Operar sin establecimiento
Presta servicios en otros Estados miembros mediante libre prestación de servicios, con una simple notificación al supervisor de destino vía Banco de Portugal o CMVM.
Constituye tu entidad de dinero electrónico (EMI), tu entidad de pago (EP) o tu proveedor de servicios de criptoactivos (MiCA/CASP) en Portugal. Te acompañamos en todo el expediente ante el Banco de Portugal y la CMVM, con pasaporte europeo para operar en toda la UE.
¿Licencia en Portugal? Diagnóstico gratuito
Cuéntanos tu modelo y te decimos si encajas como EMI, EP o CASP (MiCA) y ante qué regulador.
Portugal se ha consolidado como una jurisdicción atractiva para entidades de pago, dinero electrónico y criptoactivos: marco europeo armonizado, supervisor accesible y pasaporte para toda la UE.
Tanto si tu proyecto es una fintech de pagos, un emisor de wallets o tarjetas prepago o un exchange / plataforma de criptoactivos, Portugal ofrece un punto de entrada al mercado único europeo bajo las mismas directivas y reglamentos que el resto de la UE (PSD2 hoy, PSD3/PSR mañana, y MiCA para criptoactivos). Estas son las razones por las que muchos proyectos lo eligen:
La elección entre Portugal, España u otro Estado miembro no es trivial: depende de tu modelo de negocio, de tus inversores, de tu operativa y de tu calendario. Te ayudamos a tomar esa decisión con criterio y a ejecutarla de principio a fin.
Cada modelo de negocio encaja en una figura regulatoria distinta. Estas son las tres autorizaciones fintech más solicitadas en Portugal y quién las supervisa.
Para emitir dinero electrónico: wallets, tarjetas prepago, monederos y saldos almacenados. Supervisa el Banco de Portugal.
Para prestar servicios de pago sin emitir dinero electrónico: transferencias, domiciliaciones, remesas, iniciación de pagos (PISP/AISP).
Para prestar servicios de criptoactivos (exchange, custodia, ejecución). Autoriza el Banco de Portugal en articulación con la CMVM.
La Instituição de Moeda Eletrónica (IME) es el equivalente portugués a la licencia EMI: permite emitir dinero electrónico (monederos, tarjetas prepago, saldos almacenados) además de prestar servicios de pago. Se rige por el Regime Jurídico dos Serviços de Pagamento e da Moeda Eletrónica (RJSPME), aprobado por el Decreto-Lei n.º 91/2018, que transpone la PSD2.
Si tu volumen aún es reducido, conviene valorar un régimen simplificado como puerta de entrada de menor coste antes de la licencia plena: lo explicamos en nuestra guía de la entidad de dinero electrónico simplificada.
La Instituição de Pagamento (IP) es el equivalente a la licencia de entidad de pago española: presta servicios de pago de forma profesional sin emitir dinero electrónico. También se rige por el RJSPME (Decreto-Lei n.º 91/2018) y la supervisa el Banco de Portugal.
El acceso a servicios de pago (open banking) y la futura PSD3/PSR afectan de lleno a estas entidades; si tu modelo es PISP o AISP, revisa también nuestra página de PISP, AISP y open banking.
El Reglamento MiCA regula a los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP) en toda la UE. Portugal aprobó su ley de ejecución (Lei n.º 69/2025) a finales de 2025, que designa a las autoridades competentes y concreta el procedimiento. Si quieres el detalle del reglamento europeo, lo desarrollamos en nuestra página de MiCA y criptoactivos.
Portugal adopta un modelo de supervisión "twin peaks" con competencias repartidas entre dos reguladores:
Si tu proyecto combina pagos y cripto (por ejemplo, un wallet con saldo en euros y compraventa de criptoactivos), conviene analizar conjuntamente la figura de dinero electrónico y la de CASP. Lo vemos en criptoactivos y blockchain.
Las tres autorizaciones fintech más habituales en Portugal: regulador, norma, capital y pasaporte.
| Característica | EMI (IME) | Entidad de pago (IP) | MiCA (CASP) |
|---|---|---|---|
| Regulador | Banco de Portugal | Banco de Portugal | Banco de Portugal + CMVM |
| Norma | RJSPME (DL 91/2018) · PSD2 | RJSPME (DL 91/2018) · PSD2 | MiCA · Lei 69/2025 |
| Actividad | Emitir dinero electrónico + servicios de pago | Servicios de pago (sin dinero electrónico) | Servicios de criptoactivos |
| Capital mínimo | 350.000 € | 20.000 € – 125.000 € | 50.000 € – 150.000 € (Anexo IV) |
| Salvaguarda de fondos | Obligatoria | Obligatoria | Segregación de activos de clientes |
| Dónde se solicita | Banco de Portugal | Banco de Portugal | Banco de Portugal (con la CMVM) |
| Pasaporte UE | Sí | Sí | Sí |
| Modelo típico | Wallets, prepago, neobancos | Pagos, remesas, PISP/AISP, marketplaces | Exchange, custodia, plataformas cripto |
Cifras orientativas conforme a la PSD2, al RJSPME y al Anexo IV de MiCA. Cada caso exige un análisis individualizado del perímetro y de los servicios concretos.
El pasaporte europeo es la gran ventaja de autorizarse en un Estado miembro: tu licencia portuguesa vale en toda la Unión.
Presta servicios en otros Estados miembros mediante libre prestación de servicios, con una simple notificación al supervisor de destino vía Banco de Portugal o CMVM.
Abre sucursal o trabaja con agentes en otros países de la UE manteniendo el marco supervisor de origen (Portugal).
Diseñamos la estructura óptima a ambos lados de la frontera. Compara con la licencia EMI y la licencia de entidad de pago en España.
