Exchanges y brókers cripto
"El registro VASP dejó de servir el 1 de julio de 2026: sin autorización CASP no hay actividad en España. La clase (1, 2 o 3) la decide tu catálogo de servicios — y el expediente se gana con evidencias, no con prisa."
Cerramos tu adaptación al Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA) de punta a punta: perímetro y gap analysis, licencia CASP ante la CNMV, white paper de emisión, custodia y salvaguarda, PBC/FT y Travel Rule — y la bancarización que sostiene tu operativa.
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El Reglamento (UE) 2023/1114 ordena todo el mercado cripto: quién puede prestar servicios, quién puede emitir tokens y con qué evidencias. Cubrimos el ciclo completo — del perímetro a la operación supervisada.
La autorización que sustituye al antiguo registro VASP: clase 1, 2 o 3 según tus servicios, con capital desde 50.000 €, fit & proper, custodia, DORA y PBC. Expediente completo y defendido hasta la resolución — con pasaporte a los 27 mercados de la UE.
Utility tokens, EMT y ART: cada emisión exige su documento, su vía (notificación o autorización) y un marketing coherente con lo notificado. Redactamos el white paper, encajamos la emisión y blindamos las comunicaciones comerciales.
Cuentas operativas y de salvaguarda para negocio cripto: evidence pack de origen de fondos, trazabilidad on-chain y defensa ante bloqueos.
Reglamento (UE) 2023/1113: datos de ordenante y beneficiario en cada transferencia de criptoactivos, wallets auto-custodiadas incluidas.
Monitorización de transacciones on-chain, scoring de wallets y screening de sanciones: el PBC del sujeto obligado cripto, con evidencias.
¿Tu token es criptoactivo MiCA o instrumento financiero? El encaje decide todo el régimen: ERIR, régimen piloto DLT o white paper.
Exchanges y brókers que vienen del registro VASP, custodios y wallets, emisores de tokens y entidades financieras tradicionales que entran en cripto.
"El registro VASP dejó de servir el 1 de julio de 2026: sin autorización CASP no hay actividad en España. La clase (1, 2 o 3) la decide tu catálogo de servicios — y el expediente se gana con evidencias, no con prisa."
"Custodiar claves de terceros es servicio CASP con nombre propio: segregación efectiva, política de claves, responsabilidad por pérdida y conciliaciones. La custodia 'omnibus sin reglas' es el hallazgo estrella de cualquier revisión."
"Cada token tiene su vía: white paper notificado para utility, autorización para ART, condición de banco o EDE para EMT — y si tu token es instrumento financiero, MiCA ni siquiera es tu norma. El encaje se decide antes de emitir."
"Bancos, ESIs, EMIs y gestoras tienen vía exprés: la notificación del art. 60 de MiCA, 40 días hábiles antes de empezar, para los servicios equivalentes a su licencia. Sin nuevo capital — pero con el expediente técnico completo."
En el perímetro y en las evidencias: qué servicios prestas, con qué tokens, con qué autorización — y qué puedes demostrar cuando la CNMV o tu banco preguntan.
El transitorio terminó: desde el 1 de julio de 2026, el antiguo registro VASP del Banco de España ya no habilita para operar. Prestar servicios de criptoactivos en España exige autorización CASP de la CNMV — o pasaporte de otro Estado miembro. Seguir "como antes" es actividad no autorizada: requerimientos, lista de advertencias y sanciones. (Página revisada en julio de 2026.)
El white paper no es marketing: ofertar tokens al público o pedir su admisión a negociación sin white paper notificado —o con contenidos engañosos— activa el régimen sancionador y la responsabilidad del emisor. Y las comunicaciones comerciales deben ser coherentes con lo notificado: sin promesas de rentabilidad, con los avisos obligatorios.
Tu banco es tu segundo supervisor: sin evidence pack —origen de fondos, trazabilidad on-chain, scoring KYT— las cuentas del negocio cripto se bloquean o se cierran, con los fondos dentro. La bancarización se diseña como parte del compliance MiCA, no como un trámite posterior.
MiCA aplica en toda la UE desde el 30-12-2024 para servicios de criptoactivos — con los transitorios nacionales ya agotados en España.
Fecha límite del art. 143.3 confirmada por la CNMV: desde entonces, solo CASPs autorizados (o pasaporteados) pueden prestar servicios en España.
Las infracciones de MiCA alcanzan multas de millones de euros o porcentajes de la facturación anual para personas jurídicas, según la infracción.
Un gap analysis te dice qué servicios del art. 3 prestas de verdad, qué clase de CASP (o qué notificación) necesitas, qué exige tu emisión y qué distancia hay entre tu compliance actual y el expediente que la CNMV espera — con calendario y presupuesto cerrado.
