Servicios de Compliance

Diseñamos e implantamos tu sistema de compliance corporativo: mapa de riesgos, programa de cumplimiento, políticas internas, canal de denuncias, due diligence de terceros e investigaciones. Controles aplicables y evidencias para operar con seguridad jurídica.

Consulta gratuita

Te respondemos en menos de 24 h

Un sistema de compliance diferente para cada organización

Pymes, grupos empresariales, entidades reguladas o empresas en proceso de inversión: cada organización tiene su exposición y sus prioridades de cumplimiento concretas.

Programa de cumplimiento

Compliance aplicable, no solo documental

"Aterrizamos controles en procesos reales: roles, aprobaciones, evidencias, revisiones y trazabilidad documental que funciona en el día a día."

Mapa de riesgos

Riesgos identificados, controles priorizados

"Identificamos riesgos por área, definimos medidas y un plan de acción medible para reducir exposición y acreditar cumplimiento ante terceros."

Canal de denuncias

Gestión segura y diligente de incidentes

"Diseñamos el flujo completo: recepción, análisis, investigación, protección de informantes y cierre con evidencias que resisten auditoría."

Investigaciones

Respuesta rápida y bien documentada

"Protocolos, entrevistas, preservación de evidencias y medidas correctivas para actuar con criterio jurídico desde el primer momento."

¿Por qué actuar ahora en compliance corporativo?

La ausencia de controles, políticas o evidencias no es solo un riesgo normativo: afecta a contratos, inversión, relaciones bancarias y la capacidad de respuesta ante incidentes.

Mayor responsabilidad corporativa: riesgos sancionadores, reputacionales y contractuales si no existen controles eficaces. La persona jurídica puede responder penalmente sin un programa de cumplimiento sólido.

Exigencia creciente de evidencias: políticas, formación, controles y trazabilidad documental son cada vez más exigidos por auditores, inversores y partners antes de cerrar acuerdos.

Canal de denuncias obligatorio: la Directiva Whistleblowing exige canal y procedimiento documentado en empresas con más de 50 trabajadores. Sin él, la exposición es directa.

Código Penal Hasta 5 años de multa

Sin programa de cumplimiento penal eficaz, la persona jurídica puede ser condenada. Un programa bien implantado puede eximir o atenuar la responsabilidad.

Riesgo de inversión Due diligence bloqueada

Fondos e inversores institucionales exigen evidencias de compliance antes de entrar. Sin controles documentados, los procesos de inversión se frenan o no arrancan.

Riesgo operativo Gestión reactiva

Decisiones sin criterios ni documentación generan exposición acumulada. Cuando ocurre un incidente, la falta de protocolos convierte un problema gestionable en una crisis.

¿Necesitas un sistema de compliance sólido y defendible?

Te ayudamos con diagnóstico, programa de cumplimiento, políticas, canal de denuncias, due diligence de terceros e investigaciones internas para operar con control y evidencias reales.

Compliance corporativo: dudas habituales

¿Qué son los servicios de compliance?

Asesoramiento jurídico y técnico para diseñar, implantar y mantener un sistema de cumplimiento que prevenga riesgos y genere evidencias demostrables.

Incluye diagnóstico, mapa de riesgos, políticas y protocolos, canal de denuncias, formación, controles, auditoría interna y respuesta ante incidentes. El objetivo: reducir exposición y actuar con criterios jurídicamente defendibles.

¿Qué empresas necesitan un programa de compliance?

Cualquier organización con riesgos regulatorios, operativos o reputacionales: desde pymes a grupos empresariales, especialmente si trabajan con terceros, operan en sectores regulados o reciben inversión.

Si tus clientes o partners piden evidencias, si hay riesgo de incidente o si la empresa está en un proceso de inversión o due diligence, el compliance es una inversión defensiva con retorno claro.

¿Qué incluye un programa de compliance corporativo?

Diagnóstico y mapa de riesgos, diseño del programa de cumplimiento, políticas internas, formación, canal de denuncias, due diligence de terceros, auditoría y mejora continua.

  • Gobernanza: roles, reporting y métricas de seguimiento.
  • Políticas: código ético, conflictos de interés, proveedores, regalos.
  • Canal ético: flujo, protección del informante y cierre con evidencias.
  • Formación por perfiles y controles insertados en procesos reales.
¿Qué es una auditoría externa de compliance?

