Reporting CSRD y taxonomía obligatoria
"Las grandes empresas cotizadas son las primeras obligadas: informe de sostenibilidad con estándares ESRS, doble materialidad, taxonomía y verificación por auditor independiente."
Diseñamos e implementamos tu programa de compliance ESG: reporting de sostenibilidad (CSRD), due diligence en cadena de valor (CSDDD), taxonomía UE, gobernanza ESG y formación. Cumple la normativa sin frenar tu negocio.
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Seis bloques de trabajo para construir un sistema de cumplimiento ESG aplicable, auditable y alineado con la normativa europea.
Preparación del informe de sostenibilidad conforme a la Directiva CSRD y los estándares ESRS: doble materialidad, métricas, KPIs y verificación externa.
Implementación del deber de diligencia debida en derechos humanos y medio ambiente a lo largo de la cadena de valor: identificación, mitigación, seguimiento y reporting.
Evaluación de actividades económicas conforme al Reglamento de Taxonomía: elegibilidad, alineamiento, criterios técnicos (DNSH) y reporting de ratios.
Diseño del modelo de gobernanza ESG: comité de sostenibilidad, políticas E, S y G, integración en la estrategia corporativa y supervisión del consejo.
Revisión de comunicaciones comerciales, claims de sostenibilidad, etiquetado verde y publicidad ESG para evitar riesgos regulatorios y reputacionales.
Sesiones prácticas de compliance ESG por roles: consejo, dirección, operaciones, compras y comunicación. Con evidencias de formación para auditorías.
Cotizadas, pymes en cadena de valor, sector financiero o industria: cada perfil tiene obligaciones ESG distintas y plazos diferentes.
"Las grandes empresas cotizadas son las primeras obligadas: informe de sostenibilidad con estándares ESRS, doble materialidad, taxonomía y verificación por auditor independiente."
"Bancos, gestoras y aseguradoras deben integrar factores ESG en decisiones de inversión (SFDR), clasificar productos financieros y reportar riesgos de sostenibilidad."
"Aunque no estés directamente obligada, si eres proveedora de una empresa sujeta a CSDDD o CSRD, te pedirán datos ESG, cuestionarios y evidencias de cumplimiento."
"El compliance ESG industrial exige medir y reducir emisiones (Scope 1, 2 y 3), gestionar residuos, cumplir normativa medioambiental y demostrar trazabilidad en la cadena de suministro."
El incumplimiento de la normativa ESG genera sanciones, exclusión de financiación, pérdida de contratos y daño reputacional severo.
Sanciones regulatorias: la CSRD y la CSDDD prevén regímenes sancionadores con multas proporcionales a la facturación de la empresa.
Exclusión de financiación: bancos y fondos de inversión aplican filtros ESG. Sin reporting adecuado, tu empresa puede quedarse fuera de líneas de crédito y rondas de inversión.
Pérdida de contratos y cadena de valor: las grandes empresas exigen compliance ESG a sus proveedores. No cumplir puede suponer la exclusión de la cadena de suministro.
Claims de sostenibilidad sin respaldo generan demandas, sanciones de consumo y crisis de reputación con impacto directo en ventas y valoración.
La Directiva CSDDD introduce responsabilidad civil por daños derivados de falta de diligencia debida en derechos humanos y medio ambiente.
La obligación de reporting CSRD se aplica progresivamente: grandes empresas cotizadas (2024), grandes no cotizadas (2025) y pymes cotizadas (2026).
Evaluamos tu situación, identificamos obligaciones y diseñamos un programa de cumplimiento ESG aplicable: reporting CSRD, due diligence, taxonomía, gobernanza y formación.
El compliance ESG es el conjunto de políticas, procedimientos y controles que una empresa implementa para cumplir con la normativa en materia de medio ambiente (E), responsabilidad social (S) y gobernanza corporativa (G).
Incluye reporting de sostenibilidad, due diligence en cadena de valor, integración de riesgos ESG en la gestión empresarial y prevención de greenwashing.
La CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive) es la directiva europea que obliga a las empresas a publicar un informe de sostenibilidad detallado conforme a los estándares ESRS.