El Reglamento (UE) 2023/1114, de mercados de criptoactivos: la primera norma europea que regula de forma completa la emisión de criptoactivos (utility tokens, EMT y ART) y la prestación de servicios sobre ellos (custodia, exchange, ejecución, asesoramiento…). Aplica a cualquier empresa que emita tokens u ofrezca estos servicios en la UE — con la CNMV como supervisor principal en España y el Banco de España para los emisores de EMT y ART.
Si prestas a terceros alguno de los 10 servicios del art. 3 —custodia y administración, plataforma de negociación, canje cripto-fondos o cripto-cripto, ejecución de órdenes, colocación, recepción y transmisión, asesoramiento, gestión de carteras o transferencia de criptoactivos— necesitas autorización CASP. Operar solo por cuenta propia, sin clientes, queda fuera. El encaje exacto es la primera pieza del gap analysis: define clase, capital y expediente.
Se agotó: era la figura de la normativa de blanqueo, no una licencia. El régimen transitorio de MiCA permitió a los VASP registrados seguir operando mientras tramitaban su CASP, pero en España ese periodo terminó el 1 de julio de 2026 (art. 143.3, confirmado por la CNMV). Desde entonces, el registro no habilita: sin autorización CASP —propia o pasaporteada— la actividad es no autorizada.
Sociedad con presencia real en España, capital según clase (50.000 € clase 1, 125.000 € clase 2, 150.000 € clase 3), idoneidad de socios y administradores, programa de actividades, gobernanza y control interno, custodia y segregación de activos de clientes, resiliencia tecnológica (DORA), PBC/FT completo y procedimientos de reclamaciones y conflictos. El expediente se presenta ante la CNMV con plazos formales de 25 + 40 días hábiles — en la práctica, la calidad de las evidencias marca el calendario.
El documento informativo de la emisión: características del token, derechos, riesgos, tecnología y emisor. Para utility tokens se notifica (no se aprueba) antes de la oferta pública o la admisión a negociación, con exenciones tasadas: airdrops gratuitos, ofertas a menos de 150 personas por Estado, menos de 1 M€ en 12 meses o dirigidas solo a inversores cualificados. Para ART exige autorización del emisor; los EMT solo pueden emitirlos bancos y entidades de dinero electrónico.
Con el régimen más duro del Reglamento. Los EMT (referenciados a una divisa) son dinero electrónico: solo entidades de crédito o EDEs pueden emitirlos, con derechos de reembolso a la par. Los ART (referenciados a cestas de activos) exigen autorización, reservas segregadas y gobernanza reforzada — con supervisión del Banco de España en ambos casos y umbrales adicionales para los "significativos". Si tu proyecto toca stablecoins, el diseño jurídico precede al técnico.
No. Quedan fuera los criptoactivos que son instrumentos financieros (security tokens → MiFID II y la Ley 6/2023, con el ERIR y el régimen piloto DLT), los depósitos, los productos de seguro y los NFTs auténticamente únicos y no fungibles — aunque las colecciones fraccionadas o en serie pueden recaer en MiCA. Esa frontera decide todo el régimen aplicable: es el primer análisis serio de cualquier emisión.
El Reglamento (UE) 2023/1113 obliga a acompañar cada transferencia de criptoactivos con los datos de ordenante y beneficiario — sin umbral mínimo entre CASPs, y con verificación reforzada cuando intervienen wallets auto-custodiadas (desde 1.000 €). Sin Travel Rule operativa, las contrapartes rechazan tus transferencias y el supervisor encuentra el hueco: se implanta con proveedor tecnológico, procedimientos y evidencias.
Las piezas fijas: capital según clase (50.000-150.000 €), estructura de gobernanza y control interno, tecnología de custodia y monitorización. Las variables: tu punto de partida (un VASP con compliance rodado no parte de cero), si emites tokens (white paper y marketing) y la bancarización. El presupuesto serio sale del gap analysis: perímetro, clase y distancia real hasta el expediente.
Los plazos formales del art. 63: 25 días hábiles para admitir la solicitud y 40 días hábiles de evaluación — suspendibles con cada requerimiento. En la práctica, el calendario lo marca la calidad del expediente: los proyectos que llegan con custodia, PBC y gobernanza evidenciados atraviesan requerimientos cortos; los que improvisan encadenan suspensiones durante meses.
Sí: la autorización CASP incluye el pasaporte europeo — notificación de la CNMV al resto de supervisores y alta en el registro de ESMA, sin nueva licencia por país. Es la palanca que convierte el expediente español en acceso a 27 mercados; la contrapartida es que también los CASPs de otros Estados compiten aquí pasaporteados.
