Plataforma de préstamos a empresas
"Facilitas préstamos entre inversores y empresas. Exige licencia PSFP, un buen modelo de scoring y publicar tasas de impago: la calidad de la selección es tu producto."
Te acompañamos de la idea al lanzamiento: modelo de negocio, constitución de la sociedad, licencia PSFP ante la CNMV, circuito de fondos con entidad de pago, tecnología, contratos y el compliance que deja tu plataforma lista para operar.
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Crear una plataforma de crowdfunding es un proyecto regulado, no solo un producto tecnológico. Estos seis bloques ordenan todo el camino, del modelo de negocio al primer proyecto publicado.
Antes de escribir una línea de código: definimos si tu plataforma será de préstamos (crowdlending), de valores (crowdequity) o mixta, qué proyectos financiará y si el modelo es viable dentro del marco de la financiación participativa. Esta decisión condiciona licencia, costes y calendario.
El hito regulatorio del proyecto: preparamos el expediente completo del Reglamento (UE) 2020/1503 —programa de actividades, idoneidad, salvaguardias, conflictos de interés y plan de continuidad— hasta la inscripción en los registros de la CNMV y de ESMA.
Constituimos la sociedad que explotará la plataforma con una estructura de capital y gobierno defendible: idoneidad de socios significativos, órgano de administración y funciones clave que la CNMV pueda validar.
Términos y condiciones, contratos con inversores y promotores, desarrollo tecnológico, proveedores críticos, SLA y continuidad. La plataforma se sostiene sobre contratos, no solo sobre software.
Definimos cómo se custodia y mueve el dinero de inversores y promotores: entidad de pago propia o tercera, cuentas, conciliaciones y trazabilidad. Es la decisión que más impacta en costes y plazos.
Onboarding KYC, diligencia debida de promotores, KIIS por oferta, protección del inversor y reporting: dejamos la plataforma lista para publicar su primer proyecto y superar la primera revisión.
Préstamos a empresas, participaciones de startups, financiación inmobiliaria o un nicho sectorial: el tipo de plataforma que quieres lanzar determina el instrumento, la licencia y las obligaciones.
"Facilitas préstamos entre inversores y empresas. Exige licencia PSFP, un buen modelo de scoring y publicar tasas de impago: la calidad de la selección es tu producto."
"Colocas participaciones o acciones de proyectos. También PSFP, con especial cuidado en la información al inversor, las valoraciones y la gestión de las rondas."
"El vertical más demandado en España. Añade due diligence de activos, garantías, hitos de obra y un PBC reforzado por ser sector sensible."
"Energía, agro, impacto, cultura: un nicho bien elegido diferencia, pero el marco regulatorio es el mismo. La especialización va en el producto, no en la licencia."
Construir el producto antes de cerrar el marco regulatorio es el error más caro del sector: obliga a rehacer tecnología, contratos y flujos cuando ya hay dinero y equipo comprometidos.
Programar antes de regular: el error clásico. Se desarrolla la plataforma y, al llegar a la CNMV, resulta que el circuito de fondos, el onboarding o el instrumento no encajan. Rehacerlo cuesta meses y presupuesto.
La licencia no es un trámite final: condiciona el diseño desde el día uno. Gobierno, salvaguardias, conflictos de interés y continuidad tienen que estar en el ADN del proyecto, no añadirse al final.
Los fondos no pueden pasar por tu cuenta: el dinero de inversores y promotores exige una entidad de pago. Decidirlo tarde bloquea el lanzamiento y encarece la operativa.
No puedes lanzar una versión "beta" que capte dinero real sin licencia: la prestación de servicios de financiación participativa sin autorización es una infracción, no una prueba de mercado.
Entre preparación, completitud (25 días hábiles) y evaluación (3 meses) de la CNMV, un proyecto bien armado tarda medio año largo en estar operativo. Planificar en falso mata el runway.
Sin licencia activa y sin un PBC/FT sólido, ningún banco ni entidad de pago abre las cuentas del proyecto. La captación se bloquea aunque el producto funcione.
El primer paso no es el desarrollo tecnológico: es validar el modelo, el instrumento y el circuito de fondos. Con ese diseño cerrado, la licencia y la tecnología avanzan sin sorpresas.
