Compliance para neobancos y entidades de pago
"Diseñamos el programa de compliance fintech completo: PBC/FT, PSD2, GDPR, gestión de riesgos operacionales y relación con el supervisor para entidades de dinero electrónico y pago."
Diseña e implanta tu programa de compliance fintech con plenas garantías regulatorias: asesoramiento especializado en PBC/FT, PSD2, MiCA, DORA y normativa de servicios de pago para empresas de tecnología financiera que operan en España y la Unión Europea.
"Diseñamos el programa de compliance fintech completo: PBC/FT, PSD2, GDPR, gestión de riesgos operacionales y relación con el supervisor para entidades de dinero electrónico y pago."
"Asesoramos plataformas de inversión colectiva, crowdfunding y robo-advisors en el diseño de sus sistemas de compliance fintech conforme a MiFID II, ECSPR y la normativa CNMV."
"Implantamos el marco de compliance fintech para proveedores de servicios de criptoactivos: registro VASP, MiCA, Travel Rule y obligaciones PBC/FT específicas del sector cripto."
"Preparamos a la fintech para DORA: gestión del riesgo TIC, planes de continuidad, auditorías de proveedores críticos y marco de notificación de incidentes ante el supervisor."
Diseño e implantación del sistema de prevención de blanqueo para fintechs sujetas obligadas: evaluación de riesgos, manual, procedimientos KYC, formación y canal de reporte al SEPBLAC.
Asesoramiento en la obtención de licencia de entidad de pago, entidad de dinero electrónico, gestora de inversión alternativa o registro VASP ante el Banco de España, CNMV o SEPBLAC.
Implantación del marco de cumplimiento PSD2: autenticación reforzada (SCA), gestión de TPPs, contratos de acceso a cuentas y adecuación a las RTS de la EBA para fintechs de pago.
Adecuación al Reglamento MiCA: clasificación de tokens, whitepaper, políticas de reservas, gobernanza interna, requisitos de capital y obligaciones de reporte para emisores y CASPs.
Marco de gestión del riesgo TIC conforme a DORA: inventario de activos digitales, gestión de incidentes, auditoría de proveedores críticos y plan de continuidad del negocio para entidades financieras.
Revisión independiente del programa de compliance fintech: gap analysis regulatorio, evaluación de controles, informe de hallazgos y plan de acción para superar inspecciones del supervisor.
Entorno regulatorio en constante cambio: PSD2, MiCA, DORA, AMLD6 y la normativa CNMV/Banco de España evolucionan rápidamente, y las fintechs sin un programa de compliance actualizado acumulan riesgos sancionadores sin saberlo.
Supervisión activa e inspecciones: el Banco de España, la CNMV y el SEPBLAC han intensificado su actividad inspectora sobre fintechs, neobancos y plataformas de pago. Las deficiencias de compliance se traducen en sanciones y revocaciones de licencia.
Riesgo de blanqueo de capitales: las fintechs son uno de los sectores de mayor riesgo PBC/FT según los informes del GAFI y el SEPBLAC. Un programa KYC/AML deficiente puede convertir la plataforma en vehículo de lavado de activos involuntariamente.
Bloqueos bancarios y de corresponsalía: los bancos y proveedores de servicios de pago exigen a sus clientes fintech demostrar un nivel adecuado de compliance antes de abrir cuentas o establecer relaciones de corresponsalía.
Requisito para captar inversión: los fondos de venture capital y private equity someten el programa de compliance fintech a due diligence antes de invertir. Una función de cumplimiento débil puede bloquear rondas de financiación.
El compliance fintech es el conjunto de políticas, procedimientos, controles y sistemas que una empresa de tecnología financiera implanta para garantizar el cumplimiento de las obligaciones regulatorias aplicables a su actividad: prevención de blanqueo de capitales, protección de datos, servicios de pago, mercados de valores, criptoactivos y resiliencia digital.
A diferencia de una entidad financiera tradicional, la fintech enfrenta un entorno normativo especialmente complejo: opera a escala, crece rápido, usa tecnología de terceros y, con frecuencia, actúa simultáneamente bajo varios regímenes regulatorios (Banco de España, CNMV, SEPBLAC, AEPD).
Un programa de compliance fintech sólido no es solo una obligación legal: es una ventaja competitiva que facilita la obtención de licencias, la apertura de cuentas bancarias, la captación de inversión y la expansión internacional.
El marco regulatorio de una fintech en España es transversal y depende del modelo de negocio. Las principales normas aplicables son: la Ley 10/2010 de PBC/FT y su Reglamento (RD 304/2014) para sujetos obligados, la PSD2 transpuesta en el Real Decreto-ley 19/2018 para servicios de pago, el Reglamento MiCA para emisores y proveedores de servicios de criptoactivos, y el Reglamento DORA para gestión del riesgo TIC.
Adicionalmente, las fintechs que presten servicios de inversión o gestión colectiva están sujetas a MiFID II (transpuesta en el TRLMV y el RD 217/2008), al Reglamento ECSPR si operan como plataforma de crowdfunding, y al RGPD y la LOPDGDD en materia de protección de datos personales.
