Distribución mayorista de medicamentos: autorización del almacén

Para distribuir medicamentos de uso humano al por mayor necesitas que la comunidad autónoma autorice tu almacén. Preparamos el expediente, encajamos al director técnico, revisamos las instalaciones y el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Distribución y te acompañamos hasta la autorización y después.

¿Vas a distribuir medicamentos? Diagnóstico gratuito

Cuéntanos tu modelo (almacén propio, por contrato o intermediación) y te decimos qué autorización necesitas.

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Tu autorización de almacén, de principio a fin

Acompañamos a distribuidores y operadores logísticos en el expediente de autorización y en el cumplimiento que exige la inspección, antes y después de empezar a operar.

ModeloFase 1

¿Qué figura encaja con tu negocio?

Distinguimos si eres almacén mayorista, almacén por contrato, almacén bajo control aduanero o entidad de intermediación, porque cada figura tiene su autoridad y sus requisitos.

La figura decide el procedimiento.
Director técnicoFase 2

Director técnico farmacéutico

Comprobamos la titulación, la formación y la experiencia en Buenas Prácticas de Distribución y las incompatibilidades, y documentamos funciones y suplencias.

Uno por cada instalación.
InstalacionesFase 3

Locales y equipos adecuados

Revisamos que el almacén, sus zonas, el control de temperatura y los medios de seguridad responden a la actividad y a las BPD.

Lo que verá la inspección.
CalidadFase 4

Sistema de calidad según las BPD

Adaptamos a las Directrices europeas los procedimientos de recepción, almacenamiento, preparación, transporte, devoluciones, retiradas y medicamentos falsificados.

El núcleo del expediente.
ExpedienteFase 5

Solicitud ante la autoridad competente

Preparamos y presentamos la solicitud, acompañamos la inspección y respondemos a los requerimientos de la administración.

Plazo máximo de 90 días.
DespuésFase 6

Operar y mantener la autorización

Te ayudamos con las obligaciones continuas: registros, abastecimiento, comunicación de falsificados, inspecciones y modificaciones de la autorización.

La autorización se puede perder.

Qué actividad necesitas autorizar

La autoridad y el procedimiento cambian según cómo participes en la cadena de suministro del medicamento.

Almacén mayorista

Compras, almacenas y suministras

Si adquieres medicamentos y los suministras a farmacias, servicios de farmacia u otros distribuidores, tu almacén necesita autorización de la comunidad autónoma.

Almacén por contrato

Almacenas para terceros

El operador logístico que almacena y distribuye por cuenta de un laboratorio o de un mayorista necesita también autorización autonómica como almacén por contrato.

Control aduanero

Medicamentos en depósito aduanero

Los almacenes de medicamentos bajo control o vigilancia aduanera los autoriza la AEMPS, no la comunidad autónoma.

Intermediación

Negocias sin tocar el producto

Quien intermedia en la venta de medicamentos sin almacenarlos no necesita almacén, pero debe comunicar su actividad a la AEMPS e inscribirse en su registro.

Las reglas de la distribución, en cifras

Datos del Real Decreto 782/2013, sobre distribución de medicamentos de uso humano.

RD 782/2013 · artículo 13 Comunidad autónoma

Autoriza los almacenes mayoristas y los almacenes por contrato; la AEMPS, los que están bajo control o vigilancia aduanera.

Plazo 90 días

Plazo máximo para notificar la resolución. Si vence sin resolución expresa, la solicitud puede entenderse estimada.

Director técnico Farmacéutico

Uno por cada instalación, licenciado o graduado en Farmacia, con formación y experiencia en Buenas Prácticas de Distribución.

Pedidos a farmacia Menos de 24 h

El almacén mayorista debe garantizar que los pedidos llegan a las oficinas y servicios de farmacia en menos de 24 horas.

Registros 5 años

Los registros de las operaciones deben conservarse al menos cinco años a disposición de las autoridades sanitarias.

Actividad efectiva 1 año

La autorización se revoca si, un año después de concederse, la entidad no desarrolla de forma plena, efectiva y continuada las actividades autorizadas.

¿Vas a abrir un almacén de distribución de medicamentos?

Revisamos tu modelo, tu director técnico, tus instalaciones y tu sistema de calidad, y preparamos el expediente para la autoridad competente.

Distribución mayorista de medicamentos: dudas habituales

¿Quién autoriza un almacén mayorista de medicamentos?

La comunidad autónoma donde esté ubicado el almacén, tanto si es mayorista como si es por contrato. Los almacenes bajo control o vigilancia aduanera los autoriza la AEMPS (artículo 13 del Real Decreto 782/2013).