Cuatro pilares: una sociedad con estructura y socios idóneos, la licencia PSFP de la CNMV, un circuito de fondos a través de una entidad de pago, y un marco de compliance (PBC/FT, protección del inversor, KIIS). La tecnología es importante, pero es el envoltorio de todo lo anterior.
No se puede lanzar captando dinero real sin la autorización: es una actividad reservada.
No hay una cifra única. El coste combina las salvaguardias prudenciales del artículo 11 (el mayor de 25.000 € o un cuarto de los gastos fijos generales), el coste del expediente y su estructuración, la tecnología y el circuito de fondos con la entidad de pago.
El mayor salto de coste suele ser la decisión sobre los fondos: operar con una entidad de pago tercera o tramitar una licencia propia son escenarios muy distintos.
De forma realista, entre 6 y 9 meses. La CNMV dispone de 25 días hábiles para valorar si el expediente está completo y de 3 meses para resolver desde que lo está, pero el grueso del tiempo es la preparación previa y la respuesta a requerimientos.
La tecnología puede desarrollarse en paralelo, siempre que el diseño regulatorio esté cerrado antes.
Si tu plataforma intermedia préstamos o valores con ánimo de inversión, sí: necesitas la licencia PSFP.
Quedan fuera del régimen las plataformas de donación y de recompensa (tipo Kickstarter), que no ofrecen retorno financiero. Ahí no hace falta autorización, aunque sí cumplir consumo, protección de datos y fiscalidad.
No necesariamente. Hay tres vías: desarrollo propio, software de terceros (SaaS especializado) o modelo de marca blanca sobre una infraestructura ya autorizada. Cada opción tiene implicaciones distintas en outsourcing crítico, dependencia y control.
La CNMV exige que el outsourcing tecnológico esté documentado: contratos, SLA, seguridad y plan de salida.
No, si esa beta capta dinero real de inversores. La prestación de servicios de financiación participativa sin autorización es una infracción, no una prueba de producto.
Lo que sí puedes hacer es validar demanda con landing pages, listas de espera y acuerdos preliminares con promotores, y avanzar la tecnología, mientras se tramita la licencia.
Sí. La licencia PSFP incluye pasaporte europeo: una vez autorizada por la CNMV e inscrita en el registro de ESMA, tu plataforma puede prestar servicios en otros Estados del EEE mediante una simple notificación entre autoridades, sin nuevas licencias locales.
La CNMV valora la idoneidad y experiencia del órgano de administración y de las funciones clave: al menos responsables de compliance, PBC/FT y gestión de riesgos, con capacidad real de ejercer su función.
No hace falta una plantilla enorme, pero sí personas idóneas y una asignación clara de responsabilidades: un organigrama vacío no supera el expediente.
El modelo habitual combina comisiones al promotor (un porcentaje sobre lo captado o de éxito), comisiones al inversor (gestión o entrada) y, en crowdlending, márgenes o comisiones ligadas a los préstamos.
La política de precios debe declararse en el programa de actividades y ser coherente con la gestión de conflictos de interés: cómo cobras no puede comprometer la objetividad de la selección de proyectos.
Con marca blanca operas bajo la infraestructura y, a veces, el paraguas de un tercero ya autorizado: arrancas antes y con menos coste inicial, pero dependes de ese proveedor y cedes margen. Con licencia propia tienes control total y activo regulatorio, a cambio de más tiempo e inversión. La elección depende de tu ambición, tu runway y tu estrategia de producto.
Es una vía de entrada frecuente: colaborar o canalizar proyectos hacia una PSFP existente sin ser tú el titular de la licencia. Reduce barreras, pero limita el control y el modelo de negocio. Suele ser un paso intermedio antes de decidir la licencia propia.
El sandbox financiero español permite probar proyectos innovadores en un entorno controlado y supervisado, con garantías para los participantes. No sustituye a la licencia, pero puede ayudar a validar aspectos novedosos del modelo antes de la autorización definitiva. Lo valoramos caso a caso según el proyecto.
Los socios con participación significativa se someten a una evaluación de idoneidad: honorabilidad, ausencia de antecedentes relevantes y transparencia sobre el origen de su participación. La CNMV quiere saber quién está detrás de la plataforma y que no hay conflictos ni riesgos reputacionales.
