Criptoactivos · Fiscalidad

Ganancias patrimoniales no justificadas: qué pasa si no acreditas el origen de tus criptomonedas

Hay una figura fiscal poco conocida que puede convertir unas criptos sin papeles en una de las facturas con Hacienda más caras que existen. Se llama ganancia patrimonial no justificada.

Fig. 1 — El art. 39 LIRPF funciona como una norma de cierre: lo que no se justifica, se presume renta no declarada.

Imagina que vendes unas criptomonedas que compraste hace años, llevas el dinero al banco y Hacienda pregunta de dónde sale. Si no puedes demostrar cuándo y cómo las adquiriste, el problema no es pagar de más: es que te traten ese importe como renta oculta.

Esa es la lógica de las ganancias patrimoniales no justificadas, una figura del IRPF pensada como red de seguridad de Hacienda. Con las criptomonedas se ha vuelto especialmente relevante, porque muchos inversores tienen monedas compradas hace tiempo, en varios exchanges, sin un registro ordenado de su origen. Vamos a ver qué es esta figura, por qué afecta tanto al mundo cripto y, sobre todo, cómo evitarla.

Qué es una ganancia patrimonial no justificada

El artículo 39 de la Ley del IRPF define como ganancia patrimonial no justificada los bienes o derechos cuya tenencia, declaración o adquisición no se corresponda con la renta o el patrimonio declarados por el contribuyente (también la inclusión de deudas inexistentes). Dicho de otro modo: si te aflora un patrimonio que no encaja con lo que has declarado, la ley presume que procede de rentas que no tributaron.

Las ganancias patrimoniales no justificadas se integrarán en la base liquidable general del periodo impositivo respecto del que se descubran, salvo que el contribuyente pruebe que fue titular desde una fecha anterior a la de prescripción.

Art. 39 Ley 35/2006 del IRPF (redacción Ley 5/2022) · boe.es

Es una presunción, no una certeza: admite prueba en contra (es lo que los juristas llaman iuris tantum). Pero el matiz decisivo es quién tiene que probar: una vez que la Administración constata el desajuste patrimonial, es el contribuyente quien debe desvirtuarlo acreditando el origen.

Fuente legal Artículo 39 LIRPF

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF, artículo 39 «Ganancias patrimoniales no justificadas» (boe.es — Ley 35/2006). La redacción vigente procede de la Ley 5/2022, posterior a la sentencia del TJUE de 27 de enero de 2022 sobre el régimen del Modelo 720.

Por qué las criptomonedas están en el punto de mira

Esta figura no es nueva, pero las criptomonedas la han hecho mucho más probable, por tres motivos que se combinan:

  • Hacienda ya tiene datos. Con el intercambio automático de información (directivas DAC7 y DAC8), los exchanges comunican movimientos y saldos a la Agencia Tributaria. El desajuste entre lo que consta y lo que declaraste salta con facilidad.
  • Historiales dispersos. Años operando en varios exchanges y wallets, con permutas entre monedas, hacen difícil reconstruir cuándo y a cuánto se compró cada unidad.
  • Entrada en el sistema bancario. Cuando el dinero de las criptos llega a una cuenta, el banco —como sujeto obligado— pregunta por su origen, y ese foco puede derivar en una comprobación fiscal.

El problema no es vender: es no poder explicarlo

Declarar bien tus operaciones cripto es una cosa; poder acreditar de dónde salió el patrimonio inicial es otra. La figura del artículo 39 ataca precisamente la segunda: el patrimonio que aparece sin una explicación documentada detrás.

El coste: por qué sale mucho más caro

Aquí está lo que convierte esta figura en algo temible. Una ganancia cripto bien declarada tributa en la base del ahorro, con tipos moderados. Una ganancia no justificada se lleva a la base general, donde se aplica tu tipo marginal —mucho más alto— y además se imputa al ejercicio más antiguo no prescrito.

Fig. 2 · La diferencia de coste
La misma cantidad puede tributar de forma muy distinta según puedas o no acreditar su origen. La diferencia entre una base y otra es enorme.
Aspecto Ganancia declarada Ganancia no justificada
Base en la que tributa Base del ahorro Base general
Tipo aplicable Aprox. 19% – 28% Tipo marginal (puede superar el 45%)
Ejercicio de imputación El de la operación El más antiguo no prescrito
Carga de la prueba Documentación ordinaria Recae en el contribuyente

A ese sobrecoste fiscal puede sumarse el régimen sancionador si la Administración aprecia una infracción. Las consecuencias de no declarar correctamente las analizamos en detalle en sanciones por no declarar criptomonedas.