Sí, por la vía del art. 60 de MiCA: entidades de crédito, empresas de servicios de inversión, entidades de dinero electrónico, gestoras y otros supervisados pueden prestar los servicios cripto equivalentes a su licencia base con una notificación a la CNMV 40 días hábiles antes de empezar — sin nueva autorización ni capital adicional, pero con el expediente técnico (custodia, PBC, DORA) completo.
Aceptar cripto como cobro de tus propios bienes o servicios, o invertir tesorería por cuenta propia, no es un servicio de criptoactivos: no exige licencia CASP. Lo que sí exige es orden: contabilidad y fiscalidad correctas, origen de fondos documentado y una bancarización preparada para explicar los flujos. La frontera se cruza cuando empiezas a operar para terceros — ahí ya hablamos de servicios del art. 3.
El bloqueo casi siempre es de PBC: el banco no puede reconstruir el origen de los fondos. La salida es documental — evidence pack con trazabilidad on-chain, KYT, contratos y fiscalidad — presentado con interlocución técnica ante el banco. Y la prevención es diseñarlo antes: los CASPs autorizados con compliance demostrable bancarizan mejor que los proyectos que llegan con la cuenta ya bloqueada.
Tres clases de CASP y una vía exprés para entidades financieras: el capital, los servicios y la clave de cada expediente — para elegir ruta con el mapa delante.
Presupuestar el compliance MiCA depende de cuatro variables:
Método en tres pasos para operar en regla — y a tiempo:
| Vía | CASP clase 1 | CASP clase 2 | CASP clase 3 | Notificación art. 60 |
|---|---|---|---|---|
| Capital mínimo | 50.000 € | 125.000 € | 150.000 € | El de tu licencia base |
| Servicios típicos | Asesoramiento, ejecución, recepción y transmisión, gestión, transferencia, colocación | + custodia y canje cripto-fondos / cripto-cripto | + plataforma de negociación | Los equivalentes a tu licencia financiera |
| Perfil típico | Bróker o asesor cripto | Exchange con custodia | Trading venue | Banco, ESI, EMI, gestora |
| Clave del expediente | Programa de actividades y fit & proper | Custodia, segregación y salvaguarda | Normas de mercado y abuso de mercado | Notificación 40 días hábiles antes, con expediente técnico completo |
Clases y capitales del Anexo IV de MiCA; plazos formales del art. 63: 25 días hábiles de admisión + 40 de evaluación (suspendibles). Página revisada en julio de 2026 — transitorio VASP→CASP cerrado en España desde el 1-07-2026.
El compliance MiCA se construye del perímetro hacia fuera: servicios y tokens → vía de acceso → expediente → operación supervisada.
Qué servicios del art. 3 prestas y qué tokens tocas: la matriz decide clase, capital, white paper y hasta si MiCA es tu norma — se analiza antes de tramitar nada.
La CNMV evalúa documentos: custodia demostrable, PBC operativo, gobernanza real. Cada requerimiento evitado son semanas ganadas de calendario.
Reporting, Travel Rule en cada transferencia, KYT diario, cambios de programa comunicados: la licencia se mantiene operándola — no enmarcándola.
Las piezas hermanas: licencia CASP paso a paso, transición VASP → CASP y bancarización cripto.
Todo proyecto cripto regulado sostiene lo mismo: un perímetro bien trazado, una autorización viva, una emisión documentada y un cliente protegido con fondos trazables.
1) El perímetroLos 10 servicios del art. 3 cruzados con el tipo de token (utility, EMT, ART, instrumento financiero) definen clase, capital y hasta la norma aplicable.
2) La licenciaExpediente ante la CNMV con programa, gobernanza, custodia, DORA y PBC — o la vía exprés de las entidades financieras supervisadas.
3) La emisiónCada token con su vía: notificación para utility, autorización para ART, condición de banco o EDE para EMT — y comunicaciones alineadas con lo notificado.
4) El clienteCustodia segregada con política de claves, salvaguarda de fondos, KYC en el alta, KYT en cada movimiento, Travel Rule en cada transferencia — y una bancarización sostenida por el evidence pack. El CASP que integra todo esto en el producto convierte el compliance en ventaja: mejores bancos, mejores contrapartes, cero expedientes.
Decisión rápidaCASP clase 2-3: custodia, canje y mercado con expediente completo.
Encaje del token + white paper por la vía que toque.
Notificación art. 60: 40 días hábiles, sin nueva licencia.
Matriz servicios × tokens documentada y revisada con cada cambio de producto.
Análisis de encaje y mapa de servicios del art. 3.
CASP autorizado (o notificación art. 60) con programa de actividades vivo.
