Adquirencia de pagos: licencia de entidad adquirente

Estructuramos tu proyecto de adquirencia como entidad adquirente: la adquirencia es un servicio de pago sujeto a autorización conforme a la PSD2 y al Real Decreto-ley 19/2018. Licencia de entidad de pago, membresía en esquemas de tarjeta, tasas de intercambio (Reglamento (UE) 2015/751), contratación de comercios y modelo payment facilitator.

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Cada modelo de adquirencia tiene su encaje

Ser adquirente con licencia propia no es lo mismo que operar como facilitador bajo el paraguas de otro. El encaje depende de si liquidas fondos, contratas comercios y qué relación tienes con el esquema.

Entidad adquirente

Licencia propia y liquidación de fondos

"La entidad adquirente contrata con el comercio, acepta y procesa las operaciones y liquida los fondos. Presta un servicio de pago y necesita autorización y acceso a los esquemas."

Payment facilitator

Subcomercios bajo un adquirente

"El payment facilitator agrega subcomercios bajo el paraguas de un adquirente. Simplifica el alta, pero asume diligencia sobre comercios y, según el flujo de fondos, puede necesitar licencia."

ISO / agente

Distribución sin liquidar fondos

"El ISO o agente comercial capta y da servicio a comercios en nombre de un adquirente, sin liquidar los fondos. Su encaje depende del contrato y de las funciones asumidas."

Gateway + adquirencia

Tecnología y liquidación combinadas

"Cuando el mismo actor ofrece la pasarela y la adquirencia, hay que separar bien la capa técnica de la de servicio de pago para dimensionar licencia, capital y compliance."

¿Por qué el encaje de la adquirencia es crítico?

La adquirencia liquida fondos de comercios y está regulada: operar sin licencia, incumplir las tasas de intercambio o descuidar la diligencia sobre comercios bloquea el acceso a los esquemas y expone a sanciones.

El error más habitual: presentar la adquirencia como un servicio meramente tecnológico. Al contratar comercios y liquidar fondos se presta un servicio de pago que exige autorización.

Los esquemas exigen encaje y controles: sin licencia adecuada, membresía o patrocinio y una diligencia sólida sobre comercios, el acceso a Visa o Mastercard se bloquea.

Las tasas de intercambio se supervisan: el Reglamento (UE) 2015/751 fija límites y reglas de negocio cuyo incumplimiento acarrea consecuencias regulatorias y contractuales.

Servicio de pago sin licencia Cese

Prestar adquirencia sin la autorización previa del Banco de España puede suponer la paralización de la actividad.

Diligencia de comercios Riesgo PBC

Una diligencia débil sobre los comercios y sus operaciones expone a fraude, contracargos masivos y a incumplimientos de prevención del blanqueo.

Riesgo comercial Bloqueo

Bancos, procesadores y esquemas exigen un encaje regulatorio claro antes de habilitar la adquirencia: sin él, las integraciones no avanzan.

¿Quieres montar u operar como entidad adquirente?

Antes de contratar comercios conviene validar la licencia adecuada, el acceso a los esquemas, el cumplimiento de las tasas de intercambio y la diligencia sobre comercios que exige la adquirencia.

Adquirencia de pagos: dudas habituales

¿Qué es la adquirencia de pagos?

La adquirencia es el servicio por el que un proveedor contrata con los comercios para aceptar, procesar y liquidar las operaciones de pago con tarjeta que reciben, transfiriendo los fondos al comercio. Es uno de los servicios de pago recogidos en la PSD2 y en el Real Decreto-ley 19/2018.

Al liquidar fondos de comercios, la adquirencia va mucho más allá de la mera tecnología: es una actividad regulada.

¿Qué es una entidad adquirente?

La entidad adquirente (acquirer) es el proveedor de servicios de pago que presta la adquirencia: contrata con el comercio, es miembro de los esquemas de tarjeta (o está patrocinado), procesa las operaciones y liquida los fondos al comercio, gestionando además los contracargos.

Puede ser una entidad de pago, una entidad de dinero electrónico o una entidad de crédito.

¿La adquirencia necesita licencia?

Sí. Prestar adquirencia es prestar un servicio de pago, por lo que requiere autorización del Banco de España como entidad de pago, entidad de dinero electrónico o entidad de crédito.

Existe la alternativa de operar como payment facilitator o distribuidor bajo el paraguas de un adquirente autorizado, pero eso también conlleva obligaciones y, según el flujo de fondos, puede exigir licencia propia.

