Inicio / Blog / Calumnia vs injuria

Diferencia entre calumnia e injuria (España): guía práctica

Definición legal, cuándo hay delito (y cuándo no), qué significa “publicidad”, qué pruebas importan, plazos críticos y errores comunes para actuar con cabeza.

📌 Tema: Delitos contra el honor ⏱️ Lectura: 10–12 min 🎯 Objetivo: distinguir + protegerte 🧩 Incluye: checklist + plantillas

Contenido informativo. La estrategia (penal/civil/rectificación) depende del contexto, la gravedad, la “publicidad” y la prueba disponible.

¿Qué necesitas saber?
  • Calumnia = imputar a alguien un delito sabiendo que es falso (o con temerario desprecio por la verdad).
  • Injuria = expresiones o actos que lesionan la dignidad (solo son delito si son graves en concepto público).
  • La diferencia práctica suele salir de 3 preguntas: ¿se atribuye un delito concreto? ¿es grave? ¿hubo publicidad (medios/redes)?

Qué es calumnia y qué es injuria (explicado sin jerga)

Calumnia e injuria son dos figuras distintas dentro de los delitos contra el honor. La clave no es “si te molesta”, sino qué se dijo (o hizo), con qué intención, y con qué impacto (incluida la difusión).

Calumnia

Hay calumnia cuando alguien te imputa un delito (por ejemplo: “ha robado”, “ha estafado”, “ha falsificado”), sabiendo que es falso o actuando con temerario desprecio hacia la verdad. Importante: “delito” aquí no es “algo malo”: es una imputación penal (conducta tipificada).

Injuria

Hay injuria cuando hay una acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. En penal, solo son delito las injurias que se consideran graves por su naturaleza, efectos y circunstancias.

Idea clave

No todo lo ofensivo es delito. En muchos casos, lo que procede puede ser derecho de rectificación, vía civil (intromisión en el honor) o una salida extrajudicial bien documentada.

Cómo distinguir en 5 minutos (árbol de decisión)

Si necesitas una guía rápida, usa este flujo. No sustituye el análisis jurídico, pero te evita confundir “insulto” con “imputación de delito”.

  1. ¿Se te atribuye un delito concreto?
    • Si te dicen “has cometido X delito” o te acusan de un hecho claramente delictivo → mira primero calumnia.
    • Si solo hay descalificación, humillación o insulto → suele ir por injuria (y además, debe ser grave para ser delito).
  2. ¿La afirmación es un hecho o una opinión?
    • Hecho: “ha estafado”, “cobra comisiones”, “falseó documentos”.
    • Opinión/juicio: “es un desastre”, “es un inútil”, “me parece un corrupto” (ojo: a veces se enmascara un hecho).
  3. ¿Hubo “publicidad” (difusión relevante)?
    • Redes sociales, medios, radio, prensa, canales con alcance o “eficacia semejante” suelen agravar el escenario.
  4. ¿Puedes probarlo?
    • Sin prueba (captura válida, URL, testigos, acta, etc.) es fácil perder tracción.
Regla práctica

Si hay imputación de delito → “calumnia” es el primer candidato. Si hay ataque a la dignidad sin delito imputado → “injuria” (pero recuerda: para penal, debe ser grave).

Diferencias reales (no teóricas)

La diferencia no es solo “la palabra”. Es el tipo de imputación, el estándar de gravedad y cómo se prueba.

Bloque Calumnia Injuria Qué suele ser decisivo
Qué es Imputar un delito (hecho criminal) Lesionar dignidad/fama con acción/expresión Si hay delito imputado (sí/no)
Elemento clave Conocimiento de falsedad o temerario desprecio a la verdad Que sea grave en concepto público (en penal) Intención/temeridad + contexto
Defensa típica Probar el hecho imputado (eximente) En supuestos concretos, prueba de verdad (p.ej. respecto a funcionario y hechos de su cargo) Hechos vs opinión, interés público, veracidad
“Publicidad” Agrava la pena si se difunde en medios/redes con alcance También agrava si es injuria grave con publicidad Medio, alcance, permanencia online
Cómo se activa En general, por querella del ofendido (salvo excepciones) En general, por querella del ofendido Procedibilidad + conciliación previa

Qué se analiza en un caso (elementos + defensas)

En la práctica, un caso se decide con dos cosas: (1) lo que se dijo exactamente y (2) cómo se acredita. Y después, el contexto: si era crítica, denuncia, sátira, debate público, conflicto personal, etc.

En calumnia, suele mirarse

En injuria, suele mirarse

La trampa típica

“Eso es calumnia porque me deja fatal” → no necesariamente. Si no te imputan un delito, puede ser injuria (y aun así, en penal debe ser grave).

Pruebas que importan (checklist útil)

La mayoría de casos se ganan o se pierden por prueba y por timing. En internet, además, las cosas desaparecen: no te la juegues con “ya lo buscaré luego”.

Nivel 1 — Prueba mínima (sin esto, mal)

Nivel 2 — Prueba robusta (lo que suele “cerrar” el caso)

Nivel 3 — Daño y contexto (especialmente útil en vía civil)

Atajo inteligente

Crea una carpeta con estructura: 01_Publicaciones / 02_URLs / 03_Actas_y_Pericial / 04_Testigos / 05_Daño. Te ahorra idas y vueltas.

Plazos y calendario recomendado (para no perder el tren)

En delitos de honor, el plazo puede ser el “killer”. Y además hay un detalle práctico: para querellas por injurias/calumnias entre particulares, suele exigirse acto de conciliación previo. Así que hay que planificar el calendario, no improvisar.