Sí. El Reglamento permite un servicio adicional de gestión individualizada de carteras de préstamos: el inversor fija parámetros y la plataforma asigna sus fondos automáticamente. Debe declararse en el programa de actividades y cumple requisitos reforzados de información y control.
La tokenización añade una capa: según los derechos del token, puede ser un valor negociable (mercado de valores) o un criptoactivo MiCA. No es incompatible con una plataforma de crowdfunding, pero exige encajar cada instrumento en su marco. Lo abordamos en servicios cripto y tokenización.
Hay tres formas de entrar al mercado, con coste, tiempo y control muy distintos. Te ayudamos a elegir la que encaja con tu ambición y tu runway.
El presupuesto de crear una plataforma combina el capital regulatorio, la estructuración legal, la tecnología y el circuito de fondos.
Antes de comprometer honorarios cerramos el modelo y la vía de entrada. Así evitas sobredimensionar el proyecto y tienes una hoja de ruta realista de coste, tiempo y control.
| Vía | Licencia propia (PSFP) | Marca blanca | Agente / colaborador |
|---|---|---|---|
| Titular de la licencia | Tu sociedad | El proveedor (o tú, según modelo) | La plataforma autorizada |
| Tiempo de arranque | 6–9 meses | Semanas / pocos meses | Rápido |
| Inversión inicial | Alta | Media | Baja |
| Control del negocio | Total | Limitado por el proveedor | Bajo |
| Activo regulatorio propio | Sí (licencia + pasaporte) | Según acuerdo | No |
| Encaja con | Proyectos con ambición y financiación | Time-to-market rápido con margen compartido | Validar mercado antes de invertir |
Comparativa orientativa. La vía óptima depende de tu modelo de negocio, tu capacidad de inversión y tu horizonte; conviene decidirla antes de comprometer desarrollo tecnológico.
Lanzar una plataforma es un proyecto por fases donde el orden importa: cada decisión temprana condiciona las siguientes. Construir en el orden correcto ahorra meses y presupuesto.
Definir instrumento, vertical, modelo de ingresos y vía de entrada antes de desarrollar. La tecnología construida sobre un modelo regulatorio sin cerrar se acaba tirando.
Con el diseño cerrado, el expediente PSFP y el desarrollo pueden avanzar a la vez, siempre que la tecnología respete el circuito de fondos y el onboarding validados.
La autorización es el punto de partida: KIIS, PBC/FT, reporting y tasas de impago tienen que estar operativos desde el primer proyecto, no improvisarse después.
Empieza por los requisitos de la licencia PSFP y, si tu vertical es el inmobiliario, por la guía específica de crowdfunding inmobiliario.
Crear una plataforma solvente no es un sprint tecnológico: es una secuencia de modelo, licencia, infraestructura y lanzamiento donde cada fase habilita la siguiente. Este panel ordena el camino de principio a fin.
1) ModeloLa decisión fundacional: qué instrumento, qué vertical y por qué vía entras al mercado. Todo lo demás se construye sobre esto.
2) LicenciaConstituir la sociedad idónea y montar el expediente de la CNMV. El hito que convierte el proyecto en una plataforma autorizable.
3) InfraestructuraLa plataforma técnica y el circuito del dinero. Deben respetar el diseño regulatorio validado, no ir por su cuenta.
4) LanzamientoPublicar la primera oferta con todo operativo: KIIS, onboarding KYC, protección del inversor, reporting a la CNMV y tasas de impago. El lanzamiento no cierra el proyecto, lo pone en marcha como entidad supervisada.
Decisión rápidaControl total y activo regulatorio. Para proyectos con ambición y financiación para 6–9 meses.
Time-to-market rápido sobre infraestructura autorizada, cediendo margen y control.
Canalizar proyectos hacia una PSFP existente para validar mercado antes de invertir.
Instrumento, vertical, modelo de ingresos y vía de entrada al mercado (propia, marca blanca o agente).
Informe de encaje regulatorio, plan de negocio y decisión de vía documentada.
Estructura societaria, capital, idoneidad de socios y funciones clave que la CNMV pueda validar.
Escritura de constitución, pacto de socios, organigrama y nombramientos.
Programa de actividades, políticas internas, salvaguardias del art. 11 y plan de continuidad.