Revisión independiente para evaluar si el sistema de cumplimiento es eficaz: controles, evidencias, formación, reporting y gestión de incidentes.

Sirve para detectar brechas y reforzar la posición ante auditorías externas, clientes que piden certificaciones o supervisores regulatorios. El resultado es un informe con plan de acción priorizado.

¿Por qué el canal de denuncias es obligatorio?

La Directiva Whistleblowing (transpuesta en España por la Ley 2/2023) obliga a empresas con 50 o más trabajadores a implantar un canal interno de denuncias con procedimientos claros, plazos y protección del informante.

Sin canal operativo, la empresa asume una infracción directa y elimina su principal mecanismo de detección temprana de incidentes internos.

¿Qué riesgos existen si no hay compliance?

Sanciones penales y económicas, pérdida de contratos, daño reputacional, incidentes mal gestionados y mayor exposición por falta de controles y evidencias.

  • Responsabilidad penal de la persona jurídica sin programa eficaz.
  • Bloqueo en procesos de due diligence e inversión.
  • Pérdida de licitaciones públicas por ausencia de controles.
  • Conflictos internos sin protocolo de respuesta documentado.
¿Cómo se implanta el programa de compliance?

El proceso sigue cuatro fases: diagnóstico, diseño del programa, implantación operativa y verificación continua.

La clave está en que los controles se inserten en procesos reales con responsables claros, evidencias documentadas y revisiones periódicas. Un compliance que solo existe en papel no protege ni defiende.

¿Qué pasa si hay un incidente o investigación?

Con un sistema implantado, la respuesta es ordenada: activación del protocolo, preservación de evidencias, entrevistas, análisis y plan correctivo con cierre documentado.

Sin sistema previo, la respuesta es reactiva, costosa y genera exposición adicional. La investigación interna bien documentada también es la primera línea de defensa ante requerimientos externos.

Guía práctica: cómo implantar un sistema de compliance

Un programa de compliance eficaz no es documentación: es un sistema de decisiones coherentes que se demuestran con trazabilidad. La clave es construir desde el inicio controles que aguanten auditoría real.

Diagnóstico

Primero entender la exposición real

Antes de redactar políticas hay que mapear riesgos reales: qué hace la empresa, con quién, en qué sectores y qué controles existen ya. Ese diagnóstico condiciona todo el diseño posterior.

Implantación

Controles en procesos, no en carpetas

El mayor error es diseñar un programa que existe en documentos pero no en la operativa. Los controles deben insertarse en flujos reales con aprobaciones, registros y responsables identificados.

Verificación continua

El compliance es un sistema vivo

Auditorías periódicas, gestión de incidentes, actualización ante cambios normativos y formación continua son lo que convierte un programa en un activo real de la organización.

Checklist: implantación de compliance en 10 pasos

  1. Diagnóstico inicial: analizar la organización, procesos y obligaciones aplicables para identificar exposición y puntos críticos.
  2. Mapa de riesgos: identificar y priorizar riesgos por áreas, evaluar controles existentes y definir brechas.
  3. Diseño del programa: gobernanza, responsables (Compliance Officer o comité), reporting y KPI de seguimiento.
  4. Políticas y protocolos: código ético, conflictos de interés, proveedores, regalos, sanciones y conservación documental.
  5. Canal de denuncias: flujo, SLAs, confidencialidad, protección del informante y procedimiento de cierre.
  6. Controles en procesos: insertar controles en aprobaciones, registros y flujos operativos con evidencias trazables.
  7. Due diligence de terceros: criterios de evaluación, cláusulas contractuales y seguimiento de proveedores críticos.
  8. Formación: plan por perfiles para asegurar comprensión y aplicación real de las políticas.
  9. Protocolo de investigaciones: preservación de evidencias, entrevistas, análisis y plan correctivo documentado.
  10. Verificación y mejora continua: auditorías, actualización normativa, gestión de incidentes y lecciones aprendidas.

Si quieres estructurar tu programa desde cero o revisar el estado actual, consulta nuestra área de Corporate Compliance o contacta directamente para un diagnóstico sin compromiso.