La carga de la prueba es tuya: qué hay que acreditar

Como la presunción admite prueba en contra, la pregunta práctica es: ¿qué tengo que demostrar para desvirtuarla? La doctrina reciente del Tribunal Supremo ha endurecido el listón: no basta con afirmar que el dinero "ya era tuyo". Hay que reconstruir la historia del patrimonio.

Fig. 3 · Qué hay que probar
La prueba debe identificar fuente, canal y autor de la operación. Sin trazabilidad documental, sostener el origen ante una inspección es muy difícil.

Trasladado al mundo cripto: necesitas poder enlazar el dinero con el que compraste, la adquisición en el exchange, los movimientos posteriores entre wallets y la tenencia actual. Esa cadena es lo que permite sostener, con documentos, que el patrimonio tiene un origen lícito y anterior, y no es renta oculta de un ejercicio reciente.

§ § §

Cómo evitarlo: documentar y justificar el origen

La buena noticia es que esta figura se previene. No con trucos, sino con orden documental desde el principio. Las claves:

  • Conserva el rastro completo. Extractos de los exchanges, histórico de operaciones, justificantes de las compras y de las transferencias bancarias con las que entraste el dinero.
  • Declara bien cada año. Una operativa declarada de forma consistente es la mejor defensa; repasa cuándo declarar criptomonedas y en qué casos hay obligación.
  • Ordena la trazabilidad. Un certificado de trazabilidad reconstruye el historial y conecta cada movimiento, justo lo que exige la prueba de fuente, canal y autor.
  • Prepara el origen de fondos. Tener documentado el origen de los fondos te sirve tanto ante Hacienda como ante el banco.

En el fondo, todo se reduce a una capacidad: la de justificar el origen de tus criptomonedas con documentos sólidos. Quien la tiene, desactiva la presunción del artículo 39 antes de que llegue a aplicarse; quien no, queda expuesto a que su propio patrimonio se interprete en su contra. Y si quieres entender primero a partir de qué cantidad existe obligación de declarar, lo vemos en a partir de qué cantidad se declaran las criptomonedas.

Errores frecuentes

  • Pensar que "como es mío, no hay que probar nada". La carga de la prueba, una vez hay desajuste, recae en ti.
  • No guardar el origen del dinero inicial. Sin acreditar de dónde salió lo que invertiste, reconstruir la cadena es muy complicado.
  • Confundir declarar la ganancia con justificar el patrimonio. Son cosas distintas: puedes declarar bien una venta y aun así no poder explicar el patrimonio de partida.
  • Reaccionar solo cuando llega el requerimiento. La trazabilidad se prepara antes; improvisarla bajo inspección rara vez sale bien.

Las ganancias patrimoniales no justificadas son una de esas figuras que pasan desapercibidas hasta que aparecen — y entonces son caras. Con criptomonedas, donde el rastro se dispersa con facilidad, la prevención es casi todo: documentar el origen y mantener la trazabilidad al día es lo que convierte un patrimonio digital en un patrimonio defendible.

Aviso Información general, no asesoramiento

Este artículo ofrece información general basada en la normativa vigente (art. 39 LIRPF) y en la doctrina de los tribunales. Cada situación es particular y no sustituye a un análisis personalizado; ante una comprobación o inspección, conviene asesorarse.

Criptoactivos · Fiscalidad

¿Puedes acreditar el origen de tus criptomonedas?

Te ayudamos a reconstruir y documentar la trazabilidad de tus criptoactivos, a preparar el origen de fondos frente a Hacienda y los bancos y, si afrontas una comprobación, a desvirtuar la imputación de ganancias no justificadas con una prueba sólida.

Solicitar asesoramiento

Seguir profundizando

Criptoactivos

Justificar criptomonedas

Cómo acreditar el origen de tus fondos cripto ante Hacienda y los bancos, con respaldo documental.

Criptoactivos

Certificado de trazabilidad

El documento que reconstruye el historial de tus criptoactivos y conecta cada movimiento.

Criptoactivos

Cuándo declarar criptomonedas

Las obligaciones fiscales de las criptomonedas en España y en qué casos aplican.