guía práctica para inscribirte en la LCCI: cómo identificar tu figura, ante quién registrarte, qué idoneidad, formación y seguro necesitas y qué obligaciones de transparencia tendrás que cumplir con el cliente.

  • Intermediario, prestamista y representante designado
  • Registro en el Banco de España o tu CCAA
  • Seguro de RC, conocimientos (art. 16) y transparencia
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Registro LCCIGuía práctica · PDF
ICI y PI ante el Banco de España

Autor

Diego Molina

Director de Molina Law Boutique · Regulación financiera y crédito inmobiliario

Asesoramiento a intermediarios, prestamistas e inmobiliarias en el registro de intermediarios de crédito inmobiliario (ICI) y prestamistas inmobiliarios (PI) ante el Banco de España y las Comunidades Autónomas, conforme a la Ley 5/2019 (LCCI): idoneidad, conocimientos, seguro de RC, transparencia (FEIN/FiAE) y obligaciones continuas.

Plantéanos tu registro LCCI

Cuéntanos si vas a intermediar o conceder préstamos hipotecarios y en qué territorio, y te decimos tu figura, el registro competente y los requisitos para inscribirte.

Marco regulatorio del crédito inmobiliario (LCCI)

La actividad de intermediación y concesión profesional de préstamos hipotecarios a consumidores se rige por la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), desarrollada por el RD 309/2019 y la Orden ECE/482/2019. Es la trasposición de la Directiva 2014/17/UE. La ley distingue dos figuras —intermediario de crédito inmobiliario (ICI) y prestamista inmobiliario (PI)— y prevé los representantes designados.

Registro y supervisión

Hay que inscribirse antes de operar: en el registro del Banco de España si los prestatarios están en más de una Comunidad Autónoma o en todo el Estado, o en el de la Comunidad Autónoma si la actividad se limita a una sola. La inscripción es requisito para ejercer y la supervisión corresponde al Banco de España.

Requisitos

El acceso exige honorabilidad y reconocido prestigio, conocimientos y competencia (art. 16, desarrollado por la Orden ECE/482/2019 y acreditado mediante certificación), un plan de formación del personal y, para el intermediario, un seguro de responsabilidad civil profesional o aval bancario con la cobertura mínima del Reglamento Delegado (UE) 1125/2014.

Procedimiento

La solicitud se presenta por vía telemática con los formularios obligatorios. El Banco de España resuelve en 3 meses y, transcurrido el plazo sin resolución, la solicitud se entiende desestimada por silencio negativo. La inscripción no tiene tasa y se publica en el registro.

Transparencia y conducta

Frente al prestatario, hay que entregar la FEIN y la FiAE, respetar el período de reflexión de 10 días y conservar la documentación 6 años, además de cumplir las normas de conducta de la LCCI. Las entidades de crédito y los EFC no se inscriben como prestamistas inmobiliarios, al estar ya autorizados.

Ley 5/2019 (LCCI) RD 309/2019 Orden ECE/482/2019 art. 16 Directiva 2014/17/UE FEIN FiAE