Solicitud CNMV con el modelo normalizado, memorias y acreditación de salvaguardias.
Plataforma técnica, entidad de pago, contratos con usuarios y outsourcing crítico documentado.
T&C, contratos con la entidad de pago, SLA de proveedores y plan de continuidad de negocio.
Primer proyecto publicado con KIIS, onboarding KYC, protección del inversor y reporting operativos.
KIIS de la primera oferta, expedientes KYC, registro de conflictos y calendario de reporting.
Los que más runway consumen. Evítalos desde la fase de diseño.
Si vas a montar una plataforma de crowdfunding, estos términos aparecerán en tu plan de negocio, en el expediente de la CNMV y en las conversaciones con proveedores y la entidad de pago.
La figura que serás si tu plataforma intermedia préstamos o valores. La autorización la concede la CNMV bajo el Reglamento (UE) 2020/1503.
Operar sobre la infraestructura (y a veces la licencia) de un tercero autorizado con tu propia marca. Arranque rápido a cambio de dependencia y menor margen.
Tercero (o licencia propia) que custodia y mueve los fondos de inversores y promotores. La plataforma de crowdfunding no puede tener el dinero de los usuarios en su balance.
Documento central del expediente: describe el modelo, los proyectos objetivo, los canales, la tecnología y los partners de tu plataforma. Debe ser coherente con el resto de políticas.
El mayor de 25.000 € o un cuarto de los gastos fijos generales del año anterior, en fondos propios, seguro elegible o combinación. Se mantiene en todo momento.
El documento estandarizado que tu plataforma publicará por cada proyecto: riesgos, condiciones y costes. Serás responsable de su veracidad antes de publicarlo.
Responsables de compliance, PBC/FT, riesgos y auditoría de tu plataforma. Deben ser idóneos y tener capacidad real de ejercer, no solo figurar en un organigrama.
Proveedores tecnológicos o de servicios esenciales (incluida la marca blanca) que deben documentarse: contratos, SLA, seguridad, continuidad y plan de salida.
Una vez autorizada, tu plataforma puede prestar servicios en otros Estados del EEE mediante notificación entre autoridades, sin nuevas licencias locales. La palanca natural de escala.
Descarga nuestro checklist para situar tu proyecto antes de invertir: figuras disponibles (PSFP, entidad de pago, EMI), requisitos y salvaguardias, fases del expediente y errores frecuentes que retrasan el lanzamiento.
Crear una plataforma de crowdfunding de inversión en España significa constituirse como proveedor de servicios de financiación participativa (PSFP) bajo el Reglamento (UE) 2020/1503 y la Ley 18/2022, que designa a la CNMV como autoridad competente. No es un negocio que pueda lanzarse en modo prueba: la prestación de servicios de financiación participativa sin autorización es una actividad reservada.
La plataforma la explota una sociedad con estructura y socios idóneos. La CNMV evalúa la honorabilidad y experiencia del órgano de administración y de las funciones clave (compliance, PBC/FT, riesgos), así como la idoneidad de los socios con participación significativa. Un organigrama sin personas idóneas detrás no supera el expediente.
El corazón del proyecto es la licencia PSFP: programa de actividades, políticas internas, gestión de conflictos de interés, plan de continuidad y salvaguardias prudenciales del artículo 11 (el mayor de 25.000 € o un cuarto de los gastos fijos generales). La CNMV dispone de 25 días hábiles para el control de completitud y de 3 meses para resolver desde el expediente completo, con inscripción posterior en los registros de la CNMV y de ESMA y pasaporte europeo.
Una plataforma de crowdfunding no puede mantener en su balance el dinero de inversores y promotores: necesita una entidad de pago, propia o tercera, que custodie y mueva los fondos. Esta decisión es una de las que más impacta en el coste, el plazo y la arquitectura del proyecto, y conviene tomarla en la fase de diseño, no al final.
La plataforma puede desarrollarse a medida, sobre software de terceros o en modelo de marca blanca apoyándose en una infraestructura ya autorizada. En todos los casos, el outsourcing crítico debe documentarse: contratos, niveles de servicio, seguridad, continuidad y plan de salida. La CNMV exige trazabilidad sobre los proveedores esenciales de la plataforma.