Compliance en modo operativo

De la política al control: cómo se construye un sistema de compliance real

Un programa de compliance eficaz no es un dossier: es un conjunto de decisiones coherentes (riesgos identificados, controles aplicados, canal activo, formación y evidencias) que se demuestran con trazabilidad. Aquí tienes un panel visual para entender cómo se aterriza en la práctica.

Diagnóstico y mapa de riesgos compliance1) Diagnóstico

Diagnóstico: primero medir la exposición real

El punto de partida no es redactar políticas: es entender qué hace la empresa, dónde está la exposición y qué controles ya existen. Sin diagnóstico, el programa no encaja con la realidad.

  • Análisis de estructura, procesos y obligaciones
  • Identificación de riesgos por áreas
  • Inventario de controles existentes y brechas
Programa de compliance corporativo diseño2) Programa

Programa: coherencia entre todas las piezas

Gobernanza, políticas, canal, formación y controles deben encajar sin contradicciones internas. Un programa desconectado de la operativa no protege ni en papel.

  • Gobernanza y roles con responsables claros
  • Políticas y protocolos por riesgo
  • Métricas y reporting periódico
Canal de denuncias investigaciones internas compliance3) Canal e investigaciones

Canal: lo más crítico y lo que más se improvisa

Flujo de recepción, análisis, protección del informante e investigación con evidencias. Cuando se diseña tarde o sin procedimiento, el incidente se convierte en crisis.

  • Flujo completo y SLAs documentados
  • Protección del informante
  • Protocolo de investigación y cierre
Mapa de decisión compliance por tamaño y sectorPor perfil

¿Qué nivel de compliance necesita tu organización?

Pyme

Mapa de riesgos, políticas básicas, canal de denuncias y formación anual con evidencias documentadas.

Empresa mediana

Programa completo con gobernanza, controles por proceso, due diligence de terceros y auditoría periódica.

Grupo / regulado

Compliance officer, reporting al consejo, FCPA/UK Bribery si hay operativa internacional y controles reforzados.

Ver Corporate Compliance Prevención de Blanqueo
Playbook Compliance

Compliance corporativo en la práctica

Bloque del programa
Qué se espera
Evidencia típica

Diagnóstico y riesgos

Análisis documentado de la organización, identificación de riesgos por áreas y plan de acción priorizado.

Informe de diagnóstico, mapa de riesgos con puntuación y plan de medidas con responsables y plazos.

Gobernanza y roles

Compliance Officer o comité con mandato claro, línea de reporte al órgano de administración y funciones documentadas.

Nombramiento, descripción de funciones, actas y reporting periódico al consejo o dirección.

Políticas y protocolos

Código ético, conflictos de interés, regalos, proveedores y sanciones implantados con formación y evidencias de aplicación.

Políticas firmadas, registros de formación, acuses de recibo y trazabilidad de aprobaciones.

Canal de denuncias

Canal operativo con flujo documentado, protección del informante y procedimiento de investigación y cierre.

Procedimiento del canal, registro de comunicaciones, actas de investigación y medidas correctivas.

Verificación y auditoría

Revisiones periódicas de eficacia, pruebas de controles y actualización ante cambios normativos o de negocio.

Informe de auditoría, plan de mejora, registro de incidentes y evidencias de actualización del programa.

Errores frecuentes que debilitan el programa de compliance

Detéctalos antes de que se conviertan en exposición real ante una auditoría o un incidente.

  • Diseñar el programa solo para "tenerlo" sin insertarlo en procesos operativos reales.
  • Policies sin evidencias de formación, comunicación o aplicación verificable.
  • Canal de denuncias sin flujo documentado, sin responsable y sin protección efectiva del informante.
  • Compliance Officer sin acceso real al órgano de administración ni capacidad de decisión.
  • Programa estático que no se actualiza ante cambios normativos o de negocio.
Diccionario operativo

Conceptos clave: compliance corporativo

Si estás implantando un programa de compliance, estos términos aparecen en las políticas, en los informes y en la relación con auditores y supervisores. Entenderlos bien ayuda a construir un sistema coherente.

Compliance OfficerGobernanza

Responsable de cumplimiento

Persona designada para supervisar el sistema de compliance, reportar al órgano de administración, gestionar el canal de denuncias y coordinar la respuesta ante incidentes.