Afecta progresivamente a grandes empresas cotizadas (desde 2024), grandes empresas no cotizadas (desde 2025) y pymes cotizadas (desde 2026). El informe debe ser verificado por un auditor independiente.
La CSDDD (Corporate Sustainability Due Diligence Directive) obliga a las grandes empresas a identificar, prevenir, mitigar y dar cuenta de los impactos negativos en derechos humanos y medio ambiente en su cadena de valor.
Incluye la obligación de establecer mecanismos de reclamación, planes de transición climática y responsabilidad civil por daños derivados de la falta de diligencia.
La doble materialidad es el enfoque que exige la CSRD para el reporting ESG. Obliga a evaluar los temas de sostenibilidad desde dos perspectivas:
Un tema es material (y debe reportarse) si es relevante desde cualquiera de las dos perspectivas.
El Reglamento de Taxonomía establece un sistema de clasificación de actividades económicas sostenibles. Las empresas sujetas a CSRD deben reportar qué porcentaje de su facturación, capex y opex está alineado con la taxonomía.
El greenwashing es la práctica de comunicar claims de sostenibilidad engañosos o no fundamentados. La UE está regulando esta práctica mediante la Directiva de Green Claims y la Directiva de Empowerment of Consumers.
Las pymes pueden verse afectadas de forma directa (pymes cotizadas, desde 2026 bajo CSRD) o indirecta (como proveedoras de empresas sujetas a CSDDD o CSRD). En la práctica, cada vez más grandes empresas exigen a sus proveedores datos ESG, cuestionarios de sostenibilidad y evidencias de cumplimiento.
Anticiparse con un programa de compliance ESG básico es una ventaja competitiva y un requisito para mantener relaciones comerciales con grandes clientes.
El compliance ESG conecta directamente con el marco de finanzas sostenibles de la UE:
Un programa de compliance ESG eficaz no es un informe anual: es un sistema de gestión integrado en la operativa con gobernanza, métricas, evidencias y mejora continua.
Huella de carbono (Scope 1, 2 y 3), plan de transición climática, economía circular, gestión de residuos, biodiversidad y alineamiento con la taxonomía UE.
Derechos laborales, igualdad, diversidad e inclusión, salud y seguridad, impacto en comunidades y due diligence en derechos humanos a lo largo de la cadena de valor.
Estructura del consejo, independencia, remuneraciones, anticorrupción, canal de denuncias, gestión de conflictos de interés y supervisión ESG a nivel de consejo.
Si necesitas ayuda con tu programa de compliance ESG, consulta nuestros servicios de corporate compliance o solicita una consulta gratuita.
Un programa de compliance ESG eficaz se traduce en decisiones repetibles, métricas trazables y evidencias auditables. Estos son los bloques operativos que diseñamos y supervisamos.
1) MaterialidadIdentificar qué temas ESG son relevantes desde la perspectiva de impacto y financiera. Define el alcance del reporting y las prioridades del programa.
2) MétricasDefinir indicadores cuantitativos (emisiones, consumo, ratios) y cualitativos (políticas, procesos, gobernanza) conforme a ESRS. Establecer sistemas de recopilación fiables.
3) Cadena de valorIdentificar, evaluar y mitigar riesgos ESG en la cadena de suministro. Cuestionarios, evaluaciones, planes de acción y seguimiento con evidencias.
4) GobernanzaComité de sostenibilidad, integración ESG en la estrategia, supervisión del consejo, plan de transición climática y reporting conforme a CSRD/ESRS.
Por tipo de empresaCSRD + Taxonomía + CSDDD + SFDR (si financiera). Reporting obligatorio desde 2024.
CSRD desde 2025. CSDDD si supera umbrales. Taxonomía en reporting.
CSRD voluntaria (o desde 2026 si cotizada). Impacto indirecto por cadena de valor.
Informe de sostenibilidad con doble materialidad, métricas ESRS, taxonomía integrada y verificación externa.
Informe publicado, análisis de materialidad, datos ESRS, informe del auditor.
Due diligence en DDHH y medio ambiente en la cadena de valor: identificar, prevenir, mitigar, reportar.
Política de DD, mapeo de cadena, evaluaciones de riesgo, planes de acción, mecanismo de reclamación.
Clasificar actividades como elegibles/alineadas. Reportar ratios de facturación, capex y opex alineados.