¿Qué es la tasa de intercambio?

La tasa de intercambio (interchange fee) es el importe que el adquirente paga al emisor de la tarjeta por cada operación. Está regulada por el Reglamento (UE) 2015/751, que fija límites máximos: con carácter general, 0,2 % en tarjetas de débito de consumo y 0,3 % en tarjetas de crédito de consumo.

Es uno de los tres componentes del coste que se traslada al comercio, junto con la tasa de esquema y el margen del adquirente.

¿Qué es un payment facilitator?

Un payment facilitator (PayFac) agrega subcomercios bajo su propio contrato con un adquirente, simplificando el alta y la operativa para pequeños comercios.

Asume la diligencia sobre los subcomercios y la gestión de riesgo; según cómo circulen los fondos, puede necesitar autorización propia como entidad de pago.

¿Qué diferencia hay entre adquirente, pasarela y agregador?

Se distinguen por su función y por si liquidan fondos:

  • La pasarela aporta la tecnología que transmite los datos de la operación.
  • El adquirente contrata al comercio, procesa y liquida los fondos, con licencia y acceso a los esquemas.
  • El agregador o facilitador agrupa comercios bajo un adquirente y puede tocar los fondos.

Un mismo actor puede combinar varias funciones, pero cada capa tiene su encaje regulatorio.

¿Qué son los esquemas de tarjeta?

Los esquemas de tarjeta (como Visa o Mastercard) son las redes que fijan las reglas técnicas y comerciales de las operaciones con tarjeta. El adquirente necesita ser miembro del esquema o estar patrocinado por un miembro para poder liquidar operaciones.

El Reglamento (UE) 2015/751 introdujo reglas de negocio para estos esquemas, como la separación entre esquema y procesamiento.

¿Qué obligaciones tiene el adquirente frente al comercio?

Entre otras: transparencia en el desglose de comisiones (tasa de intercambio, tasa de esquema y margen), información precontractual, un contrato de adquirencia claro, la gestión de contracargos y el cumplimiento de las normas de conducta y seguridad.

La transparencia de comisiones al comercio es una exigencia expresa del Reglamento (UE) 2015/751.

MDR, límites de intercambio, separación de esquema, co-badging y capital

¿Qué es el MDR (merchant discount rate)?

El MDR es la comisión total que paga el comercio al adquirente por cada operación con tarjeta. Se compone de la tasa de intercambio (al emisor), la tasa de esquema (a la red) y el margen del adquirente. El modelo de precios más transparente ("interchange++") desglosa estos tres componentes.

¿Qué límites fija el Reglamento (UE) 2015/751?

El Reglamento de tasas de intercambio limita, con carácter general, la tasa de intercambio de las tarjetas de consumo a un 0,2 % en débito y un 0,3 % en crédito. Además introduce reglas de negocio (separación de esquema y procesamiento, co-badging, límites a la regla de aceptar todas las tarjetas y transparencia con el comercio).

¿Qué es la separación de esquema y procesamiento?

Es una regla del Reglamento (UE) 2015/751 que exige la independencia, en términos contables, organizativos y de decisión, entre el esquema de tarjeta y las entidades de procesamiento, para favorecer la competencia y evitar prácticas que cierren el mercado a otros procesadores.

¿Qué es el co-badging?

El co-badging es la inclusión de varias marcas de pago en un mismo instrumento (por ejemplo, una tarjeta que opera con dos esquemas). El Reglamento (UE) 2015/751 reconoce el derecho a co-badging y deja la elección de la marca, en su caso, al ordenante o al comercio según las reglas aplicables.

¿Qué capital necesita una entidad adquirente?

Si opera como entidad de pago, la adquirencia se encuadra entre los servicios de pago con mayor exigencia: el capital inicial orientativo es de 125.000 €, más los fondos propios que correspondan según el volumen. El importe exacto se valida según los servicios prestados.

¿Qué supervisor interviene?

El supervisor de los servicios de pago en España es el Banco de España, que autoriza y supervisa a las entidades adquirentes. En materia de tasas de intercambio y reglas de competencia también intervienen las autoridades de competencia, y en prevención del blanqueo el SEPBLAC.

Modelos de adquirencia: licencia y funciones

La licencia, la liquidación de fondos y la relación con los esquemas dependen del modelo. Te ayudamos a situar tu proyecto antes de contratar comercios.