La acumulación de regímenes normativos hace que el compliance fintech requiera un enfoque integrado que cubra todas las obligaciones de forma coordinada y sin duplicidades.
Un programa de compliance fintech completo integra varias dimensiones. La primera es la función de cumplimiento normativo: designación del responsable de compliance, definición de su posición en el organigrama, recursos y acceso a la dirección.
El programa debe revisarse y actualizarse periódicamente para incorporar los cambios normativos y las lecciones aprendidas de las inspecciones del supervisor.
Las fintechs que prestan servicios de pago, cambio de divisas, gestión de criptoactivos o intermediación financiera son sujetos obligados conforme a la Ley 10/2010 y deben implantar un sistema de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo adaptado a su modelo digital.
El proceso de onboarding digital es el punto más crítico del compliance PBC/FT para una fintech: debe ser ágil para el usuario y riguroso para el regulador al mismo tiempo.
El Reglamento DORA (Digital Operational Resilience Act), de aplicación desde enero de 2025, establece requisitos obligatorios de resiliencia operativa digital para todas las entidades financieras, incluidas fintechs con licencia en la UE: gestión del riesgo TIC, notificación de incidentes, pruebas de resiliencia y gestión de riesgos de terceros proveedores tecnológicos.
Para el compliance fintech, DORA supone implantar un marco formal de gestión del riesgo TIC, clasificar y auditar a los proveedores tecnológicos críticos (cloud, core banking, APIs), establecer un proceso de notificación de incidentes graves ante el supervisor y realizar pruebas periódicas de resiliencia (TLPT para entidades significativas).
Las fintechs que dependen de infraestructura cloud o de terceros proveedores tecnológicos deben prestar especial atención a la gestión contractual de estos riesgos y a la cadena de subcontratación, aspectos que DORA regula con especial detalle.
Uno de los usos más directos del compliance fintech es la preparación y gestión del expediente de autorización ante el Banco de España, la CNMV o el SEPBLAC para obtener las licencias necesarias para operar: entidad de pago, entidad de dinero electrónico, gestora de inversión alternativa, plataforma de financiación participativa o CASP bajo MiCA.
El regulador español exige que la solicitud incluya el programa de actividades, el manual de procedimientos internos, la evaluación de riesgos, el plan de negocio, los controles internos y la documentación de idoneidad de los administradores. Un programa de compliance fintech bien construido desde el inicio acelera significativamente el proceso de autorización.
Contar con asesoramiento especializado en compliance fintech desde la fase de diseño del modelo de negocio permite estructurar la actividad de forma que cumpla los requisitos regulatorios desde el primer día, evitando costosas reestructuraciones posteriores.
El coste de implementar un programa de compliance fintech depende del tamaño de la empresa, el modelo de negocio, el número de licencias necesarias y la complejidad regulatoria. Para una fintech en fase inicial, el coste de un programa básico de cumplimiento es significativamente menor que el de una multa sancionadora o la pérdida de una licencia.
Las opciones van desde el asesoramiento puntual para resolver dudas regulatorias concretas hasta el servicio de Compliance Officer externalizado (outsourced CCO), que proporciona a la fintech la función de cumplimiento completa sin necesidad de contratar un perfil senior en plantilla.
Invertir en compliance fintech desde el principio es siempre más eficiente que remediarlo después de una inspección o sanción. El coste de no tener un programa adecuado puede ser exponencialmente mayor en términos de multas, daño reputacional y pérdida de negocio.
El compliance fintech conecta con otras áreas clave de cumplimiento regulatorio, prevención del blanqueo, criptoactivos y protección de datos. Descubre los servicios que complementan tu programa.
Catálogo completo de servicios de prevención de blanqueo: evaluación de riesgos, manual, formación y auditorías para fintechs sujetas obligadas.
Asesoramiento regulatorio MiCA, registro VASP, Travel Rule y compliance específico para fintechs del sector de criptoactivos y blockchain.
Programas de compliance penal y corporativo: canal de denuncias, código ético y controles internos para fintechs con estructura societaria compleja.
Informe independiente de cumplimiento normativo: gap analysis, evaluación de controles y documentación para supervisores e inversores.
Diseño del sistema PBC/FT: KYC digital, beneficiario efectivo, monitorización de transacciones y preparación para inspecciones del SEPBLAC.
Documento normativo obligatorio con medidas, procedimientos, roles y flujos adaptados al modelo digital de la fintech conforme a la Ley 10/2010.
Obtención del registro como proveedor de servicios de criptoactivos (CASP/VASP) ante el Banco de España y adecuación al Reglamento MiCA.
Programa de compliance penal para fintechs: canal de denuncias, código ético, controles y evidencias ante inspecciones regulatorias.
Marca los supuestos que aplican a tu empresa. Cuantos más coincidan, mayor es la urgencia de contar con un programa de compliance fintech sólido y actualizado.
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Todo lo que necesitas saber para construir un programa de compliance fintech robusto: concepto, marco normativo en España y la UE, estructura del programa, relación con PBC/FT, DORA y MiCA, y errores que debes evitar.
