Impuesto sobre Sociedades al 15%
"Tributación reducida del 25% al 15% durante un máximo de cuatro ejercicios, más el aplazamiento de deudas tributarias en los primeros años."
Te ayudamos a certificar tu startup como empresa emergente ante ENISA al amparo de la Ley 28/2022 (Ley de Startups): evaluamos requisitos, preparamos el expediente y desbloqueamos los beneficios fiscales y sociales de la norma.
¿Tu empresa puede certificarse como startup? Diagnóstico gratuito
Cuéntanos tu caso y te decimos si cumples los requisitos de la Ley de Startups.
Seis frentes para obtener y conservar la condición de empresa emergente y aprovechar al máximo los beneficios de la Ley de Startups.
Comprobamos si tu empresa cumple los requisitos del artículo 3 de la Ley 28/2022: antigüedad, innovación, plantilla, facturación, dividendos y no cotización.
Preparamos y presentamos el expediente en la ventanilla de ENISA: documentación societaria, plan de negocio y acreditación del carácter innovador.
Acceso al tipo reducido del 15% en el Impuesto sobre Sociedades y al aplazamiento de deudas tributarias en los primeros ejercicios.
Diseño de planes de retribución con acciones o participaciones, con la exención fiscal elevada a 50.000 € anuales para empleados.
La certificación mejora la deducción para inversores y aporta credibilidad ante fondos y bancos en procesos de due diligence.
Seguimiento de los requisitos para mantener la certificación y evitar la pérdida de la condición de empresa emergente.
Obtener la condición de empresa emergente abre la puerta a un marco fiscal, de talento y de inversión más favorable, válido frente a todas las Administraciones.
"Tributación reducida del 25% al 15% durante un máximo de cuatro ejercicios, más el aplazamiento de deudas tributarias en los primeros años."
"La exención por entrega de acciones o participaciones a empleados sube de 12.000 a 50.000 € anuales, con diferimiento de la tributación."
"Se mejora la deducción por inversión en empresas de nueva creación y se gana credibilidad frente a fondos y bancos."
"Constitución más ágil, bonificación de la cuota del RETA en pluriactividad y un marco administrativo pensado para crecer."
La certificación es la llave de los beneficios de la Ley de Startups: sin ella no hay ventajas fiscales. Y un expediente mal planteado se traduce en denegación, retrasos o pérdida de la condición.
Sin certificado no hay beneficios: los incentivos fiscales y sociales de la Ley 28/2022 solo se aplican si ENISA reconoce la condición de empresa emergente.
Requisitos que descalifican: nacer de una fusión o escisión, repartir dividendos o cotizar en mercado regulado impiden la certificación.
Carácter innovador: hay que acreditarlo de forma adecuada (p. ej., gastos en I+D+i sobre el total), no basta con declararlo.
El plazo máximo de resolución es de tres meses; transcurrido sin respuesta opera el silencio administrativo positivo.
El volumen de negocio anual no puede superar los 10 millones de euros para mantener la condición.
Al menos el 60% de la plantilla debe tener contrato laboral en España, junto con sede o establecimiento permanente.
Te ayudamos a comprobar si cumples los requisitos, a preparar el expediente para ENISA y a aprovechar el tipo del 15%, las stock options y las ventajas para inversores.
Es obtener de ENISA el certificado de empresa emergente previsto en la Ley 28/2022 (Ley de Startups). Ese reconocimiento es necesario para acceder a los beneficios fiscales y sociales de la norma y es válido frente a todas las Administraciones.
Los del artículo 3 de la Ley: ser de nueva creación o tener hasta 5 años (7 en biotecnología, energía o industria), no surgir de fusión o escisión, no repartir dividendos, no cotizar en mercado regulado, tener sede en España, al menos el 60% de la plantilla con contrato en España, facturar menos de 10 M€ y desarrollar un proyecto innovador y escalable.
Certifica ENISA (Empresa Nacional de Innovación), como ventanilla única. El plazo máximo de resolución es de 3 meses; si transcurre sin respuesta, la certificación se entiende concedida por silencio administrativo positivo.
Principalmente: tributar al 15% en el Impuesto sobre Sociedades (frente al 25%) durante un máximo de cuatro ejercicios, aplazar deudas tributarias en los primeros años y una exención de stock options elevada a 50.000 € anuales.
Según el artículo 3.2 de la Ley, demostrando que el proyecto resuelve un problema o mejora algo existente mediante innovación. Una vía habitual es acreditar que los gastos en I+D+i representan un porcentaje relevante de los gastos totales.
Habitualmente: CIF, escritura de constitución, cuentas anuales del último ejercicio, certificados de estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, una declaración responsable y un plan de negocio que acredite la innovación y la escalabilidad.
No. La certificación está pensada para sociedades de capital o cooperativas. Tampoco encajan las empresas que continúan una actividad previa de un autónomo o persona vinculada con más del 50% de participación.
Sí, si cumple los requisitos de empresa emergente. De hecho, combinar la certificación con un buen encaje regulatorio fintech ordena la fiscalidad, el talento y la inversión desde el inicio del proyecto.
Certificar una empresa emergente no es rellenar un formulario: hay que verificar elegibilidad, acreditar la innovación y mantener la condición. Este es el camino para hacerlo bien a la primera.