Resolución de la CNMV, alta en el registro ESMA y expediente actualizado.
White paper notificado antes de ofertar y marketing coherente con lo notificado.
White paper, acuse de notificación y revisión de comunicaciones.
Segregación efectiva, política de claves, salvaguarda y conciliaciones periódicas.
Contratos de custodia, conciliaciones y auditorías.
KYC y KYT operativos y datos de ordenante-beneficiario en cada transferencia.
Manual PBC, logs de KYT y comunicaciones al SEPBLAC.
Los vemos en proyectos nuevos y en VASPs veteranos. Todos se evitan diseñando antes.
El vocabulario del mercado cripto regulado — el de tu expediente, tu emisión y tu relación con la CNMV y tu banco.
Crypto-Asset Service Provider: la figura autorizada por la CNMV para prestar los servicios del art. 3, en tres clases según capital y alcance.
Características, derechos, riesgos y tecnología del token: se notifica antes de la oferta pública o la admisión — y obliga a quien lo firma.
Referenciado a una sola divisa y reembolsable a la par: solo pueden emitirlo entidades de crédito y EDEs, bajo supervisión del Banco de España.
Referenciado a cestas de divisas, materias primas u otros criptoactivos: exige autorización del emisor, reservas segregadas y gobernanza reforzada.
Da acceso a bienes o servicios del emisor: la categoría residual de MiCA, con white paper notificado y sin promesas de rentabilidad.
Reglamento (UE) 2023/1113: datos de ordenante y beneficiario en cada transferencia de criptoactivos, sin umbral mínimo entre CASPs.
La autorización CASP española habilita para operar en toda la UE previa notificación entre supervisores y alta en el registro de ESMA.
Bancos, ESIs, EMIs y gestoras prestan los servicios cripto equivalentes a su licencia con notificación previa de 40 días hábiles — sin nueva autorización.
Origen de fondos, trazabilidad on-chain, scoring KYT, contratos y fiscalidad: el expediente que sostiene la bancarización del negocio cripto.
Si tu proyecto combina cripto con pagos, captación de inversores o tokenización, descarga nuestro checklist de figuras ante el supervisor: requisitos comparados, fases del expediente y errores frecuentes.
El Reglamento (UE) 2023/1114 (MiCA) regula por primera vez de forma completa la emisión de criptoactivos y la prestación de servicios sobre ellos en toda la UE. En España, la CNMV es la autoridad competente para autorizar y supervisar a los CASPs y las emisiones de criptoactivos, y el Banco de España supervisa a los emisores de tokens de dinero electrónico (EMT) y tokens referenciados a activos (ART). Fuera del perímetro quedan los criptoactivos que son instrumentos financieros —territorio MiFID II, Ley 6/2023, ERIR y régimen piloto DLT— y los NFTs auténticamente únicos: la frontera se analiza caso a caso, porque decide todo el régimen aplicable.
La autorización CASP sustituye al antiguo registro VASP del Banco de España: tres clases con capital de 50.000, 125.000 y 150.000 € según los servicios (Anexo IV), idoneidad de socios y administradores, custodia con segregación efectiva, resiliencia DORA y PBC/FT completo, con plazos formales de 25 + 40 días hábiles (art. 63) y pasaporte europeo con alta en el registro de ESMA. El régimen transitorio del art. 143.3 terminó en España el 1 de julio de 2026: desde entonces, solo CASPs autorizados o pasaporteados pueden prestar servicios de criptoactivos — y las entidades financieras supervisadas cuentan con la vía exprés de la notificación del art. 60, 40 días hábiles antes de empezar.
Toda oferta pública o admisión a negociación exige white paper: notificado para utility tokens (con exenciones tasadas), con autorización del emisor para los ART y reservado a entidades de crédito y EDEs en el caso de los EMT — siempre con comunicaciones comerciales coherentes con lo notificado. En paralelo, el Reglamento (UE) 2023/1113 impone la Travel Rule: datos de ordenante y beneficiario en cada transferencia de criptoactivos, sin umbral mínimo entre CASPs y con verificación reforzada de wallets auto-custodiadas.
La CNMV publicó sus criterios y Q&A sobre MiCA el 15 de diciembre de 2025 y cerró el transitorio el 1 de julio de 2026: el mercado español opera ya en régimen pleno, con los primeros CASPs autorizados y la competencia europea entrando por pasaporte. La siguiente ola normativa ya tiene fecha — el paquete AMLR/AMLA aplica desde el 10 de julio de 2027 y endurecerá el PBC de todo el sector cripto. Adaptarse hoy con el expediente bien construido es la ventaja. (Página revisada en julio de 2026.)