El compliance fintech comparte la esencia del compliance corporativo tradicional —identificar, gestionar y mitigar riesgos regulatorios— pero opera en un entorno radicalmente distinto: velocidad de crecimiento exponencial, onboarding digital a escala, uso intensivo de tecnología de terceros, modelos de negocio disruptivos que a menudo se adelantan al regulador y una clientela global que trasciende las fronteras de una sola jurisdicción.
Esta singularidad hace que el compliance fintech no pueda ser una simple adaptación del modelo bancario tradicional. Requiere un enfoque diseñado desde cero para el entorno digital: procesos automatizados, integración con los sistemas tecnológicos de la empresa, capacidad de escalar con el negocio y actualización continua ante un marco normativo en permanente evolución.
El ecosistema regulatorio fintech en Europa ha experimentado una transformación profunda en los últimos cinco años. La PSD2 redefinió los servicios de pago y abrió el mercado a nuevos actores. El Reglamento MiCA, plenamente aplicable desde 2024, creó el primer marco armonizado para criptoactivos en la UE. El Reglamento DORA, en vigor desde enero de 2025, estableció estándares de resiliencia operativa digital para todas las entidades del sector financiero.
En España, el Banco de España gestiona la autorización y supervisión de entidades de pago y dinero electrónico, la CNMV supervisa las plataformas de inversión y crowdfunding, y el SEPBLAC es la Unidad de Inteligencia Financiera responsable de supervisar el cumplimiento PBC/FT. La coordinación entre estos supervisores hace que el compliance fintech en España sea especialmente exigente para modelos de negocio que cruzan varias categorías regulatorias.
Un programa de compliance fintech eficaz se articula sobre tres pilares. El primero es el gobierno del compliance: designación del Chief Compliance Officer (CCO) o responsable de cumplimiento, definición de su posición en el organigrama, presupuesto, acceso al consejo de administración y línea de reporte independiente de las áreas de negocio.
El segundo pilar es el marco de políticas y procedimientos: manual de compliance, política KYC/AML, política de conflictos de interés, política de protección del cliente, política de seguridad de la información y todos los procedimientos operativos que permitan a la organización cumplir sus obligaciones regulatorias en el día a día.
El tercer pilar es el sistema de control y monitorización: herramientas de screening, monitorización de transacciones, registro de incidentes, auditorías internas periódicas, formación continua del equipo y mecanismos de reporte al supervisor. Sin este tercer pilar, el compliance fintech es solo papel.
El proceso de verificación de identidad del cliente (KYC) es el núcleo operativo del compliance fintech en materia PBC/FT. Las fintechs enfrentan el reto de realizar este proceso de forma completamente digital, a escala y en tiempo real, cumpliendo simultáneamente con los requisitos de identificación de la Ley 10/2010 y los estándares técnicos de la EBA sobre autenticación reforzada.
Las soluciones de eKYC (videoidentificación, OCR de documentos, verificación biométrica, bases de datos de PEPs y sanciones) deben estar integradas en el sistema de compliance fintech de forma que los resultados queden documentados y auditables. La EBA ha publicado guías específicas sobre la aceptación de clientes a distancia que la fintech debe incorporar a sus procedimientos.
El beneficiario efectivo de las personas jurídicas sigue siendo el punto más crítico y más frecuentemente deficiente en los programas de compliance fintech: muchas plataformas realizan un KYC riguroso de la empresa cliente pero no llegan a identificar y verificar a la persona física que la controla en última instancia.
Las fintechs del sector cripto enfrentan un marco de compliance especialmente exigente. El Reglamento MiCA exige a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASPs) obtener autorización en un Estado miembro de la UE, disponer de un programa de compliance adaptado, publicar un whitepaper para la emisión de tokens y cumplir con requisitos de capital, custodia y gobernanza interna.
La Travel Rule, implementada en España a través de la Ley 10/2010 y las directrices del GAFI, obliga a los CASPs a transmitir información del originador y el beneficiario en las transferencias de criptoactivos que superen determinados umbrales, lo que requiere soluciones tecnológicas específicas y acuerdos con otras plataformas para el intercambio de datos.
El error más habitual es tratar el compliance como un ejercicio de documentación: elaborar políticas y manuales que nadie lee, que no están integrados en los procesos operativos y que no se actualizan cuando cambia la normativa. Un compliance fintech en papel no protege ni a la empresa ni a sus directivos.
Otro error frecuente es externalizar el compliance sin supervisión interna: contratar un proveedor externo para gestionar el KYC o la monitorización y asumir que el problema está resuelto sin establecer métricas, revisiones periódicas ni responsabilidad interna sobre los resultados. El regulador considera responsable a la entidad, no al proveedor.
Finalmente, el error más costoso es no anticipar los cambios regulatorios: muchas fintechs descubren que tienen que adaptar su modelo de negocio, su tecnología o su estructura societaria cuando la normativa ya está en vigor, con los costes y plazos que eso implica. El compliance fintech proactivo es siempre más eficiente que el reactivo.