Comprobar uno a uno los requisitos del artículo 3 de la Ley 28/2022 antes de solicitar: antigüedad, forma jurídica, plantilla, facturación, dividendos y no cotización.
Preparar la documentación societaria y el plan de negocio que acredite el carácter innovador y escalable, y presentar la solicitud en la ventanilla de ENISA.
Aplicar correctamente las ventajas fiscales y sociales y vigilar los requisitos para conservar la condición de empresa emergente.
¿Tu proyecto es una fintech? Combina la certificación con el asesoramiento a empresas fintech y con un buen programa de corporate compliance desde el inicio.
Certificar una startup es traducir los requisitos de la Ley en evidencias: forma jurídica, innovación acreditada, plantilla, facturación y un expediente que ENISA pueda validar sin fricciones. Este panel resume el método.
1) ElegibilidadRevisamos cada requisito del artículo 3 antes de solicitar, para no exponernos a una denegación.
2) InnovaciónConstruimos el relato y la evidencia del carácter innovador y escalable del proyecto.
3) ExpedientePreparamos y presentamos la documentación en la ventanilla de ENISA y damos seguimiento.
4) BeneficiosAcompañamos la aplicación del tipo del 15%, los aplazamientos, las stock options y la deducción de inversores, y vigilamos los requisitos para no perder la condición.
Decisión rápidaSociedad joven, innovadora, sin dividendos y con sede en España.
Antigüedad cerca del límite, plantilla o facturación ajustadas.
Surge de fusión/escisión, cotiza o reparte dividendos.
Hasta 5 años (7 en biotecnología, energía o industria) desde la constitución.
Escritura de constitución y nota del Registro Mercantil.
Proyecto que resuelve un problema o mejora algo existente (art. 3.2).
Plan de negocio y gastos en I+D+i sobre el total.
Sede en España y al menos el 60% de la plantilla con contrato en España.
Contratos laborales y vida laboral, domicilio social.
Volumen de negocio anual inferior a 10 millones de euros.
Cuentas anuales del último ejercicio.
Sin dividendos, sin cotización y al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
Certificados de estar al corriente y declaración responsable.
Lo que más complica una solicitud de certificación, y conviene anticipar.
Si estás valorando certificar tu empresa como emergente, estos términos aparecen en la Ley 28/2022, en la Orden de ENISA y en cada conversación con inversores. Conocerlos ayuda a decidir con criterio.
Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes; crea la condición de empresa emergente y sus beneficios.
Entidad pública que actúa como ventanilla única para evaluar y certificar a las empresas emergentes.
Desarrolla los criterios y el procedimiento de certificación de empresas emergentes ante ENISA.
Sociedad joven, innovadora y escalable que cumple los requisitos del artículo 3 de la Ley.
Tributación del 15% en el Impuesto sobre Sociedades durante un máximo de cuatro ejercicios.
Exención fiscal elevada a 50.000 € anuales por entrega de acciones o participaciones a empleados.
Proyecto que resuelve un problema o mejora algo existente; acreditable, p. ej., por gastos en I+D+i.
El plazo de resolución es de 3 meses; si no hay respuesta, la certificación se entiende concedida.
Ventajas en la cotización para emprendedores en pluriactividad durante los primeros años.
Certificar una startup consiste en obtener de ENISA el reconocimiento de empresa emergente previsto en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (la «Ley de Startups»). Ese certificado es la condición necesaria para acceder a los beneficios fiscales y sociales de la norma y tiene validez frente a todas las Administraciones. El procedimiento se concreta en la Orden PCM/825/2023, de 20 de julio.
La entidad encargada es ENISA (Empresa Nacional de Innovación), dependiente del Ministerio de Industria, que actúa como ventanilla única. Los requisitos del artículo 3 de la Ley incluyen: ser sociedad de capital o cooperativa de nueva creación o con hasta 5 años de antigüedad (7 en biotecnología, energía o industria), no surgir de fusión o escisión, no repartir dividendos, no cotizar en mercado regulado, tener sede en España, contar con al menos el 60% de la plantilla con contrato en España, facturar menos de 10 millones de euros y desarrollar un proyecto innovador y escalable.
La condición de empresa emergente da acceso a la tributación al 15% en el Impuesto sobre Sociedades (frente al 25%) durante un máximo de cuatro ejercicios, al aplazamiento de deudas tributarias en los primeros años, a la exención de stock options elevada a 50.000 € anuales para empleados, a una mejor deducción para inversores en empresas de nueva creación y a ventajas sociales como la bonificación de la cuota del RETA en pluriactividad.
La solicitud se presenta en la ventanilla de ENISA con la documentación societaria, las cuentas anuales, los certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, una declaración responsable y un plan de negocio que acredite la innovación. El plazo máximo de resolución es de 3 meses y opera el silencio administrativo positivo: si no hay respuesta en plazo, la certificación se entiende concedida.
La certificación encaja muy bien con proyectos de base tecnológica. Para una fintech, combinarla con un buen encaje regulatorio ordena desde el inicio la fiscalidad, el talento y la inversión. Si tu proyecto está regulado, conviene coordinar la certificación con el asesoramiento fintech y un programa de corporate compliance.