Estructura de la adquirencia de pagos: comercio, entidad adquirente, esquema de tarjeta y entidad emisora, con el flujo de la operación y de las comisiones (tasa de intercambio, tasa de esquema y margen)

Qué determina tu modelo de adquirencia

Tres variables ordenan el proyecto: si liquidas los fondos al comercio, si contratas comercios directamente y qué relación tienes con el esquema.

Liquidación
Si transfieres los fondos al comercio, prestas adquirencia como servicio de pago.
Contratación
Contratar comercios directamente o agregar subcomercios como facilitador.
Esquema
Miembro principal del esquema o patrocinado por otro miembro.
Compliance
Tasas de intercambio, diligencia de comercios, SCA, PCI DSS y PBC.

Cómo trabajamos el proyecto

Antes de contratar comercios cerramos el encaje y la vía de acceso a los esquemas. Así el modelo es viable regulatoria y operativamente desde el principio.

  1. Diagnóstico del modelo, del flujo de fondos y de la relación con el esquema.
  2. Definición de la vía: licencia propia, patrocinio o payment facilitator.
  3. Hoja de ruta con licencia, tasas, contratos y compliance.

Solicita el análisis de tu adquirencia →

Comparativa entre entidad adquirente, payment facilitator, ISO/agente y pasarela técnica
Modelo Entidad adquirente Payment facilitator ISO / agente Pasarela técnica
¿Necesita licencia? Según flujo de fondos Registro como agente No (excluida)
¿Liquida fondos al comercio? Posible No No
Contrata comercios Sí (directo) Sí (subcomercios) Capta para el adquirente No
Miembro de esquema Sí (principal o patrocinado) Bajo un adquirente No No
Supervisor Banco de España Banco de España Banco de España Banco de España (perímetro)

Cuadro orientativo a efectos comparativos. La licencia, el capital y el encaje dependen de los servicios de pago concretos y de si se liquidan los fondos; deben validarse caso a caso conforme al Real Decreto-ley 19/2018, a la PSD2 y al Reglamento (UE) 2015/751.

Cómo montar la adquirencia: guía práctica

La adquirencia no es solo tecnología: es licencia, acceso a esquemas, tasas reguladas y diligencia sobre comercios. La clave es decidir bien la vía antes de contratar al primer comercio.

Licencia

Primero la autorización

Antes que nada hay que confirmar la figura (entidad de pago, EMI o entidad de crédito), el capital y el expediente ante el Banco de España para poder prestar adquirencia.

Esquemas y tasas

Acceso y cumplimiento

La membresía o el patrocinio en los esquemas y el cumplimiento del Reglamento de tasas de intercambio deben resolverse pronto: sin ellos no hay adquirencia viable.

Comercios y compliance

Diligencia desde el inicio

El alta y la diligencia sobre comercios, la gestión de contracargos y el marco de prevención del blanqueo deben diseñarse desde el principio, no como apéndice.

Checklist: adquirencia en 10 pasos

  1. Confirmar el encaje: la adquirencia como servicio de pago de la PSD2 y el RD-ley 19/2018.
  2. Elegir la figura: entidad de pago, entidad de dinero electrónico o entidad de crédito.
  3. Dimensionar el capital inicial y los fondos propios según el volumen previsto.
  4. Definir el acceso a los esquemas: miembro principal o patrocinado por otro miembro.
  5. Diseñar el modelo: adquirencia directa o payment facilitator con subcomercios.
  6. Cumplir el Reglamento (UE) 2015/751: tasas de intercambio y reglas de negocio.
  7. Estructurar el contrato de adquirencia y la transparencia de comisiones al comercio.
  8. Implantar la diligencia sobre comercios y la gestión de contracargos y riesgo.
  9. Integrar SCA, PCI DSS y la resiliencia operativa cuando aplique (DORA).
  10. Desplegar el bloque PBC/FT: KYC de comercios, monitorización y representante SEPBLAC.

Si quieres montar u operar la adquirencia, consulta nuestros servicios de regulación fintech y la licencia de entidad de pago.

Adquirencia en modo operativo

De la licencia a la liquidación de comercios

Montar la adquirencia es un conjunto de decisiones coherentes (licencia, acceso a esquemas, tasas de intercambio y diligencia de comercios) que deben encajar entre sí. Aquí tienes un panel para entender cómo se aterriza.