Calendario recomendado (plantilla realista)

Consejo práctico

En redes, no discutas 30 días “a ver qué pasa”. Conserva prueba y decide. Muchas veces, un buen requerimiento + rectificación bien planteada resuelve sin alargar conflicto.

Qué influye en coste y complejidad (y cómo optimizar)

El coste y la complejidad no dependen solo de “si es calumnia o injuria”, sino de variables objetivas: prueba, difusión, autor identificable y vía elegida.

Factor Por qué influye Cómo lo optimizas
“Publicidad” y difusión Más alcance = más impacto y más trabajo probatorio Documenta alcance desde el inicio
Calidad de prueba Sin prueba sólida, todo se complica (o cae) Acta/pericial cuando el contenido sea inestable
Autor identificable Anonimato exige diligencias adicionales Guarda IDs, perfiles, URLs, metadatos
Vía (penal vs civil) Objetivos distintos: sanción penal vs reparación/cesación/indemnización Define objetivo (retirar, rectificar, reparar)
Posibilidad de acuerdo Conciliación/rectificación puede cerrar rápido Requerimiento serio, concreto y documentado

Errores frecuentes y señales de alarma

Esta sección te evita el error caro: moverte tarde, sin prueba y por la vía equivocada.

Error 1 — Llamar “calumnia” a cualquier insulto

Para calumnia debe existir imputación de delito. Si no, estás jugando con el marco equivocado.

Error 2 — Ir a penal con injurias “leves” o sin gravedad

En penal, la injuria tiene umbral de gravedad. Si no llega, puedes estar ante un escenario más adecuado para rectificación o vía civil.

Error 3 — Dejar que pase el tiempo (y perder prueba o plazo)

Pantallazos sin contexto, enlaces rotos y publicaciones borradas son el “pan de cada día”. Si vas a actuar, actúa con método.

Señales de alarma (red flags)
  • Solo tienes “me lo dijeron” sin captura, testigo o rastro verificable.
  • El contenido se mueve/borran: necesitas prueba fuerte (acta/pericial) antes de que desaparezca.
  • Confundes “crítica dura” con “delito” sin analizar contexto, interés público y literalidad.

Plantillas: registro de prueba y requerimiento (para usar mañana)

Si quieres que el caso sea defendible (o que se cierre rápido), necesitas orden. Aquí van dos plantillas prácticas.

Plantilla 1 — Registro de publicaciones (tracking de prueba)

Fecha Medio/Red Autor/Perfil URL/ID Texto literal Tipo Publicidad Prueba guardada Estado
01/02 X / Instagram / Prensa @usuario https://... “...” Calumnia / Injuria Sí / No Captura + URL + acta En curso
03/02 WhatsApp Contacto Chat “...” Injuria No Export chat + testigos Cerrado

Plantilla 2 — Requerimiento breve (retirada/rectificación)

Modelo orientativo

Asunto: Solicitud de retirada y/o rectificación por manifestaciones lesivas del honor

Hechos: En fecha [__], en [medio/red], se publicó: “[texto literal]” (URL: [__]).
Motivo: La publicación contiene imputaciones/expresiones lesivas y carece de soporte veraz/objetivo.
Solicitud: (1) retirada del contenido, (2) rectificación/publicación aclaratoria en términos equivalentes, y (3) cese de nuevas difusiones.
Plazo: [__] horas/días. En caso contrario, me reservo acciones legales (penales/civiles).
Adjuntos: capturas, URLs, acta (si existe).

Si aplicas esto, reduces riesgo

Orden + literalidad + prueba fuerte. Eso es lo que hace un caso defendible (o negociable).

Reserva una llamada Ver más artículos

FAQ

¿Todo insulto es injuria (delito)?

No. En penal, la injuria debe ser grave (por naturaleza, efectos y circunstancias). Muchas expresiones quedan fuera del ámbito penal y pueden encajar mejor en vía civil o rectificación.

¿Qué hace que sea calumnia y no injuria?

La calumnia exige imputación de delito. Si no hay delito imputado, no es calumnia (aunque pueda ser injuria u otra vía).

¿Qué significa “con publicidad”?

En términos prácticos: difusión por imprenta, radiodifusión o medios con eficacia semejante (incluidas publicaciones online con alcance).

¿Hace falta querella?

En general, sí: calumnia/injuria se persiguen a instancia del ofendido (con excepciones). Además, para particulares suele exigirse acreditar conciliación previa.

¿Qué pasa si el autor borra el post?

No confíes en que “ya está borrado”. Preserva prueba (capturas con contexto) y, si es relevante, usa prueba fuerte (acta/pericial) cuanto antes.

¿Es mejor vía penal o civil?

Depende del objetivo: sanción penal vs cesación/reparación/indemnización y rectificación. Hay casos donde una rectificación rápida resuelve mejor que un pleito largo.

¿Se puede reducir el daño si hay retractación?

La retractación puede tener efectos jurídicos y prácticos (incluida publicación en el mismo medio si se solicita, en determinados supuestos).

¿Me ayudáis a valorar si es calumnia o injuria y qué vía conviene?

Sí. Revisamos literalidad, contexto, publicidad y prueba disponible, y te proponemos la estrategia más razonable para tu objetivo (cese, rectificación, reparación, etc.).

Artículos relacionados

Referencias oficiales:
• Código Penal (arts. 205–216, calumnia e injuria) (BOE): boe.es
• Código Penal (art. 131, prescripción; injurias y calumnias al año) (BOE): boe.es
• LECrim (art. 804, conciliación previa) (BOE): boe.es
• LO 1/1982 (protección civil del honor) (BOE): boe.es
• LO 2/1984 (derecho de rectificación) (BOE): boe.es