CNMV Certificaciones MiFID 2

Asesoría legal y de cumplimiento para entidades que necesitan ordenar las certificaciones CNMV MiFID 2 del personal que asesora o informa sobre productos financieros. Te ayudamos con el mapeo de personas obligadas, las certificaciones reconocidas, el registro interno, la formación continua y la revisión de idoneidad y conveniencia para que el sistema sea defendible ante la CNMV.

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Metodología

Cómo ordenamos las certificaciones MiFID 2 en tu entidad

Trabajamos sobre la operativa real: quién hace qué, qué certificado corresponde, cómo se actualiza el registro y cómo se sostiene todo con evidencias válidas.

Mapa de funciones y personas

Identificamos asesoramiento, información, comercialización y funciones mixtas para definir con precisión quién debe estar certificado y bajo qué estándar.

Revisión de acreditaciones

Comparamos certificaciones existentes, caducidades, necesidades de recertificación y cobertura real de conocimientos frente al rol desempeñado.

Registro, formación y pruebas

Ordenamos el registro interno, el plan anual de formación y la relación con cuestionarios de idoneidad y conveniencia para cerrar brechas documentales.

Seguimiento continuo

Dejamos un sistema mantenible: alertas, revisiones, responsables, evidencias y criterios para no caer en incumplimientos por simple desactualización.

Perfiles

Entidades para las que esta materia es especialmente sensible

Las certificaciones MiFID 2 afectan de forma distinta según el modelo. Ajustamos el enfoque a cómo vendes, asesoras o distribuyes productos en la práctica.

Certificaciones MiFID 2 para bancos y redes comerciales

Bancos y redes comerciales

Control de personal que informa o asesora, actualización de certificaciones, formación por perfiles y consistencia entre red comercial y documentación interna.

Certificaciones MiFID 2 para ESI y EAF

ESI y EAF

Registro de personas certificadas, coordinación con políticas de idoneidad, control interno y relación entre cumplimiento del personal y prestación del servicio.

Cumplimiento MiFID 2 para gestoras y distribuidores

Gestoras y distribuidores

Revisión de quién informa al cliente, cómo se documenta la formación y qué pruebas de idoneidad o conveniencia soportan la distribución del producto.

Riesgos

Errores frecuentes que disparan el riesgo supervisor

La CNMV no sanciona solo por “falta de certificado”: también por registros desactualizados, formación mal acreditada y pruebas de idoneidad incoherentes.

Personas obligadas sin acreditar

Empleados que asesoran o informan sin certificado válido, con acreditación caducada o con una credencial que no encaja realmente con su función.

Registro interno incompleto

Datos mínimos ausentes, fechas sin control, falta de soporte documental o imposibilidad de reconstruir el estado real del personal certificado.

Formación continua mal soportada

Horas sin evidencias, contenidos no defendibles o falta de trazabilidad anual que deja a la entidad sin una prueba sólida ante inspección.

Idoneidad y conveniencia débiles

Cuestionarios insuficientes, lógica deficiente o resultados incoherentes con el perfil del cliente y con el tipo de producto ofrecido.

¿Necesitas ordenar las certificaciones CNMV MiFID 2 sin riesgo sancionador?

Te ayudamos a mapear personas obligadas, revisar certificados válidos, diseñar el registro interno, acreditar la formación continua y alinear idoneidad y conveniencia con el resto del sistema MiFID II.

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Preguntas frecuentes

Certificaciones CNMV MiFID 2: preguntas frecuentes

¿Qué son las certificaciones CNMV MiFID 2?

Son las acreditaciones de conocimientos y competencias que la CNMV exige al personal que asesora o informa sobre productos financieros en el ámbito MiFID II.

¿Quién suele estar obligado a certificarse?

En general, las personas que asesoran o informan a clientes sobre instrumentos financieros o productos de inversión.

  • Asesores financieros.
  • Redes comerciales que informan sobre productos.
  • Personal de EAF, ESI y bancos con funciones sometidas a MiFID II.
  • Equipos cuya labor influye materialmente en la recomendación al cliente.
¿Qué hay que controlar además del certificado?

El registro interno, la validez temporal de la acreditación, la formación continua, las evidencias documentales y la coherencia con idoneidad y conveniencia.

¿Cuántas horas de formación continua exige MiFID 2?

Como referencia habitual, 15 horas anuales con contenidos válidos y soporte documental suficiente para acreditar el cumplimiento.

¿La CNMV puede pedir el registro interno?

Sí. Debe estar actualizado, ser coherente con la realidad operativa y permitir acreditar quién está certificado, con qué credencial y hasta cuándo.

¿Qué relación tiene esto con los tests de idoneidad y conveniencia?

Muy directa: el personal certificado suele operar en procesos donde también hay que demostrar que el cuestionario, la clasificación y la recomendación son coherentes.

¿Qué detecta la CNMV en inspecciones?

Empleados sin certificación válida, registros incompletos, formación continua mal acreditada y pruebas de idoneidad o conveniencia sin suficiente trazabilidad.

¿Cómo os implicáis vosotros?

Mapeamos personas obligadas, revisamos acreditaciones, ordenamos registro y formación, y conectamos todo con el resto del sistema MiFID II para que el cumplimiento sea operativo, no solo formal.

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Certificaciones CNMV MiFID 2: acreditar, registrar y mantener el cumplimiento

Las certificaciones CNMV MiFID 2 son una pieza central del cumplimiento cuando el personal asesora o informa sobre productos financieros. No basta con aprobar un examen: hay que poder demostrar que la acreditación es válida, que el registro interno está actualizado y que existe formación continua suficiente.

Qué revisamos

Trabajamos el encaje MiFID, el mapeo de personas obligadas, la validez de las certificaciones, el diseño del registro interno, las 15 horas anuales de formación continua y la coherencia con idoneidad y conveniencia. El objetivo es simple: un sistema que aguante supervisión sin improvisaciones.

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