Análisis de elegibilidad, evaluación de criterios técnicos (DNSH), cálculo de ratios, documentación soporte.
Clasificar productos financieros (Art. 6/8/9), reportar indicadores PAI y políticas de riesgo de sostenibilidad.
Documentos precontractuales, web disclosures, informes periódicos, políticas de integración de riesgos ESG.
Todo claim ambiental debe estar fundamentado, verificado y no ser engañoso. Prohibición de etiquetas genéricas.
Evidencia científica del claim, certificación reconocida, revisión de comunicaciones y publicidad.
Si detectas alguna de estas situaciones, conviene revisar tu programa de compliance ESG.
Si estás implementando un programa de compliance ESG, estos términos aparecen en la normativa, en las auditorías y en la operativa diaria.
Marco de evaluación de la sostenibilidad empresarial que integra factores medioambientales, sociales y de gobernanza en la gestión y el reporting corporativo.
Directiva europea que obliga a publicar un informe de sostenibilidad detallado con estándares ESRS, doble materialidad y verificación externa.
Estándares técnicos de reporting desarrollados por EFRAG que definen el contenido, las métricas y la estructura del informe de sostenibilidad bajo CSRD.
Directiva que obliga a las grandes empresas a implementar diligencia debida en derechos humanos y medio ambiente en su cadena de valor.
Sistema de clasificación de actividades económicas sostenibles. Criterios de contribución sustancial a objetivos climáticos/medioambientales y DNSH.
Reglamento que exige a los participantes en mercados financieros clasificar productos y reportar riesgos e indicadores de sostenibilidad (PAI).
Evaluación de temas ESG desde la perspectiva de impacto (inside-out) y financiera (outside-in). Base del análisis de materialidad bajo CSRD.
Claims ambientales o sociales sin fundamentación, exagerados o engañosos. La UE regula esta práctica con la Directiva de Green Claims.
Scope 1: emisiones directas. Scope 2: indirectas por energía comprada. Scope 3: resto de la cadena de valor (upstream y downstream). El Scope 3 suele ser el más difícil de medir.
ESG COMPLIANCE CONSOLE
El nivel de exigencia del compliance ESG varía según el tamaño, la cotización y el sector de la empresa. Este panel resume las obligaciones principales y su nivel de impacto.
Prioriza según tu perfil y anticipa las obligaciones que llegarán.
El compliance ESG (Environmental, Social & Governance) se ha convertido en una obligación legal para un número creciente de empresas europeas. La Unión Europea ha desplegado un ambicioso paquete normativo de sostenibilidad que transforma la manera en que las empresas miden, gestionan y reportan sus impactos ambientales, sociales y de gobernanza.
La Directiva CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive) sustituye a la antigua NFRD y amplía drásticamente el número de empresas obligadas a publicar un informe de sostenibilidad detallado. El informe debe prepararse conforme a los estándares ESRS (European Sustainability Reporting Standards), aplicar el principio de doble materialidad e integrarse en el informe de gestión. Su verificación por un auditor independiente es obligatoria.
La Directiva CSDDD (Corporate Sustainability Due Diligence Directive) obliga a las grandes empresas a implementar procesos de diligencia debida para identificar, prevenir y mitigar impactos negativos en derechos humanos y medio ambiente a lo largo de toda su cadena de valor. Introduce responsabilidad civil por daños y obliga a elaborar un plan de transición climática alineado con el Acuerdo de París.
El Reglamento de Taxonomía establece un sistema de clasificación de actividades económicas sostenibles que sirve como referencia para el reporting corporativo, la inversión y los productos financieros. Las empresas sujetas a CSRD deben reportar qué porcentaje de su facturación, capex y opex está alineado con la taxonomía. El marco de finanzas sostenibles se completa con el SFDR (para gestoras y entidades financieras) y el estándar europeo de bonos verdes (EU GBS).
La Directiva de Green Claims y la Directiva de Empowerment of Consumers regulan las declaraciones de sostenibilidad en comunicaciones comerciales. Todo claim ambiental debe estar fundamentado, verificado y no ser engañoso. Las empresas deben revisar su publicidad, etiquetado y comunicaciones ESG para evitar sanciones y daño reputacional.