¿Qué requisitos debe cumplir el almacén?

Instalaciones y equipos adecuados para almacenar y distribuir medicamentos, un director técnico farmacéutico por cada instalación, el personal necesario y un sistema de calidad conforme a las Buenas Prácticas de Distribución, que garantice la conservación y la trazabilidad del medicamento.

¿Quién puede ser director técnico?

Un licenciado o graduado en Farmacia con formación y experiencia adecuadas en Buenas Prácticas de Distribución. Pueden nombrarse uno o más directores técnicos suplentes con los mismos requisitos, y el cargo está sujeto a un régimen de incompatibilidades.

¿Cuánto tarda la autorización?

El plazo máximo para notificar la resolución es de 90 días. Si la administración no resuelve en ese plazo, la solicitud puede entenderse estimada, aunque lo prudente es contar con la resolución expresa antes de empezar a operar.

¿Qué son las Buenas Prácticas de Distribución?

Son las Directrices de la Comisión Europea de 5 de noviembre de 2013 (2013/C 343/01) sobre prácticas correctas de distribución de medicamentos para uso humano. Abarcan el sistema de calidad, el personal, los locales, la documentación, las operaciones, las reclamaciones y devoluciones, el transporte y las actividades subcontratadas.

¿Un operador logístico necesita autorización?

Sí, si almacena y distribuye medicamentos por cuenta de terceros: lo hace como almacén por contrato, autorizado por la comunidad autónoma y con su propio director técnico.

¿Y si solo intermedio en la venta de medicamentos?

La intermediación, sin almacenar ni manipular los medicamentos, no requiere autorización de almacén, pero sí comunicar la actividad a la AEMPS e inscribirse en su registro de entidades de intermediación.

¿Qué obligaciones hay una vez autorizado?

Garantizar un abastecimiento adecuado y continuado, entregar los pedidos a las farmacias en menos de 24 horas, conservar los registros al menos cinco años, comunicar de inmediato los medicamentos que se sospeche que son falsificados y ejercer la actividad de forma plena, efectiva y continuada.

Cómo preparar la autorización del almacén

Una autorización sólida se construye sobre tres piezas: la figura correcta, un director técnico con experiencia real y unos procedimientos de Buenas Prácticas de Distribución que describan el almacén que existe.

El punto de partida

Elige bien la figura

Mayorista, por contrato, aduanero o intermediación: equivocarse de figura significa dirigirse a la autoridad equivocada o preparar requisitos que no aplican.

La persona clave

Un director técnico real

Su titulación, su experiencia en Buenas Prácticas de Distribución y su dedicación son la columna vertebral del expediente y de la operativa diaria.

La prueba

BPD aplicadas, no copiadas

La inspección comprueba temperaturas, registros, devoluciones y retiradas. Los procedimientos deben describir tu almacén, no uno genérico.

La autorización del almacén en 10 pasos

  1. Define la figura: almacén mayorista, por contrato, bajo control aduanero o intermediación.
  2. Identifica la autoridad competente: la comunidad autónoma o la AEMPS.
  3. Designa al director técnico farmacéutico y, en su caso, a los suplentes.
  4. Adecúa las instalaciones, las zonas de almacenamiento y el control de temperatura.
  5. Implanta el sistema de calidad y los procedimientos según las Buenas Prácticas de Distribución.
  6. Prepara la documentación del expediente y preséntala ante la autoridad competente.
  7. Prepara la inspección de las instalaciones con el director técnico.
  8. Responde dentro de plazo a los requerimientos de la administración.
  9. Una vez autorizado, organiza los registros, el abastecimiento y la gestión de devoluciones y retiradas.
  10. Mantén la actividad de forma plena y continuada y gestiona cualquier modificación de la autorización.

Fuentes: Real Decreto 782/2013, sobre distribución de medicamentos de uso humano, y Directrices de Buenas Prácticas de Distribución (2013/C 343/01).

Diccionario operativo

Conceptos clave de la distribución de medicamentos

Si vas a solicitar la autorización de un almacén de medicamentos, estos términos aparecen en el expediente, en la inspección y en la operativa diaria.

BPDCalidad

Buenas Prácticas de Distribución

Directrices europeas que fijan cómo recibir, almacenar, transportar y trazar los medicamentos en la distribución.

GDP, en inglés.
Almacén mayoristaFigura

Distribuidor mayorista

Entidad autorizada para adquirir, almacenar y suministrar medicamentos al por mayor.

Lo autoriza la comunidad autónoma.
Almacén por contratoFigura

Operador logístico

Entidad que almacena y distribuye medicamentos por cuenta de terceros.

