La pregunta llega casi siempre igual: «¿cuánto necesito para montar una EAF?». La respuesta corta es 75.000 € de capital. La respuesta útil es que el capital es la partida que menos proyectos rompe, y que conviene mirar las otras cinco antes de decidir.
El capital inicial: la cifra que todo el mundo conoce
El capital inicial de una EAF es de 75.000 €, conforme al régimen prudencial europeo de las empresas de servicios de inversión. Es un requisito de entrada y también de permanencia: no vale desembolsarlo, presentar el expediente y disponer de él al mes siguiente.
Si tu proyecto va a operar solo en España, la Ley 6/2023 abrió una vía más ligera: la EAFN, con 50.000 € sustituibles total o parcialmente por un seguro de responsabilidad civil profesional. La diferencia de 25.000 € es real, pero lo que de verdad separa a las dos figuras es el pasaporte europeo, no el capital.
| Figura | Capital inicial | Ámbito de actuación |
|---|---|---|
| EAFN | 50.000 € o seguro de RC profesional | Solo España, sin pasaporte europeo |
| EAF | 75.000 € | Toda la UE, con pasaporte europeo |
| Agencia de valores | 150.000 € | Toda la UE, permite además tramitar órdenes |
Además del capital inicial hay que mantener de forma permanente unos fondos propios mínimos ligados, con carácter general, a los gastos fijos de la entidad. Si tu estructura crece, ese suelo sube contigo. Es la partida que más sorprende en el segundo año.
FOGAIN: la partida que nadie presupuesta
Desde la Ley 6/2023, las EAF y las EAFN deben adherirse al Fondo de Garantía de Inversiones. No es opcional ni negociable, y se materializa en una aportación inicial más una cuota anual calculada en función del modelo de negocio.
El error habitual no es el importe: es el calendario. Muchos proyectos tratan la adhesión como un trámite posterior e independiente, la dejan para «cuando estemos operando» y se encuentran con que la operativa real depende de ella. Conviene planificarla como parte del proyecto de autorización. Lo explicamos con detalle en qué es el FOGAIN y qué cubre realmente.
Honorarios del expediente: dónde se decide el coste real
Aquí es donde los presupuestos varían más, y donde comparar precios sin comparar alcance lleva a decisiones caras. Un expediente de autorización incluye, como mínimo: el programa de actividades, las políticas MiFID II, la documentación de idoneidad de administradores y directores, el manual de prevención de blanqueo y las previsiones financieras.
La diferencia entre un expediente barato y uno bien construido no se ve al presentarlo: se ve tres meses después, en el número de tandas de requerimientos de subsanación. Cada tanda son semanas de retraso, honorarios adicionales de respuesta y un proyecto que no factura.
La CNMV dispone con carácter general de hasta 6 meses para resolver desde que el expediente está completo. Un expediente genérico que genera tres tandas de requerimientos no cuesta más en honorarios: cuesta medio año de negocio parado.
Estructura: las personas que el expediente exige
La CNMV no autoriza proyectos sobre el papel: exige medios reales. Eso significa administradores y directores generales con honorabilidad, conocimientos y experiencia acreditables, y personal que asesore con la cualificación exigida por las directrices europeas de conocimientos y competencias, que en España se traduce en el listado de títulos y certificados verificados por la propia CNMV.
Si en el programa de actividades declaras tres personas y una herramienta de evaluación de idoneidad, esas tres personas y esa herramienta deben existir el día del alta. Declarar medios que no están es la vía más rápida a un requerimiento.
El coste recurrente: lo que empieza el día después
La autorización es el principio, no el final. Una EAF operativa asume cada año reporting periódico a la CNMV, auditoría de cuentas, tasas de supervisión, cuotas del FOGAIN, formación continua del personal que asesora y revisión de políticas. Además, el programa de actividades debe actualizarse cuando el negocio cambia.
Este bloque debería estar en tu plan financiero desde el minuto uno, porque condiciona el punto de equilibrio del proyecto. Tienes el detalle en las obligaciones de una EAF tras la autorización.
El coste más caro es elegir mal la figura
Ninguna de las partidas anteriores hace tanto daño como equivocarse de figura. Montar una EAF completa cuando bastaba una EAFN supone 25.000 € más de capital y un régimen prudencial que no necesitabas. Y al revés: tramitar una EAFN cuando tu plan a tres años incluye clientes en otros países de la UE significa que, cuando llegue el primer cliente europeo, no podrás atenderlo sin volver a empezar.
Por eso la primera decisión no es presupuestaria, es de encaje. Y si tu modelo va más allá del asesoramiento —tramitar órdenes, designar agentes—, la comparativa relevante es otra: la tienes en EAF frente a agencia de valores.
Elige figura con el plan de negocio a tres o cinco años vista, no con el capital disponible hoy. Cambiar de figura más adelante es siempre más caro que haber elegido bien al principio.
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¿Cuál es el capital mínimo de una EAF?
El capital inicial de una EAF es de 75.000 €, conforme al régimen prudencial de las empresas de servicios de inversión. La EAFN, que solo opera en España, exige 50.000 € o un seguro de responsabilidad civil profesional equivalente. En ambos casos hay que mantener además unos fondos propios permanentes ligados con carácter general a los gastos fijos.
¿Puedo sustituir el capital por un seguro?
En la EAFN, sí: los 50.000 € pueden sustituirse total o parcialmente por un seguro de responsabilidad civil profesional con cobertura suficiente, o por una combinación de ambos. En la EAF el capital inicial de 75.000 € es exigible como tal.
¿Cuánto tarda el proceso y cómo afecta al coste?
La CNMV dispone con carácter general de hasta 6 meses para resolver desde que cuenta con el expediente completo. El coste real del tiempo no está en los honorarios sino en el negocio que no facturas mientras esperas, y eso depende directamente de cuántas tandas de requerimientos genere tu expediente.
¿Es obligatorio el FOGAIN y cuánto cuesta?
Sí, es obligatorio para EAF y EAFN desde la Ley 6/2023. Supone una aportación inicial más una cuota anual calculada según el modelo de negocio. Conviene presupuestarlo dentro del proyecto de autorización, no como un hito posterior. Más detalle en FOGAIN: adhesión y cobertura.
¿Qué gastos tengo cada año una vez autorizado?
Reporting periódico a la CNMV, auditoría de cuentas, tasas de supervisión, cuotas anuales del FOGAIN, formación continua del personal que asesora y revisión de políticas MiFID II. A ello se suma la actualización del programa de actividades cuando cambia el negocio.
¿Sale más barata la EAFN que la EAF?
En capital, sí: 50.000 € frente a 75.000 €, y sin el régimen prudencial completo. Pero la EAFN no tiene pasaporte europeo, así que solo es más barata si tu negocio va a quedarse en España. Si el plan incluye clientes de otros países de la UE, la EAF compensa desde el inicio.
¿Puedo empezar a asesorar mientras se tramita?
No. El asesoramiento en materia de inversión es actividad reservada y prestarlo sin autorización constituye una infracción muy grave. Puedes preparar infraestructura, formar al equipo y hacer marketing institucional, pero no emitir recomendaciones personalizadas. La frontera exacta la analizamos en ¿se puede asesorar sin licencia?
Este artículo tiene carácter divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico. La normativa citada puede haber sido modificada con posterioridad a la fecha de actualización indicada; verifica siempre la versión vigente o consúltanos para analizar tu caso concreto.