Flujo de fondos y de comisiones en la adquirencia de pagos: del titular de la tarjeta al comercio, con la tasa de intercambio, la tasa de esquema y el margen del adquirente
Licencia entidad adquirente entidad de pago Banco de España1) Licencia

Licencia: la base de la adquirencia

El objetivo no es lanzar cuanto antes, sino contar con la autorización adecuada y el capital para prestar adquirencia como servicio de pago.

  • Entidad de pago, EMI o de crédito
  • Capital y fondos propios
  • Expediente ante el Banco de España
Esquemas de tarjeta membresía patrocinio procesador2) Esquemas

Esquemas: acceso y procesamiento

Membresía o patrocinio en Visa o Mastercard y relación con el procesador. Sin acceso a los esquemas no es posible liquidar operaciones.

  • Miembro principal o patrocinado
  • Relación con el procesador
  • Reglas del esquema
Tasas de intercambio Reglamento UE 2015/751 transparencia comercio3) Tasas

Tasas: intercambio y transparencia

Cumplimiento del Reglamento (UE) 2015/751: límites de intercambio, reglas de negocio y desglose de comisiones al comercio (interchange++).

  • Límites de intercambio
  • Separación esquema-procesamiento
  • Transparencia con el comercio
Mapa de decisión modelo de adquirenciaDecisión rápida

Mapa práctico: ¿qué modelo te conviene?

Adquirencia propia

Contratas comercios y liquidas fondos: licencia de entidad de pago y acceso al esquema (principal o patrocinado).

Facilitator

Agregas subcomercios bajo un adquirente: diligencia sobre comercios y, según el flujo, posible licencia propia.

ISO / agente

Captas comercios para un adquirente sin liquidar fondos: registro como agente y contrato claro.

Ver regulación fintech Licencia de entidad de pago
Playbook de adquirencia

La adquirencia en la práctica

Bloque del proyecto
Qué se espera
Evidencia típica

Encaje regulatorio

Justificación de que la actividad es adquirencia como servicio de pago de la PSD2.

Informe de encaje y descripción del circuito de aceptación y liquidación.

Licencia y capital

Figura adecuada (entidad de pago, EMI o de crédito) y capital suficiente.

Expediente ante el Banco de España, memoria de capital y plan de negocio.

Acceso a esquemas

Membresía o patrocinio en los esquemas y relación con el procesador.

Contrato de membresía o patrocinio y acuerdos con el procesador.

Tasas de intercambio

Cumplimiento de los límites y reglas del Reglamento (UE) 2015/751.

Política de tasas, desglose de comisiones al comercio y evidencias de transparencia.

Diligencia de comercios

Alta, clasificación de riesgo y monitorización de comercios y contracargos.

Procedimiento de onboarding, expedientes de comercio y cuadro de contracargos.

SCA / PCI DSS / PBC

Autenticación reforzada, seguridad de datos de tarjeta y prevención del blanqueo.

Política de SCA, certificación PCI DSS y manual PBC con representante SEPBLAC.

Errores frecuentes al montar la adquirencia

Detéctalos antes de contratar comercios para evitar bloqueos con los esquemas y con el supervisor.

  • Presentar la adquirencia como mera tecnología cuando se liquidan fondos de comercios.
  • Empezar a contratar comercios sin la licencia ni el acceso al esquema resueltos.
  • Ignorar los límites y reglas de las tasas de intercambio del Reglamento (UE) 2015/751.
  • Diligencia débil sobre comercios de riesgo y mala gestión de contracargos.
  • Diseñar la prevención del blanqueo como apéndice en lugar de pieza central.
Diccionario operativo

Conceptos clave: adquirencia de pagos

Si estás montando o revisando un proyecto de adquirencia, estos términos aparecen en el análisis regulatorio, en los contratos con comercios y esquemas y en la relación con el Banco de España.

AdquirenciaBase

Acquiring

Servicio de pago por el que un proveedor contrata con comercios para aceptar, procesar y liquidar operaciones de pago con tarjeta, transfiriendo los fondos al comercio.

Marco: PSD2 / RD-ley 19/2018.
AcquirerFigura

Entidad adquirente

Proveedor de servicios de pago que presta la adquirencia: contrata al comercio, es miembro del esquema (o patrocinado), procesa y liquida las operaciones.

Entidad de pago, EMI o de crédito.
InterchangeTasa

Tasa de intercambio

Importe que el adquirente paga al emisor por cada operación. Limitado por el Reglamento (UE) 2015/751 a 0,2 % (débito) y 0,3 % (crédito) en tarjetas de consumo.