Clave: independencia, acceso directo al consejo y recursos suficientes.
Mapa de riesgosDiagnóstico

Risk assessment de compliance

Documento que identifica y prioriza los riesgos de cumplimiento de la organización por áreas y procesos, con puntuación, controles existentes y brechas pendientes de subsanar.

Base de: todo el diseño del programa y el plan de acción.
Canal de denunciasWhistleblowing

Speak Up Channel

Mecanismo para comunicar posibles irregularidades con garantía de confidencialidad y protección del informante. Obligatorio por Ley 2/2023 para empresas con 50+ empleados.

Exige: flujo documentado, plazo de respuesta y protección efectiva.
Due diligenceTerceros

Diligencia debida en terceros

Proceso de evaluación de riesgos sobre proveedores, socios y distribuidores antes de establecer la relación comercial. Incluye criterios de integridad, sanciones, conflictos y seguimiento posterior.

Aplica especialmente a: intermediarios, agentes y socios estratégicos.
Código éticoPolíticas

Code of Conduct

Documento que establece los valores, principios y normas de conducta de la organización. Es la base del programa de compliance y su referencia ante situaciones de conflicto o ambigüedad.

Evidencia: comunicación, formación y acuse de recibo documentados.
Responsabilidad penalCódigo Penal

Corporate Criminal Liability

Las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables por determinados delitos cometidos en su seno. Un programa de compliance eficaz puede eximir o atenuar esa responsabilidad.

Art. 31 bis CP: el programa debe ser eficaz, no solo existir.
Auditoría internaVerificación

Internal Audit de compliance

Revisión periódica para verificar que los controles del programa se ejecutan correctamente y son eficaces. Detecta brechas antes de que lleguen a convertirse en incidentes o exposición regulatoria.

Resultado: informe con hallazgos y plan de acción priorizado.
Mejora continuaCiclo

Continuous Improvement

Proceso de actualización periódica del programa ante cambios normativos, de negocio o de riesgo. Convierte el compliance en un sistema vivo que evoluciona con la organización.

Ciclo: diagnóstico → diseño → implantación → verificación → mejora.
Conflictos de interésÉtica

Conflict of Interest Policy

Política que define qué situaciones constituyen un conflicto de interés, cómo declararlos, cómo gestionarlos y cómo documentar las decisiones tomadas para evitar influencias indebidas.

Aplica a: directivos, empleados, miembros del consejo y terceros clave.

Reserva una llamada

Cuéntanos tu organización y te explicamos cómo estructurar el sistema de compliance de forma operativa y proporcional a tu exposición real.

Marco normativo del compliance corporativo en España: Código Penal y Ley Whistleblowing

El compliance corporativo en España tiene su principal anclaje normativo en el artículo 31 bis del Código Penal, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas y reconoce expresamente que un programa de compliance eficaz puede eximir o atenuar dicha responsabilidad. La Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado y las guías del CGPJ desarrollan los criterios de eficacia que deben cumplir estos programas.

Canal de denuncias y Ley 2/2023

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, transpone la Directiva Whistleblowing y obliga a las empresas con 50 o más trabajadores a implantar un canal interno de denuncias con procedimientos documentados, plazos de respuesta, confidencialidad y protección efectiva del informante. El incumplimiento es sancionable y, además, elimina el principal mecanismo de detección temprana de irregularidades.

Due diligence y estándares internacionales

Para empresas con actividad internacional, el UK Bribery Act y el US Foreign Corrupt Practices Act (FCPA) exigen procedimientos de due diligence sobre terceros, intermediarios y socios comerciales. La norma ISO 37001 sobre sistemas de gestión antisoborno y la ISO 37301 sobre sistemas de gestión del compliance son referencias reconocidas para acreditar la eficacia de los programas.

Compliance en entidades reguladas

Las entidades financieras, de pago, de dinero electrónico y otras sujetas a supervisión del Banco de España o la CNMV tienen obligaciones de compliance específicas que van más allá del programa penal: gobierno corporativo, AML/KYC, PBC/FT, DORA y requisitos de idoneidad de administradores que se integran en el expediente regulatorio.

Art. 31 bis CP Ley 2/2023 Whistleblowing ISO 37001 FCPA UK Bribery Act Due diligence