Un proceso ordenado y defendible, desde la decisión de jurisdicción hasta el cumplimiento continuo posterior a la autorización.
Analizamos tu modelo, decidimos la figura (EMI, EP o CASP) y la jurisdicción óptima (Portugal, España u otra) y definimos el catálogo de servicios.
Constitución de la sociedad en Portugal, programa de actividades, gobierno, idoneidad de administradores, salvaguarda, PBC/FT y marco tecnológico (DORA).
Presentación ante el Banco de Portugal (y la CMVM en MiCA), respuesta a requerimientos y acompañamiento hasta la obtención de la autorización.
Cumplimiento continuo, reporting, AML/KYC, DORA y, si lo necesitas, notificación de pasaporte para operar en otros Estados miembros de la UE.
Un expediente transfronterizo mal planteado cuesta meses y rondas de requerimientos. Estos son los fallos más habituales.
Elegir mal la figura: pedir EMI cuando bastaba una entidad de pago, o no anticipar que el modelo cripto exige autorización CASP además de dinero electrónico.
Confundir reguladores en MiCA: en Portugal la solicitud CASP se presenta ante el Banco de Portugal, pero la conducta de mercado la supervisa la CMVM. Un expediente que ignore ese reparto pierde solidez.
Subestimar la sustancia local: el supervisor espera gobierno, funciones clave y capacidad operativa reales en Portugal, no una estructura meramente formal.
Improvisar el circuito de fondos y las cuentas segregadas es la causa más frecuente de bloqueo de autorizaciones de pagos.
El bloque de prevención del blanqueo y la resiliencia operativa digital (DORA) deben diseñarse desde el inicio, no como anexos.
La PSD3/PSR unificará EP y EMI: conviene diseñar el expediente con la mirada puesta ya en el nuevo marco.
Analizamos tu modelo, elegimos contigo la figura y la jurisdicción óptimas y preparamos el expediente ante el Banco de Portugal y la CMVM. Primera consulta sin compromiso.
El Banco de Portugal. La autorización y supervisión de las instituciones de pago (IP) y de dinero electrónico (IME) se rige por el RJSPME, aprobado por el Decreto-Lei n.º 91/2018, que transpone la PSD2.
Portugal sigue un modelo "twin peaks": la solicitud de autorización CASP se presenta ante el Banco de Portugal (supervisión prudencial, que autoriza y revoca en articulación con la CMVM), mientras que la CMVM asume la supervisión de conducta de mercado, las ofertas públicas y el abuso de mercado. El marco lo fija la Lei n.º 69/2025 de ejecución del MiCA.
Depende de la figura: 350.000 € para una EMI; entre 20.000 € y 125.000 € para una entidad de pago según los servicios; y entre 50.000 € y 150.000 € para un CASP según la clase de servicios (Anexo IV de MiCA). Además, hay que mantener fondos propios suficientes según el volumen de actividad.
Para IME e IP, el Banco de Portugal dispone de un plazo de referencia de 3 meses desde la recepción del expediente completo. En la práctica el proceso suele ser más largo por las rondas de requerimientos, por lo que la calidad del expediente inicial es decisiva.
Sí. Gracias al pasaporte europeo, una EMI, EP o CASP autorizada en Portugal puede operar en los 27 Estados miembros mediante libre prestación de servicios o sucursal, con una notificación al supervisor de destino. No hace falta una segunda autorización.
Sí. La entidad debe constituirse con sede en Portugal y demostrar sustancia real: gobierno corporativo, funciones clave, capacidad operativa y administradores idóneos. Una estructura meramente formal no supera la supervisión.
Depende de tu modelo de negocio, inversores, operativa y calendario. Ambas jurisdicciones aplican el mismo marco europeo y ofrecen pasaporte. Lo analizamos contigo y comparamos con la licencia EMI y la licencia de entidad de pago en España.
Sí. Trabajamos con una visión ibérica y europea integrada: coordinamos el proyecto a ambos lados de la frontera y te acompañamos en todo el expediente ante el Banco de Portugal y la CMVM, así como en el cumplimiento continuo posterior.
Cuéntanos tu proyecto y te explicamos cómo estructurar tu licencia EMI, EP o MiCA en Portugal con el menor tiempo de tramitación posible.
Portugal regula los servicios de pago y el dinero electrónico a través del Regime Jurídico dos Serviços de Pagamento e da Moeda Eletrónica (RJSPME), aprobado por el Decreto-Lei n.º 91/2018, que transpone la Directiva (UE) 2015/2366 (PSD2). La autorización y supervisión de las instituciones de pago (IP) y de dinero electrónico (IME) corresponde al Banco de Portugal.
Para los criptoactivos, Portugal aprobó a finales de 2025 la Lei n.º 69/2025 de ejecución del Reglamento MiCA, que establece un modelo de supervisión "twin peaks": el Banco de Portugal asume la supervisión prudencial y la autorización de los CASP (en articulación con la CMVM), mientras que la CMVM se ocupa de la conducta de mercado, las ofertas públicas y el abuso de mercado.
Una de las grandes ventajas de autorizarse en Portugal es el pasaporte europeo: las entidades EMI, EP y CASP autorizadas pueden prestar servicios en los 27 Estados miembros de la UE mediante libre prestación de servicios o establecimiento de sucursal, sin necesidad de una segunda autorización.
Como en el resto de la UE, las entidades portuguesas deben mantener la salvaguarda de los fondos de clientes, un sistema de prevención del blanqueo (PBC/FT) y cumplir el Reglamento DORA de resiliencia operativa digital, aplicable desde enero de 2025. La futura PSD3/PSR unificará los regímenes de entidad de pago y dinero electrónico.