Componente del coste del comercio.
IFRNorma

Reglamento (UE) 2015/751

Reglamento de tasas de intercambio de las operaciones de pago con tarjeta: fija límites y reglas de negocio (separación esquema-procesamiento, co-badging, transparencia).

Aplicación directa en la UE.
PayFacModelo

Payment facilitator

Actor que agrega subcomercios bajo su contrato con un adquirente, simplificando el alta. Asume diligencia sobre comercios y, según el flujo, puede necesitar licencia.

Modelo de subcomercios.
MDRCoste

Merchant discount rate

Comisión total que paga el comercio por operación: tasa de intercambio + tasa de esquema + margen del adquirente. El modelo interchange++ desglosa los tres componentes.

Precio de la aceptación de tarjetas.
EsquemaRed

Esquema de tarjeta

Red que fija las reglas técnicas y comerciales de las operaciones con tarjeta (Visa, Mastercard). El adquirente debe ser miembro o estar patrocinado.

Sujeto a reglas del IFR.
SettlementLiquidación

Liquidación

Proceso por el que el adquirente transfiere al comercio los fondos de las operaciones aceptadas, tras compensación con el esquema y descuento de comisiones.

Requiere gestionar fondos y salvaguarda.
ChargebackRiesgo

Contracargo

Devolución de una operación iniciada por el titular a través de su emisor. Su gestión y su nivel son claves para el riesgo del adquirente y la relación con el esquema.

Indicador de riesgo de comercio.

Guía: adquirencia de pagos y entidad adquirente

Descarga nuestra guía con el marco completo: la adquirencia como servicio de pago, la licencia, el acceso a los esquemas, las tasas de intercambio y la diligencia sobre comercios.

  • La adquirencia como servicio de pago y su licencia
  • Acceso a esquemas: miembro principal o patrocinado
  • Tasas de intercambio (Reglamento (UE) 2015/751) y MDR
  • Payment facilitator, diligencia de comercios y contracargos
Descargar guía (PDF)

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Cuéntanos tu proyecto de adquirencia y te explicamos la licencia, el acceso a los esquemas y el compliance necesarios para operar.

Marco regulatorio de la adquirencia: PSD2, RD-ley 19/2018 y Reglamento (UE) 2015/751

La adquirencia de operaciones de pago es uno de los servicios de pago recogidos en la Directiva (UE) 2015/2366 (PSD2) y en su transposición española, el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago. Por tanto, prestar adquirencia exige autorización del Banco de España como entidad de pago, entidad de dinero electrónico o entidad de crédito.

La adquirencia como servicio de pago

La entidad adquirente contrata con el comercio para aceptar, procesar y liquidar las operaciones de pago con tarjeta, transfiriéndole los fondos. Al gestionar fondos de comercios, se aplican la salvaguarda, las normas de conducta y la transparencia frente al comercio. La adquirencia se encuadra entre los servicios de pago con capital inicial más alto (orientativamente 125.000 € para una entidad de pago).

Tasas de intercambio: Reglamento (UE) 2015/751

El Reglamento (UE) 2015/751 sobre tasas de intercambio limita, con carácter general, la tasa de intercambio de las tarjetas de consumo al 0,2 % en débito y al 0,3 % en crédito, e introduce reglas de negocio: separación entre esquema y procesamiento, co-badging, límites a la regla de aceptar todas las tarjetas y transparencia de comisiones al comercio. Su cumplimiento es esencial para el modelo de precios del adquirente.

Esquemas de tarjeta, payment facilitator y diligencia de comercios

El adquirente necesita ser miembro de los esquemas de tarjeta o estar patrocinado por un miembro. En el modelo de payment facilitator, un actor agrega subcomercios bajo un adquirente, asumiendo la diligencia sobre comercios y, según el flujo de fondos, la eventual necesidad de licencia propia. La diligencia sobre comercios y la gestión de contracargos son piezas centrales del control de riesgo.

Seguridad, prevención del blanqueo y supervisor

Se aplican la autenticación reforzada de cliente (Reglamento Delegado (UE) 2018/389), el estándar de seguridad de datos de tarjeta PCI DSS exigido por los esquemas y las obligaciones de prevención del blanqueo de la Ley 10/2014, incluida la diligencia sobre comercios. La supervisión corresponde al Banco de España y, en materia de tasas y competencia, a las autoridades de competencia.

PSD2 RD-ley 19/2018 Reglamento (UE) 2015/751 Entidad de pago Esquemas de tarjeta SCA / PCI DSS Banco de España