Autorización autonómica propia.
Director técnicoPersona clave

Director técnico farmacéutico

Farmacéutico responsable de que el almacén cumpla las BPD y las obligaciones de la entidad.

Puede tener suplentes.
IntermediaciónFigura

Entidad de intermediación

Actividad de negociar la compraventa de medicamentos sin almacenarlos ni manipularlos.

Registro en la AEMPS.
RD 782/2013Norma española

Real Decreto de distribución

Regula la distribución de medicamentos de uso humano en España.

Base legal de la autorización.
EudraGMDPBase de datos UE

Base de datos europea

Base de datos de la Agencia Europea de Medicamentos donde constan las autorizaciones de distribución y los certificados de BPD.

Visibilidad ante el mercado.
FalsificadosSeguridad

Medicamentos falsificados

Medicamentos que falsean su identidad, su origen o su historial. El distribuidor debe comunicar de inmediato los que sospeche.

Obligación de comunicación.
TemperaturaConservación

Control de temperatura

Conservación del medicamento en las condiciones exigidas durante el almacenamiento y el transporte.

Punto crítico de inspección.
Playbook

Almacén o intermediación: qué exige cada figura

Aspecto
Almacén mayorista o por contrato
Entidad de intermediación

Quién interviene

Almacén: autoriza la comunidad autónoma (la AEMPS si el almacén está bajo control aduanero).

Intermediación: comunicación a la AEMPS e inscripción en su registro.

Producto

Almacén: lo recibe, almacena y suministra con instalaciones y equipos propios.

Intermediación: no lo almacena ni lo manipula.

Buenas Prácticas

Almacén: todas las aplicables al almacenamiento, la preparación y el transporte.

Intermediación: las aplicables a la intermediación (capítulo 10 de las Directrices).

Resultado

Almacén: autorización, con silencio positivo si no se resuelve en 90 días.

Intermediación: inscripción en el registro de entidades de intermediación.

Errores que frenan la autorización

Son los que aparecen en la inspección y obligan a subsanar, o los que ponen en riesgo la autorización una vez concedida.

  • Solicitar ante la administración equivocada por no definir bien la figura.
  • Designar un director técnico sin experiencia acreditada en BPD.
  • Presentar procedimientos genéricos que no reflejan el almacén real.
  • No validar el control de temperatura del almacén y del transporte.
  • Obtener la autorización y no desarrollar la actividad de forma plena y continuada.

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Cuéntanos tu modelo de distribución y en qué punto está tu almacén, y te decimos qué necesitas para la autorización.

Autorización de distribución mayorista de medicamentos en España

La distribución al por mayor de medicamentos de uso humano está sujeta a autorización previa. La regula el Real Decreto 782/2013, que exige a cada almacén un director técnico farmacéutico, instalaciones adecuadas y el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Distribución de la Comisión Europea.

Quién autoriza y qué figuras existen

Los almacenes mayoristas y los almacenes por contrato, típicos de los operadores logísticos, los autoriza la comunidad autónoma donde estén ubicados. Los almacenes bajo control o vigilancia aduanera los autoriza la AEMPS. Las entidades de intermediación, que negocian operaciones sin almacenar medicamentos, deben comunicar su actividad a la AEMPS e inscribirse en su registro.

Requisitos: director técnico, instalaciones y BPD

Cada instalación necesita un director técnico licenciado o graduado en Farmacia, con formación y experiencia en Buenas Prácticas de Distribución, y puede contar con suplentes. El almacén debe disponer de locales y equipos adecuados, del personal necesario y de un sistema de calidad conforme a las Directrices 2013/C 343/01, que cubren desde la recepción y el almacenamiento hasta el transporte, las devoluciones y las retiradas.

Procedimiento y plazos

La autoridad competente dispone de un plazo máximo de 90 días para notificar la resolución; si no lo hace, la solicitud puede entenderse estimada. La administración puede comprobar las instalaciones y la documentación mediante inspección, y los resultados de las inspecciones se incorporan a la base de datos europea EudraGMDP.

Obligaciones una vez autorizado

El distribuidor debe garantizar un abastecimiento adecuado y continuado, entregar los pedidos a las oficinas y servicios de farmacia en menos de 24 horas, conservar los registros al menos cinco años y comunicar de inmediato los medicamentos que sospeche falsificados. La autorización se revoca si, un año después de concederse, la entidad no desarrolla de forma plena, efectiva y continuada las actividades autorizadas.

Distribución de medicamentos Almacén mayorista RD 782/2013 Buenas Prácticas de Distribución Director técnico Almacén por contrato AEMPS EudraGMDP